Ficha docv

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Bases para la constitución de una bolsa de trabajo de la especialidad de técnica o técnico coordinador de exposiciones. [2017/5809]

(DOGV núm. 8074 de 30.06.2017) Ref. Base Datos 005826/2017




Base primera. Objeto de la convocatoria

Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una bolsa de trabajo en el Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana de la categoría de técnico coordinador de exposiciones (grupo A, subgrupo A1), cuyo objeto es la contratación de personal laboral de carácter temporal.



Base segunda. Normativa aplicable

Las presentes Bases se rigen por lo dispuesto en la Ley 7/2007 por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana; así como por la normativa reglamentaria de desarrollo de las citadas disposiciones legales y, en particular, el Decreto 3/2017 por el que se aprueba el Reglamento de Selección, Provisión de Puestos de Trabajo y Movilidad del personal de la función pública valenciana.



Base tercera. Requisitos

Para ser admitido en el proceso selectivo y poder formar parte de la bolsa de trabajo será necesario cumplir los siguientes requisitos:

A) Tener la nacionalidad española; o ser nacionales de los estados miembros de la Unión Europea; o ser cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/separadas de derecho; o ser descendiente y descendiente de su cónyuge siempre que no estén separados/separadas de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de la edad dependientes; o ser personas incluidas en el ámbito de aplicación de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los cuales sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los extranjeros con residencia legal en España podrán acceder a las administraciones públicas, como personal laboral, en igualdad de condiciones que los españoles.

B) Tener cumplidos 16 años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

C) Estar en posesión del título de Grado o Licenciado en Historia, Geografía, Historia del Arte, Bellas Artes, Antropología Social y Cultural, Humanidades y Sociología.

D) Estar en posesión del Certificado de Grau Mitjà de Valencià de la Junta Qualificadora de Coneixements del Valenciá, o equivalente, homologado conforme la Orden de 7/2017 de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i Esport.

E) Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.

F) No haber sido separado/separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en situación de inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a aquellas que ocupaba en el caso del personal laboral, en el cual hubiera sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, el acceso a la ocupación pública.

G) Estar en posesión del justificante acreditativo del pago de la tasa correspondiente, en su caso, cuya ausencia será un requisito no subsanable.

Todos los requisitos establecidos anteriormente deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo para la presentación de instancias de la correspondiente convocatoria.



Base cuarta. Solicitudes de participación en el proceso selectivo: forma y plazos

Las personas interesadas en participar en la convocatoria deberán cumplimentar y presentar el modelo de instancia correspondiente adjuntando la documentación necesaria para acreditar los requisitos de acceso:

1. Copia compulsada del DNI o documentación equivalente para los no nacionales.

2. Copia compulsada de las titulaciones: académica y sobre el conocimiento del valenciano. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá adjuntarse el certificado de homologación.

3. Declaración jurada de no estar incurso en causa de inhabilitación o haber sido separado del servicio.

4. Certificado médico oficial en el que se acredite la aptitud para desarrollar el puesto de trabajo.

5. Se adjuntarán a las instancias, en sobre cerrado, los documentos (debidamente formalizados y compulsados) acreditativos de los méritos presentados para el concurso. Este sobre solo será abierto en el caso de superar la prueba selectiva.

El plazo para la presentación de las instancias será de diez dias hábiles a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el DOGV.

El modelo de instancia se encuentra disponible en el Anexo II de este documento y en la página web del Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana www.consorcimuseus.gva.es

Las instancias, junto con la documentación correspondiente, se presentarán en el Registro de Entrada del Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana, en su sede del Centre del Carmen de València o en el Registro de Entrada de la Conselleria d'Educació, Investigació, Cultura i Esport o en cualquiera de las oficinas públicas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



Base quinta. Igualdad de condiciones

De acuerdo con lo establecido en el Real decreto legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, en las presentes pruebas serán admitidas las personas con discapacidad en igualdad de condiciones que el resto de aspirantes. Las condiciones personales de aptitud para el ejercicio de las funciones correspondientes a la plaza objeto de esta convocatoria se acreditarán en su caso mediante dictamen vinculante expedido por facultativo acreditado.

La comisión evaluadora establecerá, según la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, para los/as aspirantes con discapacidad que así lo soliciten, las adaptaciones posibles de tiempo y medios para la realización de las pruebas. A tal efecto, los/as interesados/as deberán presentar la petición concreta en la solicitud de participación en la convocatoria y, a efectos de que la comisión evaluadora pueda valorar la procedencia o no, de la concesión de lo solicitado, el/la candidato/a adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de minusvalía competente, acreditando de forma fehaciente, la/s deficiencia/s permanentes que han dado origen al grado de minusvalía reconocido.



Base sexta. Lista de admitidos y excluidos

Dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de presentación de instancias, se publicará en la página web anteriormente citada la Resolución de la Gerencia mediante la cual se expondrá la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Se concederá a los interesados un plazo de diez días hábiles para presentar las correspondientes reclamaciones, las cuales serán resueltas por la Gerencia en un plazo no superior a diez días.

Una vez resueltas las reclamaciones individuales, se hará pública la lista definitiva de aspirantes incluidos y excluidos de la convocatoria, así como la composición individualizada de la Comisión Evaluadora, señalándose fecha, lugar y hora del ejercicio. Que se establecerá con una antelación de 15 días hábiles. En dicha publicación será señalada el día, hora y lugar de realización de examen.



Base séptima. Comisión evaluadora

La composición de la Comisión Evaluadora será la siguiente, teniendo todos los integrantes voz y voto:

• Presidente: un/una funcionario/a de carrera, o personal laboral fijo, designado por el Gerente

• Secretario: un/una funcionario/a de carrera designado por el Gerente.

• Tres funcionarios/as de carrera, o personal laboral fijo, designados por la Gerencia.

Todos los miembros de la Comisión Evaluadora serán nombrados conforme al criterio de especialización y deberán pertenecer al subgrupo A1.

Los miembros suplentes del Comisión Evaluadora serán nombrados siguiendo los mismos criterios de designación que los miembros titulares del mismo



Base octava. Descripción de la prueba selectiva

Ejercicio obligatorio y eliminatorio

Consistirá en la realización de una prueba de conocimientos, tipo test, referida a los contenidos del programa íntegro (general y específico) que figura en el anexo I de estas bases, a través de un cuestionario de 60 preguntas con 4 respuestas alternativas de las cuales una sola será la correcta. La duración de la prueba será de una 1 hora y 30 minutos.

El ejercicio tendrá una valoración máxima de 30 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no obtengan un mínimo de 15 puntos.

La calificación del cuestionario se realizará aplicando la siguiente fórmula: Puntuación del ejercicio = ((NA-NE/3) /NP) x 30.

NA: núm. de preguntas respondidas correctamente (aciertos).

NE: núm. de preguntas respondidas erróneamente (errores).

NP: núm. total de preguntas del ejercicio.

La Comisión Evaluadora garantizará que los aspirantes puedan realizar las pruebas selectivas en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.



Base novena. Fase de valoración de méritos

En la fase de valoración de méritos a que se refiere la presente convocatoria, la valoración de los méritos se efectuará de acuerdo con el siguiente baremo y siempre que haya sido superada la prueba selectiva:

Experiencia profesional, hasta un máximo de 10 puntos.

En este apartado se valorarán los trabajos realizados en la Administración Pública ocupando puestos de carácter técnico en el ámbito de la gestión cultural (si ha sido como personal funcionario en puestos clasificados en el subgrupo A1, y si ha sido como personal laboral en contratos cotizables el grupo de cotización 01), a razón de 0,25 puntos por mes completo de servicio.

La experiencia profesional se acreditará mediante certificación oficial del órgano administrativo competente o cualquier otra documentación oficial que verifique el trabajo realizado.

Formación, hasta un máximo de 10 puntos:

1. Titulación académica (máximo 5 puntos):

– Por máster universitario específico en la materia cultural y artística: 4 puntos.

– Por máster universitario de especialidad distinta a la expresada en el apartado anterior: 1 puntos.

2. Formación complementaria (máximo 5 puntos): Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento que estén relacionados con las funciones propias de la gestión cultural, siempre que estos estén homologados por cualquier centro u organismo público de formación, de acuerdo con la siguiente escala:

– De 100 o más horas: 1 punto.

– De 75 a 99 horas: 0,75 puntos.

– De 50 o 74 horas: 0,50 puntos.

– De 25 a 49 horas: 0,25 puntos.

– De15 a 24 horas: 0,15puntos.

En ningún caso se puntuarán los cursos que pertenezcan a una carrera universitaria, cursos de doctorado y los diferentes institutos de las universidades que formen parte del plan de estudios del centro, ni los cursos derivados de procesos selectivos, promociones internas, planes de ocupación y adaptación al régimen jurídico de la naturaleza de los cuerpos que ocupan.

Cada curso formativo solo podrá ser valorado por una sola vez.



Base diez. Resultado del proceso selectivo

La prueba selectiva representará el 60 % de la puntuación total, correspondiendo a la valoración de méritos el 40 % de la puntuación. Para pasar a la fase de valoración de méritos será necesario superar la prueba selectiva, cuyo único ejercicio tendrá un carácter eliminatorio.

Las puntuaciones finales y el consiguiente orden de prelación serán publicadas en la página web del Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana, por Resolución del Presidente del Consejo General de la propia administración.



Base once. Orden de prelación de aspirantes

La bolsa de trabajo se constituirá, conforme a la propuesta de la Comisión evaluadora, estableciéndose un orden de prelación de aspirantes según la puntuación final obtenida.

La persona aspirante que quede en primer lugar, será llamada para desempeñar el puesto de Técnico coordinador de exposiciones, quedando el resto de aspirantes en espera para posibles ofrecimientos futuros.

Los llamamientos para formalizar los oportunos nombramientos se efectuarán con riguroso respeto al orden de prelación establecido en la bolsa de trabajo.

La notificación de llamamiento se realizará al interesado mediante burofax o cualquier otra fórmula de la que quede constancia. La persona llamada dispondrá de 48 horas para presentarse ante el órgano de contratación, debiendo aportar copia del DNI.

En el supuesto de no comparecer, se entenderá que rechaza la oferta y se le situará al final de la lista y se procederá a llamar al siguiente aspirante según el orden de prelación establecido.

En los seis meses posteriores al nombramiento, el Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana se reserva el derecho a efectuar un reconocimiento médico a la persona seleccionada, a fin de constatar su aptitud física o psíquica para el trabajo, cuyo resultado podrá determinar la ineptitud del trabajador y, por tanto, la extinción de su relación laboral y, en su caso, su exclusión temporal o definitiva de la bolsa de trabajo.

La renuncia a un llamamiento, salvo por causa de enfermedad, accidente, maternidad o paternidad, dará lugar a que el/la aspirante pase a ocupar el último lugar del orden de prelación.



Base doce. Vigencia de la bolsa de trabajo

La presente bolsa de trabajo tendrá una vigencia de tres años a partir de su constitución, siempre y cuando no se convoque otro proceso selectivo que cancele la vigencia de la bolsa constituida por la presente. Una vez transcurrido este periodo no podrán efectuarse más llamamientos, permaneciendo vigentes aquellos que se hubieran efectuado con antelación al vencimiento.



Base trece. Recursos

Las presentes bases podrán ser impugnadas ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de València en el plazo de dos meses contados a partir de su publicación, en la forma prevista en la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; no obstante, con carácter potestativo cabe interponer recurso de reposición en el plazo de un mes y en la forma prevista en la Ley 39/2015 reguladora del Procedimiento Administrativo Común.



València, 29 de mayo de 2017.– El presidente del Consejo General del Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana: Vicent Marzà Ibáñez.





ANEXO I

Temario



Parte general



6. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. Les Corts Valencianes. El President de la Generalitat Valenciana. El Consell. L'Administració de justícia. Otras Instituciones de la Generalitat Valenciana.

7. Las competencias de la Generalitat Valenciana. El Título IV del Estatuto de Autonomía

8. Los consorcios en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

9. El acto administrativo. Concepto. Producción y contenido. Clases. Requisitos: motivación y forma. La eficacia de los actos administrativos: el principio de autotutela declarativa. Condiciones. La notificación: contenido, plazo y práctica. La notificación infructuosa. La publicación. La aprobación por otra Administración. La demora y retroactividad de la eficacia.

10. La invalidez del acto administrativo. Supuestos de nulidad de pleno derecho y anulabilidad. El principio de conservación del acto administrativo. La revisión de actos y disposiciones por la propia Administración: supuestos. La acción de nulidad, procedimiento y límites. La declaración de lesividad. La revocación de actos. La rectificación de errores materiales o de hecho.

11. El procedimiento administrativo: iniciación, ordenación, instrucción y finalización. La ejecución La obligación de resolver. Contenido de la resolución expresa: principios de congruencia y de no agravación de la situación inicial. La terminación convencional. La falta de resolución expresa: el régimen del silencio administrativo. El desistimiento y la renuncia. La caducidad. La prescripción.

12. Recursos administrativos: principios generales. Actos susceptibles de recursos administrativos. Reglas generales de tramitación de los recursos administrativos. Clases de recursos.

13. Los contratos del sector público. Delimitación de los tipos contractuales. Contratos sujetos a regulación armonizada. Contratos administrativos y contratos privados. Disposiciones Generales sobre la contratación en el sector público.

14. Régimen de Invalidez de los contratos administrativos. Régimen General. Supuestos especiales de nulidad. Régimen especial de revisión de decisiones en materia de contratación y medios alternativos de resolución de conflictos.

15. Las partes en el contrato administrativo. Órgano de Contratación. Capacidad para contratar. Solvencia del empresario. Aptitud para contratar. Prohibición de contratar. Clasificación de las empresas.

16. El personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público y la legislación autonómica. Régimen Jurídico de los empleados públicos. Derechos y obligaciones. Principios éticos de actuación. Marco jurídico de referencia.

17. El acceso al empleo público. Provisión de puestos de trabajo. Situaciones administrativas de los empleados públicos.

18. El Consorcio de Museos de la Comunidad Valenciana. Composición y organización



Parte especial



19. La gestión cultural: modelos.

20. Función socioeducativa de los museos

21. Las exposiciones: clasificación.

22. El plan de exposiciones.

23. Organización de eventos y propiedad intelectual.

24. Accesibilidad en los eventos culturales.

25. Dinamización de equipamientos culturales ciudadanos.

26. Herramientas para fortalecer la participación cultural local.

27. Gestión de proyectos culturales.

28. Industrias Culturales: características.

29. Marketing y comunicación como herramientas para la gestión cultural.

30. Impacto de las nuevas tecnologías en la comunicación corporativa.

31. Financiación en el sector cultural.

32. Las normas ISO para la gestión de calidad.

33. Buenas prácticas en la gestión artística y cultural.

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