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ORDEN 1/2016, de 18 de enero, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se establece el formato digital para la presentación de proyectos técnicos. [2016/531]

(DOGV núm. 7709 de 01.02.2016) Ref. Base Datos 000669/2016




PREÁMBULO



La Orden 4/2010, de 19 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, reguló la presentación en formato digital de los proyectos constructivos de obras, estableciendo este formato como el válido a los efectos de las relaciones contractuales vinculadas a los citados proyectos constructivos.

La conformación de este formato para la presentación de los proyectos técnicos, en sustitución del tradicional soporte papel, se inscribe en la progresiva adaptación de procedimientos tendente a la conformación de la Administración electrónica de la Generalitat, sin menoscabo de la necesaria seguridad jurídica que debe garantizarse en los procesos implicados, y que el avance en los procesos de certificación y firma electrónica han hecho posible. El formato digital además resulta imprescindible para la conformación de sistemas para el archivo, transmisión y máxima accesibilidad a la información contenida en los referidos proyectos técnicos.

El tiempo transcurrido desde la publicación de la orden citada, y la experiencia acumulada desde su implementación, aconsejan actualizar y simplificar la regulación de 2010. La orden que se publica incorpora asimismo los cambios operados en el Reglamento Orgánico y Funcional de esta conselleria, en relación con la denominación de los órganos gestores de los distintos tipos de proyectos.

En la redacción de esta orden se ha tenido en cuenta lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos; la Ley 20/2013, de 9 de diciembre, de Garantía de la Unidad de Mercado, y la Ley 2/2015, de 2 de abril, de la Generalitat, de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana. Asimismo en su tramitación se han observado los principios de buena regulación aplicables a las iniciativas normativas de las Administraciones Públicas establecidos en el artículo 4 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

En la fase de tramitación de esta orden se ha dado audiencia pública a las otras consellerias, y a las asociaciones empresariales y colegios profesionales que pudieran quedar afectados por su contenido.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 28.e de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, el Decreto 159/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, y considerando lo dispuesto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana,



ORDENO



Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación

1. La presente orden tiene por objeto regular la presentación en formato digital de los proyectos técnicos en la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

2. Esta orden será de aplicación a los estudios informativos, anteproyectos, proyectos básicos, proyectos de ejecución, estudios de planificación técnica de infraestructuras, y cualquier estudio de carácter técnico redactado, contratado o licitado por la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio y las empresas y entidades de derecho público de ella dependientes.

3. La presente orden será igualmente de aplicación, a los proyectos técnicos que vayan a ser objeto de subvención gestionada a través de esta conselleria.



Artículo 2. Prevalencia del soporte digital

A los efectos de lo dispuesto en la legislación de contratos y en la de subvenciones, se entenderá que el proyecto de la actuación será el archivo en formato digital con los requisitos establecidos en la presente orden, siendo este archivo el documento válido a todos los efectos.

Artículo 3. Procedimiento

1. El proyecto técnico se presentará en un único fichero en formato PDF, de conformidad con las especificaciones que se recogen en los Anexos de esta orden, con las firmas digitales de las personas autoras del mismo y de las responsables del contrato, en su caso. En el caso de que así se requiera se presentará asimismo un ejemplar impreso.

2. Culminada, en su caso, la supervisión técnica del proyecto, con las modificaciones que se hubieran solicitado, y a los efectos de asegurar un adecuado archivo y la mayor accesibilidad a la información del proyecto técnico, las personas autoras presentarán:

a) El proyecto en formato PDF, con las firmas del punto anterior, al que se añadirá la firma de la persona responsable de su supervisión.

b) Una copia impresa de este.

c) En el caso de proyectos técnicos contratados por esta conselleria y las empresas y entidades de derecho público de ella dependientes, los correspondientes ficheros abiertos con la información del proyecto en los formatos originales o propios de los programas con los que se hayan generado dichos documentos, de acuerdo con los formatos que se definen en el Anexo III. Entre ellos se incluirán, en su caso, dos archivos de hoja de cálculo con la relación de precios unitarios (cuadro de precios número 1), y los presupuestos –parciales y general-. En el caso de proyectos referidos a actuaciones que vayan a ser objeto de subvención, se estará a las indicaciones de los servicios gestores de la conselleria en cuanto a la exigencia de presentación de ficheros abiertos, y sus formatos.

d) Un archivo en el que se haya georreferenciado el contorno de la actuación, y en el caso de que así lo soliciten los servicios técnicos de la conselleria, un archivo resumen con su información más relevante.

3. La impresión definitiva en papel deberá ser reproducción fiel del proyecto pdf firmado digitalmente. A estos efectos las personas autoras del proyecto técnico seguirán las indicaciones de los servicios técnicos de la conselleria para asegurar la igualdad entre el documento impreso, que tendrá la consideración de copia de trabajo, y el fichero pdf.



Artículo 4. Firmas reconocidas

Las firmas contenidas en el documento PDF con el contenido total del proyecto, deberán estar amparadas por un certificado digital de los definidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos que, como los emitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, pueda ser validado sin coste alguno para la Generalitat.



DISPOSICIÓN ADICIONAL



Única. No incremento del gasto

La aplicación de lo dispuesto en esta orden no tendrá incidencia alguna en la dotación de todos y cada uno de los capítulos de gasto asignados a la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, y en todo caso, deberá ser atendida con los medios personales y materiales de dicha conselleria.



DISPOSICIÓN TRANSITORIA



Única. Proyectos tramitados con anterioridad a la entrada en vigor de esta Orden

Esta Orden no será de aplicación a los proyectos contratados con anterioridad a su fecha de entrada en vigor, en relación con los cuales se haya producido ya la validación del documento electrónico a la que se refiere la Orden 4/2010, de 19 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte por la que se regula la entrega de proyectos de obra en formato digital en la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.



DISPOSICIÓN DEROGATORIA



Única. Derogación normativa

Queda derogada la Orden 4/2010, de 19 de febrero, de la Conselleria de Infraestructuras y Transporte, por la que se regula la entrega de proyectos de obra en formato digital en la Conselleria de Infraestructuras y Transporte.





DISPOSICIONES FINALES



Primera. Habilitación

La persona titular de la Subsecretaría de esta conselleria queda facultada para resolver sobre posibles modificaciones en las especificaciones contenidas en los Anexos de esta orden, con el objeto de adecuarlas al mejor fin de los objetivos perseguidos.



Segunda. Entrada en vigor

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.



Valencia, 18 de enero de 2016



La consellera de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio

MARÍA JOSÉ SALVADOR RUBERT





ANEXO I

Especificaciones técnicas



1. La información del proyecto técnico se estructurará en un fichero indexado en formato PDF y una carpeta denominada Documentos Abiertos.

2. En los nombres de los distintos archivos y carpetas solo se utilizarán letras mayúsculas y caracteres numéricos del «0» al «9», con un guión bajo «_» para separarlos. No se utilizarán ni la «Ñ» ni la «Ç».

3. En ningún caso se utilizarán acentos o espacios en blanco. El punto solo se incluirá como separador entre el nombre del archivo y su extensión, normalmente integrada por tres caracteres.

4. El fichero en formato PDF llamado «NOMBRE_PROYECTO.PDF» contendrá el proyecto técnico completo, con todos sus documentos -memorias, anejos, planos,... -, en un único fichero PDF indexado, con la firma digital de las personas autoras. Será el proyecto válido a todos los efectos de la legislación de contratos y de subvenciones del sector público. El formato de página del fichero PDF será A3 horizontal, con márgenes simétricos y sin que haya páginas blancas intercaladas. Excepcionalmente, si así lo admiten los servicios gestores de la conselleria, se podrá utilizar el formato A4.

5. Salvo indicación en contrario por parte de los servicios gestores de la conselleria, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España, para la presentación de planos en los que se exija georreferenciación, se utilizará el sistema de referencia ETRS89 –European Terrestrial Reference System 1989– junto con la proyección cartográfica UTM –Universal Transversa Mercator– referida esta al huso 30. En cuanto al sistema de referencia altimétrico, se adoptará el definido en el citado Real Decreto.

6. El nombre del archivo PDF del proyecto tendrá 64 caracteres como máximo.

7. Al final del proyecto se incluirá, como última página, el control de firmas. Esta página de control inicialmente contendrá la firma o firmas de las personas autoras y de las co-autoras en el caso de que el autor o autora del proyecto requiera la firma de las personas responsables de determinadas secciones o capítulos del mismo. Esta página contendrá además los campos que hacen referencia a la codificación y título del Proyecto. A esta hoja se incorporarán posteriormente las firmas de las personas responsables del contrato, así como en su caso del técnico o técnica de la oficina de Supervisión de Proyectos.

8. La estructura del archivo PDF será con carácter indicativo, la siguiente:



ÍNDICE

1. MEMORIA Y ANEJOS

1. Memoria

2. Anejo primero

3. Anejo segundo

4. ...

2. PLANOS

1. Índice planos

2. Colección planos situación

3. Colección planos conjunto

4. Colección planos

5. …

3. PLIEGO

4. PRESUPUESTO

5. SEPARATAS

1. Separata primera

2. Separata segunda

3. ...

4. Separata enésima



9. El índice contendrá marcadores a los diferentes capítulos y secciones en que se estructure el proyecto.

10. En el caso de proyectos técnicos contratados por esta conselleria y las empresas y entidades de derecho público de ella dependientes, la carpeta «DOCUMENTOS_ABIERTOS» contendrá los correspondientes ficheros abiertos con la información del proyecto en los formatos originales o propios de los programas con los que se hayan generado dichos documentos, de acuerdo con los formatos que se definen en el Anexo III. Entre ellos se incluirán en su caso, dos archivos de hoja de cálculo con la relación de precios unitarios (cuadro de precios número 1), y los presupuestos –parciales y general-. En el caso de proyectos referidos a actuaciones que vayan a ser objeto de subvención, se estará a las indicaciones de los servicios gestores de la conselleria en cuanto a los formatos de los ficheros a presentar.



Estructura de ficheros







Hoja de control de firmas:



ANEXO II

Codificación del nombre del proyecto



Municipio_Clave Clasificación Temática Obras_Clave Mastín_Tipo de Proyecto_Nombre Obra_Clave Centro Gestor _Código programa





1. nombre del municipio

Municipio donde se ubica la obra. Se utilizará la denominación oficial, que puede encontrarse en el portal web de la Generalitat en: http://www.presidencia.gva.es/web/civis/registro_entidades_locales

En el caso de obras que afectan a dos municipios se pondrá en primer lugar el nombre del de mayor población seguido del de menos (Alzira_Carcaixent).

En el caso de obras que afectan a más de dos municipios se utilizará el nombre del de mayor población seguido de la palabra Otros (Alzira_Otros).

En el caso de obras cuyo ámbito de actuación se refiera a toda una provincia o a una determinada zona de la misma, se utilizará el nombre de la provincia seguido de guión bajo y la palabra Prov. (Alacant_Prov_ VV_201526073_PL_IN_Zona1pliegoReparacionVivGV_AV).

En caso de que el ámbito de la actuación se refiera a toda la Comunitat Valenciana se utilizará Valencia_Comunitat.

Se omitirán los artículos a principio de palabra (Alcora, Alcudia).

En el caso de municipios cuyo nombre esté formado por más de una palabra, se escribirán todas las palabras unidas sin guiones ni espacios intermedios, empezando cada una de ellas por letra mayúscula (LlocNouDeSantJeroni).

No se utilizarán acentos ni apóstrofes (RafolDAlmunia, y no El Ràfol d'Almúnia).



2. CLAVE CLASIFICACIÓN TEMÁTICA OBRAS

Esta clave está constituida por dos letras que responden a la codificación:



CA CARRETERAS

CO PLIEGOS Y OBRAS DE CONSERVACIÓN

ED EDIFICACIÓN

EL INSTALACIONES ELÉCTRICAS Y ALUMBRADO

OC OBRAS COSTERAS

OT OTROS

PU OBRAS EN RECINTOS PORTUARIOS Y AEROPORTUARIOS

RH REHABILITACIÓN / REFORMA

TR INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE COLECTIVO

UR URBANIZACIÓN

VV CONSTRUCCIÓN, REFORMA O REHABILITACIÓN VIVIENDAS





CA – CARRETERAS: Obras incluidas en el ámbito de aplicación de la legislación autonómica de carreteras, incluyendo obras de fábrica y auxiliares. También se incluyen en esta categoría los carriles bici interurbanos.

CO – CONSERVACIÓN: pliegos y obras de conservación en general, tanto de carreteras, como de infraestructuras urbanas, vivienda, etc., cuyo ámbito de actuación sea supramunicipal. Si la obra se desarrolla en un único municipio, la clasificación temática será la correspondiente al tipo de obra.

ED – EDIFICACIÓN: edificación en general, incluso ampliaciones de edificaciones existentes y aparcamientos subterráneos, excluyendo obras de rehabilitación y/o reforma.

EL – INSTALACIONES ELÉCTRICAS, FOTOVOLTAICAS Y ALUMBRADO: proyectos u obras exclusivamente de líneas de electricidad, alumbrado, centros de transformación, semaforización, fotovoltaica, sistemas inteligentes de transporte, que no formen parte de un proyecto más amplio en cuyo caso se incluiría en dicho proyecto.

OC – OBRAS COSTERAS: obras que actúen sobre el dominio público marítimo terrestre y su zona de influencia, exceptuando obras portuarias. (Frentes litorales, paseos marítimos, regeneración playas, etc…).

OT – OTROS: obras de equipamiento, maquinaria e instalaciones u otros tipos de actuaciones consideradas obras, de las definidas en el anexo I del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (aprobado por el Real Decreto Legislativo de 3/2011, de 14 de noviembre), y que no resulten encuadrables en alguna de las otras categorías de esta clasificación.

PU – OBRAS PUERTOS Y AEROPUERTOS: obras de todo tipo a realizar en recintos portuarios y aeroportuarios.

RH – REHABILITACIÓN Y/O REFORMA: obras de edificación u obra civil que sean exclusivamente de rehabilitación y/o reforma de edificios, estructuras (puentes urbanos, pasarelas, etc…), u otras obras de fábrica no incluidas en carreteras y que no supongan ampliación de superficies construidas. Se excluyen las obras de reforma o reparación del parque público de viviendas de la Generalitat.

TR – INFRAESTRUCTURAS DE TRANSPORTE COLECTIVO DE VIAJEROS (Metro, tranvía, plataformas reservadas…), tanto estaciones como subestructura, superestructura y equipamientos.

UR – URBANIZACIÓN: obras de urbanización, parques, jardines, calles, aparcamientos en superficie y en general obras viarias de tráfico rodado que no tengan la consideración legal de carreteras (carriles bici urbanos, travesías, etc…).

VV – CONSTRUCCIÓN, REFORMA O REHABILITACIÓN DE VIVIENDAS: obras de edificación relativas a rehabilitación, construcción, arreglos, reparaciones y reformas de viviendas del parque público de viviendas de la Generalitat, o privadas subvencionadas.



3. CLAVE DE LA APLICACIÓN PARA LA GESTIÓN DE PROYECTOS (MASTÍN u otro)

Clave de la aplicación (Mastin u otra en su caso) para la gestión de proyectos utilizada en la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, en un formato de 9 dígitos (4+2+3). En el caso de ser necesario se completará con ceros a la izquierda de la última cifra, para respetar el formato indicado de nueve dígitos.



4. Codificación del tipo de documento

Se deberán utilizar las abreviaturas:

PB: proyecto básico.

PP: proyecto de construcción.

PM1: primer proyecto modificado.

PM2: segundo proyecto modificado.

PL: pliegos de obras (conservación, reparación, etc…) y sus correspondientes modificaciones: PLM1…

PC: proyecto complementario.

PD: proyecto de justificación de obras de emergencia.

LO: proyecto de liquidación.

MV: Memoria valorada.

ES: Estudios de planificación técnica de infraestructuras.

OT: Otros



5. NOMBRE OBRA / PROYECTO

El nombre de la obra o proyecto se escribirá sin espacios ni guiones, utilizando letra mayúscula al inicio de cada palabra. Se procurará una denominación sintética, evitando nombres excesivamente largos, a efectos de facilitar el tratamiento informático.



6. CLAVE CENTRO GESTOR

Subdirección general de Movilidad: MO

Subdirección general de Transporte: TR

Subdirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas: PAC

Subdirección general de Vivienda y Regeneración Urbana: RUH

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat: EIGE

Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana: FGV

Resto Conselleria: HOV



7. CóDIGO PROGRAMA / LíNEA AYUDA

En el caso de actuaciones incluidas en determinados programas de acción (Plan PIP, convenios, subvenciones, etc.), al final del nombre se añadirán las siglas correspondientes al programa. En el caso de subvenciones o convenios no adscritos a un programa específico, se añadirá subv o conv.

Igualmente, en el caso de actuaciones desarrolladas a través de empresa o entidad pública, se indicará la empresa o entidad correspondiente:

Entidad de Infraestructuras de la Generalitat: EIGE

Ferrocarrils de la Generalitat Valenciana: FGV





ANEXO III

Formatos de presentación de archivos



En el establecimiento de los formatos admitidos para la presentación de archivos se han incluido los estándares a adoptar por las Administraciones Públicas definidos en la Norma Técnica de Interoperabilidad de Catálogo de estándares (NTI), aprobada por Resolución del 3 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas. Se han incluido además algunos formatos no abiertos en consideración a su uso generalizado en el sector de la ingeniería, como es el caso de los formatos para los archivos de diseño, los de programas de presupuestos y los de ofimática general.

1. Con carácter general se admiten los formatos definidos por organismos internacionales:

– Open Geoespacial Consorcium (OGC)

– W3C (XML)

– OASIS (open document)

– Objet Management Group (OMG)

Ofimática general:

.odt / .ods / .odp / .ott y en general los establecidos en la norma Open Document de OASIS (iso 26300).

GIS y Diseño Gráfico:

Vectorial: .gml.

Raster: .tiff / .jpeg.

CAD/CAM:(no válido cuando deba ser tratado con un GIS):

.dwg / .dxf / .dgn.

2. Los planos de proyecto deberán cumplir:

A los efectos de asegurar la compatibilidad entre las distintas versiones, se seguirán las indicaciones de los servicios técnicos de la conselleria en relación con la versión a utilizar de los programas de diseño.

Salvo indicación en contrario por parte de los servicios gestores de la conselleria, y de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio, por el que se regula el sistema geodésico de referencia oficial en España, para la presentación de planos en los que se exija georreferenciación, se utilizará el sistema de referencia ETRS89 –European Terrestrial Reference System 1989– junto con la proyección cartográfica UTM –Universal Transversa Mercator– referida esta al huso 30. En cuanto al sistema de referencia altimétrico, se adoptará el definido en el citado Real Decreto.

En relación con los diferentes archivos de diseño, se deberá proporcionar para cada uno de ellos un archivo de texto en el que se contengan: fuentes cartográficas de referencia, fecha de referencia y escala de trabajo de las fuentes, así como el nombre y descripción de cada una de las capas del dibujo.

3. Formatos cuya utilización está ampliamente extendida y generalizada: .doc / .xls / .docx / .xlsx / .bc3

4. Los dispositivos de almacenamiento que se utilicen para trasladar, entregar o copiar información del tipo USB pendrives y discos portátiles, deberán tener formato FAT 16 o FAT 32 para asegurar su compatibilidad.

5. La compresión de archivos deberá utilizar los formatos .gz / .zip. No se admitirán archivos autodescomprimibles.

6. En archivos no editables, con carácter general se utilizará el formato .pdf de Adobe Acrobat (ISO 19005).

7. No se entregarán archivos ejecutables.







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