Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 14 de mayo de 2020, del director general de Calidad y Educación Ambiental, por la que se aprueba el Programa de inspección en materia de calidad ambiental de la Comunitat Valenciana para la anualidad 2020. [2020/3522]

(DOGV núm. 8816 de 20.05.2020) Ref. Base Datos 003748/2020


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
    Grupo Temático: Autorizaciones administrativas, Impacto ambiental



Aprobado por Resolución de fecha 16 de noviembre de 2016, de la entonces consellera de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, el Plan de Inspección en materia de Calidad Ambiental y Prevención contra el Cambio Climático de la Comunidad Valenciana para las anualidades 2016-2020, y tras la finalización del Programa de inspección en materia de calidad ambiental y prevención contra el cambio climático de la Comunitat Valenciana para el año 2019, que fue aprobado por Resolución de 10 de diciembre de 2019 de la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental, procede aprobar el Programa de Inspección para el ejercicio 2020

El Plan de inspección está elaborado en cumplimiento del artículo 29.2 de la Ley 5/2013, de 11 de junio por la que se modifica la Ley 16/2002, de 1 de julio, de prevención y control integrados de la contaminación, el Programa de inspección es elaborado en cumplimiento del art. 30.2 del Real decreto legislativo 1/2016 de 16 de diciembre por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación, así como en cumplimiento de la Ley 22/2011, de 28 de julio de residuos y suelos contaminados, de transposición de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre de 2010, sobre las emisiones industriales (prevención y control integrados de la contaminación).

Siguiendo las directrices del Plan de Inspección en materia de calidad ambiental y prevención contra el cambio climático de la Comunitat Valenciana para las anualidades 2016-2020, se elabora el presente Programa de Inspección en materia de calidad ambiental y prevención contra el cambio climático para el periodo 2020. El periodo de vigencia del programa es del 1 de enero a 31 de diciembre de 2020.

El Programa de inspección en materia de calidad ambiental para la anualidad 2020, que se aprueba mediante la presente resolución, se estructura en diez apartados con el contenido que, en síntesis, se indica a continuación.

En primer lugar se encuentra una introducción con los antecedentes que motivan la elaboración del programa. En el apartado segundo se plasma la memoria de actuaciones correspondiente a la anualidad 2019, diferenciando entre las Inspecciones presenciales y documentales.

Un tercer apartado, donde se hacen constar los objetivos del programa: el objetivo general y los objetivos específicos.

En el cuarto apartado se señalan los recursos que la Dirección General de Calidad y Educación Ambiental ostenta para el desarrollo de las funciones de inspección ambiental.

Un quinto apartado relativo a actuaciones de inspección presencial para 2020, inspecciones programadas, criterios para la evaluación de riesgos, relación de instalaciones con Autorización Ambiental Integrada y la frecuencia de las inspecciones, así como la inspección que se debe de efectuar sobre los vertederos sin autorización que han sido sellados y clausurados con base en los dispuesto en la Directiva 2006/12/CE de 5 de abril, relativa a los residuos, se establece el protocolo para efectuar las inspecciones programadas así como las no programadas.

Un sexto apartado relativo a las inspecciones de carácter documental.

Un séptimo apartado relativo a las actuaciones para la cualificación y formación continua de los inspectores, dada la complejidad de algunas actividades industriales.

Asimismo, se contemplan en tres apartados las actuaciones para la cooperación entre las distintas autoridades inspectoras, el análisis y evaluación de las actuaciones realizadas definiendo dos tipos generales de indicadores: de actividad y de resultado y como un apartado final que señala la necesidad de elaborar una aplicación informática que haga posible el acceso a la información que se dispone de cada empresa para dar cumplimento al artículo 23.6 de la Directiva 2010/75/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de noviembre, sobre emisiones industriales, dicha aplicación informática, dispondría de una funcionalidad que permita hacer públicos los informes de inspección que se elaboren después de cada visita in situ.

En virtud de cuanto antecede, y en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 38 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, en relación con el art. 10 del Decreto 5/2019, de 16 de junio del President de la Generalitat, por el que se determinan el número y la denominacion de las consellerias y sus atribuciones, articulo 128 del Decreto 105/2019, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat y a la vista de lo dispuesto en el articulo 9.2 de la Ley 2/2015, de 2 de abril de la Generalitat de Transparencia, Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, resuelvo



Primero

Aprobar el Programa de inspección en materia de calidad ambiental de la Comunitat Valenciana para la anualidad 2020, que figura como Anexo a la presente resolución.



Segundo

Adoptar cuantas medidas sean necesarias para la difusión del contenido del citado Programa.



Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Secretaria Autonómica de Emergencia Climática y Transición Ecológica en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.



València, 14 de mayo de 2020.– El director general de Calidad y Educación Ambiental: Joan Piquer Huerga.

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