Ficha docv

Ficha docv









Extracto de la Resolución de 18 de diciembre de 2017, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las subvenciones para la financiación de programas de desarrollo comunitario. [2017/11943]

(DOGV núm. 8198 de 26.12.2017) Ref. Base Datos 011559/2017




BDNS (Identif.): 373691.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans



Primero. Beneficiarios

Entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen actuaciones en materia de acción comunitaria en la Comunitat Valenciana.

No se podrán subvencionar aquellos proyectos dirigidos a los colectivos de población gitana, población inmigrante, diversidad funcional, mayores y todos aquellos colectivos que tengan líneas específicas de subvención en la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas. Tampoco se podrán acoger a esta convocatoria aquellos proyectos dirigidos a los colectivos que tengan líneas de subvención especificas en la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, a excepción de los que son de ámbito social y que van dirigidos a la acogida integral y atención de las necesidades básicas y de inclusión social de las personas con VIH en situación de vulnerabilidad o en riesgo de exclusión social.



Segundo. Objeto

Subvencionar gastos de personal y corrientes para la realización de actuaciones de inclusión social para personas o unidades familiares que se encuentren en situación de vulnerabilidad.



Tercero. Bases reguladoras

Las bases se contienen en la Orden 9/2016, de 13 de abril (DOCV 7765, 21.04.2016), de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por lo que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de acción comunitaria.



Cuarto. Importe

Las subvenciones contenidas en esta convocatoria, están dotadas con un importe máximo estimado de 2.830.000 €, con cargo a la línea de subvención S1827000 del programa presupuestario 313.50, Inclusión Social.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

El incumplimiento de dicho plazo determinará automáticamente la exclusión de la convocatoria.



Sexto. Otros datos

1. Solicitudes: las entidades interesadas deberán presentar una instancia de solicitud debidamente cumplimentada, mediante el modelo que figura en el anexo I de la resolución de convocatoria, en los registros de entrada de las direcciones territoriales de Igualdad y Políticas Inclusivas donde radique la sede social de la entidad sin ánimo de lucro. También podrá presentarse por medios telemáticos, mediante certificado electrónico en la sede electrónica de la Generalitat https://sede.gva.es. Todo ello sin perjuicio de lo que dispone la legislación de procedimiento administrativo común.

Este modelo de solicitud está disponible en el portal de la Generalitat www.gva.es accediendo al apartado «Guía prop», «Trámites y servicios», debidamente cumplimentada y firmada por el representante legal de la entidad. El nombre de la entidad deberá coincidir con el que figure en el CIF.

2. Documentación a presentar con la solicitud: la prevista en el artículo 5 de la resolución de convocatoria.

3. Régimen de pagos: el pago de las subvenciones se realizará en los términos fijados en el artículo 9 de la resolución de convocatoria, previa justificación por la entidad beneficiaria de la realización del proyecto.





València, 18 de diciembre de 2017.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.



Mapa web