Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 21 de noviembre de 2017, de la directora general de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad, por la que se conceden dos becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad. [2017/10792]

(DOGV núm. 8182 de 01.12.2017) Ref. Base Datos 010673/2017




Mediante Orden 7/2016, de 31 de agosto, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, se aprueban las bases reguladoras de concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad (DOGV 7866, 06. 09. 2016).

La Resolución de 16 de junio de 2017, de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, convocó dos becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad (DOGV 8074, 30.06.2017).

En el artículo 14 de la aludida Orden 7/2016, y en el punto octavo de la Resolución de 16 de junio de 2017, se establece que la resolución de concesión se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con expresión de las bases, programa y crédito presupuestario al que se imputen las becas otorgadas, relación de las personas beneficiarias, cantidades concedidas y finalidad de las mismas.

El órgano encargado de la ordenación e instrucción del procedimiento ha sido la dirección general con competencias en materia de investigación sanitaria, evaluación de tecnologías sanitaria, evaluación de la calidad asistencial y seguridad del paciente, atención y comunicación con el paciente, acreditación, autorización y registro de centros, servicios y establecimientos sanitarios y sistemas de información para la salud.

Para la valoración de las solicitudes presentadas se constituyó, en fecha 22 de septiembre del año en curso, una comisión evaluadora, cuya composición está regulada en el punto sexto de la Resolución de 16 de junio de 2017. No obstante, en el punto cuarto del acta de constitución de la comisión evaluadora se motivó el cambio de composición de la misma.

Constituida la comisión evaluadora y una vez cumplidos de forma oportuna con los trámites establecidos en el artículo 11 de la Orden 7/2016 y vista la propuesta de resolución elaborada por la comisión evaluadora, resuelvo:



Primero. Concesión de la beca

1. Conceder dos becas a las candidatas, Miriam Ferragut Larrosa y María Victoria Ortega Terrades, para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad, por un importe de 1.000 euros mensuales cada una, sujetos a las retenciones que procedan legalmente y financiadas con cargo a los presupuestos de la Generalitat Valenciana para los años 2017 y 2018, de la aplicación presupuestaria 10.02.96.0000.411.60.4 y la línea de subvención S4510000. Todo ello, sujeto a los siguientes ajustes presupuestarios, llevados a cabo por el órgano competente.

2. El periodo de duración de la beca será de 10 meses, comenzando el 1 de diciembre de 2017 y finalizando el 30 de septiembre de 2018. Trascurrido este tiempo podrá prorrogarse, sin necesidad de nueva convocatoria, por un período máximo de hasta doce meses adicionales, siempre que exista la disponibilidad presupuestaria correspondiente y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.

3. Las becas adjudicadas se financiarán con cargo al programa presupuestario de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública, capítulo y línea, según lo expuesto en punto 1,de los presupuestos de la Generalitat para el año 2017 y su equivalente en el presupuesto de la Generalitat de 2018,de acuerdo con la siguiente distribución:



2017 2018 Total

2.000 € 18.000 € 20.000 €





Segundo. Bolsa de reserva

Constituir, de conformidad con lo establecido en el punto 3, del artículo 11 de la Orden 7/2016, formada por las personas aspirantes que no han resultado adjudicatarias de las becas, priorizada por orden de puntuación, para cubrir las vacantes que pudieran producirse durante el periodo de vigencia de las mismas, tal como se relaciona a continuación:

Bolsa de reserva priorizada

Jennifer Gandía Aparisi

Aitor Rodríguez Carrero

M.ª Elvira Beltrán Yago

Nadia Pons Pons Cerdà

María Monto Gimeno



Tercero. Recursos

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa-administrativa, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación. También se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dictó, en el plazo de un mes, a contar desde la citada fecha, todo ello de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 21 de noviembre de 2017.– La consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, p. d. (O 7/2016; DOGV 7866, 06.09.2016), la directora general de Investigación, Innovación, Tecnología y Calidad: Ana María Ávila Peñalver.

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