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RESOLUCION de 25 de julio de 2014, de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística, por la que se establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado para el curso 2014-2015. [2014/7339]

(DOGV núm. 7329 de 31.07.2014) Ref. Base Datos 006937/2014


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Empleo público
    Descriptores:
      Temáticos: cursos



La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el artículo 102, dispone que la formación permanente constituye un derecho y una obligación de todo el profesorado y una responsabilidad de las administraciones educativas y de los propios centros.

El fin último de la formación permanente del profesorado es la mejora de la calidad educativa y la consiguiente repercusión en el proceso de aprendizaje del alumnado. Ha de estar orientada a la mejora de la enseñanza integral y los resultados académicos del alumnado, centrándose en aquellas competencias profesionales que tienen incidencia directa en el éxito escolar, la búsqueda de la excelencia, el desarrollo de todas las potencialidades y la equidad educativa.

La Orden 64/2012, de 26 de octubre, de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, por la que se desarrolla el Decreto 231/1997, de 2 de septiembre, por el que se regula la creación, estructura y funcionamiento de los Centros de Formación, Innovación y Recursos Educativos de la Comunitat Valenciana establece el desarrollo de los planes anuales de actuación de los centros de formación, innovación y recursos (Cefire), así como el asesoramiento a los centros educativos en el desarrollo de las actividades formativas.

La Orden 65/2012, de 26 de octubre, de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, que establece el modelo de formación permanente del profesorado y diseño, reconocimiento y registro de las actividades formativas, establece el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado (PAF) como el documento guía que definirá las líneas estratégicas de actuación así como los procesos de evaluación interna y externa de la formación permanente del profesorado y la temporalización de las actuaciones.

Durante los dos primeros años de desarrollo del PAF se han puesto en marcha nuevos modelos formativos que permiten mejorar la calidad de la formación así como la permeabilidad de la misma, a través de la formación de formadores y de la introducción de la formación en cascada.

Tras la evaluación cuantitativa y cualitativa de las actuaciones realizadas, el nuevo Plan Anual de Formación avanza en la implicación del profesorado en su formación: potencia el trabajo basado en procesos colaborativos y refuerza el modelo de formación en cascada, acercando la formación del profesorado a todos los centros que la requieran y, a la vez, permitiendo experimentar el cambio de forma progresiva y conjunta.

La formación, por tanto, se ha de articular en torno a la reflexión y el debate sobre qué prácticas son las más adecuadas para mejorar el rendimiento del alumnado, implicando al propio profesorado en los diseños de su formación. Además, las propuestas de actuación han de estar basadas en la innovación contrastada en diferentes contextos, con especial atención a las propuestas de la comunidad científica, para mejorar la propia práctica evitando improvisaciones individuales o la dependencia del conocimiento específico de solo un grupo de especialistas externos.

El Plan Anual de Formación, por tanto, procura la institucionalización del trabajo en coherencia con las líneas de las políticas educativas y ofrece herramientas para integrar la formación de los centros en los planes y programas del proyecto educativo del centro, potenciando el liderazgo de los equipos directivos con el apoyo de los miembros del claustro. Los coordinadores de los proyectos de formación en centros, en concreto, devienen verdaderos formadores con el respaldo y acompañamiento de la formación previa recibida.

Las actuaciones de formación de este plan, además, tienen una clara vinculación con la innovación e investigación educativa, siendo el punto de partida de redes de trabajo entre equipos docentes y, en su caso, con las universidades o con los diferentes miembros de la comunidad educativa, como base de una mejora cualitativa de la educación.

Conviene, por tanto, dictar instrucciones que concreten el PAF en el marco temporal del curso 2014-2015, y garantizar la elaboración de los planes anuales de actuación de los Cefire y la adecuación de los programas anuales de formación de los centros educativos.

En virtud de las competencias establecidas en el Decreto 190/2012, de 21 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte (DOCV 6929, 24.12.2012), resuelvo:



Apartado único

Aprobar las instrucciones incluidas en el anexo I y el calendario de actuación incluido en el anexo II, que establecen y guían el Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado y a los que deberán ajustarse las actuaciones de formación permanente del profesorado durante el curso académico 2014-2015.



Valencia, 25 de julio de 2014.– La directora general de Innovación, Ordenación y Política Lingüística: Beatriz Gascó Enríquez.





ANEXO I

Instrucciones



1. Definición del Plan Anual de Formación

El Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado (PAF) es el instrumento que establece las líneas estratégicas y la planificación de la formación permanente del profesorado con carácter anual y, en concreto, para el curso 2014-2015. El documento favorece una oferta amplia y diversificada de actividades que garantiza la posibilidad de mejorar las competencias profesionales del profesorado y la actualización sobre las temáticas relevantes para la mejora del éxito escolar y de los resultados académicos del alumnado.

El principal cometido del documento es concretar las líneas estratégicas generales de actuación, las áreas prioritarias de desarrollo de la formación permanente, establecer los nuevos itinerarios formativos así como dar instrucciones que definen las guías para el diseño, desarrollo y evaluación de las acciones formativas impulsadas desde la Consellería de Educación, Cultura y Deporte a través del Servicio de Formación del Profesorado así como las recogidas en los planes anuales de actuación de los Cefire y en los programas anuales de formación de los centros educativos.

En el desarrollo del Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado y de todas aquellas actuaciones derivadas del mismo, trabajarán activamente tanto el Servicio de Formación del Profesorado como la red de asesores de Cefire, en colaboración directa con los coordinadores de formación de los centros sostenidos con fondos públicos. Las acciones desarrolladas estarán sostenidas con los presupuestos establecidos al efecto en la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística.



2. Necesidades en materia de formación permanente del profesorado

La detección de las necesidades del sistema educativo y de las demandas reales, tanto del profesorado como de los centros, constituye un elemento primordial en el diseño de los planes de formación permanente.

Durante los cursos 2012-2013 y 2013-2014, los coordinadores de formación han reflejado las necesidades formativas específicas de los centros, tanto del claustro como de los equipos docentes de nivel o departamento y de cada docente del centro. Además, a través de encuestas dirigidas al profesorado participante en la formación individual se han detectado aquellas modalidades de formación permanente que maximizan los resultados tanto entre el profesorado como en el aula.

El análisis de esta información permite incidir en aquellas líneas de actuación que aseguran un impacto directo en el aula y, a la vez, favorecen la realización de las actividades formativas dentro y fuera del centro educativo.



3. Objetivos del Plan Anual de Formación Permanente del Profesorado

Los objetivos del PAF para el curso 2014-2015 se basan en la consolidación de las líneas estratégicas de política educativa, la adaptación normativa y el desarrollo de las necesidades detectadas en materia de formación permanente del profesorado:

1. Concretar las funciones y las actuaciones del Servicio de Formación del Profesorado, los Cefire y los centros educativos en materia de formación permanente del profesorado.

2. Desarrollar la autonomía de los centros educativos y el trabajo intercentros en el área de formación permanente del claustro.

3. Favorecer los proyectos de formación en centro como eje vertebrador de la formación permanente en el centro.

4. Favorecer la innovación y la investigación dentro del aula, en base a protocolos éticos y con el aval científico.

4. Priorizar desde los Cefire el asesoramiento, coordinación y evaluación de los programas anuales de formación de los centros.

5. Crear programas de formación específica que faciliten la adaptación normativa.

6. Potenciar y diversificar la oferta formativa en las modalidades a distancia y semipresencial, conciliando la vida familiar y el acceso a la formación permanente.

7. Priorizar acciones formativas en consonancia con las líneas estratégicas de formación permanente del profesorado y las necesidades individuales.

8. Evaluar y cuantificar los efectos de la formación permanente del profesorado como elemento de mejora de la práctica docente y de los resultados académicos.



4. Líneas estratégicas de actuación

4.1. Nuevas metodologías de enseñanza-aprendizaje como herramienta para alcanzar el éxito escolar

El profesorado de la Comunitat Valenciana ha de desarrollar y continuar perfeccionando las competencias profesionales que le permitan avanzar hacia una enseñanza competencial, con el fin de mejorar el éxito escolar. El alumnado aprende a partir de las interacciones con otras personas y mediante el diálogo, transformando las relaciones, su entorno y su propio conocimiento. Bajo esta concepción del aprendizaje, el alumnado para aprender necesita de situaciones de interacción que deben ser numerosas, diversas e igualitarias.

En el curso 2014-2015 se ofrecerá al profesorado formación en un amplio abanico estrategias educativas para potenciar la integración metodológica como construcción consciente y reflexiva de la práctica educativa y de sus condiciones institucionales. Los docentes han de poder escoger aquella técnica o estrategia metodológica que mejor pueda desarrollar las competencias oportunas en su disciplina y etapa educativa. Entre otras propuestas, se desarrollará formación específica sobre aprendizaje cooperativo, aprendizaje por proyectos, tertulias dialógicas, grupos de discusión, práctica guiada, estudios de caso, aprendizaje basado en la resolución de problemas, simulación o juego de roles, estímulo de la creatividad y modelos personales para el aumento de la autoestima.

Con todo, se pretende potenciar las tareas de aprendizaje que desarrollan productos reales con valor cultural, artístico, social y humano y prácticas sociales que garantizan la interacción y comunicación con el entorno y la comunidad. De esta forma, se introducen cambios en los métodos de enseñanza y en la evaluación que propicien la participación del alumnado en la construcción dialógica del conocimiento y el desarrollo de diferentes formas de pensamiento, incorporando aquellas tecnologías que permiten elaborar dicho conocimiento de forma colaborativa y compartirlo.

4.2. La formación plurilingüe

La formación plurilingüe tiene como objetivo potenciar la formación lingüística y la capacitación metodológica tanto en valenciano como en lenguas extranjeras, con el fin de consolidar el derecho real de todo el alumnado, sin distinción, a la mejor educación posible.

Como referente del plurilingüismo en el sistema educativo de la Comunitat Valenciana, el Decreto 127/2012, de 6 de agosto, del Consell, establece el calendario de implantación de la vehiculación en lengua extranjera en las enseñanzas regladas no universitarias. En el curso 2014-2015 se completa la implantación en el segundo ciclo de la etapa de educación infantil, y en el curso 2015-2016 se introducirá en el primer curso de primaria.

En esta línea, la Consellería de Educación, Cultura y Deporte aumentará la oferta de cursos de metodología que integre lengua y contenidos (TILC) que faciliten herramientas para la gestión del aula dirigidos entre otros a aquellos docentes que durante el curso escolar 2014-2015 o 2015-2016 vehiculen un área/asignatura/módulo en lengua extranjera. La formación incidirá especialmente en aquellas materias vehiculadas en lengua extranjera de oferta más frecuente.

Por otra parte, se ha de incidir en una nueva perspectiva sobre la evaluación de las lenguas, sin perder de vista los currículos de cada etapa educativa, que acerque los estándares establecidos por el Marco Común Europeo de Referencia (MCER) de las lenguas al profesorado especialista de lenguas.

La formación plurilingüe regulada por el Plan Anual de Formación Permanente puede agruparse en:

– Formación lingüística en valenciano y en inglés, de preparación para los diferentes niveles de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià así como para la obtención de la certificación de nivel B2 del MCER en inglés.

– Capacitación metodológica en valenciano y en lenguas extranjeras, manteniendo la doble vía de obtención, a través de formación semipresencial o a través de pruebas libres.

– Aplicación práctica del TILC en las aulas, potenciando las herramientas del profesorado a través de cursos centrados en la vehiculación en lengua extranjera de las áreas especificadas en el proyecto lingüístico del centro.

– Actualización lingüística, para mejorar la competencia lingüística del profesorado, tanto en valenciano como en lengua extranjera, mediante la formación en el propio centro.

– Formación para profesorado especialista en lengua extranjera.

– Formación metodológica en lenguas curriculares, abarcando diferentes aspectos como las técnicas de animación lectora, la lectoescritura, las adaptaciones curriculares, el uso vehicular de diferentes lenguas o el Portfolio Europeo de las Lenguas.

4.3. La incorporación y aumento de la presencia de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) en los procesos de enseñanza/aprendizaje

El desarrollo de esta competencia profesional es uno de los factores más importantes para garantizar la actualización científico-didáctica de los docentes y avanzar en la misma dirección que el desarrollo del resto de la sociedad. Uno de los principales objetivos del desarrollo del Plan Anual de Formación es que el profesorado conozca e integre las herramientas TIC existentes en su labor educativa, desplegando el currículo e incidiendo en su aplicación en el aula.

La oferta formativa en esta línea estratégica incluirá formación de base sobre las herramientas demandadas por el profesorado: Moodle como entorno virtual de aprendizaje, Mestre a Casa como página web del centro, pizarra digital interactiva y herramientas de creación de recursos digitales como eXe-Learning, entre otras.

En el curso 2014-2015, además, se aumentará la oferta de formación sobre estrategias de uso de estas herramientas dentro del aula y el impacto que tienen sobre el trabajo desde las diferentes perspectivas de la enseñanza: el aprendizaje de lenguas, el trabajo colaborativo, la inclusión del alumnado, el respeto y la convivencia.

4.4. Escuela inclusiva: convivencia, atención a la diversidad y tutoría

La Consellería de Educación, Cultura y Deporte ha de fomentar el desarrollo de los procesos personalizadores de la educación y una atención invidualizada del alumnado: modelos de educación inclusiva, igualdad, equidad, actuaciones frente a la violencia de género y respuestas a la diversidad de los alumnos y alumnas, a la educación intercultural y a la educación en valores.

Esta línea de actuación constituye un eje prioritario en el Plan Anual de Formación, desde donde se debe establecer las actuaciones en los proyectos educativos de centro, para integrar valores, contenidos y habilidades que favorezcan un clima escolar positivo y unas relaciones interpersonales adecuadas a nivel de aula, centro y comunidad.

La formación del profesorado se organizará en tres líneas de actuación: la equidad y eficiencia para el éxito escolar, la cohesión social y cultural y la atención al alumnado con necesidades educativas especiales. Dentro de este marco, se potenciará:

– El estudio de tipos de inclusión educativa que permitan transformar la cultura docente en cuanto a su valoración de la diversidad en el aula facilitando estrategias y prácticas de agrupación del alumnado y utilización de los recursos disponibles para que todos alcancen el éxito académico. En concreto, se ofrecerá formación sobre los 5 tipos de inclusión educativa avalados por la Comisión Europea: grupos heterogéneos con una reorganización de recursos humanos, desdobles en grupos heterogéneos, ampliación del tiempo de aprendizaje, adaptaciones curriculares individuales inclusivas y optatividad inclusiva.

– El trabajo de centros en red e interetapas, a través del diseño de planes de transición entre etapas.

– La difusión de las líneas de trabajo que actualmente se están promoviendo en materia de socialización preventiva y en protocolos de actuación de protección al menor, para seguir avanzando en la implementación de los planes de convivencia.

– La formación del profesorado que ejerce en las primeras etapas en actuaciones educativas basadas en evidencias científicas, para reducir las desigualdades educativas lo antes posible y favorecer el acceso de todo el alumnado a los contenidos establecidos por el currículo.

– La sensibilización en prácticas educativas de atención al alumnado con necesidades educativas especiales centradas en potenciar las altas expectativas, el aumento y diversificación de sus interacciones respecto al currículo y la detección y eliminación de las barreras que se encuentran frente al aprendizaje.

4.5. La dimensión europea de la educación: programas de aprendizaje permanente y ErasmusLa dimensión europea de la educación es la exigencia de fortalecer en los jóvenes el sentido de la identidad europea y hacer comprender el valor de la civilización europea, base sobre la cual se fundan los principios de la democracia, la justicia social y el respeto de los derechos humanos. Desde la Consellería de Educación, Cultura y Deporte se promoverán y potenciarán los diferentes aspectos que incidan directamente en este ámbito.

De esta forma, se mantendrá el soporte a las actuaciones aprobadas dentro de los programas de aprendizaje permanente y, a la vez, se dará difusión y soporte a las nuevas actuaciones establecidas por Erasmus+, para facilitar el intercambio, la cooperación y la movilidad entre los sistemas de educación y formación de los países europeos que participan.

En concreto, la formación creará puntos de encuentro entre los centros a los que se apruebe la participación en las acciones KA1 y KA2 de Erasmus+ y ofrecerá modelos de referencia para la participación en la próxima convocatoria.

4.6. Organización escolar y participación social

Los centros educativos, liderados por sus equipos directivos, han de avanzar hacia un modelo de autonomía que permita establecer una cultura de centro orientada al cambio, a la mejora educativa y a la gestión de calidad. La escuela ha de fomentar el trabajo colaborativo de los equipos docentes y estar abierta al entorno social y cultural, mejorando el diálogo entre la escuela y la familia.

El Plan Anual de Formación impulsará procesos de formación en los que participen tanto el profesorado como las familias, como base de una mejora cualitativa de la educación y favorecerá la creación de redes de trabajo para el intercambio de experiencias y la coordinación de equipos docentes, buscando la puesta en práctica de actuaciones de éxito.

De esta forma, se impulsará el conocimiento de propuestas organizativas que promuevan el respeto entre la diversidad de personas que conforman las comunidades educativas, la participación educativa de las familias y la mejora del rendimiento. Una de las actuaciones concretas será apoyar y acompañar el desarrollo del proyecto de comunidades de aprendizajes (CdA) en aquellos centros educativos que así lo solicitan, facilitando la información y la formación necesaria para maximizar el número de interacciones que el alumno realiza a través de grupos interactivos, tertulias literarias dialógicas, participación educativa de la comunidad, biblioteca tutorizada, lectura dialógica, formación de familiares, modelo dialógico de prevención de conflictos y tertulia pedagógica del profesorado.

El Servicio de Formación del Profesorado establecerá a lo largo de 2014-2015 diferentes espacios donde acceder a la formación inicial y a la profundización de las CdA y las actuaciones vinculadas. Entre otras actuaciones, se incluirán:

– Sensibilización sobre comunidades de aprendizajes.

– Seguimiento y profundización en las actuaciones educativas de éxito.

– Implantación del proyecto: hermanamientos entre centros educativos, encuentros con expertos y visitas a centros educativos.

4.7. Desarrollo e implantación del currículo

Entre la competencias profesionales del profesorado se encuentra la planificación y el diseño del currículo en el nivel de concreción correspondiente, y cobra especial relevancia al introducir novedades curriculares en algunas etapas del sistema educativo, como en Educación Primaria, Formación Profesional Básica o en las enseñanzas de régimen especial.

La evaluación de las competencias requiere nuevos procedimientos y, en consecuencia, resulta necesario elaborar los instrumentos de evaluación adecuados y facilitar su difusión, aplicación y uso, especialmente en formato digital.

La formación en esta línea estratégica se dirige al uso y perfeccionamiento de los elementos del desarrollo curricular: las programaciones didácticas y las unidades didácticas, más teniendo en cuenta que la normativa vigente permite a los centros educativos complementar los contenidos establecidos por los respectivos currículos.

También se contemplan aspectos como asegurar el desarrollo de las competencias realizando su efectiva integración con el resto de elementos del currículo, la elaboración de pruebas de evaluación interniveles reguladas por la normativa vigente y la transición entre Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, atribuidas a los equipos docentes de los últimos cursos de Educación Primaria y de los departamentos didácticos de las áreas implicadas de los centros de Educación Secundaria, todo ello para la mejora planificada de las competencias fundamentales.

La actuación principal de esta línea estratégica adquiere la forma de itinerario, a través fundamentalmente de proyectos de formación en centros ofertados por el Servicio de Formación del Profesorado:

– Nivel inicial, vinculado a la realización del diseño y desarrollo de una unidad didáctica integrada (UDI), su autoevaluación y su enmarque en una programación anual. La formación, dirigida al claustro, permite elaborar un modelo de centro para programar y desarrollar UDI para el desarrollo de las competencias desde las programaciones de aula.



– Nivel avanzado, vinculado a la actualización de los planes de mejora institucionales y especialmente de los planes de mejora de las competencias evaluadas por las evaluaciones de diagnóstico. Esta formación permite al claustro realizar la detección de necesidades formativas e incluirlas en el programa anual de formación del centro.



5. Programas específicos de formación

Durante el curso escolar 2014-2015 se ejecutarán los siguientes programas de formación específica:

1. Programa específico de formación para los equipos directivos.

2. Programa específico de formación para la Inspección educativa.

3. Programa de formación para los coordinadores de formación de los centros educativos.

4. Programa de formación para los coordinadores TIC de los centros educativos.

5. Programa específico de formación en lenguas.

6. Programa específico de formador a distancia para el profesorado que imparte enseñanzas en modalidad de teleformación.

7. Programa específico para el profesorado que imparte materias afines de su ámbito.

8. Programa específico de formación para el profesorado en centros CAES.

9. Programa de prevención de riesgos laborales.

10. Programa de salud escolar.

11. Programa de utilización como herramientas de trabajo de dispositivos móviles y tabletas en las aulas.

12. Programa específico de detección temprana.

13. Programa específico de convivencia.

14. Programa específico para Formación Profesional Básica.

15. Programa específico para Formación Profesional dual.



6. Gestión de la formación

La Consellería de Educación, Cultura y Deporte a través de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística desarrollará las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado en base a tres actuaciones formativas:

6.1. Detectar las necesidades del centro educativo e integrar las acciones formativas en el proyecto educativo

El centro educativo es el primer núcleo de formación permanente del profesorado y el Programa Anual de Formación del Profesorado, recogido en la programación general anual, es una de las herramientas del centro para establecer las actividades de formación permanente que se desarrollarán durante el curso escolar. La Consellería de Educación Cultura y Deporte proporcionará recursos específicos para favorecer la autonomía del centro y concretar las necesidades formativas del claustro en su conjunto así como de cada uno de los miembros que lo componen.

La dirección designará al coordinador de formación en centro que, en colaboración y con la ayuda de la asesoría de referencia de la red de Cefire, sistematizará el programa anual de formación durante el mes de septiembre y octubre del presente curso escolar, y recopilará las necesidades del claustro, mediante las herramientas proporcionadas por la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística.

La principal actuación, resultante del análisis y detección de necesidades del centro, se concretará como un proyecto de formación en centro que involucrará a un alto porcentaje del claustro en la búsqueda de soluciones y el refuerzo de las carencias detectadas. Esta acción formativa, enmarcada en el programa anual de formación del centro, se regirá por las instrucciones específicas recogidas en la página web del Servicio de Formación del Profesorado y de los Cefire, a partir del mes de septiembre de 2014.

6.2. Permitir una actualización individual del profesorado, en base a su perfil docente y al desarrollo de las competencias profesionales



La actualización científico-didáctica, así como la mejora de ciertas competencias profesionales de cada docente, también se ha de abordar desde una perspectiva individual, que permite adaptar el ritmo de aprendizaje y desarrollo a las características específicas del profesorado.

El Servicio de Formación del Profesorado convocará las acciones formativas en el ámbito de toda la Comunitat Valenciana, en coordinación con los diferentes órganos de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte.

Los Cefire, en base a las líneas estratégicas de actuación y a la detección de necesidades realizada por los coordinadores de formación en cada centro educativo, recogerán en sus planes anuales de actuación la concreción de las acciones formativas ofertadas, potenciando la formación semipresencial o a distancia y favoreciendo las actuaciones intercentros.

La inscripción, confirmación y consulta de la participación en las actividades formativas se realizará a través de las páginas web del Servicio de Formación del Profesorado y de los diferentes Cefire.

6.3. Favorecer el trabajo colaborativo del profesorado, para la mejora continua de la práctica educativa y el desarrollo de contenidos educativos y materiales curriculares

El trabajo colaborativo estructura el esfuerzo de los docentes de manera eficaz, permitiendo avanzar hacia objetivos comunes rápidamente y con mayor posibilidad de éxito. Cada docente aporta sus conocimientos, experiencias y habilidades con el fin de coordinar actividades dirigidas a una meta común.

La Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística ofrecerá las modalidades de formación de grupos de trabajo y seminarios con objetivos claramente diferenciados:

1. Los grupos de trabajo se centran en el estudio y desarrollo de materiales de libre distribución, de aplicación directa en el aula, tanto en los procesos de enseñanza-aprendizaje como en su evaluación.

2. Los seminarios analizan y estudian en profundidad aspectos concretos de la práctica docente, interactuando con especialistas que aportan una visión externa.

Estas modalidades formativas se concretarán a partir de las necesidades específicas del claustro y, en la medida de lo posible, de aquellas necesidades comunes a los diferentes centros educativos. Se regirán por las instrucciones específicas recogidas en la página web del Servicio de Formación del Profesorado y de los Cefire, a partir del mes de septiembre de 2014.



7. Actuaciones preceptivas

7.1. Centros educativos

En desarrollo de la Orden 65/2012, de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, y de las correspondientes instrucciones de inicio de curso, los equipos directivos de todos los centros educativos públicos que imparten enseñanzas regladas designarán durante el mes de septiembre del curso escolar un coordinador de formación, de entre los miembros del claustro. Los centros privados sostenidos con fondos públicos que deseen participar en proyectos de formación en centros también habrán de designar un coordinador de formación.

El coordinador de formación será el responsable de analizar y concretar el Programa Anual de Formación permanente del centro educativo, en función de las necesidades detectadas en el claustro y en los diferentes departamentos o equipos. El proceso de sistematización se desarrollará durante los meses de septiembre y octubre de 2014, en colaboración directa con el asesor de referencia del Cefire. Durante el curso escolar, el coordinador de formación colaborará con el asesor de referencia, y con los posibles ponentes, en la gestión y evaluación de aquellas actividades resultantes de la aplicación del Programa Anual de Formación.

Al finalizar el curso 2014-2015, en la memoria final se valorará el grado de satisfacción de las necesidades formativas recogidas inicialmente en el Programa Anual de Formación. Este análisis permitirá establecer las bases para el desarrollo del Programa Anual de Formación del siguiente curso escolar.

El coordinador de formación que no haya desarrollado con anterioridad dicha función participará activamente en el programa de formación inicial diseñado al efecto. La actividad se desarrollará a lo largo de los meses de septiembre y octubre de 2014.

7.2. Cefire

Los Cefire, en aplicación de la Orden 64/2012, Consellería de Educación, Formación y Empleo, desarrollarán su Plan Anual de Actuación durante los meses de septiembre y octubre de 2014. El Plan Anual de Actuación concretará las líneas estratégicas, los programas de formación específicos y las líneas formativas a los centros adscritos a cada Cefire y los procedimientos de evaluación y seguimiento de los PAF de los centros.

En el desarrollo del programa de formación para los coordinadores de formación de los centros educativos, todos los Cefire establecerán una actuación conjunta que permita la creación de redes de formación y facilite el trabajo colaborativo entre los coordinadores. La formación inicial, semipresencial, comenzará en toda la Comunitat Valenciana el mes de septiembre y finalizará el mes de octubre de 2014.

El Plan Anual de Actuación recogerá, además, el asesoramiento específico a los coordinadores de formación, estableciendo la temporalización tanto de las actuaciones individuales como de aquellas acciones conjuntas.

La oferta formativa específica de los Cefire se publicará trimestralmente, a través de sus páginas web, en tres períodos durante el curso 2014-2015: de septiembre a diciembre, de enero a abril y de mayo a julio, permitiendo al profesorado planificar su tiempo de formación con la suficiente antelación y, además, dotando a los programas de flexibilidad para incorporar aquellas necesidades específicas detectadas durante el curso escolar.



8. Evaluación de la formación permanente

La evaluación de las actuaciones en materia de formación permanente del profesorado debe cubrir una doble finalidad: por un lado, ha de permitir la valoración de los planes y programas de actuación, determinando en qué medida se han conseguido los objetivos previstos e incorporando los cambios necesarios; por otro, debe valorar la incidencia de la formación permanente en el proceso de enseñanza-aprendizaje, dirigido a la mejora de los resultados académicos y las competencias en el aula.

8.1. Criterios de evaluación

El proceso evaluador se realizará de forma integral, desde el momento de la planificación hasta la ejecución de las actividades y, con posterioridad a la finalización de las acciones, atendiendo a los siguientes criterios:

a) Coherencia con los planes y programas de formación permanente y con la programación específica de las actividades.

b) Objetivos para los que se plantea la formación permanente.

c) Mejora de los resultados académicos.

d) Mejora de los resultados de la evaluación diagnóstica.

e) Eficiencia de los recursos asignados a cada centro.

En el tratamiento de la información de la evaluación se priorizará el análisis cualitativo de los datos, pero permitiendo procesar, comparar y analizar resultados. Estas evaluaciones tendrán en cuenta el contexto y las características de cada centro educativo.

Los resultados de la evaluación permitirán establecer relaciones entre la formación permanente del profesorado y aquellos indicadores de calidad educativa que establezca la Consellería de Educación, Cultura y Deporte. Los siguientes indicadores específicos permitirán sentar las bases para un seguimiento de la evolución de la formación:

a) Relación entre la formación permanente del claustro y los resultados de la evaluación diagnóstica.

b) Relación entre la formación permanente del claustro y los resultados académicos.

c) Participación cuantitativa del claustro.

d) Relación entre la formación permanente del claustro y los resultados de la evaluación de los planes de convivencia.

e) Relación entre la formación permanente del claustro y la tasa de idoneidad.

f) Relación entre la formación permanente del claustro y la tasa de abandono escolar.

8.2. Agentes evaluadores

La formación permanente del profesorado implica a toda la comunidad educativa y, por tanto, la evaluación ha de realizarse interna y externamente por parte de todos los agentes vinculados:

1. Las actividades individuales serán evaluadas internamente por todos sus participantes (asistentes, profesores, tutores y coordinadores) a través de las herramientas puestas a disposición por el Servicio de Formación del Profesorado para valorar el grado de satisfacción, el ajuste a las necesidades formativas y la utilidad práctica, así como la metodología, la temporalización o la difusión de las actividades. Las evaluaciones individuales se realizarán en dos momentos: al finalizar la actividad y con un trimestre de diferencia, para analizar la aplicación de la formación en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

2. El Programa Anual de Formación de los centros educativos será evaluado internamente por el claustro, a través de la memoria final, y externamente por los Cefire y el Servicio de Formación del Profesorado, así como por la Inspección Educativa en el ámbito de sus competencias, mediante visitas in situ y el análisis de los documentos de referencia y los informes de evaluación interna.

3. El Plan Anual de Actuación de los Cefire será evaluado internamente a través de su memoria final, y externamente por el Servicio de Formación del Profesorado.

4. El Plan Anual de Formación Permanente de la Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística será evaluado internamente por el Servicio de Formación del Profesorado, encargado de su desarrollo, y externamente por el Servicio de Evaluación y Calidad.



9. La Inspección Educativa

Tal como se determina en la Orden 65/2012, de la Consellería de Educación, Formación y Empleo, por la que se establece el modelo de formación y con el fin de contribuir a la mejora del sistema educativo y la calidad de la enseñanza, en el ámbito de sus competencias y en relación con la formación permanente del profesorado, la Inspección Educativa tiene definidas las siguientes funciones:

1. Evaluar la formación del profesorado en los centros educativos siguiendo los criterios y procedimientos establecidos en esta resolución.

2. Colaborar en el diseño de aquellas actividades del plan de formación, organizadas por la administración educativa, que vayan dirigidas a mejorar el funcionamiento y organización de los centros.

3. Impulsar las actuaciones necesarias que favorezcan la formación permanente de los equipos directivos.

4. Planificar la formación continua del personal docente adscrito al Servicio de Inspección Educativa.

5. Garantizar que la formación permanente del profesorado responda a la mejora de la calidad de la enseñanza e incida en la mejora de los resultados del alumnado.

La Dirección General de Innovación, Ordenación y Política Lingüística actuará de forma coordinada con la Inspección Educativa en materia de formación permanente del profesorado en el desarrollo de estas funciones.

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