Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se reconoce la Colección Científico-Médica del Institut Interuniversitari López Piñero de la Universitat de València como colección museográfica permanente de la Comunitat Valenciana. [2022/1560]

(DOGV núm. 9291 de 04.03.2022) Ref. Base Datos 001811/2022


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Educación, Cultura y Deporte
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas
    Descriptores:
      Temáticos: Museo
      Descriptores toponímicos: València (ciudad)



Antecedentes de hecho

Visto que la Universitat de València presenta solicitud respecto al reconocimiento de la Colección Científico-Médica del Institut Interuniversitari López Piñero de la Universitat de València como colección museográfica permanente de la Comunitat Valenciana.

Visto que dicha entidad anexa a dicha solicitud toda la documentación pertinente, consistente en:

1. Certificado de la Secretaria General de la Universitat de València, por el que se aprueba iniciar los trámites administrativos para conseguir el reconocimiento oficial de la colección.

2. Acuerdo mayoritario de la junta del Institut Universitari López Piñero, por el que se aprueba por unanimidad dar soporte al reconocimiento de la colección.

3. Informe técnico sobre la naturaleza y entidad de la colección.

4. Inventario de los fondos en GV-MUSEIA.

5. Informe emitido por un arquitecto sobre la adecuación del local o edificio que alberga los fondos. Plano y fotografías.

6. Certificación sobre el personal que hubiere a cargo de las exposiciones.

7. Certificación relativa al horario de apertura al público.

8. Certificación de las consignaciones presupuestarias para el mantenimiento de la exposición permanente.



Fundamentos de derecho

Primero. Resulta de aplicación el artículo 69 y 70 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, estableciendo la figura jurídica de museo, así como su integración en el Sistema Valenciano de Museos.

Segundo. La solicitud presentada corresponde a lo estipulado en los artículos 5, 6 y 7.2 de la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunitat Valenciana.

Tercero. El conseller de Educación, Cultura y Deporte, resulta competente para resolver el presente expediente en virtud de lo que dispone la Ley 4/1998, de 11 de junio, del patrimonio cultural valenciano, el artículo 9 de la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula el reconocimiento de museos y colecciones museográficas permanentes de la Comunitat Valenciana y el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, aprobado por Decreto 173/2020, de 30 de octubre, del Consell de la Generalitat.



En virtud de todo lo expuesto y a propuesta de la Dirección General de Cultura y Patrimonio, resuelvo:



Primero

Reconocer la Colección Científico-Médica como colección museográfica permanente de la Comunitat Valenciana, a los efectos establecidos en la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat Valenciana, del patrimonio cultural valenciano, y en la Orden de 6 de febrero de 1991, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, que queda integrada en el Sistema Valenciano de Museos.



Segundo

Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



Tercero

Según lo que dispone el artículo 13 de la orden mencionada, la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, se podrá anular el presente reconocimiento de la colección museográfica permanente si se dejan de cumplir algunos de los requisitos exigidos en la orden.



Contra esta resolución que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición o plantear directamente un recurso contencioso-administrativo, en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición tendrá que interponerse ante el conseller de Educación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de su publicación.

b) El recurso contencioso-administrativo, tendrá que plantearse ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de su publicación.

En el supuesto de que el recurrente sea una administración pública, se actuará de acuerdo con el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.



València, 22 de febrero de 2022.– El conseller de Educación, Cultura y Deporte: Vicent Marzà i Ibáñez.

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