Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 27 de julio de 2020, del conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, y presidente del Consejo Rector del Institut Cartogràfic Valencià, por la que se hace pública la convocatoria del XIII Premio de Cartografía y Territorio Padre Tosca. [2020/7208]

(DOGV núm. 8904 de 14.09.2020) Ref. Base Datos 007054/2020




Mediante la Orden 10/2016, de 22 de septiembre, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio de Cartografía y Territorio Padre Tosca, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana número 7883, de fecha 28 de septiembre de 2016.

De conformidad con la mencionada orden, resuelvo:



Primero. Objeto

1. Convocar para el ejercicio 2020 el XIII Premio de Cartografía y Territorio Padre Tosca, cuya finalidad es reconocer y estimular la creación técnica, el ingenio y el esfuerzo en la investigación en materias relacionadas con las competencias del Institut Cartogràfic Valencià.

2. Este premio está regulado por la Orden 10/2016, de 22 de septiembre, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

3. En concreto, la materia del trabajo tiene que estar relacionada con la geomática: cartografía, fotogrametría aérea y terrestre, teledetección, geodesia y sistemas de información geográfica, en el ámbito del País Valencià.

4. La convocatoria incluye dos modalidades de premio, una correspondiente a trabajos de fin de grado y otra a trabajos de fin de máster.



Segundo. Destinatarios y requisitos

1. Podrán participar en esta convocatoria las personas matriculadas en cualquier universidad pública del País Valencià que hayan aprobado el trabajo de fin de grado o el trabajo de fin de máster en el curso académico 2019-2020.

2. Las personas solicitantes no tienen que encontrarse en ninguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de persona beneficiaria establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, lo que se acreditará mediante la declaración responsable incluida en el modelo de solicitud, que consta como anexo 1, y que estará accesible en la sede electrònica de la Generalitat, http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=2997&version=amp i en el portal institucional del Institut Cartogràfic Valencià www.icv.gva.es.

3. Los requisitos que tienen que cumplir las personas solicitantes tendrán que reunirse en la fecha de fin del plazo de presentación de las solicitudes.



Tercero. Dotación económica y financiación

1. La dotación de los premios será la siguiente:

– Modalidad de trabajos de fin de máster: mil ochocientos euros (1.800 euros).

– Modalidad de trabajo de fin de grado: mil doscientos euros (1.200 euros).

2. El importe de los premios estará sujeto a la retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas que marque la ley.

3. El importe total de los premios será financiado a cargo del capítulo IV, del presupuesto de gastos del Institut Cartogràfic Valencià para el ejercicio 2020, línea de subvención S8514001. El importe máximo destinado a financiar el premio para el año 2020 es de 3.000 euros.

4. La entrega de los premios podrá realizarse en un acto público organizado por el Institut Cartogràfic Valencià.



Cuarto. Formalización de las solicitudes y plazo de presentación

1. El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 23 de octubre de 2020.

2. Las solicitudes para participar se presentarán exclusivamente por vía telemática, utilizando el formulario normalizado que figura en el anexo 1. La solicitud estará accesible en la sede electrónica de la Generalitat, http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=2997&version=amp y en el portal institucional del Institut Cartogràfic Valencià www.icv.gva.es.



Quinto. Documentación que tiene que acompañar las solicitudes

1. La solicitud normalizada para participar en este procedimiento tiene que ir acompañada de la documentación siguiente:

a) Currículum.

b) Ejemplar del trabajo, que reúna las condiciones establecidas en el apartado segundo de este artículo.

c) Certificación de la escuela o facultad de haber aprobado el trabajo de fin de grado o el trabajo de fin de máster, con expresión de la fecha en que tuvo lugar y la calificación obtenida.

d) Documento de síntesis de los trabajos realizados, certificado por el tutor o tutora.

2. Los trabajos tienen que reunir las siguientes condiciones técnicas:

a) Tener por objeto alguna de las disciplinas indicadas en el artículo 1 de esta resolución.

b) Ser original, inédito e idéntico al presentado en la universidad, sin introducir simplificaciones ni ampliaciones o ninguna adición.

c) Haberse aprobado en el curso académico 2019-2020.

d) El formato del trabajo será en pdf. El documento será anónimo, de forma que no se firmará, y se denominará con un título, que no permita la identificación de la persona autora del trabajo. En la solicitud normalizada, que consta en el anexo 1, apartado C, se detallará el título seleccionado. Aquellos trabajos que identifiquen nominalmente a la persona autora serán excluidos del proceso de selección.

3. Quedarán excluidos del procedimiento aquellos trabajos cuya autoría, contenido o la presentación no se ajuste a los requisitos previstos en esta orden.

4. La presentación de la solicitud para participar en el procedimiento de concesión del premio comporta la aceptación expresa y formal de las condiciones que se establecen en las bases reguladoras, así como en esta convocatoria.



Sexto. Jurado

1. El jurado será nombrado por la persona titular de la dirección del Institut Cartogràfic Valencià, de conformidad con lo que establece el artículo 8.2 de la Orden 10/2016, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.

2. La identidad de las personas que componen el jurado se hará publica a través de la página web del Institut Cartogràfic Valencià www.gva.icv.es, con anterioridad a la expiración del plazo de presentación de solicitudes.



Séptimo. Procedimiento de concesión del premio. Criterios de valoración

1. El procedimiento de concesión del premio se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

2. El jurado comparará los trabajos presentados y admitidos, y propondrá solo aquel que haya obtenido mayor valoración, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 5 de la Orden 10/2016, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, en función de los criterios siguientes:

a) contenido,

b) originalidad,

c) creatividad,

d) rigor,

e) aplicabilidad práctica,

f) calidad de la presentación,

g) viabilidad técnica y económica,

h) innovación tecnológica.

3. Corresponde al jurado la propuesta de concesión del premio. El jurado podrá proponer dejar desierto cualquiera de los premios mediante un acuerdo motivado. No podrá recaer más de un premio en la misma persona.

4. Se podrán conceder menciones especiales, sin dotación económica, si la calidad de las obras presentadas y no premiadas lo merecen, a consideración del jurado.



Octavo. Concesión y notificación. Plazo de resolución del procedimiento y recursos

1. La competencia para resolver la presente convocatoria corresponde al presidente del Consejo Rector del Institut Cartogràfic Valencià.

2. La resolución de cada convocatoria, así como su notificación, tendrá lugar en el plazo máximo de seis meses desde la fecha de la publicación. En caso de que no se dicte una resolución expresa en el dicho plazo, podrán entenderse desestimadas las solicitudes a los efectos establecidos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente el procedimiento.

3. La resolución del procedimiento pone fin a la vía administrativa. Contra esta se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de publicarse, o un recurso contencioso administrativo ante los juzgados contenciosos administrativos de Valencia en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de publicarse. Todo esto sin perjuicio de la interposición, por parte de las personas interesadas, de cualquier otro recurso que consideren pertinente.



Noveno. Medios de notificación

1. Las comunicaciones y notificaciones durante el procedimiento serán de forma electrónica, sin perjuicio del derecho de las personas solicitantes de la elección de la vía o el canal por el que quieran comunicarse con la Administración. En la solicitud de participación, la persona interesada tiene que indicar una dirección electrónica a efectos de notificaciones.

2. En todo caso, la notificación de la resolución se realizará mediante anuncio publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del Institut Cartogràfic Valencià.



Décimo. Condiciones de la concesión. Derechos sobre las obras

El Institut Cartogràfic Valencià se reserva el derecho de uso del contenido de la investigación. Los ganadores del premio cederán al Institut los derechos de publicación y distribución de los trabajos en exclusiva durante un año a partir de la comunicación del veredicto, sin que tenga que satisfacerse a la persona premiada ninguna cantidad en concepto de derechos de autor o autora. A estos efectos, la presentación de la solicitud de participación implicará la autorización expresa al Institut Cartogràfic Valencià, sin necesidad de una autorización posterior, para la publicación, reproducción y distribución de los trabajos.



Undécimo. Efectos

La presente resolución producirá efectos al día siguiente de publicarse en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 27 de julio de 2020.– El conseller de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, y presidente del Consejo Rector del Institut Cartogràfic Valencià: Arcadi España García.

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