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RESOLUCIÓN de 14 de agosto de 2020, de la Presidencia de la Generalitat, por la que se prorrogan tres becas para la realización de prácticas profesionales en materia de acción exterior en las dependencias de la Secretaría Autonómica para la Unión Europea y Relaciones Externas. [2020/6686]

(DOGV núm. 8885 de 18.08.2020) Ref. Base Datos 006517/2020




Por Resolución de 25 de febrero de 2019 (DOGV 8511, 22.03.2019), de la Presidencia de la Generalitat, se convocaron tres becas para la realización de prácticas profesionales en materia de acción exterior, en las dependencias de la Secretaría Autonómica para la Unión Europea y Relaciones Externas, becas que fueron adjudicadas mediante Resolución de 12 de agosto de 2019 (DOGV 8619, 23.08.2019), de la Presidencia de la Generalitat, a Beatriz Santaemilia del Hoyo, Irene Campanario Ruiz y José Luis Mira Mira, por un periodo de duración de 12 meses.

El periodo de duración de las becas adjudicadas comenzó el 1 de septiembre de 2019, y finalizará el 31 de agosto de 2020.

El punto quinto de la referida Resolución de 12 de agosto de 2019 establece que el periodo de duración de las becas podrá prorrogarse, sin necesidad de nueva convocatoria, por un periodo máximo de doce meses adicionales, siempre que haya disponibilidad presupuestaria y el desarrollo de la actividad que se esté efectuando así lo requiera o aconseje.

Dependiente de la Secretaría Autonómica de la Unión Europea y Relaciones Externas, a la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, en virtud de lo establecido en el Decreto 151/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Presidencia de la Generalitat, le corresponde ejercer, entre otras, las funciones en materia de acción exterior, y teniendo en cuenta la actividad llevada a cabo por las personas beneficiarias de las referidas becas en su desempeño, resulta conveniente su prórroga, para la realización de prácticas profesionales en materia de acción exterior.

La consignación presupuestaria existente en la línea S40260000 del programa 112.40, del capítulo IV de los presupuestos de la Generalitat para 2020 posibilita la prórroga de las referidas becas.

Así, de conformidad con el procedimiento establecido en la citada Resolución de 12 de agosto de 2019, de la Presidencia de la Generalitat, y con base en lo dispuesto en la Resolución de 19 de julio de 2019, del president de la Generalitat, por la que delega determinadas atribuciones en distintos órganos de la Presidencia, resuelvo:



Primero

Prorrogar el periodo de duración de las becas de prácticas profesionales en materia de acción exterior en las dependencias de la Secretaría Autonómica para la Unión Europea y Relaciones Externas, a las personas beneficiarias que las desempeñan en la actualidad, Beatriz Santaemilia del Hoyo, Irene Campanario Ruiz y José Luis Mira Mira.



Segundo

En caso de producirse alguna renuncia, se procederá a cubrir la vacante, sirviéndose para ello de la bolsa de reserva constituida en el punto tercero de la Resolución de 12 de agosto de 2019 (DOGV 8619, 23.08.2019), de la Presidencia de la Generalitat, por la que se adjudican tres becas para la realización de prácticas profesionales en materia de acción exterior, en las dependencias de la Secretaría Autonómica para Unión Europea y Relaciones Externas.



Tercero

El periodo de prórroga será de un año, comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 31 de agosto de 2021, ambos inclusive.



Cuarto

Autorizar y disponer el gasto a favor de las personas beneficiarias de las referidas becas, por un importe total de 40.158,36 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 05.06.01.112.40.4, línea S4026000 y con la siguiente distribución por anualidades:



Año 2020 13.386,12 €

Año 2021 26.772,24 €



Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.



València, 14 de agosto de 2020.– El president de la Generalitat, p. d. (R 19.07.2019; DOGV 8596, 22.07.2019), la directora general de Relaciones con la Unión Europea y el Estado: Daría Terradez Salom.

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