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RESOLUCIÓN de 21 de mayo de 2020, del director general de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, por la que se somete al trámite de audiencia e información pública el proyecto de decreto por el que se aprueba el Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana. [2020/3639]

(DOGV núm. 8820 de 26.05.2020) Ref. Base Datos 003873/2020


  • Análisis documental

    Texto
    texto texto
    Origen disposición: Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública
    Grupo Temático: Disposiciones en información pública



Conforme a lo establecido en el artículo 133.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; en el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell; en el artículo 52 del Decreto 24/2009, de 13 de febrero, del Consell, sobre la forma, la estructura y el procedimiento de elaboración de proyectos normativos, y en virtud de las atribuciones conferidas por el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y por la Resolución de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, de fecha 16 de enero de 2020, de encomienda a esta dirección general, resuelvo:



Someter al trámite de audiencia e información pública el proyecto de Decreto del Consell por el que se aprueba el Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana.

Mediante este trámite, pueden formular alegaciones al texto del proyecto de decreto las personas potencialmente afectadas en sus derechos e intereses legítimos y hacer aportaciones adicionales cualquier otra persona o entidad.

El plazo para la presentación de observaciones será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con lo que establecen las disposiciones mencionadas.

No obstante, de conformidad con la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, el referido plazo de 15 días queda suspendido, y su cómputo se iniciará en el momento en que se levante la citada suspensión por la pérdida de la vigencia o por la modificación, en su caso, de dicha disposición.

Lugares de exposición:

- Dirección de internet

http://www.justicia.gva.es/es/normativa-en-tramitacion

- Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, c/ Democracia 77, torre 4, 46018 València, en horario de 9.00 h a 14.00h, del lunes a viernes.



Las alegaciones, sugerencias, u observaciones efectuados por las personas o entidades que se consideran interesadas deben formularse por escrito dirigido a esta Dirección General de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia, presentándose por registro de entrada de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, sin perjuicio del que prevé el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o a través del correo electrónico mediacion@gva.es, indicando en el asunto «Aportaciones al proyecto de decreto por el que se aprueba el Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana».

En ambos casos se hará constar el nombre y apellidos o razón social, la dirección y el DNI, NIE o NIF de la persona o entidad que presente alegaciones.

Para la adecuada interpretación, valoración y, si procede, incorporación de las aportaciones, se debería especificar el artículo y el apartado del proyecto al que se refieren, la modificación que se propone y las razones en que se sustenta. Se recomienda, así mismo, acompañar una propuesta de redacción alternativa.



València, 21 de mayo de 2020.– El director general de Reformas Democráticas y Acceso a la Justicia: José García Añón.

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