Ficha docv

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DECRETO 112/2016, de 2 de septiembre, del Consell, por el que se determina el calendario laboral de aplicación en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana para el año 2017. [2016/6844]

(DOGV núm. 7866 de 06.09.2016) Ref. Base Datos 006767/2016


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
    Grupo Temático: Legislación
    Materias: Empleo y formación profesional
    Descriptores:
      Temáticos: día festivo, vacaciones retribuidas, jornada de trabajo , calendario laboral



El artículo 37.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y el artículo 45 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, en vigor según lo establecido en el Real Decreto 1561/1995, de 21 de septiembre, sobre jornadas especiales de trabajo, establecen que las fiestas laborales, que tendrán carácter retribuido y no recuperable, no podrán exceder de 14 al año, de las cuales, 2 serán locales.

De conformidad con los mencionados preceptos, para la determinación de las fiestas de ámbito nacional que se incluirán en el calendario laboral de cada año como días inhábiles a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, se otorga a las comunidades autónomas la facultad de sustituir las fiestas señaladas en el apartado d del punto uno del citado artículo 45, por otras que por tradición les sean propias. Asimismo, las comunidades autónomas podrán también sustituir el descanso del lunes de las fiestas nacionales que coincidan con domingo por la incorporación a la relación de fiestas de la comunidad autónoma de otras que les sean tradicionales y podrán hacer uso, también, de la facultad de traslado a lunes inmediatamente posterior el descanso laboral correspondiente a las fiestas que coincidan con domingo.

En relación con lo anterior, se sustituye el descanso del domingo 19 de marzo, San José, por el lunes 9 de octubre, día de la Comunitat Valenciana y se sustituye el descanso del domingo 1 de enero, día de año nuevo, por el 13 de abril, Jueves Santo.

En virtud de lo establecido en las disposiciones invocadas, para la determinación de las fiestas laborales del año 2017 el Consell ha tomado como criterio básico el respeto a las fiestas que mayor tradición tienen en el conjunto de nuestra Comunitat, favoreciendo, asimismo, que el disfrute de estas fiestas no suponga un perjuicio para la actividad económica de la Comunitat Valenciana sino, al contrario, beneficie la competitividad del conjunto de las empresas valencianas y repercuta de manera positiva en el empleo.

Se hace posible, con la propuesta formulada, el disfrute de las doce fiestas laborales en el ámbito de la Comunitat. y, con relación a la determinación de las dos fiestas laborales de carácter local, se estará a lo dispuesto en el artículo 46 del Real Decreto 2001/1983, de 28 de julio, solicitando también de las corporaciones locales que en la determinación de las fiestas laborales que a ellas les corresponde, tengan en consideración, tanto el respeto a las tradiciones, como la necesidad de favorecer el empleo y la competitividad de la economía local.

El calendario laboral que se recoge en el presente decreto ha sido informado por el Consejo Tripartito para el Desarrollo de las Relaciones Laborales y la Negociación Colectiva de la Comunitat Valenciana, órgano consultivo donde se encuentran presentes las organizaciones sindicales y empresariales más representativas en la Comunitat Valenciana.

En su virtud, a propuesta del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28.c de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generaliat, del Consell, previa deliberación del Consell, en la reunión del día 2 de septiembre de 2016,



DECRETO



Artículo único

Se declaran, dentro del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, días inhábiles, a efectos laborales retribuidos y no recuperables, correspondientes al año 2017, las fechas que a continuación se relacionan:



6 de enero Epifanía del Señor

13 de abril Jueves Santo

14 de abril Viernes Santo

17 de abril Lunes de Pascua

1 de mayo Fiesta del Trabajo

15 de agosto Asunción de la Virgen

9 de octubre Día de la Comunitat Valenciana

12 de octubre Fiesta Nacional de España

1 de noviembre Fiesta de Todos los Santos

6 de diciembre Día de la Constitución

8 de diciembre Día de la Inmaculada Concepción

25 de diciembre Natividad del Señor



Valencia, 2 de septiembre de 2016



El president de la Generalitat,

XIMO PUIG I FERRER



El conseller de Economía Sostenible,

Sectores Productivos, Comercio y Trabajo,

RAFAEL CLIMENT GONZÁLEZ

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