Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 25 de febrero de 2022, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se convoca la concesión de cinco becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Cooperación Internacional al Desarrollo, durante los ejercicios 2022 y 2023 [2022/1816]

(DOGV núm. 9291 de 04.03.2022) Ref. Base Datos 001781/2022






BDNS (identif.): 612808.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/612808



Primero. Personas beneficiarias

Podrán beneficiarse de estas becas, jóvenes con titulación universitaria que, en la fecha de finalización del plazo de las solicitudes, cumplan los requisitos recogidos en el punto resolutivo quinto de la convocatoria.



Segundo. Objeto

Convocar la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de cinco becas en materia de cooperación al desarrollo y de implementación y seguimiento de la Agenda 2030 de Desarrollo Sostenible, para completar la formación de jóvenes con titulación universitaria mediante la realización de prácticas profesionales en las dependencias de la conselleria con competencias en materia de participación, transparencia, cooperación y calidad democrática durante los ejercicios 2022 y 2023, dirigidas a la mejora y especialización profesional de las personas con las siguientes titulaciones oficiales universitarias: máster universitario oficial en Cooperación al Desarrollo para las becas en materia de Cooperación al Desarrollo y licenciatura o grado en Derecho, licenciatura o grado en Ciencias Políticas, Educación Social, Gestión y Administración Pública, Pedagogía, Psicología, Sociología o Trabajo Social, para las becas en materia de cumplimiento de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.



Tercero. Bases reguladoras

La convocatoria se ajustará a las bases reguladoras aprobadas por la Orden 1/2019, de 28 de noviembre, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en los centros directivos de la Conselleria, publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 8692, de fecha 5 de diciembre de 2019 y por la Orden 4/2021, de 10 de agosto, de la Conselleria de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática que la modifica, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana núm. 9153, de fecha 17 de agosto de 2021



Cuarto. Importe

Las becas previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias y desglose de anualidades del presupuesto de la Generalitat para el ejercicio 2022, y su equivalente para el ejercicio 2023, condicionado a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023:

– Aplicación 22.03.01.134.10, línea S6569000 «Becas de formación en cooperación al desarrollo»

Anualidad 2022: 19.000,00 euros

Anualidad 2023: 11.000,00 euros

Cuantía total máxima: 30.000,00 euros

– Aplicación 22.03.01.134.20, línea S8355000 «Becas para la realización de prácticas profesionales en la Subdirección de Implementación y Seguimiento de la Agenda 2030»

Anualidad 2022: 29.000,00 euros

Anualidad 2023: 16.000,00 euros

Cuantía total máxima: 45.000,00 euros



Quinto. Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en extracto de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Sexto. Otros datos

1. Las personas aspirantes a obtener una beca presentarán, exclusivamente por vía electrónica, una única solicitud y el currículum de manera completa, según modelos normalizados.

2. Ambos documentos son obligatorios y estarán accesibles en la sede electrónica de la Generalitat, https://sede.gva.es. Para poder realizar la presentación electrónica, la persona solicitante tendrá que disponer de alguno de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat.

Al rellenar estos formularios se obtendrá la autobaremación inicial de los méritos aducidos en el currículum, que se calculará de manera automática a partir de la información aportada en este. El resultado de esta baremación se visualizará como un campo más del formulario.

3. Criterios de valoración

Los criterios que tienen que servir de base para el otorgamiento de las becas convocadas mediante la presente resolución son los descritos en el artículo 11 de la Orden 1/2019.

4. Duración

El periodo de duración de las becas será de doce meses desde la fecha que se indique en la resolución de concesión, que será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El periodo de duración podrá prorrogarse sin necesidad de una nueva convocatoria por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que exista crédito adecuado y suficiente y que el ejercicio de la actividad que se está efectuando así lo requiera o aconseje.

5. Régimen de pagos

A los efectos de pago y justificación de las becas, se estará a lo establecido en el artículo 14 de la Orden 1/2019.



València, 25 de febrero de 2022.– La consellera de Participación, Transparencia, Cooperación y Calidad Democrática: Rosa Pérez Garijo.

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