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RESOLUCIÓN de 14 de octubre de 2016, de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación, por la que se establece el Plan anual de formación permanente del profesorado para el curso 2016-2017. [2016/8160]

(DOGV núm. 7898 de 18.10.2016) Ref. Base Datos 007758/2016




La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 102, dispone que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las administraciones educativas y de los propios centros.

El fin último de la formación permanente del profesorado es la mejora de la calidad educativa y la repercusión en el proceso de aprendizaje del alumnado. Ha de estar orientada a la mejora de la enseñanza de forma integral y de los resultados escolares y sociales del alumnado, la búsqueda del éxito para todas y todos, el desarrollo de todas las potencialidades y la equidad educativa.

La Orden 64/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, por la que se desarrolla el Decreto 231/1997, de 2 de septiembre, por el que se regula la creación, estructura y funcionamiento de los centros de formación, innovación y recursos educativos de la Comunitat Valenciana establece el desarrollo de los planes anuales de actuación de los centros de formación, innovación y recursos (CEFIRE), así como el asesoramiento a los centros educativos en el desarrollo de las actividades formativas.

La Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Conselleria de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas, establece el Plan anual de formación permanente del profesorado (PAF) como el documento guía que definirá las líneas estratégicas de actuación así como los procesos de evaluación del impacto de la formación permanente del profesorado.

El Plan anual de formación es un documento vivo que ha de adaptarse a las necesidades del sistema educativo: tanto de los propios centros educativos como de la red de formación permanente del profesorado.

El análisis de las necesidades formativas del profesorado compartidas a través de la figura de la coordinadora o del coordinador de formación permite que la administración tenga conocimiento de la realidad de los centros. Se ha de potenciar la creación de un conocimiento profesional de forma colaborativa, además de institucionalizar el intercambio de experiencias de aula, acercando la formación del profesorado a todos los centros que la requieran, y permitiendo experimentar el cambio de forma progresiva y conjunta.

La formación permanente, por tanto, se ha de articular en torno a la reflexión y el debate sobre qué prácticas son las más adecuadas para mejorar el desarrollo escolar y personal del alumnado, implicando a toda la comunidad educativa en el diseño de la formación. Además, las propuestas de actuación han de estar fundadas en la innovación en diferentes contextos, en las aportaciones realizadas por centros cuyos resultados han sido satisfactorios, con especial atención a las propuestas para mejorar la propia práctica y aquellas encaminadas a potenciar el trabajo en equipo del profesorado.

El Plan anual de formación ha de ser, por tanto, una herramienta para dar respuesta a las necesidades que los centros educativos detectan dentro de su autonomía, con el objeto de mejorar la práctica educativa tanto con las propias propuestas como con las propuestas realizadas desde la conselleria.

Las actuaciones de formación de este plan, además, tienen como objetivo ampliar la vinculación con la innovación e investigación educativa, siendo el punto de partida de redes de trabajo entre equipos docentes y, en su caso, con las universidades o con los diferentes miembros de la comunidad educativa, como base de una mejora cualitativa de la educación.

Conviene, por tanto, dictar instrucciones que concreten el PAF en el marco temporal del curso 2016-2017, garanticen la elaboración de los planes anuales de actuación de los CEFIRE y la adecuación de los programas anuales de formación de los centros educativos, con el objetivo de evaluar y actualizar el modelo de formación permanente para mejorar el impacto y la transformación educativa a través de la formación permanente del profesorado.

En virtud de las competencias establecidas en el Decreto 103/2015, de 7 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat (DOCV 7566, 08.07.2015), resuelvo:



Apartado único

Aprobar las instrucciones incluidas en el anexo que establecen y guían el Plan anual de formación permanente del profesorado y a las que deberán ajustarse las actuaciones de formación permanente del profesorado durante el curso académico 2016-2017.



Valencia, 14 de octubre de 2016.– El secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.





ANEXO

Instrucciones



1. Definición del Plan anual de formación

El Plan anual de formación permanente del profesorado (PAF) es el instrumento que establece las líneas estratégicas y la planificación de la formación permanente del profesorado con carácter anual y, en concreto, para el curso 2016-2017. El documento favorece una oferta amplia y diversificada de actividades que garantiza la posibilidad de mejorar las competencias profesionales del profesorado y la actualización sobre las temáticas relevantes para la mejora del proceso de enseñanza-aprendizaje, la convivencia escolar y las relaciones entre los miembros de la comunidad educativa.

El principal cometido del documento es concretar las líneas estratégicas generales de actuación, las áreas prioritarias de desarrollo de la formación permanente, dar instrucciones que definen las guías para el diseño, desarrollo y evaluación de las acciones formativas impulsadas desde la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte a través del Servicio de Formación del Profesorado así como las recogidas en los planes anuales de actuación de los CEFIRE y en los programas anuales de formación de los centros educativos.

En el desarrollo del Plan anual de formación permanente del profesorado y de todas aquellas actuaciones derivadas del mismo, trabajarán activamente tanto el Servicio de Formación del Profesorado como la red de asesorías de formación de CEFIRE, en colaboración directa con las coordinadoras y coordinadores de formación de los centros sostenidos con fondos públicos. Las acciones desarrolladas estarán sostenidas con los presupuestos establecidos al efecto en la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación.

2. Detección de necesidades en materia de formación permanente del profesorado

La detección de las necesidades del sistema educativo y de las demandas reales, tanto del profesorado como de los centros, constituye un elemento primordial en el diseño de los planes de formación permanente.

Mediante diversas herramientas los centros han detectado cuales son las necesidades de formación prioritarias del profesorado, con el ánimo de mejorar aquellos aspectos del sistema educativo que contribuyen a favorecer la convivencia, la igualdad, la inclusión y los procesos de enseñanza-aprendizaje. El análisis de dichas necesidades permitirá desarrollar iniciativas de actuación cuya finalidad será la implicación de la comunidad educativa en el proyecto común de una escuela que aprende.

El Proyecto Educativo de Centro debe marcar las líneas de actuación del programa anual de formación del propio centro educativo, siendo el equipo directivo el encargado de motivar y dinamizar al claustro a participar, a partir del itinerario de formación que el centro ha desarrollado en los últimos años y de las necesidades detectadas.

3. Objetivos del Plan anual de formación permanente del profesorado

Los objetivos del PAF para el curso 2016-2017 se basan en la consolidación de las líneas estratégicas de actuación, la adaptación normativa y el desarrollo de las necesidades detectadas en materia de formación permanente del profesorado:

1. Concretar las actuaciones del Servicio de Formación del Profesorado, los CEFIRE y los centros educativos en materia de formación permanente del profesorado.

2. Desarrollar la autonomía de los centros educativos y el trabajo intercentros en el área de formación permanente del claustro.

3. Favorecer los proyectos de formación en el centro como eje vertebrador de la formación permanente del claustro.

4. Favorecer entre el profesorado la innovación y la investigación dentro del aula, así como en la gestión de la convivencia del centro, de acuerdo con protocolos éticos y con los últimos estudios en materia de metodologías docentes innovadoras con elevado impacto en el rendimiento del alumnado.

5. Establecer los procedimientos para realizar desde los CEFIRE el asesoramiento, coordinación y evaluación de los programas anuales de formación de los centros.

6. Crear programas de formación específica que faciliten la adaptación normativa.

7. Potenciar y diversificar la oferta formativa en las modalidades a distancia y semipresencial, conciliando la vida familiar y el acceso a la formación permanente.

8. Priorizar acciones formativas en consonancia con las líneas estratégicas de formación permanente del profesorado.

9. Evaluar el impacto de la formación permanente del profesorado como elemento de mejora de la práctica docente y de la presencia, participación y logro del alumnado en el ámbito escolar, personal y social.

10. Establecer las líneas de formación del profesorado a partir del análisis de las necesidades detectadas.

4. Líneas estratégicas de actuación

4.1. Nuevas metodologías de enseñanza-aprendizaje y didácticas específicas como herramienta para mejorar el aprendizaje, crecer como personas y favorecer la socialización del alumnado.

El profesorado de la Comunitat Valenciana ha de impulsar y continuar perfeccionando las competencias profesionales que le permitan avanzar hacia una enseñanza para el desarrollo de las competencias clave, con el fin de mejorar el éxito escolar, personal y social del alumnado. La mejora de las competencias profesionales del profesorado implica la incorporación a la práctica cotidiana de recursos metodológicos acordes a la realidad en la que nos encontramos, y ha de permitir un aprendizaje basado en las competencias en lugar de centrado en los contenidos conceptuales.

En el curso 2016-2017 se ofrecerá al profesorado formación en un amplio abanico de estrategias educativas para potenciar la integración metodológica como construcción consciente y reflexiva de la práctica educativa y de sus condiciones institucionales. Los docentes han de poder mejorar su práctica a través del diseño de situaciones de aprendizaje adecuadas a su materia y etapa educativa. Entre otras propuestas, se priorizará la formación dirigida a potenciar el trabajo en equipo del profesorado.

La planificación y desarrollo de actividades formativas centradas en los aspectos didácticos particulares de cada área también son un elemento importante en los planes de intervención de los CEFIRE. El aprendizaje de los aspectos didácticos sobre los que se apoya el proceso de enseñanza-aprendizaje de las diferentes áreas permite una mejora de la calidad de la adquisición del conocimiento.

La lectura es uno de los principales instrumentos de aprendizaje. Una buena comprensión lectora constituye un factor clave para conducir al alumnado al éxito escolar; de ahí, la importancia de que la lectura se encuentre presente en todas las áreas, materias, ámbitos y módulos del currículo a lo largo de las diferentes etapas educativas. Esta Conselleria considera un objetivo prioritario la lectura como eje común del currículo de las diferentes etapas, y por ello, ha decidido articular las medidas necesarias para que el alumnado desarrolle y potencie su capacidad lectora.

4.2. La formación plurilingüe.

La formación plurilingüe tiene como objetivo potenciar la formación lingüística y la capacitación metodológica con el fin de consolidar el derecho real de todo el alumnado al conocimiento con el mismo grado de competencia de las dos lenguas cooficiales y a la adquisición de, como mínimo, una lengua extranjera.

La formación plurilingüe regulada por el Plan anual de formación permanente agrupa la formación lingüística y metodológica para el profesorado. Esta formación se dirigirá tanto al profesorado de forma individual como a los claustros que deseen integrar la vehiculación en lenguas cooficiales y extranjeras dentro de su proyecto lingüístico de centro.

Respecto a la formación metodológica, la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte diversificará la oferta de cursos sobre tratamiento integrado de lengua y contenidos (TILC), incluyendo la oferta sobre recursos didácticos que faciliten la gestión del aula a aquellos docentes que durante el curso escolar 2016-2017 vehiculen un área, asignatura o módulo en lengua extranjera. La formación incidirá especialmente en aquellas materias vehiculadas en lengua extranjera de oferta más frecuente.

Además, se desarrollará formación específica para el profesorado especialista en lenguas, tanto cooficiales como extranjeras, abarcando las técnicas de animación lectora, la lectoescritura, las adaptaciones curriculares o el portfolio europeo de las lenguas, entre otros.

4.3. La incorporación y aumento de la presencia de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los procesos de enseñanza/aprendizaje.

El desarrollo de esta competencia profesional es uno de los factores más importantes para garantizar la actualización científico-didáctica de los docentes y su adaptación a la realidad actual. El profesorado ha de conocer e integrar las herramientas TIC existentes en su labor educativa, desplegándose en el currículo e incidiendo en su aplicación en el aula. De esta forma se mejorará la competencia digital del alumnado, disminuyendo la brecha digital existente e introduciendo el uso responsable de las TIC y el desarrollo de la ciudadanía digital. Dichas herramientas deben estar al servicio de una mejora en los procesos de enseñanza/aprendizaje, evaluación y organización que habitualmente se desarrollen en el aula y en el centro educativo. Ha de hacerse un uso innovador de estas tecnologías y servir como agente de cambio metodológico, de acuerdo con el concepto de tecnologías del aprendizaje y el conocimiento (TAC).

La oferta formativa en esta línea estratégica incluirá formación de base sobre las herramientas demandadas por el profesorado prestando especial atención a las herramientas de software libre que permiten extender su uso y aplicación a todos los actores del proceso educativo: Moodle como entorno virtual de aprendizaje, Mestre a Casa como página web del centro, pizarra digital interactiva, empleo de redes sociales educativas, y herramientas de creación de recursos digitales como eXe-Learning, entre otras.

En el curso 2016-2017, además, se desarrollará la oferta de formación sobre estrategias de uso de estas herramientas dentro del aula y el impacto que tienen sobre el trabajo desde las diferentes perspectivas de la enseñanza: el aprendizaje de lenguas, el trabajo colaborativo, la inclusión del alumnado para facilitar el uso de la TIC, el respeto y uso responsable de las tecnologías, la convivencia y el desarrollo de la ciudadanía digital.

4.4. Escuela inclusiva: convivencia, atención a la diversidad y tutoría.

La inclusión se define, según la UNESCO, como un proceso orientado a responder a la diversidad de los estudiantes incrementando su participación y reduciendo la exclusión en y desde la educación. Está relacionada con la presencia, la participación y los logros de todos los alumnos, con especial énfasis en aquellos que, por diferentes razones, están excluidos o en riesgo de ser marginados.

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte reforzará la oferta de formación permanente del profesorado referente a metodologías didácticas innovadoras, entre ellas, el aprendizaje cooperativo, los proyectos interdisciplinares, el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, y metodologías activas que favorezcan la educación inclusiva.

La construcción de una escuela inclusiva requiere una transformación, un proceso de cambio en el que los docentes necesitan apoyo y formación. Es tarea de la red de formación del profesorado que el personal docente de todas las áreas de conocimiento y de las diferentes etapas educativas cuente con estrategias y herramientas que le permitan trabajar con un alumnado diverso en su aula, mediante acciones formativas que contribuyan a eliminar barreras para el aprendizaje y la participación, y con el apoyo técnico de los equipos de orientación.

Adoptar una perspectiva inclusiva en los procesos de orientación y asesoramiento a los centros en el proceso hacia la inclusión supone impulsar políticas, culturas y prácticas inclusivas y, en particular, que se articulen los apoyos e intervenciones que se vienen ofreciendo en los centros de una manera diferente. Por lo que será necesario, a su vez, formación específica dirigida a los miembros de los departamentos y equipos de orientación.

Asimismo, la formación del profesorado contribuirá a la promoción de una convivencia incluyente y democrática, a fomentar los procesos de mediación como modelo de intervención para superar los conflictos, creando un entorno respetuoso y acogedor que favorezca el aprendizaje y la participación en condiciones de igualdad de todo el alumnado. La formación se orientará, por tanto, al desarrollo y mejora de los planes de convivencia, así como a la formación específica del profesorado coordinador de igualdad y convivencia.

La acción tutorial se configura como un elemento clave para facilitar la inclusión de todo el alumnado y en los procesos de mejora de la convivencia y prevención por lo que también será objeto de formación en esta línea.

4.5. Igualdad y coeducación.

Se considera de gran importancia la formación del profesorado en aquellos principios coeducativos y de educación en igualdad que de manera transversal recorren todo el currículo, los cuales incluyen la prevención de la violencia contra las mujeres y del acoso por homofobia y transfobia, la eliminación de cualquier tipo de prejuicio contra la diversidad familiar, sexual y de identidad de género, la eliminación de estereotipos y roles en función del género, así como el uso de materiales, libros de texto y lenguaje no sexista.

La formación en la igualdad de género tendrá un carácter prioritario en los programas anuales de formación de los centros educativos con el objetivo de mejorar este aspecto en la educación del alumnado, y desde el convencimiento de que el respeto a la diversidad ha de estar presente en todos los centros docentes como una oportunidad para contribuir a la construcción de una escuela inclusiva. Asimismo, se fomentará el aprendizaje de métodos no violentos para la resolución de conflictos y de modelos de convivencia basados en la diversidad y en el respeto a la igualdad de derechos y oportunidades de mujeres y hombres.

La formación del profesorado tutor incluirá los aspectos antes descritos con la finalidad de impulsar en el alumnado una educación en igualdad y mejora de la convivencia.

4.6. La dimensión europea de la educación: Erasmus+.

La dimensión europea de la educación responde a la conveniencia de fortalecer en los jóvenes el sentido de la identidad europea y hacer comprender el valor de su civilización, base sobre la cual se fundamentan los principios de la democracia, la justicia social y el respeto de los derechos humanos.

Los centros educativos tienen la oportunidad de abrir sus aulas a Europa, iniciando y profundizando en un proceso de internacionalización en el que inscribir su Plan de Desarrollo Europeo (PDE). La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte promoverá la participación de la comunidad escolar tanto en los proyectos colaborativos eTwinning como en las acciones impulsadas desde el programa Erasmus+.

En este sentido, se contemplan tres líneas básicas de actuación: la sensibilización a través de jornadas de difusión de buenas prácticas y sesiones destinadas a dar a conocer el espíritu fundamental de cada programa y sus posibilidades desde un enfoque práctico; la iniciación, mediante acciones formativas para docentes interesados en abrir su aula a Europa con Erasmus+ y/o eTwinning; y la profundización, a través de acciones formativas para docentes que ya conocen los programas europeos y desean un mayor grado de destreza en sus plataformas y acciones.

Además, en el desarrollo de este plan se fomentará el uso compartido de los recursos y materiales, se potenciarán las jornadas e intercambios de buenas prácticas europeas, la colaboración con la red de embajadores eTwinning y las acciones formativas prácticas, presenciales y a distancia, con módulos destinados a la interacción entre docentes de diversos países a través de la plataforma.

4.7. Organización escolar y participación social.

Los centros educativos, con el liderazgo pedagógico de sus equipos directivos, han de avanzar hacia un modelo de autonomía que permita establecer una cultura de centro orientada al cambio, a la mejora educativa y a la inclusión de todas y todos. La escuela ha de fomentar el trabajo colaborativo de los equipos docentes y estar abierta al entorno social y cultural, potenciando el diálogo entre la escuela, la familia y la sociedad en general, así como la adopción de medidas que aseguren la igualdad entre hombres y mujeres.

El Plan anual de formación contempla procesos de formación del profesorado como base de una mejora cualitativa de la educación. En las actuaciones se favorecerá la creación de redes de trabajo para el intercambio de experiencias y la coordinación de equipos docentes, buscando la puesta en práctica de actuaciones de referencia en materia de participación y organización social.

De esta forma, se impulsará y profundizará el conocimiento de propuestas organizativas que promuevan el respeto entre la diversidad de personas que conforman la comunidad educativa, la participación educativa de las familias y la mejora de la presencia, participación y logro del alumnado en el ámbito escolar, personal y social.

4.8. Desarrollo e implantación del currículo.

Entre las competencias profesionales del profesorado se encuentra la planificación y el diseño del currículo en el nivel de concreción correspondiente, y cobra especial relevancia dentro del marco europeo de trabajo por competencias clave y profesionales.

Los equipos docentes han de elaborar y compartir instrumentos de programación y evaluación adecuados, de forma que se asegure su efectiva integración con el resto de elementos del currículo y la transición entre las distintas etapas educativas. Esta línea estratégica fomentará, pues, la profundización en el conocimiento y aplicación de los diferentes elementos del currículo, teniendo en cuenta aspectos tan importantes como las competencias clave o los estándares evaluables de aprendizaje.

Se fomentarán acciones educativas que impulsen la realización de proyectos interdisciplinares, así como la coordinación entre departamentos cuyos contenidos curriculares estén directamente relacionados, de manera que la temporalización resulte adecuada y garantice la adquisición de las competencias y requisitos necesarios para el correcto desarrollo de las diferentes programaciones.

4.9 Educación ambiental y desarrollo sostenible.

La educación ambiental y el desarrollo sostenible han de formar parte de la planificación de los centros educativos de la Comunitat Valenciana. Por ello se impulsarán acciones formativas destinadas a fomentar valores, principios y prácticas que ayuden a los miembros de la comunidad educativa a responder con eficacia y confianza a los retos actuales y a los nuevos desafíos que exige la sostenibilidad. Iniciativas formativas encaminadas a conocer y aplicar proyectos educativos como la movilidad sostenible, la ecoauditoría escolar, la comunicación del cambio climático, el consumo responsable, el huerto escolar o el cálculo de la huella de carbono en el centro educativo, facilitarán la concienciación ambiental y la gestión sostenible.

La Educación para el Desarrollo se ha convertido en un componente imprescindible de las políticas y las estrategias de los diversos agentes y actores que integran el sistema internacional de cooperación al desarrollo, sean gubernamentales o no gubernamentales. La experiencia de los últimos años deja de manifiesto que la Educación para el Desarrollo debe responder al fortalecimiento de una ciudadanía informada, crítica y solidaria mediante la promoción de una conciencia de ciudadanía global, comprometida con el cumplimiento de las metas de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030. El PAF fomentará la implantación de proyectos de formación en materia de educación para el desarrollo, a fin de promover en el alumnado una ciudadanía global, encaminada a ser conscientes de las causas que generan desigualdades y pobreza y cómo nuestras acciones y estilos de vida contribuyen o no a posibles alternativas de solución.



5. Programas específicos de formación

Durante el curso escolar 2016-2017 se ejecutarán, entre otros, los siguientes programas de formación específica que atiendan a:

1. Equipos directivos.

2. Inspección educativa.

3. Coordinadoras y coordinadores de formación de los centros educativos.

4. Coordinadoras y coordinadores TIC de los centros educativos.

5. Coordinadoras y coordinadores de igualdad y convivencia de los centros educativos.

6. Formación en lenguas y metodología AICLE.

7. Profesorado en centros CAES y en centros con CAES adscritos.

8. Prevención de riesgos laborales.

9. Salud escolar.

10. Uso responsable de dispositivos móviles, tabletas y participación en redes sociales.

11. Convivencia.

12. Formación Profesional.

13. Orientación y tutoría.

14. Profesorado de nueva incorporación a la formación de personas adultas.

15. Profesorado en prácticas y de nueva incorporación a la docencia.



6. Gestión de la formación

La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte a través de la Secretaría Autonómica de Educación e Investigación desarrollará las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado basándose en tres actuaciones formativas:

6.1. Detectar las necesidades del centro educativo e integrar las acciones formativas en el proyecto educativo.

El centro educativo es el primer núcleo de formación permanente del profesorado y el Programa Anual de Formación del Profesorado, recogido en la Programación General Anual, es una de las herramientas del centro para establecer las actividades de formación permanente que se desarrollarán durante el curso escolar para alcanzar los objetivos establecidos en el PEC.

La dirección de cada centro designará al/la coordinador/a de formación del centro que sistematizará el programa anual de formación del presente curso escolar, y recopilará las necesidades del claustro, mediante las herramientas proporcionadas por el Servicio de Formación del Profesorado. La labor de dicho coordinador es fundamental para el éxito de las acciones formativas. Se potenciará la comunicación y la retroalimentación, a lo largo del curso, entre los coordinadores y su CEFIRE de referencia, para evaluar el desarrollo y maximizar el beneficio de las actividades de formación propuestas.

La principal actuación, resultante del análisis y detección de necesidades del centro, se concretará como un proyecto de formación en el centro que involucrará al claustro en la búsqueda de soluciones y el refuerzo de las carencias detectadas. Esta acción formativa, enmarcada en el programa anual de formación del centro, se regirá por las instrucciones específicas recogidas en la página web del Servicio de Formación del Profesorado, a partir de la fecha de publicación de la presente resolución.

6.2. Favorecer el trabajo colaborativo del profesorado, para la mejora continua de la práctica educativa y el desarrollo de contenidos educativos y materiales curriculares.

La Secretaría Autonómica de Educación e Investigación convocará las modalidades de formación de grupos de trabajo y seminarios con objetivos claramente diferenciados:

1. Los grupos de trabajo se centran en el estudio y desarrollo de materiales de libre distribución, de aplicación directa en el aula, tanto en los procesos de enseñanza-aprendizaje como en su evaluación.

2. Los seminarios analizan y estudian en profundidad aspectos concretos de la práctica docente, interactuando con especialistas que aportan una visión externa.

Estas modalidades formativas se concretarán a partir de las necesidades específicas del claustro y, en la medida de lo posible, de aquellas necesidades comunes a los diferentes centros educativos. Se regirán por las instrucciones específicas recogidas en la página web del Servicio de Formación del Profesorado.

6.3. Permitir una actualización individual del profesorado, de acuerdo con su perfil docente y al desarrollo de las competencias profesionales.

La actualización científico-didáctica, así como la mejora de ciertas competencias profesionales de cada docente, también se ha de abordar desde una perspectiva individual, que permite adaptar el ritmo de aprendizaje y desarrollo a las características específicas del profesorado. Se prestará especial atención al profesorado novel.

El Servicio de Formación del Profesorado convocará las acciones formativas en el ámbito de toda la Comunitat Valenciana, en coordinación con los diferentes órganos de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

Los CEFIRE, en base a las líneas estratégicas de actuación y a la detección de necesidades realizada por los coordinadores de formación en cada centro educativo, recogerán en sus planes anuales de actuación la concreción de las acciones formativas ofertadas, potenciando la formación semipresencial o a distancia y favoreciendo las actuaciones intercentros.

La inscripción, confirmación y consulta de la participación en las actividades formativas se realizará a través de las páginas web del Servicio de Formación del Profesorado y de los diferentes CEFIRE.



7. Actuaciones preceptivas

7.1. Centros educativos.

Los equipos directivos de todos los centros educativos públicos que imparten enseñanzas regladas designarán un coordinador de formación, de entre los miembros del claustro. Los centros privados sostenidos con fondos públicos que deseen participar en proyectos de formación en centros también habrán de designar un coordinador de formación.

El coordinador de formación será el responsable de analizar y concretar el programa anual de formación permanente del centro educativo, en función de las necesidades detectadas en el claustro y en los diferentes departamentos o equipos. También se responsabilizará de cumplimentar el formulario para la solicitud y gestión de dicho programa a través de la plataforma que el Servicio de Formación del Profesorado pone a disposición de los centros educativos en la web de esta Conselleria. El proceso de sistematización se desarrollará desde el mes de octubre de 2016 hasta la aprobación de la PGA.

Todas las actuaciones incluidas en el programa anual de formación del centro serán susceptibles de ser reconocidas como formación permanente siempre que vayan dirigidas directamente a la mejora de la calidad educativa, la mejora de la presencia, participación y logro del alumnado en el ámbito escolar, personal y social, y/o la reducción del abandono prematuro del sistema educativo. El Servicio de Formación del Profesorado comunicará a los centros aquellas actividades que serán reconocidas como formación permanente para lo cual deberán cumplir la normativa vigente.

Al finalizar el curso 2016-2017, en la memoria final se evaluará el desarrollo del PAF de acuerdo con los objetivos planteados inicialmente en el Programa Anual de Formación. Este análisis permitirá establecer las bases para el desarrollo del Programa Anual de Formación del siguiente curso escolar.

El coordinador de formación que no haya desarrollado con anterioridad dicha función participará en el programa de formación inicial diseñado al efecto. La actividad se desarrollará a lo largo de los meses de octubre y noviembre de 2016.

7.2. CEFIRE.

Los CEFIRE elaborarán su plan anual de actuación durante el mes de octubre de 2016. El plan anual de actuación concretará las líneas estratégicas, los programas de formación específicos y la atención a los coordinadores de formación, a los coordinadores TIC y a los coordinadores de igualdad y convivencia de los centros.

En el desarrollo del programa de formación para los coordinadores de formación de los centros educativos, todos los CEFIRE establecerán una actuación conjunta que permita la creación de redes de formación y facilite el trabajo colaborativo entre los coordinadores. La formación inicial, semipresencial, se desarrollará en toda la Comunitat Valenciana en los meses de octubre y noviembre de 2016.

El Plan anual de actuación recogerá, además, el asesoramiento específico a los coordinadores de los centros, estableciendo la temporalización tanto de las actuaciones individuales como de aquellas acciones conjuntas.

La oferta formativa específica de los CEFIRE se publicará trimestralmente, a través de sus páginas web, en tres períodos durante el curso 2016-2017: de septiembre a diciembre, de enero a abril y de mayo a julio, permitiendo al profesorado planificar su tiempo de formación con la suficiente antelación y, además, dotando a los programas de flexibilidad para incorporar aquellas necesidades específicas detectadas durante el curso escolar.



8. Evaluación de la formación permanente

La evaluación de las actuaciones en materia de formación permanente del profesorado debe cubrir una doble finalidad: por un lado, ha de permitir la valoración de los planes y programas de actuación, determinando en qué medida se han conseguido los objetivos previstos e incorporando los cambios necesarios; por otro, debe valorar la incidencia de la formación permanente en el proceso de enseñanza-aprendizaje, dirigido a la mejora del sistema educativo en su conjunto.

Las actividades individuales serán evaluadas internamente por todos sus participantes (asistentes, profesores, tutores y coordinadores) a través de las herramientas puestas a disposición por el Servicio de Formación del Profesorado para valorar el grado de satisfacción, el ajuste a las necesidades formativas y la utilidad práctica, así como la metodología, la temporalización o la difusión de las actividades.

El Programa anual de formación de los centros educativos será evaluado internamente por el claustro, a través de la memoria final. Podrá ser evaluado externamente por el Servicio de Formación del Profesorado.

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