Ficha docv

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Información pública de la solicitud de autorización de vertido al mar del emisario submarino de aguas residuales en el término municipal de Oropesa del Mar (VERMAR 040). [2020/3216]

(DOGV núm. 8805 de 06.05.2020) Ref. Base Datos 2020/3216




Con registro de entrada número 16922, de fecha 29 de abril de 2016, en la Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural, José Luis Silvente Sánchez, secretario general del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, en representación del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, solicita la autorización de vertido de la EDAR de Oropesa del Mar, en el término municipal de Oropesa del Mar (VERMAR040).

Según el Decreto 105/2019, de julio, del Consell, por el cual se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de los consellerias de la Generalitat (artículo 129), la Dirección General del Agua ejerce los funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre del Consell, y otras previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de planificación, gestión y protección de recursos hídricos; proyectos de infraestructuras hidráulicas en la Comunidad Valenciana; construcción y explotación de infraestructuras hidráulicas; planificación y gestión de las cuencas internas de la Comunidad Valenciana; reutilización y ahorro del agua, y control y protección de la calidad del agua y autorización de vertidos.

Lo que se hace público, en virtud de que dispone el artículo 152.8 del RD 876/2014, de 10 de octubre por el cual se aprueba del Reglamento general para el desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, para que en el plazo de veinte días hábiles a contar desde la fecha de exhibición de este oficio en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, puedan presentarse por las corporaciones y particulares interesados las alegaciones que estimen convenientes. Durante este plazo los interesados podrán examinar la documentación presentada en el Ayuntamiento de Oropesa del Mar o en la siguiente dirección URL:

http://www.agroambient.gva.es/es/web/agua/participacion-publica



De acuerdo con el apartado 1 de la disposición adicional tercera del Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19, sobre suspensión de plazos administrativos, el cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

No obstante, el interesado puede atender el requerimiento desde el momento en que tiene conocimiento del mismo, si bien el plazo establecido en el presente escrito inicia su cómputo a la finalización del estado de alarma.



València, 29 de abril de 2020.– El director general del Agua: Manuel Aldeguer Sánchez.

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