Ficha docv

Ficha docv









ACUERDO de 17 de noviembre de 2017, del Consell de la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana, por el que se aprueba la instrucción que regula la remisión telemática de información sobre acuerdos y resoluciones de las entidades locales contrarios a los reparos formulados por interventores locales y anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa. [2017/10798]

(DOGV núm. 8180 de 29.11.2017) Ref. Base Datos 010548/2017






Por el Acuerdo de 28 de septiembre de 2012, el Consell de la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana aprobó la instrucción relativa a la remisión a esta Institución de la información sobre las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto, los reparos y los informes formulados por la Intervención y los acuerdos adoptados contrarios a los informes del secretario de la entidad local (DOGV y BOC de 26.10.2012).

Mediante la modificación introducida por el Acuerdo de 22 de abril de 2014, del Consell de la Sindicatura de Comptes (DOGV 05.05.2014 y BOC 07.05.2014), se dio respuesta a diversas cuestiones planteadas en la revisión de la documentación remitida. En concreto, la conveniencia de sustituir los dos periodos semestrales en que se dividía la remisión por un solo periodo anual, y ampliar el plazo.

Por Acuerdo de 30 de julio de 2015, el Consell de la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana, adaptó la instrucción a los nuevos requerimientos surgidos como consecuencia de la Instrucción del Tribunal de Cuentas aprobada por la Resolución de 10 de julio de 2015 (BOE 17.07.2015), en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, que modificó el artículo 218 del texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales.

La citada instrucción del Tribunal de Cuentas, que sigue en vigor, regula la remisión telemática de la información sobre los acuerdos y las resoluciones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local y del presidente de la entidad local contrarios a los reparos formulados por los interventores locales y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa.

La Sindicatura de Comptes, en aplicación del convenio con el Tribunal de Cuentas para la explotación conjunta de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales, a fin de evitar duplicidades, adaptó su instrucción con el objeto de canalizar el cumplimiento de las obligaciones de remisión de la información sobre reparos a la Sindicatura, a través de la referida Plataforma, y mantuvo el régimen anterior con respecto al resto de aspectos regulados en la instrucción.

Una vez consolidado el procedimiento expuesto, la Sindicatura de Comptes pretende seguir avanzando en el proceso de racionalización y simplificación, y a la vista de los resultados obtenidos, se ha considerado conveniente modificar nuevamente la instrucción para hacer coincidir la información que se debe rendir al aplicarla, con la que la instrucción del Tribunal de Cuentas antes citada, de fecha 10 de julio de 2015, ordena remitir a través de la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales.

En relación con el resto de información que la Sindicatura exigía a través de su instrucción, se considera que la parte más importante se puede obtener a partir de la rendición de cuentas que las entidades locales llevan a cabo a través de la Plataforma.

En consecuencia, el Consell de la Sindicatura, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.1, letras a) y f), de la Ley 6/1985, de 11 de mayo, de Sindicatura de Comptes, ha considerado necesario regular la remisión por el sector público local de la información apuntada.

En su virtud, el Consell de la Sindicatura de Comptes, en ejercicio de las funciones que le atribuye el artículo 17.a de su Ley reguladora, en su reunión de 17 de noviembre de 2017, ha aprobado la presente instrucción.



Artículo 1. Objeto

Esta instrucción tiene por objeto regular la información que deberán remitir a la Sindicatura de Comptes de la Comunitat Valenciana (en adelante Sindicatura) los interventores de las entidades que integran el sector público local de la Comunitat Valenciana sobre los acuerdos y las resoluciones del Pleno, de la Junta de Gobierno Local y del presidente de la entidad local contrarios a los reparos formulados por los interventores locales y las anomalías detectadas en materia de ingresos, así como sobre los acuerdos adoptados con omisión del trámite de fiscalización previa.



Artículo 2. Ámbito de aplicación e información a remitir

Con respecto al ámbito de aplicación y al contenido de la obligación a remitir, se aplicará lo dispuesto en la Instrucción del Tribunal de Cuentas, aprobada por el Pleno en fecha 30 de junio de 2015 (Resolución de 10 de julio de 2015, publicada en el BOE de 17.07.2015), que desarrolla el artículo 218.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

La información se presentará mediante una aplicación específica que se ha diseñado en la Plataforma de Rendición de Cuentas de las Entidades Locales (www.rendiciondecuentas.es).





Disposición derogatoria



Queda derogada la instrucción de la Sindicatura de Comptes de fecha 30 de julio de 2015 (DOGV 05.08.2015).

En consecuencia, la información correspondiente al ejercicio 2017 no estará sujeta al deber de remisión que se preveía en el artículo 2 de la instrucción derogada.





Disposición final



Entrada en vigor

Esta instrucción entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 17 de noviembre de 2017



El síndic major,

VICENT CUCARELLA TORMO

Mapa web