Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 22 de abril de 2021, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se convocan para el ejercicio 2021 las subvenciones a municipios de la Comunitat Valenciana para la ejecución de obras en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa frente a inundaciones [2021/4422]

(DOGV núm. 9073 de 30.04.2021) Ref. Base Datos 003927/2021






BDNS (identif.): 560047.



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index



Primero. Objeto

Convocar a los municipios de la Comunitat Valenciana, a solicitar subvenciones reguladas en la Orden 13/2017, de 21 de abril, de esta Conselleria, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 8030, el 2 de mayo de 2017 para la ejecución de obras en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra inundaciones.



Segundo. Beneficiarios

Municipios de la Comunitat Valenciana.



Tercero. Bases reguladoras

La Orden 13/2017, de 21 de abril, de la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios para la ejecución de obras en materia de abastecimiento de agua, saneamiento y defensa contra inundaciones.



Cuarto. Dotación

El importe destinado a las subvenciones es de 2.169.800,32 euros y el importe máximo de la subvención a cada proyecto será de 60.000,00 euros.



Quinto. Financiación

Está recogida en la partida presupuestaria 12.03.03.512.10 Cap VII línea de subvención S7299000 de la Ley 4/2020, de 31 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2021.



Sexto. Plazo de la solicitud, forma de presentación y documentación que debe acompañarse

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Las obras que con posterioridad a la finalización del plazo, sean declaradas de emergencia, podrán ser solicitadas en la Convocatoria del año 2022, siempre que esta así lo establezca y exista crédito adecuado y suficiente en los presupuestos del ejercicio correspondiente.

Los solicitantes, dado que en todo caso son personas jurídicas y, por tanto, están obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, presentarán las solicitudes telemáticamente a través de la sede electrónica de la Generalitat en la siguiente URL: http://www.gva.es / es/proc184 66



València, 22 de abril de 2021.– La consellera de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica: Mireia Mollá Herrera.

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