Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2020, del conseller de Educación, Cultura y Deporte, por la que se aprueba el Plan estratégico de subvenciones 2020-2023 de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, que figura como anexo único. [2020/2809]

(DOGV núm. 8783 de 07.04.2020) Ref. Base Datos 002963/2020




El artículo 164.a) de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones (DOCV 7464, 12.02.2015), dispone que aquellas consellerias que tengan previsto otorgar subvenciones deberán elaborar con carácter previo un plan estratégico de subvenciones, en el que se integrarán las subvenciones que pretendan otorgar, tanto de sus órganos como de sus organismos públicos dependientes y cuyo contenido será el determinado en la legislación básica estatal.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, con el carácter de normativa básica, establece que los órganos de las administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose, en todo caso, al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El artículo 11 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, establece que se aprobará un plan estratégico por cada ministerio, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.

Además, el apartado 4 de dicho artículo establece que los planes estratégicos contendrán previsiones para un periodo de vigencia de tres años salvo que, por la especial naturaleza del sector afectado, sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

La regulación de la educación se ha visto sometida durante décadas a un continuo proceso de revisión que inevitablemente ha incidido en la calidad de la enseñanza. Es sobre todo por esta circunstancia por lo que se ha creído conveniente establecer la duración del plan desde 2020 a 2023, año, este último, en el que, además, concluye la actual legislatura en Les Corts Valencianes.



Visto cuanto antecede, y en uso de la competencia atribuida por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y por el artículo 4 del Decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell (DOGV 18.12.2017), por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Aprobar el Plan Estratégico de Subvenciones 2020-2023 de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte que figura como anexo único.



València, 23 de marzo de 2020.– El conseller de Educación, Cultura y Deporte:Vicent Marzà i Ibánez.





ANEXO ÚNICO

Plan estratégico de subvenciones 2020-2023





DIRECCIÓN GENERAL DE INNOVACIÓN EDUCATIVA Y ORDENACIÓN



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Promover actuaciones educativas inclusivas y que reduzcan las desigualdades.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7857000

DENOMINACIÓN: Actuaciones para la mejora del éxito y la reducción del abandono escolar.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Centros sostenidos con fondos públicos.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas a los centros que desarrollan programas para la mejora del éxito y la reducción del abandono escolar.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Actuaciones o programas incluidos en el plan de actuación para la mejora, que incluyen las diferentes medidas para la mejora del éxito y la reducción del abandono escolar.

Las ayudas van dirigidas a los centros privados concertados.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

La promoción de acciones para evitar el abandono escolar, reducir las tasas de fracaso escolar y para el incremento del éxito.

La contribución al gasto de los centros privados concertados de la Comunitat Valenciana con el alumnado de educación infantil (segundo ciclo) y educación primaria o educación secundaria obligatoria con una intervención educativa dirigida a la reducción del abandono escolar.

3. Mecanismo:

Esta subvención se pondrá en práctica mediante una orden reguladora de bases y una convocatoria.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

a) Declaración responsable de la titularidad del centro de no incurrir en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario de la convocatoria de subvenciones.

b) Declaración responsable de compromiso de cumplimiento de las obligaciones que se derivan de la recepción de la subvención.

c) Documentación acreditativa de estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención:

Se iniciará de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución de la persona titular de la conselleria competente en materia de educación, donde se publicarán las líneas de subvención, los importes máximos de las ayudas económicas a conceder, la ponderación de los criterios objetivos de otorgamiento y el plan de control.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Se otorgarán de manera proporcional con criterios objetivos fijados en la orden de bases, cuya ponderación se establecerá en cada convocatoria.

4. Justificación de la concesión:

A efectos de cuenta justificativa, se presentará la siguiente documentación:

a) Memoria económica justificativa del coste de las actividades subvencionadas que contendrá:

1.º La relación clasificada de los gastos de la actividad con identificación del acreedor y del documento, su importe, la fecha de emisión, la fecha de pago y el documento justificativo de su pago.

2.º Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación anteriormente citada.

b) Documento de la titularidad del centro en que se haga constar que se están desarrollando las actuaciones referentes a la compensación educativa.

c) Certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

5. Calendario:

Tramitación anual de una convocatoria.

Trimestre 4º: resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Se establecerá anualmente en la convocatoria.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



590.000 € para el ejercicio 2020.

Generalitat Valenciana. Fondos propios

8. Plan de acción:

Convocatoria de ayudas a los centros docentes concertados para desarrollar actuaciones o programas incluidos en el plan de actuación para la mejora, que incluyen las diferentes medidas para la mejora del éxito y la reducción del abandono escolar.

Elaborar un plan de control de estas ayudas.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tanto para el otorgamiento como para el seguimiento se evalúa, en cada centro privado concertado solicitante, su índice de necesidades, atendiendo a los indicadores que se concreten en cada convocatoria anual, y que analicen diferentes factores como, por ejemplo, el porcentaje de alumnado con necesidades de compensación de las desigualdades, el número de alumnado matriculado o el índice socioeconómico y cultural de las familias del centro.

Derivado del seguimiento, se elaborará en el primer trimestre de cada ejercicio económico un informe de evaluación sobre el ejercicio anterior, así como las propuestas para la mejora de los cursos siguientes.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:



Ejercicio Presupuesto Convocatoria después de las obligaciones de pago Porcentaje de justificación

2016 400.000,00 394.318,00 85,80 %

2017 430.000,00 420.100,00 90,08 %

2018* 573.806,66 532.235,91 85,11 %





*Fusión de dos líneas del presupuesto anterior



Presupuesto: cantidad presupuestada para cada ejercicio.

Convocatoria después de obligaciones de pago: cantidad disponible para la subvención en cada ejercicio. En todos los casos, se ha ofertado en cada convocatoria la totalidad disponible de la línea presupuestaria para cada ejercicio.

Porcentaje de justificación: resultado del la ejecución para cada ejercicio. Esta cantidad es el resultado de la correcta justificación por parte de los centros privados concertados de la ayuda asignada en cada ejercicio.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 2.2:

Fomentar la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8146000

DENOMINACIÓN: Subvenciones al fomento de la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Asociaciones sin ánimo de lucro que contribuyan al fomento de la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La promoción de actuaciones que contribuyan a la normalización lingüística del valenciano en los centros educativos.

Estas ayudas van dirigidas a asociaciones sin fines lucrativos que fomenten la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo no universitario (infantil, primaria, secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional, personas adultas).

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El fomento de la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo.

Se pretende que las actuaciones subvencionadas sean, para el alumnado, un estímulo y una ayuda para la mejora de la competencia comunicativa en valenciano, y que fomenten actitudes positivas hacia el valenciano a través de las relaciones que se establezcan entre el alumnado de varios centros.

3. Mecanismo:

Esta subvención se pondrá en práctica por medio de la elaboración y aprobación de las correspondientes bases reguladoras del procedimiento para la concesión de subvenciones para el fomento de la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo, destinadas a asociaciones sin fines lucrativos y la posterior convocatoria anual a través de una resolución.

La concesión se ajustará al procedimiento ordinario, con carácter de concurrencia competitiva.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

Asociaciones sin fines lucrativos que fomenten la normalización lingüística del valenciano en el ámbito educativo no universitario.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención:

La resolución de convocatoria indicará los plazos para la presentación de las solicitudes y la documentación requerida: datos de la entidad, declaraciones de responsabilidad y autorizaciones, proyecto de la actividad, domiciliación bancaria.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Las actividades de normalización tienen que ser organizadas y realizadas por las asociaciones con alumnado de más de un centro. Los criterios de valoración son:

a) Número de alumnado participante en la actividad.

b) Número de centros docentes implicados en la actividad.

c) Participación de personas de la comunidad educativa de cada centro (familias, profesorado, personas del ayuntamiento...).

d) Características de la actividad: duración, dificultad de realización, espacios, planificación previa, impacto posterior.

e) Objetivos pedagógicos y de fomento del valenciano previstos en la actividad.

f) Participación de entidades colaboradoras: ayuntamientos, AMPA, asociaciones docentes, colectivos cívicos, etc.

4. Justificación de la concesión:

En el plazo que se indique en la convocatoria, las entidades tienen que justificar la subvención a través de la cuenta justificativa normalizada que figure como anexo de la resolución.

5. Calendario:

1.º y 2.º trimestre: Elaboración y publicación de la orden con las bases reguladoras.

2.º-3.º trimestre: Convocatoria anual mediante una resolución. Concreción de los criterios de valoración anual.

4.º trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



15.850,00 € (según el presupuesto para el ejercicio 2020).

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

De acuerdo con el que se ha indicado en los apartados 3, 4 y 5 de esta línea de subvención.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Para conocer el grado de desempeño de los objetivos, esta unidad directiva establece los indicadores de seguimiento siguientes:

1. Relación entre el presupuesto ejecutado y el previsto inicialmente.

2. Número de alumnado participante en las actividades subvencionadas.

3. Número de centros educativos participantes en las actividades subvencionadas.

4. Relación entre la cantidad de actividades subvencionadas sobre el total de las actividades.

5. Proporción entre la cantidad asignada a cada actividad y la cantidad solicitada por la asociación.

Derivado del seguimiento, se elaborará en el primer trimestre de cada ejercicio económico, un informe de evaluación sobre el ejercicio anterior, así como las propuestas para la mejora de los futuros planes.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

1. Relación entre el presupuesto ejecutado y el previsto inicialmente: se ha ejecutado todo el presupuesto previsto en cada convocatoria. Solo hay que mencionar que en la convocatoria de 2018 se tuvo que efectuar un proceso de minoración a una de las asociaciones por no entregar la cuenta justificativa en el plazo legal.

2. Número de alumnado participante en las actividades subvencionadas: en cada convocatoria han participado, como media, más de 100.000 alumnos.

3. Número de centros educativos participantes en las actividades subvencionadas: la media de centros participantes en cada convocatoria es de 1500 (teniendo en cuenta que algunos centros se repiten en las actividades de asociaciones diferentes).

4. Relación entre la cantidad de actividades subvencionadas sobre el total de las solicitadas: año 2016: 83%; año 2017: 54%; año 2018: 34% (hubo muchas solicitudes para actividades en que solo participaba un centro o no estaban organizadas por la asociación que solicitaba la subvención); año 2019: 100%.

5. Proporción entre la cantidad asignada a cada actividad y la cantidad solicitada por la asociación: las actividades que tienen un presupuesto por debajo de 1.500 € han recibido el 100% de la cantidad solicitada; para otro grupo de asociaciones, que presentan presupuestos superiores a los 5.000 €, los porcentajes varían en función de esta cantidad y de la cantidad total de actividades subvencionadas entre el 25 y el 80% del presupuesto solicitado.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 3.1:

Promover acciones y programas de investigación e innovación educativa para la mejora de la práctica docente en los niveles no universitarios.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6968000

DENOMINACIÓN: Proyectos de innovación educativa, desarrollo de materiales didácticos y la implantación de buenas prácticas docentes.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Centros sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Estimular la elaboración de materiales didácticos innovadores que permiten optimizar los resultados académicos del alumnado y hacer extensiva la implantación y difusión de buenas prácticas docentes.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La promoción, el diseño, la implementación y la coordinación de las acciones educativas que propician la innovación y las buenas prácticas docentes.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

La promoción de la innovación educativa en los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismos:

Esta subvención se posará en práctica por medio de la publicación de una resolución de convocatoria según la orden reguladora de bases.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Concretar los requisitos de los beneficiarios.

2. Concretar las características del proyecto objeto de la subvención.



3. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

4. Criterios de otorgamiento de la subvención.

5. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

1r. Trimestre: Elaboración de la resolución de la convocatoria según la orden reguladora de bases.

2.º Trimestre: Publicación de la convocatoria anual mediante resolución. Concreción de los criterios de valoración anual.

3r. y 4.º Trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual. Un año académico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



126.000,00 € para el ejercicio 2020

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de actuación:

1. Revisión y publicación de orden de bases.

2. Publicación de la convocatoria.

3. Resolución definitiva de la convocatoria.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1. Número de centros participantes.

2. Número de proyectos aprobados.

3. Evaluación de las acciones presentadas.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

1. 108 solicitudes.

2. 108 proyectos aprobados.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 3.2:

Promover acciones y programas en favor de la educación en valores e intercultural.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7899000

DENOMINACIÓN: Ayudas a programas por la educación intercultural y en valores.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas a entidades para sufragar actividades y programas con incidencia en el sistema educativo valenciano que desarrollan y promuevan la educación intercultural, la atención al alumnado inmigrante y la educación en valores.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La promoción, el diseño, la implementación y la coordinación de las acciones y programas educativos que propician la innovación y la convivencia en los centros educativos con la implicación de los diferentes agentes de la comunidad educativa.

Estas ayudas van dirigidas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

La promoción de la educación intercultural, así como el apoyo a programas transversales de educación en valores.

3. Mecanismos:

Esta subvención se pondrá en práctica por medio de la publicación de una resolución de convocatoria según la orden reguladora de bases.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Concretar los requisitos de los beneficiarios.

2. Concretar las características del proyecto objecto de la subvención.

3. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

4. Criterios de otorgamiento de la subvención.

5. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

1r. Trimestre: Elaboración de la resolución de la convocatoria según la orden reguladora de bases.

2.º Trimestre: Publicación de la convocatoria anual mediante resolución. Concreción de los criterios de valoración anual.

3r. y 4.º Trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual. Un año académico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



200.000,00 € para el ejercicio 2020

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de actuación:

1. Revisión y publicación de orden de bases.

2. Publicación de la convocatoria.

3. Resolución definitiva de la convocatoria.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1. Número de entidades participantes.

2. Número de proyectos desarrollados.

3. Evaluación de las acciones presentadas para la ayuda, implementadas el curso anterior.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

1. 55 solicitudes.

2. 42 proyectos aprobados.











Línea de subvención:

CÓDIGO: S8121000

DENOMINACIÓN: Actividades de difusión del sistema educativo valenciano.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas para la creación de materiales que difundan aspectos de innovación para un sistema educativo óptimo.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La promoción de materiales educativos que propician la innovación y la convivencia en los centros educativos de la Comunitat Valenciana.

Estas ayudas van dirigidas a entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

La promoción de la educación intercultural, así como el apoyo a programas transversales de educación en valores.

3. Mecanismos:

Esta subvención se pondrá en práctica por medio de la publicación de una resolución de convocatoria según la orden reguladora de bases.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Concretar los requisitos de los beneficiarios.

2. Concretar las características del proyecto objeto de la subvención.



3. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

4. Criterios de otorgamiento de la subvención.

5. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

1r. Trimestre: Elaboración de la resolución de la convocatoria según la orden reguladora de bases.

2.º Trimestre: Publicación de la convocatoria anual mediante resolución. Concreción de los criterios de valoración anual.

3r. y 4.º Trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual. Un año académico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.160,00 € para el ejercicio 2020.

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de actuación:

1. Revisión y publicación de orden de bases.

2. Publicación de la convocatoria.

3. Resolución definitiva de la convocatoria.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1. Número de entidades participantes.

2. Número de proyectos desarrollados.

3. Evaluación de las acciones presentadas para la ayuda, implementadas el curso anterior.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

1. 0 solicitudes.

2. 0 proyectos aprobados.

3. Valoración por la comisión evaluadora.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 3.4:

Mejorar la competencia plurilingüe del alumnado.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8249000

DENOMINACIÓN: Subvenciones a personas auxiliares de conversación de lengua extranjera.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Personas auxiliares de conversación de lengua extranjera seleccionadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional destinadas en centros públicos de titularidad de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Proporcionar ayuda para la dieta de manutención y alojamiento a las personas auxiliares de conversación para apoyar al profesorado que imparte áreas de lenguas extranjeras o vehiculadas en lenguas extranjeras con el fin de mejorar la competencia lingüística del alumnado.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Corresponde al Servicio de Educación Plurilingüe promocionar el plurilingüismo y la interculturalidad en el ámbito de la educación no universitaria, de acuerdo con el artículo 9 del decreto 186/2017, de 24 de noviembre, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

Las ayudas se dirigen a personas estudiantes universitarias de los últimos cursos o graduadas extranjeras que tengan como lengua habitual el inglés.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Se pretende fomentar la mejora y la calidad de la enseñanza de lenguas extranjeras y el aprendizaje de contenidos curriculares vehiculados en lenguas extranjeras, de acuerdo con las metodologías actuales, promover a través de estos aprendizajes integradores el acercamiento y el conocimiento de otras culturas de diferentes países a la vez que se proporciona a las personas auxiliares, en su calidad de estudiantes, una formación a través del conocimiento de las lenguas y la cultura de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

La ejecución de esta línea de subvención se realiza a partir de las bases firmadas entre el Ministerio de Educación y Formación Profesional y la Consellería de Educación, Cultura y Deporte de forma que el ministerio selecciona personas auxiliares de conversación y la conselleria les otorga la subvención a través de un decreto de concesión directa anual.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Concretar los requisitos de las personas beneficiarias:

Personas estudiantes universitarias de los últimos cursos o graduadas extranjeras que tengan como lengua habitual el inglés.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención:

La resolución de convocatoria la realiza el Ministerio de Educación y Formación Profesional que notifica a la Consellería de Educación, Cultura y Deporte la relación de personas beneficiarias. Esta conselleria concede la subvención a través de un decreto de concesión directa.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Determinados por la convocatoria del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

4. Justificación de la concesión:

A través de los informes de las direcciones de los centros educativos donde está asignada cada persona auxiliar de conversación.

5. Calendario:

2.º trimestre: Resolución del Ministerio de Educación y Formación Profesional

2.º-3.º trimestre: Elaboración y publicación del decreto de concesión directa.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



7.616.000,00 € (según el presupuesto aprobado para el ejercicio 2019).

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Para lograr este objetivo se trabaja conjuntamente con el Ministerio de Educación y Formación Profesional porque los centros docentes del sistema educativo valenciano puedan tener personas auxiliares de conversación en lenguas extranjeras con el fin de hacer de apoyo al profesorado y personal tutor que imparte áreas, materias o contenidos de lenguas o de módulos de lengua y otros contenidos vehiculados en lengua extranjera.

Se quiere de este modo conseguir niveles de satisfacción elevados tanto para el interés público de la ciudadanía como para el interés social, puesto que la mejora y optimización de los recursos humanos en los planes para el desarrollo de la enseñanza de lenguas es un objetivo de la política educativa tanto a nivel autonómico como estatal y dentro del marco de la Unión Europea.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1. Número de personas auxiliares y de centros educativos beneficiarios.

2. Número de personas auxiliares que renuncian a la subvención.

3. Mejora en el aprendizaje del inglés en los centros educativos con personas auxiliares.

10. Resultados de la evaluación de los planes estratégicos anteriores:

En cuanto a los indicadores 1 y 2: estadísticas:

Personas auxiliares de conversación adjudicadas e incorporadas en los cursos 2017/18, 2018/19 y 2019/20.

En cuanto al indicador 3:

De acuerdo con el seguimiento del programa (informe final de valoración de la didáctica con las personas auxiliares de conversación) que hacen las personas tutoras y el profesorado de centros que realiza tareas conjuntas con las personas auxiliares, se manifiesta que el grado de satisfacción es positivo y que revierte en una mejora de las didácticas de aula y en la mejora de la competencia comunicativa oral del alumnado.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 7.1:

Fomentar la participación de la comunidad educativa.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0022000

DENOMINACIÓN: Fomento, participación y asociación de madres y padres del alumnado no universitario de la Comunitat Valenciana y las actividades extraescolares que realicen en los centros docentes sostenidos con fondos públicos.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de la Comunitat Valenciana y sus federaciones y confederaciones.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudar al fomento y desarrollo de las actividades de las asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de la Comunitat Valenciana y sus federaciones y confederaciones, además de la implementación de actividades extraescolares.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

El fomento de la participación de los diferentes sectores de la comunidad educativa en la vida de los centros docentes.

Estas ayudas van dirigidas al apoyo y asesoramiento a asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario de la Comunitat Valenciana, así como a la subvención de actividades extraescolares que realicen en centros docentes sostenidos con fondos públicos, y a sus federaciones y confederaciones.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El fomento de la participación social y las relaciones institucionales en la educación.

La participación de las familias en la vida de los centros y en los órganos de representación del ámbito educativo.

3. Mecanismo:

Esta subvención se pondrá en práctica por medio de la publicación de una resolución de convocatoria según una orden reguladora de bases.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Concretar los requisitos de los beneficiarios.

2. Concretar las características del proyecto objeto de la subvención.



3. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

4. Criterios de otorgamiento de la subvención.

5. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

1r. Trimestre: Elaboración de la resolución de la convocatoria según la orden reguladora de bases.

2.º Trimestre: Publicación de la convocatoria anual mediante resolución. Concreción de los criterios de valoración anual.

3r. y 4.º Trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual. Un año académico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



3.577.000,00 € para el ejercicio 2020.

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Pla de acción:

1. Revisión y publicación de orden de bases.

2. Publicación de la convocatoria.

3. Resolución definitiva de la convocatoria.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1. Número de asociaciones registradas en el censo de la GVA Educación.

2. Proyectos presentados por las asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario y sus federaciones y confederaciones.

3. Número de asociaciones de madres y padres de alumnado no universitario y sus federaciones y confederaciones. que aprueban la concesión de la subvención.

4. Evaluación de los proyectos presentados.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

1. Censo: 1.840 asociaciones; 9 federaciones y 3 confederaciones.

2. 278 solicitudes presentadas de asociaciones; 7 solicitudes presentadas de federaciones y 3 solicitudes presentadas de confederaciones.

3. 200 asociaciones; 7 federaciones y 3 confederaciones aprueban la concesión de la subvención.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S4407000

DENOMINACIÓN: Apoyo y asesoramiento a estudiantes no universitarios.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Federaciones y asociaciones de estudiantes no universitarios de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudar al fomento y desarrollo de las actividades de las asociaciones y federaciones de estudiantes no universitarios.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

El fomento de la participación de los diferentes sectores de la comunidad educativa en la vida de los centros docentes.

Estas ayudas van dirigidas al apoyo y asesoramiento a asociaciones y federaciones de estudiantes no universitarios.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El fomento de la participación social y las relaciones institucionales en la educación.

La participación del alumnado en la vida de los centros y en los órganos de representación del ámbito educativo.

3. Mecanismo:

Esta subvención se pondrá en práctica por medio de la publicación de una resolución de convocatoria según una orden reguladora de bases.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Concretar los requisitos de los beneficiarios.

2. Concretar las características del proyecto objete de la subvención.



3. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

4. Criterios de otorgamiento de la subvención.

5. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

1r. Trimestre: Elaboración de la resolución de la convocatoria según la orden reguladora de bases.

2.º Trimestre: Publicación de la convocatoria anual mediante resolución. Concreción de los criterios de valoración anual.

3r. y 4.º Trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual. Un año académico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



50.000 €.

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

1. Revisión y publicación de orden de bases.

2. Publicación de la convocatoria.

3. Resolución definitiva de la convocatoria.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1. Número de asociaciones registradas en el censo.

2. Proyectos presentados por las asociaciones de alumnado no universitario y sus federaciones.

3. Número de asociaciones de alumnado no universitario y sus federaciones que aprueban la concesión de la subvención.

4. Evaluación de los proyectos presentados.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

1. Censo: 470 asociaciones; 12 confederaciones.

2. 4 solicitudes presentadas de asociaciones y 3 solicitudes presentadas de federaciones.

3. 3 asociaciones y 3 federaciones aprueban la concesión de la subvención.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8259000

DENOMINACIÓN: Fomento, participación y asociación de alumnado de la formación de personas adultas (FPA).

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Asociaciones de alumnado de FPA.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la participación y asociación de alumnado de FPA.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

El fomento y la participación de los diferentes sectores de la comunidad educativa en la vida de los centros docentes FPA.

Estas ayudas van dirigidas a fomentar la participación de las asociaciones y federaciones de alumnado de FPA.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

El fomento de la participación social y las relaciones institucionales en la educación.

La participación del alumnado de FPA en la vida de los centros y en los órganos de representación del ámbito educativo.

3. Mecanismo:

Esta subvención se pondrá en práctica por medio de la publicación de una resolución de convocatoria según una orden reguladora de bases.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Concretar los requisitos de los beneficiarios.

2. Concretar las características del proyecto objeto de la subvención.



3. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

4. Criterios de otorgamiento de la subvención.

5. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

1r. Trimestre: Elaboración de la resolución de la convocatoria según la orden reguladora de bases.

2.º Trimestre: Publicación de la convocatoria anual mediante resolución. Concreción de los criterios de valoración anual.

3r. y 4.º Trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Convocatoria anual. Un año académico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



20.000,00 € para el ejercicio 2020.

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

1. Revisión y publicación de orden de bases.

2. Publicación de la convocatoria.

3. Resolución definitiva de la convocatoria.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1. Número de asociaciones registradas en el censo de la GVA.

2. Proyectos presentados por las asociaciones de alumnado de FPA y sus federaciones.

3. Número de asociación de alumnado FPA y sus federaciones que aprueban la concesión de la subvención.

4. Evaluación de los proyectos presentados.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

1. Censo: 36 asociaciones; 1 confederación.

2. 5 solicitudes presentadas de asociaciones y 0 solicitudes presentadas de federaciones.

3. 5 asociaciones aprueban la concesión de la subvención.





DIRECCIÓN GENERAL DE CENTROS DOCENTES



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Mejorar la calidad de la educación.



Línea de subvención:

CÓDIGO:S0063000

DENOMINACIÓN: Financiación formación personas adultas.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que impartan programas de formación de personas adultas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Financiación parcial de programas de formación de personas adultas desarrollados por centros de titularidad de entidades locales y otras entidades sin ánimo de lucro.



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General.

Entidades locales y entidades privadas sin ánimo de lucro que impartan programas de formación de personas adultas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Mejora y refuerzo, mediante subvención, de la formación de personas adultas.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Contribuir a la financiación de los gastos de personal docente y otros gastos corrientes para el sostenimiento de las actividades de formación de personas adultas en centros autorizados gestionados por corporaciones locales y/o por entidades privadas sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de Bases reguladora de la subvención

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2.796.350 € (entre el objetivo estratégico 1 y el objetivo estratégico 2).

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el primer trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de julio y publicación a principios de septiembre. Justificación por parte de los centros hasta la primera quincena de octubre. Revisión de justificación y la correspondiente propuesta de pago restante durante el mes de noviembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Aproximadamente 180 entidades beneficiarias.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se ha cumplido con el plan establecido. Aproximadamente 180 entidades han resultado beneficiarias de esta ayuda cada año. Además se ha incrementado el importe de la ayuda en 482.000 euros entre el ejercicio 2016 y el 2020.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0071000

DENOMINACIÓN: Ayudas gabinetes psicopedagógicos municipales.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades locales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Subvenciones a entidades locales que mantienen gabinetes psicopedagógicos escolares.



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Corporaciones locales titulares de gabinetes psicopedagógicos escolares autorizados por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a garantizar el derecho a la orientación educativa y profesional de todo el alumnado matriculado en los centros docentes no universitarios. Esta orientación facilita la formación integral del alumnado para que regule su propio aprendizaje. Los gabinetes psicopedagógicos escolares ofrecen al profesorado y a las familias colaboración y asistencia técnica especializada.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Contribuir a la financiación de los gastos de personal docente y otros gastos corrientes para el sostenimiento de los gabinetes psicopedagógicos escolares autorizados de titularidad de corporaciones locales, que cumplan los requisitos establecidos en la Orden de Bases reguladora de la subvención.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2.300.000 €.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el primer trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de julio y publicación a principios de septiembre. Justificación por parte de los centros hasta la primera quincena de octubre. Revisión de justificación y propuesta de pago durante el mes de noviembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Aproximadamente 135 entidades beneficiarias.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se ha cumplido con el plan establecido. Aproximadamente 135 corporaciones locales han resultado beneficiarias de esta ayuda cada año. Además se ha incrementado el importe de la ayuda en 500.000 euros entre el ejercicio 2016 y el 2020.



Línea de subvención:

CÓDIGO:S2632000

DENOMINACIÓN: Ayudas enseñanzas integradas de música grado elemental del centro Unión Musical de Llíria.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Unión Musical de Llíria.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Convenio con la entidad Unión Musical de Llíria para la financiación parcial de la impartición de las enseñanzas elementales de música de forma integrada con las enseñanzas de educación primaria cursadas por el alumnado del centro Unión Musical de Llíria.

1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Alumnado centro Unión Musical de Llíria.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a la financiación para impartir las enseñanzas integradas de música grado elemental del centro Unión Musical de Llíria.

3. Mecanismo:

Convenio.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Subvencionar parcialmente, con la firma de un convenio con la Unión Musical de Llíria, los gastos de personal docente necesario por impartir la enseñanza elemental de música de forma integrada con las enseñanzas de educación primaria cursadas por el alumnado del centro Unión Musical de Llíria.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



150.000 €.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Tramitación del convenio. Firma en el segundo trimestre del año. Se tramita la propuesta de pago según la justificación realizada por el centro hasta el momento de la firma. El centro justifica el resto de los gastos durante la primera quincena de octubre. Durante la primera quincena de noviembre, una vez revisada la justificación, se realiza la propuesta de pago del resto del importe del convenio.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Alumnado del centro que cursa simultáneamente primaria y las enseñanzas elementales de música.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

En los cuatro años se ha firmado el convenio para los estudios integrados de música en la Unión Musical de Llíria y se ha incrementado la ayuda en 42.150 euros entre los ejercicios 2016 y 2020.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7413000

DENOMINACIÓN: Convenios financiación formación personas adultas.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Ayuntamientos de Alfafar, Burjassot, Catarroja, Cullera, Paiporta, Alboraya y Altea.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Financiación parcial para impartir los programas de educación de personas adultas.



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Ayuntamientos de Alfafar, Burjassot, Catarroja, Cullera, Paiporta, Alboraya y Altea, como titulares de centros de formación de personas adultas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Mejora y refuerzo de la educación de personas adultas en los centros ubicados en los municipios de Alfafar, Burjassot, Catarroja, Cullera, Paiporta, Alboraya y Altea.

3. Mecanismo:

Firma anual convenios con los beneficiarios.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Subvencionar parcialmente, con la firma de un convenio con los ayuntamientos de Alfafar, Burjassot, Catarroja, Cullera, Paiporta, Alboraya y Altea los gastos para impartir los programas de educación de personas adultas en los centros de formación de personas adultas de su titularidad.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.066.030 (7 convenios).

8. Plan de acción:

Tramitación de los convenios con el objetivo de firmarlos durante el segundo trimestre del año. Se tramitan las propuestas de pago anticipadas según se indica en los convenios. Los beneficiarios justifican durante la primera quincena de octubre. Durante la primera quincena de noviembre, una vez revisada la justificación, se realiza la propuesta de pago correspondiente.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Gestión de los 7 convenios.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se han firmado y ejecutado los convenios previstos en el plan anterior. Además se han firmado dos nuevos convenios con los Ayuntamientos de Altea y de Alboraya, y se ha incrementado el importe total destinado a estos convenios en 376.030 €.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 2:

Atender a los programas de Formación de Personas Adultas, presencial y a distancia, con el fin de aumentar la formación y las posibilidades de acceso a titulación de la población adulta.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0063000

DENOMINACIÓN:

MODO DE CONCESIÓN:

BENEFICIARIOS:

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD:

Esta línea ya se ha descrito en el objetivo estratégico 1.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7413000

DENOMINACIÓN:

MODO DE CONCESIÓN:

BENEFICIARIOS:

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD:

Esta línea ya se ha descrito en el objetivo estratégico 1.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Avanzar en el objetivo de la plena gratuidad de las enseñanzas básicas, y creación de bancos de libros de texto y material curricular en los centros sostenidos con fondos públicos



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8207000

DENOMINACIÓN: Reposición y renovación libros de texto y material curricular enseñanzas obligatorias (Programa banco de libros «Xarxa llibres») enseñanza primaria y educación especial.

MODO DE CONCESIÓN:Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Centros docentes privados concertados y de titularidad de corporaciones locales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Gratuidad libros de texto enseñanzas obligatorias. Dotación a los centros escolares para reposición y renovación de libros de texto y material curricular.



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Alumnado de enseñanzas obligatorias y formación profesional básica de centros sostenidos con fondos públicos.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Acceso a la educación en igualdad de condiciones. Fomentar en el alumnado actitudes de respeto, solidaridad y uso responsable de los libros de texto y materiales curriculares.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Funcionamiento del programa de banco de libros de texto y material curricular para el alumnado de enseñanzas obligatorias matriculado en centros sostenidos con fondos públicos así como el programa de renovación y reposición de dichos bancos de libros, para el alumnado participante matriculado en centros concertados y de corporaciones locales que han solicitado la subvención.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



7.548.960 €

Fondos propios

8. Plan de acción: Publicación de la convocatoria en el mes de mayo/junio, para sus efectos al inicio del curso escolar. Gestión por parte de los centros. Publicación primera resolución mes de julio, y elaboración de propuestas de pago anticipadamente según convocatoria. Publicación diferentes resoluciones extraordinarias, según comunicaciones centros hasta finales de octubre. Elaboración propuestas de pago anticipadas según resoluciones. Justificación de los centros finalizan en noviembre y propuesta de pago restante según justificación realizada a finales de noviembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Aproximadamente 60.000 alumnos/as de centros concertados o de titularidad de corporaciones locales.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

El programa de banco de libros se ha implementado i consolidado en los centros privados concertados y de corporaciones locales. En estos momentos participan en el programa aproximadamente 60.000 alumnos/as matriculados en centros privados concertados y de corporaciones locales. La dotación presupuestaria se ajusta a las necesidades de reposición y renovación de libros en estos centros.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8208000

DENOMINACIÓN: Reposición y renovación libros de texto y material curricular enseñanzas obligatorias (Programa banco de libros «Xarxa llibres») enseñanza secundaria y formación profesional básica.

MODO DE CONCESIÓN:Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Centros docentes privados concertados y de titularidad de corporaciones locales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Gratuidad libros de texto enseñanzas obligatorias. Dotación a los centros escolares para reposición y renovación de libros de texto y material curricular.



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Alumnado de enseñanzas obligatorias y formación profesional básica de centros sostenidos con fondos públicos.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Acceso a la educación en igualdad de condiciones. Fomentar en el alumnado actitudes de respeto, solidaridad y uso responsable de los libros de texto y materiales curriculares.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Funcionamiento del programa de banco de libros de texto y material curricular para el alumnado de enseñanzas obligatorias matriculado en centros sostenidos con fondos públicos así como el programa de renovación y reposición de dichos bancos de libros.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico / curso escolar



7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



4.760.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el mes de mayo/junio, para inicio de sus efectos al comienzo del curso escolar. Gestión por parte de los centros. Publicación primera resolución mes de septiembre, y elaboración de propuestas de pago anticipadamente según convocatoria. Publicación diferentes resoluciones extraordinarias, según comunicaciones centros hasta finales de octubre. Elaboración propuestas de pago anticipadas según resoluciones. Justificación de los centros finalizan en noviembre y propuesta de pago restante según justificación realizada a finales de noviembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Aproximadamente 35.000 alumnos/as de centros concertados o de titularidad de corporaciones locales.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

El programa de banco de libros se ha implementado y consolidado en los centros privados concertados y de corporaciones locales. En estos momentos participan en el programa alrededor de 35.000 alumnos. La dotación presupuestaria se ajusta a las necesidades de reposición y renovación de libros en estos centros.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 4:

Garantizar la escolarización del alumnado de centros específicos de Educación Especial.



Línea de subvención:

CÓDIGO:S1572000

DENOMINACIÓN: Financiación transporte y comedor centros de Educación Especial concertados y conveniados.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva

BENEFICIARIOS: Alumnado en centros de Educación Especial en centros privados concertados y con convenio

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas para el transporte y comedor del alumnado de los centros específicos de educación especial de titularidad privada concertados y con convenio.



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial concertados y de titularidad de corporaciones locales convenidos usuarios de los servicios de transporte y/o comedor.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayudar a las familias del alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial concertados y de titularidad de corporaciones locales convenidos a sufragar los gastos del servicio de transporte y comedor que les prestan los mencionados centros.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Concesión de ayudas económicas adscritas sufragar la prestación de los servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado escolarizado en centros específicos de educación especial concertados y de titularidad de corporaciones locales convenidos, que cumplan los requisitos establecidos en la orden de bases reguladora de la subvención. El importe de la ayuda se determinará en función de la tipología del centro donde esté escolarizado. Las ayudas serán complementarias a las que el ministerio pueda conceder con la misma finalidad.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.971.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el primer trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de junio y la publicación. Propuestas de pago anticipada según convocatoria. Justificación por parte de los centros hasta la primera quincena de diciembre. Revisión de justificación y propuesta de pago durante el mes de diciembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Aproximadamente 520 alumnos de 15 centros.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se ha cumplido con el plan establecido. Aproximadamente 520 alumnos de 15 centros han resultado beneficiarios de esta ayuda cada año.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S2049000

DENOMINACIÓN: Financiación transporte y comedor CEE Parálisis Cerebral Infantil Cruz Roja de Valencia

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa

BENEFICIARIOS: CEE Parálisis Cerebral Infantil Cruz Roja de València

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayuda para el transporte y comedor del alumnado del C.E.E. Parálisis Cerebral Infantil Cruz Roja de Valencia



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Alumnado escolarizado en el centro de educación especial Parálisis Cerebral Infantil Cruz Roja, de Valencia, usuario del servicio de transporte y/o comedor.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayudar a las familias del alumnado escolarizado en el centro de educación especial Parálisis Cerebral Infantil Cruz Roja, de Valencia, a sufragar los gastos de los servicios de transporte y comedor prestados por el centro.

3. Mecanismo:

Convenio.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Subvencionar parcialmente, con la firma de un convenio con la Cruz Roja Española, la prestación los servicios complementarios de transporte y comedor del alumnado del centro de educación especial Parálisis Cerebral Infantil Cruz Roja, de Valencia.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



245.100 €.

Fondos propios

8. Plan de acción:

Tramitación del convenio con el objetivo de firmarlo durante el segundo trimestre del año. Se tramita la propuesta de pago anticipado según el convenio. La entidad justifica los gastos de enero a agosto durante la primera quincena de septiembre y el resto durante la primera quincena de diciembre. Una vez revisada la justificación, se realiza la propuesta de pago del resto del importe del convenio.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Alumnado del centro usuario de comedor/transporte.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se ha firmado el convenio cada año y se han visto beneficiados aproximadamente 54 alumnos cada año.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 5:

Escolarización del alumnado de educación Infantil de primer ciclo.



Línea de subvención:

CÓDIGO:S5598000

DENOMINACIÓN: Ayudas escolarización alumnado centros educación infantil primer ciclo de titularidad de corporaciones locales y entidades privadas. Bono infantil.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnado de centros de educación infantil de primer ciclo privados y escuelas infantiles municipales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a financiar el coste del puesto escolar en los centros municipales y privados de educación infantil de primer ciclo.



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General. Alumnado de primer ciclo de Educación Infantil matriculado en centros autorizados de titularidad de las corporaciones locales y de titularidad privada.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayudar a las familias del alumnado matriculado en las escuelas y centros de Educación Infantil de primer ciclo de titularidad local y privadas, con el objetivo de conseguir un servicio educativo de calidad que, al mismo tiempo, facilite la conciliación de la vida familiar y laboral y avanzar en la compensación de las desigualdades. Favorecer la escolarización temprana del alumnado, en especial en el tramo de edad 2-3, en tanto en esta etapa educativa se facilitan las adquisiciones de aprendizajes posteriores.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Apoyar, a través de ayudas, la escolarización del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil en centros de titularidad privada y en escuelas infantiles municipales, que cumplan los requisitos establecidos en la orden de bases reguladora de las ayudas.

5. Calendario:

Curso escolar.

6. Plazo necesario para su consecución:

Curso escolar.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



58.340.000 €.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria durante el mes de mayo. Resolución provisional de la convocatoria a finales de julio. Resolución definitiva durante el mes de septiembre. Propuesta de pago a las personas beneficiarias según lo establecido en la convocatoria. Certificación de los centros y justificación de las familias de asistencia mensual del alumnado beneficiario, así como certificación de las escuelas infantiles municipales. Finalización de la gestión y pago de la ayuda al finalizar el curso escolar, junio del año siguiente.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Aproximadamente 38.000 alumnos en más de 900 centros.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Durante la vigencia del plan se ha subvencionado, parcialmente o totalmente, el coste de escolarización de aproximadamente 38.000 alumnos cada año, incrementándose paulatinamente la ayuda concedida en más de 25.000.000 € desde 2016 a 2019.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 6:

Apoyar a través de ayudas la financiación parcial para las enseñanzas musicales en conservatorios municipales y centros autorizados a través de convocatoria al efecto.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S246300

DENOMINACIÓN: Ayudas conservatorios de música y centros autorizados de enseñanzas elementales y/o profesionales de música y/o danza.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva

BENEFICIARIOS: Conservatorios de música y/o danza dependientes de corporaciones locales y centros autorizados de titularidad de entidades sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la enseñanza de música y/o danza en los conservatorios y centros autorizados.

1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

Gestión en materia de becas y ayudas al estudio en el ámbito no universitario, así como ayudas y subvenciones a conceder, dentro del ámbito funcional de la Dirección General.

Corporaciones locales y entidades sin ánimo de lucro titulares de conservatorios y centros autorizados por impartir enseñanzas elementales y/o profesionales de música y/o danza.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Mejora y afirmación, mediante subvención, de las enseñanzas artísticas y, concretamente, enseñanzas elementales y/o profesionales de música y danza.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Contribuir a la financiación de los gastos de mantenimiento (principalmente gastos de personal docente) de los centros autorizados de enseñanzas de música y/o danza de nivel elemental y/o profesional, autorizados por la Consellería que sean de titularidad de corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos establecidos en la orden de bases reguladora de la subvención.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



4.400.000 €.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el primer trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de julio y publicación a principios de septiembre. Justificación por parte de los centros hasta la primera quincena de octubre. Revisión de justificación y propuesta de pago durante el mes de noviembre.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

75 entidades.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido con el plan establecido. Aproximadamente 75 entidades han resultado beneficiarias de esta ayuda cada año. Además se ha incrementado el importe de la ayuda en 1.000.000 euros entre el ejercicio 2016 y el 2020.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 7:

Garantizar la escolarización del alumnado en las etapas obligatorias y segundo ciclo de educación infantil.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0829000

DENOMINACIÓN: Comedores escolares.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnado de Educación Primaria e Infantil escolarizado en centros públicos y privados concertados. Alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat. Alumnado de tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el programa de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y Primaria de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Garantizar la escolarización del alumnado en infantil y primaria y la gratuidad de la enseñanza. Escolarización total del alumnado de población dispersa.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La planificación, ordenación y ejecución de actuaciones relativas al transporte y comedor escolar, servicios escolares, escuela-hogar y otros de naturaleza análoga.

Alumnado en las etapas obligatorias, y segundo ciclo de educación infantil.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Facilitar el acceso a la educación en igualdad de condiciones, garantizando el derecho a la educación mediante el desarrollo de acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situación desfavorable.

Atención a sectores de la población con situaciones sociofamiliares sensibles, dando cobertura a una necesidad básica como es una alimentación saludable.

Hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación.

Cumplir el mandato de los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, garantizando la prestación gratuita de los servicios escolares de transporte y, en su caso, comedor e internado para el alumnado escolarizado en un municipio próximo al de su residencia por falta de oferta educativa.

Posibilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.

Facilitar la incorporación al mundo laboral de hombres y mujeres.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Podrá acceder a las ayudas el alumnado matriculado en un centro educativo no universitario de titularidad de la Generalitat, o en centros privados concertados o centros de titularidad distinta a la Generalitat, que dispongan del servicio de comedor escolar, siempre que presente la solicitud y la documentación en los plazos establecidos.

Tramitadas las solicitudes de ayudas, se efectuará la baremación de las mismas, con la determinación de la puntuación que corresponde a cada ayuda.

Finalizado el plazo de enmiendas y reclamaciones, a la vista del informe elaborado por la Comisión de Valoración, la persona titular de la dirección general con competencias en materia de centros docentes resolverá la concesión o denegación de las ayudas.

La determinación de la puntuación que corresponde a cada ayuda se obtiene en función de los criterios de baremación, basados en la renta anual disponible per cápita y las circunstancias sociofamiliares detalladas en la correspondiente convocatoria anual de concesión de ayudas de comedor escolar.

5. Calendario:

Curso escolar.

6. Plazo necesario para su consecución:

Curso escolar.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



68.825.000 € por curso.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el segundo trimestre del año. Resolución de la convocatoria en los meses de septiembre/octubre. Justificación mensual por parte de los centros durante todo el curso. Las propuestas de pago de las ayudas se realiza por medio de pagos mensuales con la justificación previa. Las personas beneficiarias recibirán el importe de las mismas mediante su deducción del coste mensual del servicio de comedor escolar.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

131.500 alumnos.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido con el plan establecido. Cerca de 127.500 personas han resultado beneficiarias de esta ayuda el curso 2018/2019. Además se ha ido disminuyendo progresivamente cada convocatoria la puntuación necesaria para ser beneficiario de la ayuda desde 10 a 7 puntos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3140000

DENOMINACIÓN: Comedores escolares.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria escolarizado en centros públicos y privados concertados.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Garantizar la escolarización del alumnado en secundaria y la gratuidad de la enseñanza. Escolarización total del alumnado de población dispersa.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La planificación, ordenación y ejecución de actuaciones relativas al transporte y comedor escolar, servicios escolares, escuela-hogar y otros de naturaleza análoga.

Alumnado en la etapa de secundaria.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Facilitar el acceso a la educación en igualdad de condiciones, garantizando el derecho a la educación mediante el desarrollo de acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situación desfavorable.

Atención a sectores de la población con situaciones sociofamiliares sensibles, dando cobertura a una necesidad básica como es una alimentación saludable.

Hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación.

Cumplir el mandato de los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica 2/2006, garantizando la prestación gratuita de los servicios escolares de transporte y, en su caso, comedor e internado para el alumnado escolarizado en un municipio próximo al de su residencia por falta de oferta educativa.

Posibilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.

Facilitar la incorporación al mundo laboral de hombres y mujeres.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Podrá acceder a las ayudas el alumnado matriculado en un centro educativo no universitario de titularidad de la Generalitat, o en centros privados concertados o centros de titularidad distinta a la Generalitat, que dispongan del servicio de comedor escolar, siempre que presente la solicitud y la documentación en los plazos establecidos.

Tramitadas las solicitudes de ayudas, se efectuará la baremación de las mismas, con la determinación de la puntuación que corresponde a cada ayuda.

Finalizado el plazo de enmiendas y reclamaciones, a la vista del informe elaborado por la Comisión de Valoración, la persona titular de la dirección general con competencias en materia de centros docentes, resolverá la concesión o denegación de las ayudas.

La determinación de la puntuación que corresponde a cada ayuda se obtiene en función de los criterios de baremación, basados en la renta anual disponible per cápita y las circunstancias sociofamiliares detalladas en la correspondiente convocatoria anual de concesión de ayudas de comedor escolar.

5. Calendario:

Curso escolar.

6. Plazo necesario para su consecución:

Indefinido para cada curso escolar.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



4.600.000 € por curso.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el segundo trimestre del año. Resolución de la convocatoria en los meses de septiembre/octubre. Justificación mensual por parte de los centros durante todo el curso. Las propuestas de pago de las ayudas se realiza por medio de pagos mensuales con la justificación previa. Las personas beneficiarias recibirán el importe de las mismas mediante su deducción del coste mensual del servicio de comedor escolar.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

7.400 alumnos.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido con el plan establecido. Cerca de 5.700 personas han resultado beneficiarias de esta ayuda el curso 2018/2019. Además se ha ido disminuyendo progresivamente cada convocatoria la puntuación necesaria para ser beneficiario de la ayuda desde 10 a 7 puntos.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 8:

Atender las características especiales de las zonas rurales y de difícil acceso.

Línea de subvención:

CÓDIGO: S0829000

DENOMINACIÓN: Comedores escolares.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnado de Educación Primaria e Infantil escolarizado en centros públicos y privados concertados. Alumnado de los centros específicos de Educación Especial de titularidad de la Generalitat. Alumnado de tercer nivel de Educación Infantil de primer ciclo de los centros que participan en el programa de incorporación del nivel educativo de 2 a 3 años en colegios de Educación Infantil y Primaria de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD:

Esta línea ya se ha descrito en el objetivo estratégico 7.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3140000

DENOMINACIÓN: Comedores escolares.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnado de Educación Secundaria Obligatoria escolarizado en centros públicos y privados concertados.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD:

Esta línea ya se ha descrito en el objetivo estratégico 7.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 9:

Garantizar la escolarización del alumnado de educación infantil y primaria. Escolarización total del alumnado de población dispersa.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0827000

DENOMINACIÓN: Transporte escolar. Ayudas individualizadas.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnos de Educación Primaria e Infantil en centros públicos de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Garantizar la escolarización del alumnado en infantil y primaría. Escolarización del alumnado de población dispersa.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La planificación, ordenación y ejecución de actuaciones relativas al transporte y comedor escolar, servicios escolares, escuela-hogar y otros de naturaleza análoga.

Alumnado en las etapas obligatorias, y segundo ciclo de educación infantil.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Facilitar el acceso a la educación en igualdad de condiciones, garantizando el derecho a la educación desarrollando acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situación desfavorable.

Hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación.

Cumplir el mandato de los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica 2/2006, garantizando la prestación gratuita de los servicios escolares de transporte y, en su caso, comedor e internado para el alumnado escolarizado en un municipio próximo al de su residencia por falta de oferta educativa.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Podrá acceder a las ayudas el alumnado escolarizado en un centro de un municipio diferente al de su residencia por no existir en este oferta educativa, así como en centros o aulas específicas de Educación Especial.

Alumnado que no pueda ser incluido en ninguna de las rutas de transporte colectivo autorizadas, en función de la distancia de su domicilio habitual al centro docente donde este escolarizado.

Las familias deberán solicitar la ayuda individual de transporte de acuerdo con los plazos establecidos.

Finalizado el plazo de subsanaciones y reclamaciones, a la vista del informe elaborado por la Comisión de Valoración, la persona titular de la dirección general con competencias en materia de centros docentes resolverá la concesión o denegación de las ayudas.

Los centros, una vez concluido el período lectivo del curso escolar, comprobaran que el alumnado ha cumplido la finalidad para la que se concede la ayuda.

5. Calendario:

Curso escolar.

6. Plazo necesario para su consecución:

Indefinido para cada curso escolar.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.238.000 € por curso.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el segundo trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de noviembre. Justificación de la ayuda una vez concluido el período lectivo del curso escolar.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

2.400 alumnos

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se ha cumplido con el plan establecido. Las personas que solicitaron la ayuda y cumplían los requisitos han resultado beneficiarias de esta ayuda el curso 2018/2019, habiendo aumentado el número de personas beneficiarias de las ayudas en un 18%, mientras que el presupuesto destinado a las mismas se ha incrementado en un 30,5%.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7893000

DENOMINACIÓN: Transporte escolar. Ayudas individualizadas.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnos de Educación Secundaria en centros públicos de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Garantizar la escolarización del alumnado en secundaria. Escolarización del alumnado de población dispersa.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La planificación, ordenación y ejecución de actuaciones relativas al transporte y comedor escolar, servicios escolares, escuela-hogar y otros de naturaleza análoga.

Alumnado en la etapa de secundaria obligatoria.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Facilitar el acceso a la educación en igualdad de condiciones, garantizando el derecho a la educación desarrollando acciones de carácter compensatorio en relación con las personas, grupos y ámbitos territoriales que se encuentren en situación desfavorable.

Hacer efectivo el principio de igualdad en el ejercicio del derecho a la educación.

Cumplir el mandato de los artículos 81 y 82 de la Ley Orgánica 2/2006, garantizando la prestación gratuita de los servicios escolares de transporte y, en su caso, comedor e internado para el alumnado escolarizado en un municipio próximo al de su residencia por falta de oferta educativa.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Podrá acceder a las ayudas el alumnado escolarizado en un centro de un municipio diferente al de su residencia por no existir en este oferta educativa, así como en centros o aulas específicas de Educación Especial.

Alumnado que no pueda ser incluido en ninguna de las rutas de transporte colectivo autorizadas, en función de la distancia de su domicilio habitual al centro docente donde este escolarizado.

Las familias deberán solicitar la ayuda individual de transporte de acuerdo con los plazos establecidos.

Finalizado el plazo de subsanaciones y reclamaciones, a la vista del informe elaborado por la Comisión de Valoración, la persona titular de la dirección general con competencias en materia de centros docentes resolverá la concesión o denegación de las ayudas.

Los centros, una vez concluido el período lectivo del curso escolar, comprobaran que los alumnos han cumplido la finalidad para las que se concede la ayuda.

5. Calendario:

Curso escolar.

6. Plazo necesario para su consecución:

Curso escolar.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



794.000 € por curso.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación de la convocatoria en el segundo trimestre del año. Resolución de la convocatoria en el mes de noviembre. Justificación de la ayuda una vez concluido el período lectivo del curso escolar.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

1.400 alumnos.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se ha cumplido con el plan establecido. Las personas que solicitaron la ayuda y cumplían los requisitos han resultado beneficiarias de esta ayuda el curso 2018/2019, habiendo aumentado el número de personas beneficiarias de las ayudas en un 18%, mientras que el presupuesto destinado a las mismas se ha incrementado en un 30,5%.



Línea de subvención:

CÓDIGO:S7412000

DENOMINACIÓN:Financiación parcial alumnado CAES.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Asociación Juan Pablo II – Gitanos y Marginados.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayuda para la financiación parcial del servicio de transporte del alumnado del centro docente privado concertado Madre Petra (Centro CAES).



1. Áreas de competencia afectadas y sectores hacia las cuales se dirigen las ayudas:

La planificación, ordenación y ejecución de actuaciones relativas al transporte y comedor escolar, servicios escolares, escuela-hogar y otros de naturaleza análoga.

Alumnado en la etapa de secundaria obligatoria.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayudar a las familias del alumnado escolarizado en el centro Madre Petra (Centro CAES), a sufragar los gastos del servicio de transporte.

3. Mecanismo:

Convenio.

4. Delimitación de las líneas básicas de les bases reguladoras:

Subvencionar parcialmente, con la firma de un convenio con la Asociación Juan Pablo II – Gitanos y Marginados titular del centro docente, la prestación del servicio complementario de transporte del centro Madre Petra (Centro CAES).

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costos previsibles para su realización y fuentes de financiación:



32.500 €.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Tramitación del convenio con el objetivo de firmarlo durante el segundo trimestre del año. La subvención se abona en un único pago mediante justificación previa. La entidad justifica los gastos durante el cuarto trimestre del año. Una vez revisada la justificación, se realiza la propuesta de pago por el importe del convenio.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Alumnado del centro usuario de transporte.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior

Se ha firmado el convenio cada año y se han visto beneficiados aproximadamente 204 alumnos diarios.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 10:

Garantizar la gratuidad de la enseñanza que prevé el art. 27 de la Constitución Española mediante conciertos educativos y convenios con otras entidades.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0061000

DENOMINACIÓN: Conciertos de régimen general.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnado de centros concertados de educación infantil y enseñanzas de carácter obligatorio y FP Básica.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Garantizar la gratuidad de la enseñanza prevista en el artículo 27 C.E. mediante conciertos educativos y convenios con otras entidades.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La previsión, proyección, tramitación, propuesta y ejecución de la gestión económica conducente al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los conciertos educativos.

Alumnado de centros concertados.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Escolarización gratuita del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, ESO y FP Básica en centros que disponen de concierto en estas etapas.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Subvencionar mediante los conciertos educativos la enseñanza en Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Especial, ESO y FP Básica.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico. Renovación cada 6 años en Educación Primaria y cada 4 años en Educación Infantil, Educación Especial, ESO, FP Básica, Ciclos Formativos y Bachillerato.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

616.008,67 € para el ejercicio 2020.

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

189.144 alumnos de centros con concierto de régimen general.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 11:

Ayudar a la gratuidad de la E. Primaria y ESO en seminario.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0062000

DENOMINACIÓN: Ayudas a Seminario menor diocesano de Orihuela.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Alumnado escolarizado en el seminario.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudar a la gratuidad de la enseñanza en Educación Primaría y ESO en el seminario.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La tramitación, propuesta y, en general, ejecución de los actos de gestión económica y administrativa que le correspondan, dentro del ámbito funcional del centro directivo y de acuerdo con lo que establezcan las disposiciones e instrucciones dictadas por los órganos competentes, conducente al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los conciertos educativos.

Alumnado escolarizado en el seminario.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayuda a la escolarización del alumnado de Educación Primaria y ESO en el seminario.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Ayudar a la gratuidad de la Enseñanza Primaria y ESO en el seminario.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

50.240 € por curso.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Alumnado escolarizado en el seminario de Orihuela.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 12:

Ayudar a la financiación del puesto escolar en centros públicos de titularidad diferente a la Generalitat.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6012000

DENOMINACIÓN: Ayudas al alumnado de centros públicos de titularidad de corporaciones locales acogidos a convenios.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Alumnado de los centros públicos de titularidad de corporaciones locales acogidas a convenios

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudar a la financiación del puesto escolar en centros públicos de titularidad de corporaciones locales de 2º ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La tramitación, propuesta y, en general, ejecución de los actos de gestión económica y administrativa que le correspondan, dentro del ámbito funcional del centro directivo y de acuerdo con lo que establezcan las disposiciones e instrucciones dictadas por los órganos competentes y modificación de los centros públicos que no son de titularidad de la Generalitat y de las enseñanzas que impartan.

Mancomunitat de l'Horta Sud: Centro de Educación Especial La Unión.

Ayuntamiento de Valencia: Centros Municipales.

Diputación Provincial de Valencia: Centro IVAF Luis Fortich.

Diputación Provincial de Castellón: Centro Penyeta Roja.

Diputación Provincial de Castellón: Centro Excelentísima Diputación.

Diputación Provincial de Alicante: Llar provincial d'Alacant.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayuda a la escolarización del alumnado de los centros públicos de titularidad de corporaciones locales, en segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial.

3. Mecanismo:

Convenios anuales.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Subvencionar con la firma de un convenio con el Ayuntamiento de Valencia, Diputación de Valencia, Diputación de Castellón, Diputación de Alicante y Mancomunitat de l'Horta Sud los gastos de los puestos escolares de los centros de su titularidad.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

8.022.250 € para 2020.

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

6 convenios.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 13:

Subvencionar parcialmente la escolarización del alumnado de niveles de enseñanza postobligatoria y enseñanza de carácter obligatorio.

Línea de subvención:

CÓDIGO: S8231000

DENOMINACIÓN: Conciertos de régimen singular.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Alumnado de centros concertados que imparten niveles de enseñanza postobligatoria y enseñanzas de carácter obligatorio.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Subvencionar parcialmente la enseñanza postobligatoria mediante conciertos educativos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La previsión, proyección, tramitación, propuesta y ejecución de la gestión económica conducente al cumplimiento de las obligaciones derivadas de los conciertos educativos.

Alumnado centros concertados que imparten niveles de enseñanza postobligatoria y enseñanzas de carácter obligatorio.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayuda a la escolarización del alumnado de enseñanza postobligatoria y enseñanzas de carácter obligatorio.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Subvencionar parcialmente la enseñanza postobligatoria por medio de conciertos educativos.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico. Renovación cada 4 años.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

82.445.990 €.

Fondos propios

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

26.781 alumnos de centros que tienen concierto de régimen singular.





DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y ENSEÑANZAS DE RÉGIMEN ESPECIAL



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Ayudar al mantenimiento de las escuelas de música y escuelas de música y danza, de carácter no reglado de conformidad con lo establecido en el artículo 32, del Título IV, de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música, de la Generalitat.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S1576 capítulo IV del programa 422.40

DENOMINACIÓN: subvenciones destinadas a escuelas de música y escuelas de música y danza dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: corporaciones locales o entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, titulares de escuelas de música y escuelas de música y danza que imparten enseñanzas no regladas y que figuran inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: subvenciones destinadas a escuelas de música y escuelas de música y danza, inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana, para contribuir a la financiación parcial de estos centros.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Escuelas de música y escuelas de música y danza inscritas en el registro de centros docentes dependientes de corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Dinamizar y democratizar la formación artística, acercándola a toda la población y fomentar el aprendizaje a lo largo de la vida.

– Facilitar la implantación del modelo de escuelas de música, de acuerdo con el Decreto 91/2013, de 5 de julio, por el que se regulan las escuelas de música.

– Favorecer el desarrollo social, económico, artístico y educativo fomentando la educación musical no formal como seña de identidad de la Comunidad Valenciana.

3. Mecanismo:

· Determinación de los requisitos de los beneficiarios.

· Procedimiento de la convocatoria y concesión de la subvención.

· Criterios de otorgamiento de la subvención.

· Pago anticipado del 70 %.

· Justificación de la concesión.

· Pago del 30% restante

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

Artículo 5 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de danza, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 7845 de 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV núm. 8092 de 26.07.2017).

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

Artículo 6 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de danza, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 7845 de 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV núm. 8092 de 26.07.2017).

4. Justificación de la concesión.

Artículo 8 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de danza, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 7845 de 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV núm. 8092 de 26.07.2017).

5. Calendario:

Años 2020-2024.

6. Plazo necesario para su consecución:

Cuatro años.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



11.300.000 euros en 2020, con propuestas de aumentos progresivos (financiación GVA).

8. Plan de acción:

1º Trimestre: elaboración y publicación de la convocatoria anual de estas subvenciones mediante una resolución de convocatoria.

2º Trimestre: elaboración y publicación de la concesión de subvenciones y pago anticipado del 70% de ésta.

3º y 4º Trimestre: Justificación de la concesión y pago del 30% restante de la subvención.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

· Gastos derivados de la contratación del personal docente en la escuela con titulación.

· Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente reguladora de estos centros.

· Evaluación del proyecto educativo del centro a través de la Programación General Anual y la Memoria de final de curso.

· Aspectos formativos del equipo directivo y el profesorado.

· Valoración de la calidad de la oferta formativa y proyectos de innovación e interdisciplinares con las artes escénicas desarrolladas en la escuela.

Volumen de escuelas solicitantes y alumnado atendido.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Expedientes presentados: 380

Requerimientos: 365

Expedientes con subvención denegada (Artículo 6.2 de las bases reguladoras): 4

Expedientes con subvención denegada (Artículo 2.3 de las bases reguladoras): 1

Expediente con subvención denegada (Artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre): 2

Expedientes con subvención denegada por dejación por parte del interesado. 2

Expedientes con subvención concedida: 371

Porcentaje a cubrir del funcionamiento de las escuelas (media): 33%

Porcentaje real cubierto del funcionamiento de las escuelas (media): 38%





OBJETIVO ESTRATÉGICO 2:

Ayudar al mantenimiento de las escuelas de danza, de carácter no reglado de conformidad con lo establecido en el artículo 32, del Título IV, de la Ley 2/1998, de 12 de mayo, Valenciana de la Música, de la Generalitat.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8123 capítulo IV del programa 422.40.

DENOMINACIÓN: subvenciones destinadas a escuelas de danza dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: corporaciones locales o entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana, titulares de escuelas de danza que imparten enseñanzas no regladas y que figuran inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: subvenciones destinadas a escuelas de danza, inscritas en el Registro de Centros Docentes de la Comunitat Valenciana, para contribuir a la financiación parcial de estos centros.





1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Escuelas de danza inscritas en el registro de centros docentes dependientes de corporaciones locales y entidades privadas sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

· Favorecer la normalización de escuelas de danza en la Comunitat Valenciana.

· Ayudar a la viabilidad económica de estas escuelas.

· Potenciar la ocupación de los profesionales de la danza, así como del resto de profesionales de las artes escénicas con titulación oficial.

· Fomentar las actividades formativas y culturales de artes escénicas en los centros.

· Favorecer la incorporación de otras disciplinas de artes escénicas como son el teatro o el circo a las escuelas de danza pera configurar escuelas de artes escénicas.

3. Mecanismo:

· Determinación de los requisitos de los beneficiarios.

· Procedimiento de la convocatoria y concesión de la subvención.

· Criterios de otorgamiento de la subvención.

· Justificación de la concesión.

· Pago de la subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

Artículo 5 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de danza, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 7845 de 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV núm. 8092 de 26.07.2017).

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

Artículo 6 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de danza, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 7845 de 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV núm. 8092 de 26.07.2017)

4. Justificación de la concesión

Artículo 8 de la Orden 42/2016, de 3 de agosto del conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a centros de enseñanza no reglada de música y de danza, dependientes de corporaciones locales o de entidades privadas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 7845 de 05.08.2016), modificada por la Orden 32/2017, de 24 de julio (DOGV núm. 8092 de 26.07.2017).

5. Calendario:

Años 2020-2024.

6. Plazo necesario para su consecución:

Cuatro años.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



150.000 euros en 2020 (financiación GVA).

8. Plan de acción:

1º Trimestre: elaboración y publicación de la convocatoria anual de estas subvenciones mediante una resolución de convocatoria.

2º Trimestre: elaboración y publicación de la concesión de subvenciones.

3º y 4º Trimestre: Justificación de la concesión y pago del 100% de la subvención.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

· Gastos derivados de la contratación del personal docente en la escuela con titulación.

· Cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa vigente reguladora de estos centros.

· Evaluación del proyecto educativo del centro a través de la Programación General Anual y la Memoria de final de curso.

· Aspectos formativos del equipo directivo y el profesorado

· Valoración de la calidad de la oferta formativa y proyectos de innovación e interdisciplinares con las artes escénicas desarrolladas en la escuela.

· Volumen de escuelas solicitantes y alumnado atendido.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Expedientes presentados: 5

Requerimientos: 4

Dotación presupuestaria: 150.000,00 €

Presupuesto no asignado: 0 €



Provincia Municipales Privadas

Alicante – 1

Castellón 1 -

València 2 1





DIRECCIÓN GENERAL DE INCLUSIÓN EDUCATIVA



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Promover actuaciones educativas inclusivas y que reduzcan las desigualdades.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3154

DENOMINACIÓN: Dotación económica por la realización de actividades de integración de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: alumnado de centros privados concertados escolarizado en centros de educación especial y unidades específicas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: fomentar actividades que favorezcan el desarrollo de habilidades sociales necesarias para integración del alumnado con necesidades educativas especiales.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Competencias afectadas: de acuerdo con el ROF vigente, corresponden al Servicio de Inclusión Educativa las competencias siguientes:

a) Desarrollar medidas académicas y organizativas para la compensación de las desigualdades en educación y la atención al alumnado que se encuentre en situación desfavorable.

b) Proponer la asignación de recursos materiales y personales para los alumnos con necesidades educativas específicas.

Sector educativo: alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en unidades específicas ubicadas en centros ordinarios y centros de Educación Especial.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Objetivo: diseñar respuestas para la atención al alumnado con necesidades educativas especiales.

Efectos: se pretende facilitar al alumnado el acceso a los recursos comunitarios y lugares de ocio, propiciando oportunidades de practicar habilidades funcionales en contextos reales, de desarrollo de competencias sociales y de autonomía e iniciativa personal necesarias para su inclusión en la sociedad.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvenciones, mediante resolución de la dirección general competente en Inclusión Educativa.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios: alumnado de centros privados concertados escolarizado en centros de educación especial y unidades específicas.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: La resolución de convocatoria recogerá la forma y el plazo para la presentación de las solicitudes, y para la resolución y notificación, así como la documentación e información que tiene que adjuntarse a la solicitud.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: La comisión técnica valorará los proyectos y memorias presentadas teniendo en cuenta las bases de la convocatoria, el ajuste a los modelos establecidos y otros aspectos que se determinarán.

4. Justificación de la concesión: Los centros privados concertados percibirán la subvención otorgada después de la justificación del cumplimiento de la finalidad para la cual se concedió.

5. Calendario:

Los centros privados concertados percibirán la subvención otorgada después de la justificación del cumplimiento de la finalidad para la cual se concedió.

3.º trimestre: Convocatoria anual mediante una resolución.

4.º trimestre: Resolución y justificación de la subvención.

6. Plazo necesario para su consecución:

Las actividades susceptibles de subvención tendrán que desarrollarse del 1 de septiembre hasta el 30 de junio de cada año, coincidiendo con el curso escolar.

La resolución de las subvenciones se realizará hasta el 31 de diciembre de cada año.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



212.130 €.

Fuente de financiación: Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Las líneas básicas de las bases reguladoras se concretan en la Orden 32/2016, de 12 de julio, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de actividades complementarias para el alumnado escolarizado en centros de educación especial o en unidades de educación especial ubicadas en centros ordinarios sostenidos con fondos públicos.

Las bases por las cuales se regirá la convocatoria y la distribución de las ayudas se efectuará anualmente, mediante la publicación de las correspondientes resoluciones.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Indicadores: Para conocer el grado de desempeño de los objetivos, esta unidad directiva establece los siguientes indicadores de seguimiento:

1. Relación entre el presupuesto ejecutado y el previsto inicialmente.

2. Proporción de alumnado beneficiado con relación al alumnado necesitado.

3. Número de centros educativos que participan en la convocatoria.

4. Relación entre la cantidad de actividades subvencionadas sobre el total de las actividades.

Evaluación: Derivado del seguimiento, se elaborará en el primer trimestre de cada ejercicio económico, un informe de evaluación sobre el ejercicio anterior, así como las propuestas para la mejora de los futuros planos.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Los centros privados concertados han percibido la subvención otorgada en las convocatorias de 2016, 2017, y 2018, después de que han garantizado el cumplimiento de la finalidad para la cual se concedió.

Para lo cual han tenido que justificar, en un plazo de 15 días hábiles desde la fecha de publicación de la resolución de concesión, documentalmente, por medio de facturas originales o copias compulsadas, y el resto de documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en los términos establecidos reglamentariamente.

La acreditación de los gastos también se ha podido hacer por medio de facturas electrónicas, cumpliendo los requisitos exigidos para su aceptación en el ámbito tributario.





DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y GESTIÓN DEL MULTILINGÜISMO



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Incrementar el uso del valenciano.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3166000

DENOMINACIÓN: Promoción del valenciano en el ámbito festivo.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: comisiones de fiestas de las Fallas, de la Magdalena, de las Hogueras y de Moros y Cristianos.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: ayudas a las comisiones o juntas de fiestas para la edición de los libretos o programas de fiestas en valenciano.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Promoción del uso del valenciano.

Asociaciones y comisiones de fiestas de las Fallas, de la Magdalena, de las Hogueras y de Moros y Cristianos.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Conservar el patrimonio cultural y el fomento del uso del valenciano, fomentar el valenciano en el ámbito festivo.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual, 5 años.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación: 300.000 €, fondos propios.

5. Líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el titular de la consellería, y justificación de las actividades dentro del plazo.

6. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvenciones.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Premios al uso del valenciano, 115.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7877000

DENOMINACIÓN: Ayudas a la emisión en valenciano en los medios de comunicación social.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: empresas de radio, TV, prensa escrita y prensa digital.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: fomentar el uso del valenciano en los medios de comunicación social.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Promocionar, velar e impulsar el uso del valenciano en los medios de comunicación social. Empresas de radio, TV, prensa escrita y prensa digital.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

La conservación del patrimonio cultural y el fomento del uso del valenciano, el fomento del valenciano en medios de comunicación social.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual, 5 años.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

2.850.000 €, fondos propios.

5. Líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el titular de la consellería y justificación de las actividades dentro del plazo.

6. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Medios de comunicación social en que se promueve el valenciano, 40.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3167000

DENOMINACIÓN: Promocionar el uso del valenciano en el ámbito local.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: ayuntamientos, mancomunidades de municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana y municipios del Carche: Yecla, Jumilla y Abanilla.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: ayudas a municipios, mancomunidades de municipios y entidades locales menores para la promoción del valenciano a través de las oficinas locales y comarcales.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Impulsar la colaboración para el fomento del uso del valenciano en el ámbito local.

Los ayuntamientos, mancomunidades de municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana y municipios del Carche: Yecla, Jumilla y Abanilla.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Realizar actividades de promoción del uso del valenciano.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual, 5 años.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

2.000.000 €, fondos propios.

5. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el titular de la consellería y justificación de las actividades dentro del plazo.

6. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

7. Calendario:

hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Colaboración en la promoción y el uso del valenciano, 90.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3168000

DENOMINACIÓN: Ayudas a empresas, comercios e industrias para el fomento del multilingüismo.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: empresas, comercios e industrias.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: ayudas para subvencionar las actividades de promoción del multilingüismo realizadas por las empresas, comercios e industrias.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Subvencionar la promoción del valenciano por parte de las empresas, comercios e industrias. La producción y realización de actividades musicales y la traducción de obras literarias realizadas por editoriales (personas jurídicas) para el fomento del multilingüismo. Subvencionar la emisión y publicación de anuncios (empresas de publicidad), la proyección de películas y la realización de obras teatrales en valenciano y el fomento de su uso en librerías.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

La realización de actividades de promoción del uso del valenciano en el sector comercial y empresarial, el fomento del valenciano en el ámbito socioeconómico.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual, 5 años.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

2.500.000 €, fondos propios.

5. Líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el titular de la consellería, y justificación de las actividades dentro del plazo.

6. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Ayudas que fomentan el multilingüismo, 50.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0091000

DENOMINACIÓN: Ayudas al fomento del valenciano.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: personas jurídicas públicas y privadas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: subvenciones a asociaciones, sindicatos, universidades, redes universitarias y otras entidades para el fomento del valenciano.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Fomentar y promover el uso del valenciano en el ámbito social a todos los efectos y sectorial.

Asociaciones cívicas sin finalidad lucrativa, sindicados, asociaciones profesionales, otras entidades sin finalidad lucrativa, universidades, redes universitarias.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Conservar el patrimonio cultural mediante ayudas a actividades de promoción del uso del valenciano y de fomento del multilingüismo en el ámbito social.

Fomentar el uso del valenciano en el ámbito universitario y en la docencia.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual, 5 años.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

2.500.000 €, fondos propios.

5. Líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el titular de la consellería y justificación de las actividades dentro del plazo.

6. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Cursos de promoción del valenciano, 750.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 2:

Mejorar el conocimiento del valenciano en la población adulta



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6954000

DENOMINACIÓN: subvenciones a la realización de prácticas profesionales.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: graduados en Filología y en Biblioteconomía y Documentación, Traducción e Interpretación, Derecho, Ciencias Políticas, Sociología, Comunicación Audiovisual, Publicidad, etc.

Descripción y finalidad: completar la formación práctica y la especialización profesional de personas graduadas.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Personas graduadas en áreas relacionadas con la comunicación en valenciano y la lingüística aplicada.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

En el marco de la política dirigida a la integración, mejora y especialización de las personas con titulación universitaria, estas becas tienen la finalidad de contribuir a la formación de especialistas en una diversidad de disciplinas que estudian la lengua o lo usan como herramienta fundamental desde perspectivas diversas.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual, 5 años.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

260.000 €, fondos propios.

5. Líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el titular de la consellería y justificación de las actividades dentro del plazo.

6. Mecanismo:

Convocatoria anual.

7. Calendario: Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de becas concedidas, 11.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8106000

DENOMINACIÓN: Subvenciones destinadas al fomento de la investigación en el ámbito de la planificación lingüística.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: investigadores del área de la lingüística aplicada.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: hacer estudios de lingüística aplicada que contribuyan al conocimiento del estado de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Fomentar y desarrollar estudios lingüísticos que contribuyen al conocimiento del estado de las lenguas oficiales de la Comunitat Valenciana.

Personas físicas y jurídicas que realizan trabajos de investigación y estudios.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Tener información detallada del conocimiento y del uso del valenciano.

Conocer las actitudes de la población hacia la lengua. Promover el uso del valenciano en los diferentes ámbitos sociales.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual, 5 años.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

75.000 €, fondos propios.

5. Líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el titular de la consellería y justificación de las actividades dentro del plazo.

6. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvenciones.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de subvenciones.







OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Fomento del multilingüismo en el ámbito social.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8101000

DENOMINACIÓN: Fomento del multilingüismo en el ámbito social.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa, según el artículo 168.1.A de la Ley 1/2015.

BENEFICIARIOS: la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, la Cruz Roja Española y la Federación de Personas Sordas de la Comunidad Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: participación directa de entidades sociales en la promoción del multilingüismo.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Ayudas a entidades para llevar a cabo actividades de promoción del valenciano y del multilingüismo.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Promover el valenciano en los diversos ámbitos de actuación de las entidades.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

110.000 €, fondos propios.

5. Regulación:

Las entidades subvencionadas tienen que promover las actividades que establece cada convenio y tienen que justificarlo adecuadamente, según indica cada convenio.

6. Mecanismo:

Convenio.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de 2019.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de cursos realizados y otras actividades llevadas a cabo.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8217000

DENOMINACIÓN: promoción del valenciano en universidades del exterior de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa, según el artículo 168.1.A de la Ley 1/2015.

BENEFICIARIOS: el Instituto Ramon Llull.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: ayuda para lectorados de valenciano en las universidades españolas y europeas.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Las ayudas se destinan al profesorado en las universidades del exterior, la actividad docente y académica, las actividades de formación para docentes y estudiantes, y las actividades de difusión y de promoción cultural.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

La colaboración entre la IRL y la Consellería para la promoción del valenciano en el ámbito universitario, mediante el establecimiento, el mantenimiento y la gestión de programas de lectorados en universidades ubicadas al exterior del ámbito lingüístico.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

175.000 €, fondos propios.

5. Regulación:

El Instituto Ramon Llull tiene que promover las actividades que establece el convenio y tiene que justificarlas adecuadamente, según indica el convenio.

6. Mecanismo:

Convenio.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de lectorados, 7, y número de actividades de formación y de promoción llevadas a cabo en las universidades del exterior, 15.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8572000

DENOMINACIÓN: Cátedra de Derechos Lingüísticos.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa, según el artículo 168.1.A de la Ley 1/2015.

BENEFICIARIOS: la Universitat de València.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: consolidar la Cátedra de Derechos Lingüísticos en la Universitat de València.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

La ayuda se destina a becas de investigadores, tesis, proyectos o premios, a la cooperación con otras universidades o con instituciones de la sociedad civil que trabajan por objetivos comunes, como por ejemplo instituciones de la Unión Europea y otras entidades públicas o privadas; a consolidar la cátedra como un centro de intercambio, debate y reflexión, a través de la organización de congresos, jornadas, etc. También tiene la finalidad de promover cursos sobre derechos lingüísticos y multilingüismo, de llevar a cabo actividades de divulgación científica y, finalmente, de definir una estrategia para la cátedra orientada al conocimiento y difusión permanente del los derechos lingüísticos y de las políticas de fomento del multilingüismo en todo el mundo, para hacer efectivos y garantizar realmente los derechos lingüísticos.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Colaboración para el mantenimiento, en la Universitat de València – Estudi General, de la cátedra, con el fin de realizar actividades relacionadas con la difusión y el reconocimiento de los derechos lingüísticos y la promoción del multilingüismo como elemento de desarrollo cultural y lingüístico sostenible.

3. Plazo necesario para la consecución:

Anual.

4. Costes previsibles para la realización y fuentes de financiación:

80.000 €, fondos propios.

5. Regulación:

La Universitat de València tiene que promover las actividades que establece el convenio y tiene que justificarlas adecuadamente, según indica el convenio.

6. Mecanismo: convenio.

7. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de actividades de formación, investigación y divulgación de los derechos lingüísticos y el multilingüismo llevadas a cabo, 8, y publicaciones, 6.





DIRECCIÓN GENERAL DE CULTURA Y PATRIMONIO



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Fomento de la promoción y difusión cultural y artística.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6418000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la promoción de las artes y la cultura.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudar a la realización de actividades y proyectos culturales y artísticos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política cultural valenciana, así como la actividad de creadores y artistas.

– Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Entidades y asociaciones sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Colaboración con las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro que participan en la organización y desarrollo de actividades de carácter cultural y artístico, a fin de fomentar la iniciativa no profesional dentro de este ámbito.

– Participación activa de la sociedad valenciana en la producción y recepción de actividades culturales y artísticas.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165, Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular del órgano competente y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



650.000,00 €. Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

277



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7884000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la internacionalización de empresas y entidades culturales.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas físicas y/o jurídicas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar con empresas y entidades culturales que contribuyan a la presencia en el exterior de la creación cultural valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política cultural valenciana, así como la actividad de creadores y artistas.

– Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Empresas y entidades culturales.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Colaboración con empresas y entidades culturales que contribuyan a la presencia en el exterior de la creación cultural valenciana.

– Internacionalización de la producción artística y cultural valenciana.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165, Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular del órgano competente y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



250.000,00 €. Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

48





OBJETIVO ESTRATÉGICO 2:

Fomentar la participación activa de entidades e instituciones en la promoción de la acción cultural ejercida por la administración autonómica.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S1343000

DENOMINACIÓN: Ayudas a la Fundación Cultural de la CV Miguel Hernández.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Cultural de la CV Miguel Hernández.

DESCRIPCIÓN I FINALIDAD: Financiación de gastos de funcionamiento y actividades de la Fundación y participación en el premio Internacional de Poesía Miguel Hernández.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política cultural valenciana, así como la actividad de creadores y artistas.

– Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Fundación de la CV Miguel Hernández.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Contribución a los gastos de funcionamiento y actividades culturales de la fundación.

– Difusión de la obra y legado de Miguel Hernández facilitando su acceso a la sociedad valenciana.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y la Consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



55.000,00 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio cada año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Porcentaje de ejecución de la subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ejecutó el 100%.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8588

DENOMINACIÓN: Mancomunidad de municipios de la Valldigna.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Mancomunidad de municipios de la Valldigna.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar las actividades de dinamización cultural del Monasterio de la Valldigna.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política cultural valenciana, así como la actividad de creadores y artistas.

– Propuesta y gestión de ayudas y subvenciones dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Monasterio de Santa Maria de la Valldigna y Mancomunidad de municipios de la Valldigna.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Fomentar las actividades de dinamización cultural del Monasterio de la Valldigna.

– Participación activa de entidades e instituciones de la CV en la producción, recepción y organización de actividades culturales y artísticas

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenio de colaboración, o resolución, en su caso.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente (o tramitación del pertinente procedimiento hasta llegar a la resolución, en su caso), cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



100.000,00 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio, o resolución en su caso, cada año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación: Porcentaje de ejecución de la subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

No constaba en el plan anterior.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Extensión y mejora de la red de infraestructuras culturales de uso público en toda la Comunitat Valenciana.



Línea de subvención:

CÓDIGO: 8224000

DENOMINACIÓN: Modernización de espacios escénicos.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entes públicos o privados y personas físicas propietarios o gestores de los espacios escénicos.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Reforma y modernización de instalaciones y equipaciones de espacios escénicos existentes.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Afecta a las instalaciones y la equipación de espacios escénicos existentes como centros culturales o parte de estos cuyas características son adecuadas para la representación de artes escénicas y musicales ante el público. Estas subvenciones se dirigen a los propietarios o gestores de salas escénicas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación: Se persigue la adaptación y la mejora de los espacios escénicos porque puedan continuar funcionando en condiciones adecuadas y dentro de la normativa técnica vigente.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por la comisión técnica, concesión por el titular de la consellería y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique a tal efecto.

5. Calendario:

Estas subvenciones coinciden con el año natural: se convoca a principios del ejercicio o anticipadamente a final del año anterior, y la gestión completa del procedimiento finaliza con el año natural.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.000.000,00 € o el importe que se consigne en la ley anual de presupuestos. Fondos propios.

8. Plan de acción:

En el periodo que contempla el Plan está previsto realizar cuatro convocatorias, una cada año. Se prevé también modificar las bases reguladoras aprobadas el 2017 para incorporar determinadas mejoras y correcciones que se hacen necesarias después de dos años de gestión.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes estimadas y número de beneficiarios. Grado de ejecución.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Año 2018: solicitudes 119. Subvenciones concedidas 24. Ejecución final: 55,60%.

Año 2019: solicitudes: 93. Subvenciones concedidas 41 Ejecución provisional: 63,25%.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7275000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la remodelación o reforma y construcción de los locales sociales de las sociedades musicales.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Sociedades musicales de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Programas de ayudas para la construcción y la remodelación de las infraestructuras de estas entidades.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Afecta las instalaciones y la equipación de espacios escénicos existentes como centros culturales o parte de estos cuyas características son adecuadas para la representación de artes escénicas y musicales ante el público. Estas subvenciones se dirigen a los propietarios o gestores de salas escénicas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Se persigue la adaptación y la mejora de los espacios escénicos para que puedan continuar funcionando en condiciones adecuadas y dentro de la normativa técnica vigente.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por la comisión técnica, concesión por el titular de la consellería y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique a tal efecto.

5. Calendario:

Estas subvenciones coinciden con el año natural: se convoca a principios del ejercicio o anticipadamente a final del año anterior, y la gestión completa del procedimiento finaliza con el año natural.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

1.000.000,00 € o el importe que se consigne en la ley anual de presupuestos. Fondos propios.

8. Plan de acción:

En el periodo que contempla el Plan está previsto realizar cuatro convocatorias, una cada año. Se prevé también modificar las bases reguladoras aprobadas el 2017 para incorporar determinadas mejoras y correcciones que se hacen necesarias después de dos años de gestión.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes estimadas y número de beneficiarios. Grado de ejecución.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Año 2018: solicitudes 119. Subvenciones concedidas 24. Ejecución final: 55,60%.

Año 2019: solicitudes 93. Subvenciones concedidas 41 Ejecución provisional: 63,25%.



Línea de subvención:

CÓDIGO: diversas (véase cuadro al final de los objetivos de esta Dirección General).

DENOMINACIÓN: Ayudas en infraestructura y equipación cultural.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIOS: Ayuntamientos y diputaciones, sociedades musicales y entidades privadas (véase cuadro al final).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomento de la construcción, reforma y mejora o equipación de las infraestructuras culturales de uso público de la Comunitat Valenciana para garantizar en todo el territorio el acceso a los corderos de la cultura.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Propuesta y gestión de ayudas y subvenciones destinadas a la construcción, reforma y mejora de las infraestructuras culturales de uso público. Propuesta y gestión de ayudas y subvenciones y convenios en el ámbito de la promoción cultural.

– Entidades locales, asociaciones y fundaciones.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Promover la construcción, adquisición, mejoras y reformas y equipación de cualquier tipo de instalaciones culturales, de uso público en toda la Comunitat Valenciana, colaborando en su financiación.

Fomento, promoción y difusión de las manifestaciones culturales y acceso a la cultura en todo el territorio.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las inversiones.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual. Hasta el año 2024.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



5,52 millones de euros el 2020 o la cantidad que se determine en las leyes de presupuestos anuales. Financiación con fondos propios.

8. Plan de acción:

Como que se trata de convenios subscritos todo en 2011 o antes, la actuación prevista se centra fundamentalmente en el seguimiento y control de ejecución de las inversiones. Se prevé alguna modificación de convenio y de programación de las anualidades.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Grado de ejecución de las inversiones.

10. Resultados de la Evaluación del plan estratégico anterior:

Durante el Plan Estratégico anterior han finalizado 29 convenios de los cuales 27 han sido ejecutados y dos no.



Cuadro correspondiente a «Ayudas en infraestructura y equipamiento cultural» del Objetivo Estratégico 2: Extensión y mejora de la red de infraestructuras culturales de uso público en toda la Comunitat Valenciana



Código línea Beneficiarios

S7222000 Fundació del CV Obra Social CAM

S0115000 Hogar Escuela Sant Bult

S0115000 Fundación Barón de Vallvert

S0115000 Diputació d'Alacant

S5524000 Diputació d'Alacant

S5932000 Ajuntament d'Alcoi

S7628000 Ajuntament de Beniarjó

S7623000 Ajuntament de Benigànim

S4464000 Diputació de Castelló

S5546000 Diputació de Castelló

S6607000 Ajuntament de Castelló de la Plana

S0115000 Ajuntament de Catarroja

S0278000 Ajuntament de Cocentaina

S6602000 Ajuntament de Dolores

S6005000 Ajuntament d'Ibi

S0115000 Ajuntament d'Onil

S5039000 Ajuntament de la Pobla Llarga

S5599000 Ajuntament de Teulada

S5931000 Ajuntament de Torrevieja

S0115000 Ajuntament de la Vila Joiosa

S0115000 Ajuntament de Xàtiva

S5998000 Societat Musical Casinense

S6640000 Unió Musical de Llíria

S7282000 Unión Artística Musical de Montroi

S6001000 A. C. Círculo Católico de Torrent

S7626000 Unió Musical de Torrent







OBJETIVO ESTRATÉGICO 4:

Fomentar la presencia de asociaciones, fundaciones y entidades en la vida cultural, como medio para mejorar la participación y el acceso a la cultura y formación de sus agentes.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S4463000

DENOMINACIÓN: Fundación Cañada Blanch de la CV.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Cañada Blanch de la CV.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Gastos de actividades dirigidas al fomento cultural.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– El fomento, promoción y difusión de las manifestaciones culturales; la propuesta y gestión de ayudas y subvenciones y convenios en el ámbito de la promoción cultural.

– Fundación Cañada Blanch.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Contribuir en la financiación de la organización de actividades formativas en materia cultural.

– Participación activa de la sociedad valenciana en la recepción de actividades culturales y artísticas.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



12.000,00 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio cada año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Porcentaje de ejecución de la subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ejecutó el 100%.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3222000

DENOMINACIÓN: Ayudas a entidades que promuevan actividades de promoción de la cultura tradicional valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Promoción de actividades vinculadas a la cultura valenciana y el patrimonio cultural inmaterial valenciano.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política cultural valenciana, así como la actividad de creadores y artistas.

– Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Asociaciones sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Contribuir a la promoción y organización de actividades y fiestas vinculadas a las tradiciones, la cultura y el patrimonio cultural inmaterial del pueblo valenciano.

– Participación activa de la sociedad valenciana en la recepción de actividades culturales y artísticas.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165, Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular del órgano competente y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



650.000,00 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

En el periodo que contempla el plan está previsto realizar cuatro convocatorias, una cada año. Se prevé también modificar las bases reguladoras aprobadas el 2016, unificándolas con las que regulan la convocatoria de subvenciones para la promoción de la cultura popular valenciana e incorporando determinadas mejoras y correcciones que se hacen necesarias después de dos años de gestión.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

132.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3217000

DENOMINACIÓN: Financiación de la Federación Valenciana de Aulas de la Tercera Edad.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación Valenciana de Aulas de la Tercera Edad (FEVATED).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Financiación de los gastos de funcionamiento y las actividades de la Federación Valenciana de Aulas de la Tercera Edad.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– El fomento, promoción y difusión de las manifestaciones culturales; la propuesta y gestión de ayudas y subvenciones y convenios en el ámbito de la promoción cultural.

– Federación Valenciana de Aulas de la Tercera Edad (FEVATED).

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Ofrecer una alternativa cultural a la tercera edad, favoreciendo la participación e integración social, contribuyendo al sostenimiento y la realización de actividades por parte de la Federación Valenciana de Aulas de la Tercera Edad (FEVATED).

– Participación activa de la sociedad valenciana en la recepción de actividades culturales y artísticas.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



30.000,00 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio cada año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Porcentaje de ejecución de la subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

En general, la Federación viene ejecutando todos los años el 100%.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 5:

Investigación, protección, restauración, mantenimiento y valorización del patrimonio cultural.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0046000

DENOMINACIÓN: Conservación Palmeral de Elche

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa

BENEFICIARIOS: Ayuntamiento de Elche

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Aportación en el Ayuntamiento de Elche para los gastos de funcionamiento del Patronato del Palmeral de Elche.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política del patrimonio cultural de la Comunitat Valenciana, así como la implicación cultural a la sociedad valenciana.

– Ayuntamiento de Elche.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Contribución a los gastos de funcionamiento del Patronato del Palmeral de Elche.

– La conservación y el mantenimiento y goce social del Palmeral declarado Patrimonio Mundial.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada mediante resolución del órgano competente.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Tramitación del pertinente procedimiento hasta llegar a la resolución, cumplimiento de las obligaciones legales y establecidas en la resolución y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



50.000,00 €. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una resolución cada año

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Porcentaje de ejecución de la subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ejecutó el 100%.





Línea de subvención:

CÓDIGO: S4478

DENOMINACIÓN: Ayudas a museos, colecciones museográficas y bienes muebles.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Ayuntamientos, universidades, fundaciones y asociaciones culturales sin ánimo de lucro) que sean titulares de Museos reconocidos, colecciones museográficas permanentes reconocidas y bienes muebles inventariados de la CV.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la adecuación, actualización y mejora de las instalaciones o equipaciones de los museos y colecciones; restauración de bienes muebles inventariados de la CV.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política museística valenciana, así como la implicación cultural de la sociedad valenciana. Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas, dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Entidades públicas locales, universidades, entidades culturales sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Colaborar con los titulares de los museos reconocidos Y colecciones museográficas permanentes reconocidas en la adecuación, actualización y mejora de las instalaciones o equipaciones de los museos y colecciones.

– Fomentar la restauración de bienes muebles incluidos al Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud acompañada de la documentación que indico la convocatoria, criterios de baremación por la comisión técnica, concesión por el consejero o por delegación en la Dirección General, y justificación de la realización de la actividad y de los gastos subvencionables.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

700.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación :

Número de solicitudes presentadas e importe concedido.

10. Resultado plan anterior:

Línea que ha contribuido a capitalizar y adecuar las instalaciones de numerosos museos valencianos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S005000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la conservación del Patrimonio Arqueológico Industrial.

MODO DE CONCESIÓN: Directa.

BENEFICIARIOS: Fundación para la protección del Patrimonio Histórico Industrial de Sagunto.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a la conservación del patrimonio histórico industrial de Sagunto a través del apoyo a los gastos de funcionamiento de la Fundación.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política patrimonial valenciana, así como la implicación cultural de la sociedad valenciana. Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas, dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Fundación Patrimonio Histórico Industrial de Sagunto.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Conservación, mantenimiento y goce social del patrimonio industrial de Sagunto, mediante la contribución a los gastos de funcionamiento de la Fundación.

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción de convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y de las pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



60.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tramitación y ejecución de la línea de ayuda en el plazo previsto.

10. Resultado plan anterior:

Se ha contribuido a avanzar en la protección del patrimonio cultural industrial.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8566

DENOMINACIÓN: Ayudas al Museo de Vilafamés.

MODO DE CONCESIÓN: Directa.

BENEFICIARIOS: Entidad gestora del museo de Vilafamés.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a las actividades museísticas y de promoción de los fondos del Museo de Vilafamés a través de la contribución a los gastos de funcionamiento.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política museística valenciana, así como la implicación cultural de la sociedad valenciana. Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas, dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Entidad gestora del Museo de Vilafamés.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Conservación, mantenimiento y goce social de los fondos y las actividades museísticas del Museo de Vilafamés, mediante la contribución a los gastos de funcionamiento de su entidad gestora.

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción de convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y de las pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



60.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tramitación y ejecución de la línea de ayuda en el plazo previsto.

10. Resultado plan anterior:

Se ha contribuido a apoyar a un museo singular de arte contemporáneo ubicado al mundo rural.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8579

DENOMINACIÓN: Ayudas a la Fundación Caja Vinaròs.

MODO DE CONCESIÓN: Directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Caja Vinaròs, entidad gestora del legado de Carles Santos.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a la conservación y difusión del legado de Carles Santos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Difusión de los bienes patrimoniales valencianos, particularmente en el ámbito de la música.

– Fundación Caja Vinaròs.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Conservación y difusión del legado de Carles Santos, y goce social de este patrimonio musical.

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción de convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y de las pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



20.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tramitación y ejecución de la línea de ayuda en el plazo previsto.

10. Resultado plan anterior:

Se ha contribuido a apoyar a la conservación y difusión del gran músico valenciano Carles Santos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6417

DENOMINACIÓN: Ayudas para la conservación y protección de los bienes inmuebles del patrimonio cultural de la C. Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Ayuntamientos, fundaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Recuperación, conservación y protección del patrimonio cultural inmueble de la C. Valenciana: arqueológico, arquitectónico, etnológico y paleontológico.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política del patrimonio cultural valenciano.

– Ayuntamientos, fundaciones, asociaciones y entidades culturales sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Recuperación, conservación y protección del patrimonio cultural inmueble de la C. Valenciana: arqueológico, arquitectónico, etnológico y paleontológico.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud acompañada de la documentación que indique la convocatoria, criterios de baremación por la comisión técnica, concesión por el consejero o por delegación en la Dirección General, y justificación de la realización de la actividad y de los gastos subvencionables.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.650.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes presentadas e importe concedido.

10. Resultado plan anterior:

Es la línea de ayudas al patrimonio cultural más demandada por los municipios.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6416

DENOMINACIÓN: Ayudas para los bienes valencianos declarados patrimonio mundial o de la humanidad por la UNESCO.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Ayuntamientos, fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Difusión, promoción y fomento del patrimonio cultural de la Comunidad Valenciana declarado por la UNESCO Patrimonio Mundial o Inmaterial de la Humanidad.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política del patrimonio cultural valenciano declarado patrimonio mundial o de la humanidad por la UNESCO.

– Ayuntamientos, fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Promoción, difusión, protección y fomento de la política del patrimonio cultural valenciano declarado patrimonio mundial o patrimonio inmaterial de la humanidad por la UNESCO.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud acompañada de la documentación que indique la convocatoria, criterios de baremación por la comisión técnica, concesión por el consejero o por delegación en la Dirección General, y justificación de la realización de la actividad y de los gastos subvencionables.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



50.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes presentadas e importe concedido.

10. Resultado plan anterior:

Contribución sostenida a la difusión de nuestro patrimonio inmaterial declarado por la UNESCO patrimonio de la humanidad.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8226

DENOMINACIÓN: Ayudas a planes generales de investigación arqueológica y paleontológica.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: universidades, fundaciones, ayuntamientos, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la conservación, recuperación y protección de yacimientos arqueológicos/paleontológicos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Investigación y protección y conservación de los bienes patrimoniales valencianos de naturaleza arqueológica y paleontológica.

– Universidades, fundaciones, asociaciones y entidades sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Promoción de la investigación y protección y conservación de los bienes patrimoniales valencianos de naturaleza arqueológica y paleontológica.

– Fomento de la elaboración y aplicación de Planes Generales de Investigación arqueológica y paleontológica de acuerdo con el Reglamento que regula las actuaciones arqueológicas a la CV.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud acompañada de la documentación que indique la convocatoria, criterios de baremación por la comisión técnica, concesión por el conseller o por delegación en la Dirección General, y justificación de la realización de la actividad y de los gastos subvencionables.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



250.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes presentadas e importe concedido.

10. Resultado plan anterior:

Línea demandada por los organismos de investigación (universidades y otras). Elaboradas las bases reguladoras de las ayudas, de importante complejidad técnica.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8227

DENOMINACIÓN: Ayudas a la recuperación de las construcciones de piedra en seco.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: ayuntamientos, mancomunidades, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Formación, inventario, recuperación, conservación, protección, musealización y difusión de la piedra en seco en la Comunidad Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Investigación y protección y conservación de los bienes patrimoniales valencianos vinculados a las construcciones de piedra seca.

– Ayuntamientos, mancomunidades, asociaciones, entidades sin ánimo de lucro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Catalogación, conservación, mantenimiento y recuperación de las construcciones de piedra seca presentes en la C. Valenciana.

– Protección y promoción del patrimonio valenciano de piedra seca, y fomento de la técnica de construcción en piedra seca.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud acompañada de la documentación que indique la convocatoria, criterios de baremación por la comisión técnica, concesión por el consejero o por delegación en la Dirección General, y justificación de la realización de la actividad y de los gastos subvencionables.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



300.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes presentadas e importe concedido.

10. Resultado plan anterior:

Acción con fuerte impacto en los municipios de las comarcas del interior.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 7:

Acciones de actualización del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8228

DENOMINACIÓN: Ayudas a redacción de catálogos y planes directores.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Ayuntamientos de la CV.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a la redacción de las bases previas de los catálogos de bienes y espacios protegidos, así como a la redacción de Planes Directores de Bienes de Interés Cultural.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Investigación documental y prospección arqueológica, protección y conservación de los bienes patrimoniales valencianos.

– Ayuntamientos.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Catalogación de los bienes patrimoniales presentes en los municipios valencianos.

– Protección legal a través del planeamiento urbanístico de los bienes patrimoniales y sus entornos.

– Planificación de las intervenciones y acciones de conservación preventiva de los bienes patrimoniales a través de los correspondientes Planes Directores.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art. 165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud acompañada de la documentación que indique la convocatoria, criterios de baremación por la comisión técnica, concesión por el consejero o por delegación en la Dirección General, y justificación de la realización de la actividad y de los gastos subvencionables.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



900.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes presentadas e importe concedido.

10. Resultado plan anterior:

Línea de carácter estratégico para una tutela eficiente del patrimonio cultural por parte de los municipios.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 11:

Fomentar la participación activa de entidades e instituciones en la promoción de la acción cultural por la administración autonómica.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S1354

DENOMINACIÓN: Ayudas a la fundación Museo-Archivo de la Naranja.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Museo Archivo de la Naranja.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a los gastos de funcionamiento de la Fundación y el Museo. Conservación del patrimonio histórico, etnológico y técnico.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política museística valenciana, así como la implicación cultural de la sociedad valenciana. Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas, dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Fundación Museo-Archivo de la Naranja.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Conservación del patrimonio histórico, etnológico y técnico a través de la contribución a los gastos de funcionamiento de la Fundación.

– Fomento de la participación y goce de la sociedad valenciana en la producción y recepción de actividades culturales y artísticas.

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción de convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y de las pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



6.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tramitación y ejecución de la línea de ayuda en el plazo previsto.

10. Resultado plan anterior:

La línea contribuye a la conservación del patrimonio técnico y etnológico valenciano.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S2843

DENOMINACIÓN: Ayudas a la fundación Barón de Vallvert.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Barón de Vallvert.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a los gastos de funcionamiento de la Fundación.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política museística valenciana, así como la implicación cultural de la sociedad valenciana. Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas, dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Fundación Barón de Vallvert.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Contribución a los gastos de funcionamiento de la Fundación.

– Conservación del patrimonio cultural de la Fundación Barón de Vallvert.

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción de convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y de las pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



6.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tramitación y ejecución de la línea de ayuda en el plazo previsto.

10. Resultado plan anterior:

Ejecutado al 100%.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S2972

DENOMINACIÓN: Ayuda a la Real Academia de Bellas Artes de San Carlos.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Real Academia de Bellas artes de San Carlos.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a los gastos de funcionamiento de la Academia.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política cultural valenciana, así como la implicación cultural de la sociedad valenciana. Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas, dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Real Academia de Bellas Artes de San Carlos.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Contribución a los gastos de funcionamiento de la Academia.

– Fomento de la participación y goce de la sociedad valenciana en la producción y recepción de actividades culturales y artísticas.

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción de convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y de las pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



100.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Un convenio por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tramitación y ejecución de la línea de ayuda en el plazo previsto.

10. Resultado plan anterior:

Ejecutado al 100%.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S4487

DENOMINACIÓN: Ayuda a la Fundación Marq.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Marq.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a los gastos de funcionamiento de la Fundación.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

– Promoción, difusión, protección y fomento de la política museística valenciana, así como la implicación cultural de la sociedad valenciana. Propuesta y gestión de ayudas, subvenciones y becas, dentro del ámbito funcional de la Dirección General de Cultura y Patrimonio.

– Fundación Marq.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

– Contribución a los gastos de funcionamiento de la Fundación.

– Fomento de la participación y goce de la sociedad valenciana en la producción y recepción de actividades culturales y artísticas.

3. Mecanismo:

Concesión directa, instrumentada mediante convenios de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción de convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y de las pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



140.000 euros. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria por año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Tramitación y ejecución de la línea de ayuda en el plazo previsto.

10. Resultado plan anterior:

El museo arqueológico de Alicante cuenta con un valioso fondo de piezas procedentes de los principales yacimientos de las comarcas del sur.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 12:

Línea de subvención: Ayudas para la digitalización, restauración de documentación histórica y mejora de instalaciones



CÓDIGO: S2160000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la digitalización, restauración de documentación histórica y mejora de instalaciones de los archivos municipales de la Comunidad Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Archivos municipales de la Comunidad Valenciana

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a la financiación de la digitalización, restauración y mejora de instalaciones de los archivos municipales y entidades locales menores.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan a la mejora del sistema archivístico valenciano en lo referente a archivos municipales.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a la financiación de la digitalización, restauración y mejora de instalaciones de los archivos municipales.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la consellería y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual.

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



375.000 €

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 13:

Línea de subvención: Ayudas a mancomunidades que prestan servicio mancomunado de archivos.



CÓDIGO: S8222000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la digitalización, restauración de documentación histórica y mejora de instalaciones.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Mancomunidades de municipios que prestan servicios mancomunados de archivos.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyo de archivos municipales.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan a la mejora del sistema archivístico valenciano. Municipios y mancomunidades.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a la financiación de los servicios mancomunados de archivos.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la consellería y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual.

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



120.000 €

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 14:

Línea de subvención: Becas de prácticas profesionales en el ámbito de las bibliotecas y archivos gestionados por la Generalitat.



CÓDIGO: S8108000

DENOMINACIÓN: Becas de prácticas profesionales en el ámbito de las bibliotecas y archivos gestionados por la Generalitat.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas físicas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Formación de jóvenes profesionales en los archivos y bibliotecas gestionadas miedo la Generalitat.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Sectores de archivos y bibliotecas gestionados por la Generalitat.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Mejora de la formación y de la capacitación de los profesionales del sector a través de prácticas en centros y servicios de archivos y bibliotecas de la Generalitat.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la consellería y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual.

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



250.000 €.

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de becas concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 15:

Línea de subvención: Convenio Asociación Archiveros de la Comunidad Valenciana. CAP: IV



CÓDIGO: S8110000

DENOMINACIÓN: Convenio Asociación Archiveros de la Comunidad Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Asociación de archiveros de la Comunidad Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Realización de actividades de apoyo a los servicios de archivo de pequeños municipios.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Sector Archivos. Associació d'Arxivers de la Comunitat Valenciana.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a la financiación de la realización de actividades de apoyo a los servicios de archivo de los municipios.

3. Mecanismo:

Línea nominativa y convenio anual

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



20.000 euros.

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control previstos en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas mediante la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 16:

Línea de subvención: Fundación Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Saavedra. Cap IV.



CÓDIGO: S0299000

DENOMINACIÓN: Fundación Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Saavedra.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Saavedra.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Aportación al funcionamiento de la Fundación.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Fundación Biblioteca Virtual Miguel de Cervantes Saavedra.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Aportación al funcionamiento de la Fundación.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada por medio de convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario: Anual.

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



10.000 euros. Financiación de los costes a través de los Presupuestos propios de la Generalitat.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control previstos en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas por medio de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido en cada línea de subvención.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 17:

Línea de subvención: Ayudas para la a adquisición de material bibliográfico para las bibliotecas y agencias de lectura de la red de la Generalitat



CÓDIGO: S2613000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la adquisición de material bibliográfico para las bibliotecas y agencias de lectura de la red de la Generalitat

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Entidades locales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Dotar e incrementar el fondo bibliográfico y de materiales especiales de las bibliotecas municipales y agencias de lectura que forman parte de la red de bibliotecas de la Comunitat.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan a la mejora del sistema bibliotecario valenciano en lo referente a bibliotecas municipales.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a la financiación para adquisición de material bibliográfico en bibliotecas y agencias de lectura de la red de la Generalitat.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la conselleria y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



700.000 € (Presupuesto 2020)

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de entidades solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 18:

Línea de subvención: Ayuda a bibliotecas municipales para actividades de fomento de la lectura.



CÓDIGO: S8112000

DENOMINACIÓN: Ayuda a bibliotecas municipales para actividades de fomento de la lectura.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Entidades locales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir al fomento de la lectura en las bibliotecas municipales y agencias de lectura que forman parte de la red de bibliotecas de la Comunitat.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan al fomento de la lectura en el ámbito de las bibliotecas municipales.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a la financiación para el fomento de la lectura en bibliotecas y agencias de lectura de la red de la Generalitat.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la conselleria y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



350.000 € (Presupuesto 2020)

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de entidades solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 19:

Línea de subvención: Ayuda para adquisición de mobiliario y material informático para las bibliotecas y agencias de lectura de la red de la Generalitat.



CÓDIGO: S8115000 (Cap. VII)

DENOMINACIÓN: Ayuda para adquisición de mobiliario y material informático para las bibliotecas y agencias de lectura de la red de la Generalitat.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Entidades locales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a la adquisición de mobiliario, equipamiento y material informático en las bibliotecas municipales y agencias de lectura que forman parte de la red de bibliotecas de la Comunitat.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan a la adquisición de mobiliario, equipamiento y material informático en el ámbito de las bibliotecas municipales.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir a la financiación de adquisición de mobiliario, equipamiento y material informático en las bibliotecas municipales y agencias de lectura que forman parte de la red de bibliotecas de la Comunitat.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la conselleria y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



250.000 € (Presupuesto 2020)

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de entidades solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.













OBJETIVO ESTRATÉGICO 20:

Línea de subvención: Ayuda a la participación en ferias internacionales del sector del libro.



CÓDIGO: S8145000

DENOMINACIÓN: Ayuda para la participación en ferias internacionales del sector del libro.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Editores, escritores, ilustradores y asociaciones del sector del libro en el ámbito de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir a la participación en ferias internacionales del sector del libro.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan a la participación en ferias internacionales del sector del libro.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Potenciar la internacionalización del sector editorial valenciano mediante el soporte a la participación en ferias internacionales del libro.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la conselleria y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



25.000 € (Presupuesto 2020)

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de entidades solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 21:

Línea de subvención: Ayuda a la producción editorial.



CÓDIGO: S1909000

DENOMINACIÓN: Ayuda a la producción editorial.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Editores en el ámbito de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Potenciar la distribución y comercialización de la producción de las editoriales del ámbito competencial de la Generalitat, tanto en castellano como en valenciano.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan a la producción editorial.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Potenciar la distribución y comercialización de la producción de las editoriales del ámbito competencial de la Generalitat, tanto en castellano como en valenciano.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la conselleria y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:

800.000 € (Presupuesto 2020)

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de entidades solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 22:

Línea de subvención: Ayuda a la difusión del libro y la lectura.



CÓDIGO: S7629000

DENOMINACIÓN: Ayudas a la difusión del libro y la lectura.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

ENTIDADES BENEFICIARIAS: Editores/as, asociaciones y fundaciones del sector del libro del ámbito de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Favorecer las iniciativas de libreros/as, ilustradores/as, tipógrafos/as, escritores/as, editores/as, fundaciones y asociaciones del sector del libro y la lectura en el ámbito de la Generalitat.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Gestión de las ayudas que desde la Generalitat se destinan a la difusión del libro y la lectura.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Favorecer las iniciativas de libreros/as, ilustradores/as, tipógrafos/as, escritores/as, editores/as, fundaciones y asociaciones del sector del libro y la lectura en el ámbito de la Generalitat.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (art.165 Ley 1/2015).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de la solicitud y documentación según la resolución de la convocatoria, baremación por comisión técnica, concesión por el titular de la conselleria y justificación de la realización de la actividad dentro del plazo que se indique.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



650.000 €. (Presupuesto 2020)

Fondos propios.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

A determinar entre el número de entidades solicitantes de subvenciones, el número de solicitudes estimadas y las comprobaciones de justificaciones de las subvenciones concedidas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 23:

Línea de subvención: Fundación Max Aub.



CÓDIGO: S1611000

DENOMINACIÓN: Fundación Max Aub.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación Max Aub.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Aportación al funcionamiento de la Fundación.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Fundación Max Aub.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Aportación al funcionamiento de la Fundación.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada por medio de convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre la entidad beneficiaria y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



30.000 euros (Presupuesto 2020).

Financiación de los costes a través de los Presupuestos propios de la Generalitat.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de la línea de subvención antecedente se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control respecto de la realización de las actividades subvencionadas por medio de la comprobación y control de la documentación de carácter económico-justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 24:

Línea de subvención: Fundación para el libro y la lectura.



CÓDIGO: S8109000

DENOMINACIÓN: Convenio de colaboración para el libro y la lectura.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundación para el libro y la lectura.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Realización de actividades de fomento de la lectura y de soporte al sector editorial y librero en el ámbito de la Generalitat.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Fundación para el libro y la lectura.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Aportación a la realización de actividades de fomento de la lectura y de soporte al sector editorial y librero en el ámbito de la Generalitat.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada por medio de convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre la entidad beneficiaria y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



290.000 euros (Presupuesto 2020).

Financiación de los costes a través de los Presupuestos propios de la Generalitat.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de la línea de subvención antecedente se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control respecto de la realización de las actividades subvencionadas por medio de la comprobación y control de la documentación de carácter económico-justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido.







OBJETIVO ESTRATÉGICO 25:

Línea de subvención: Convenio de colaboración Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana.



CÓDIGO: S8221000

DENOMINACIÓN: Convenio de colaboración Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Colegio Oficial de Bibliotecarios y Documentalistas de la Comunidad Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Realización de actividades de soporte a estos sectores profesionales.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Realización de actividades de soporte al sector profesional de bibliotecas y documentación.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Aportación a la realización de actividades de soporte a estos sectores profesionales.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada por medio de convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre la entidad beneficiaria y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



70.000 euros (Presupuesto 2020).

Financiación de los costes a través de los Presupuestos propios de la Generalitat.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de la línea de subvención antecedente se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control respecto de la realización de las actividades subvencionadas por medio de la comprobación y control de la documentación de carácter económico-justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 26:

Línea de subvención: Convenio de colaboración para el espacio Joan Fuster



CÓDIGO: S8565000

DENOMINACIÓN: Convenio de colaboración para el espacio Joan Fuster.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Ayuntamiento de Sueca.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la lectura y el estudio de la obra de Joan Fuster.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Realización de actividades de fomento de la lectura y el estudio de la obra de Joan Fuster.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Aportación a la realización de actividades de fomento de la lectura y el estudio de la obra de Joan Fuster.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada por medio de convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre la entidad beneficiaria y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



30.000 euros (Presupuesto 2020).

Financiación de los costes a través de los Presupuestos propios de la Generalitat.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de la línea de subvención antecedente se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control respecto de la realización de las actividades subvencionadas por medio de la comprobación y control de la documentación de carácter económico-justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 27:

Línea de subvención: Convenio de colaboración con la Federación de Institutos de Estudios Comarcales del País Valenciano.



CÓDIGO: S8583000

DENOMINACIÓN: Convenio de colaboración con la Federación de Institutos de Estudios Comarcales del País Valenciano.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación de Institutos de Estudios Comarcales del País Valenciano.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en el funcionamiento y en las actividades de la entidad para la promoción y realización de investigación y divulgación histórica del patrimonio cultural valenciano.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Funcionamiento y actividades de la entidad para la promoción y realización de investigación y divulgación histórica del patrimonio cultural valenciano.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Aportación al funcionamiento y la realización de actividades de la entidad para la promoción y realización de investigación y divulgación histórica del patrimonio cultural valenciano.

3. Mecanismo:

Concesión directa e instrumentada por medio de convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre la entidad beneficiaria y la consellería concedente, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario: Anual

Hasta el 31 de diciembre de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



45.000 euros (Presupuesto 2020).

Financiación de los costes a través de los Presupuestos propios de la Generalitat.

8. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de la línea de subvención antecedente se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control respecto de la realización de las actividades subvencionadas por medio de la comprobación y control de la documentación de carácter económico-justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido.





DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTE





OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Potenciar y promocionar la práctica del deporte y la actividad física entre la ciudadanía, fomentando la participación igualitaria y el trato igualitario en la práctica deportiva.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0106000.

DENOMINACIÓN: Deporte base. Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Entidades de iniciación al rendimiento.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades con equipos participantes en el nivel de iniciación al rendimiento.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar y facilitar la participación de equipos deportivos en edad escolar en la competición de mayor nivel de iniciación al rendimiento en los juegos deportivos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte base. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar y apoyar a las entidades con equipos participantes en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana en el nivel de iniciación al rendimiento. Se pretende financiar los gastos que se generan por cuotas de participación, que incluyen las inscripciones, licencias y arbitrajes y desplazamientos.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 23/2017, de 14 de junio, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades participantes en el nivel de iniciación al rendimiento en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio por tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 400.000 € – 2021: 440.000 € – 2022: 480.000 € – 2023: 520.000 € – 2024: 550.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de deportistas participantes IR:

2020: 23.000 – 2021: 23.500 – 2022: 24.000 – 2023: 24.500 – 2024: 25.000.

Número de equipos participantes IR:

2020: 2.400 – 2021: 2.450 – 2022: 2.500 – 2023: 2.550 – 2024: 2.600.

Número de entidades participantes IR:

2020: 530 – 2021: 540 – 2022: 550 – 2023: 560 – 2024: 570.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0281000.

DENOMINACIÓN: Deporte, actividad física y salud en centros educativos (PEAFS).

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Centros educativos privados concertados promotores de la actividad física y el deporte.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la realización de proyectos de deporte, actividad física y salud (PEAFS) integrados en el proyecto educativo del centro, para la formación en estilos de vida activos y saludables y la educación en valores.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte base. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar y apoyar los centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana para la realización de proyectos de deporte, actividad física y salud (PEAFS) que promuevan la actividad física y el deporte fuera del horario lectivo y que estén integrados en el proyecto educativo del centro, así como la implantación de la persona coordinadora PEAFS del centro.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 25/2017, de 29 de junio, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones y asignaciones económicas a centros educativos no universitarios sostenidos con fondos públicos de la Comunitat Valenciana para la realización de proyectos de deporte, actividad física y salud (PEAFS) que estén integrados en el proyecto educativo del centro, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio por tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 700.000 € – 2021: 750.000 € – 2022: 800.000 € – 2023: 850.000 € – 2024: 900.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

Estos costes incluyen también las asignaciones económicas en los colegios públicos que se financian a cargo del capítulo II.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de centros educativos promotores de la Educación Física y el Deporte– CEPAFE:

2020: 280 – 2021: 300 – 2022: 320 – 2023: 340 – 2024: 350.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S3377000

DENOMINACIÓN: Programa Hospi. Deporte.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación de Deportes Adaptados de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Favorecer el proceso de readaptación funcional y reinserción de personas con discapacidades graves, ingresadas en los hospitales de la Comunitat Valenciana, así como pacientes tratados con seguimiento extrahospitalario, mediante la práctica deportiva adaptada.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte adaptado y salud.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Favorecer el proceso de readaptación funcional y reinserción social de las personas con discapacidades graves, ingresadas en los hospitales de la Comunitat Valenciana, así como los pacientes tratados en hospitales en seguimiento extrahospitalario, mediante la iniciación en la práctica deportiva adaptada.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 60.000 € – 2021: 65.000 € – 2022: 70.000 € – 2023: 75.000 € – 2024: 80.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de beneficiarios en el año:

2020: 500 – 2021: 520 – 2022: 540 – 2023: 560 – 2024: 580.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido en parte la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos, como las aportaciones de otras instituciones a la financiación del programa.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6751000.

DENOMINACIÓN: Deporte base. Colaboración en la organización de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Federaciones.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana (según el anexo correspondiente de la ley de presupuestos de la Generalitat).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudar en los gastos realizados por las federaciones deportivas autonómicas en la colaboración específica en la organización y control de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, así como la asistencia y participación, si procede, en los campeonatos de España en edad escolar por selecciones autonómicas.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte base. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en la organización técnica de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana en los diferentes ámbitos y cumplir con las bases de competición y con los calendarios de ámbito provincial y autonómico, de acuerdo con la normativa y las directrices establecidas en la resolución de la convocatoria anual de los Jocs Esportius y aprobación de las bases por las que se regulan.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 350.000 € – 2021: 380.000 € – 2022: 400.000 € – 2023: 420.000 € – 2024: 450.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de deportistas participantes:

2020: 120.000 – 2021: 125.000 – 2022: 130.000 – 2023: 135.000 – 2024: 140.000.

Número de equipos participantes:

2020: 12.000 – 2021: 12.500 – 2022: 13.000 – 2023: 13.500 – 2024: 14.000.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido en parte la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos, como la implantación de un nuevo sistema informático de inscripciones en línea.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7890000.

DENOMINACIÓN: Deporte en la escuela.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar el deporte y la actividad física y sus beneficios en los centros educativos de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte base. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar la práctica de la actividad física y el conocimiento y divulgación de modalidades deportivas en el ámbito escolar, y formar en hábitos saludables y educación en valores.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 31/2017, de 17 de julio de 2017, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a federaciones deportivas para el desarrollo del programa Deporte en la escuela, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio por tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 500.000 € – 2021: 525.000 € – 2022: 550.000 € – 2023: 575.000 € – 2024: 600.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de deportes:

2020: 17 – 2021: 20 – 2022: 21 – 2023: 22 – 2024: 23.

Número de unidades didácticas:

2020: 1.200 – 2021: 1.400 – 2022: 1.600 – 2023: 1.800 – 2024: 2.000.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8135000.

DENOMINACIÓN: Deporte base. Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Ayuntamientos.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Ayuntamientos y entidades de ámbito local que organizan competiciones intermunicipales dentro de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la participación en las fases intermunicipales de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y colaborar en su organización.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte base. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Ayudar a las entidades locales en la financiación de los gastos ocasionados en la organización de las fases intermunicipales de los Jocs Esportius, que se hagan coincidiendo con el curso escolar o temporada deportiva.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 91/2016, de 27 de diciembre de 2016, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las entidades locales que organizan competición intermunicipal dentro de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio por tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 200.000 € – 2021: 220.000 € – 2022: 240.000 € – 2023: 260.000 € – 2024: 280.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de entidades locales beneficiarias:

2020: 18 – 2021: 20 – 2022: 22 – 2023: 24 – 2024: 26.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido en parte la previsión hecha en Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos, como la coordinación entre ayuntamientos y entidades locales organizadoras.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8138000.

DENOMINACIÓN: Promoción de la integración.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Entidades deportivas sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyar a la promoción de la integración de los colectivos más desfavorecidos a través de la actividad física y el deporte.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte integración colectivos de la diversidad.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Promover y apoyar a actuaciones y proyectos destinados específicamente a colectivos de la diversidad, para favorecer su integración a través de la actividad física y el deporte.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 17/2017, de 12 de mayo, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades locales y entidades sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana que promocionan la integración de los colectivos de la diversidad a través de la actividad física y el deporte, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio por tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 500.000 € – 2021: 525.000 € – 2022: 550.000 € – 2023: 575.000 € – 2024: 600.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente. Se está tramitando una modificación de esta orden de bases reguladora.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de programas beneficiarios:

2020: 100 – 2021: 110 – 2022: 120 – 2023: 130 – 2024: 140.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido en parte la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8214000.

DENOMINACIÓN: Aula ciclista.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación de Ciclismo de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la práctica de la actividad física y el conocimiento y divulgación del ciclismo en el ámbito escolar, fomentar el uso de la bicicleta como modelo de movilidad sostenible y formar en hábitos saludables y educación en valores.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte base. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Enseñar al alumnado la práctica del ciclismo, desde su uso recreativo hasta su práctica como deporte, fomentando el uso de la bicicleta como modelo de movilidad saludable y sostenible.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 200.000 € – 2021: 225.000 € – 2022: 250.000 € – 2023: 275.000 € – 2024: 300.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de centros escolares participantes:

2020: 125 – 2021: 150 – 2022: 175 – 2023: 200 – 2024: 225.

Número de alumnos participantes:

2020: 5.000 – 2021: 6.000 – 2022: 7.000 – 2023: 8.000 – 2024: 9.000.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

La línea nominativa estaba incluida en el plan anterior, por la modificación realizada en 2019 y por tanto, las actuaciones son recientes y limitadas a los últimos meses de este año, los resultados se consideran positivos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8215000.

DENOMINACIÓN: Deporte universitario-CADU.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Universidades de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyar y fomentar el deporte universitario y contribuir a la organización del Campeonato Universitario de la Comunitat Valenciana (CADU), que da acceso a los campeonatos de España universitarios.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte universitario.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar el deporte universitario y apoyar los gastos que ocasione la participación de los distintos equipos de cada universidad en alguna de las modalidades deportivas convocadas dentro del Campeonato Autonómico de Deporte Universitario de la Comunitat Valenciana– CADU.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 40/2017, de 18 de octubre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a fomentar el deporte universitario y contribuir a la organización del Campeonato Autonómico de Deporte Universitario de la Comunitat Valenciana (CADU), establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 200.000 € – 2021: 225.000 € – 2022: 250.000 € – 2023: 275.000 € – 2024: 300.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de universitarios participantes:

2020: 3.000 – 2021: 3.200 – 2022: 3.400 – 2023: 3.600 – 2024: 3.800.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Incluido en el plan anterior por modificación en 2019 y se ha cumplido la previsión hecha en cuanto a indicadores, fundamentalmente para la correcta liquidación de los costes previsibles para su realización, aunque los resultados también dependen de otros factores organizativos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8585000.

DENOMINACIÓN: Promoción del colpbol.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Asociación de Amigos del Colpbol.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en la organización de los Jocs Esportius en la modalidad del colpbol y en el Campeonato de España de Colpbol, que se organiza anualmente en la Comunitat Valenciana y en la promoción del colpbol en el ámbito escolar.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte y la actividad física.

Deporte base. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Promoción del colpbol como actividad física deportiva coeducativa e inclusiva, en el ámbito escolar, con la organización de los Jocs Esportius y el Campeonato de España de Colpbol.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 20.000 € – 2021: 22.000 € – 2022: 24.000 € – 2023: 26.000 € – 2024: 28.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de participantes en Jocs Esportius:

2020: 5.000 – 2021: 5.200 – 2022: 5.500 – 2023: 5.800 – 2024: 6.000.

Número de equipos en Campeonato de España:

2020: 20 2021: 22 – 2022: 25 – 2023: 28 2024: 30.

Número de participantes en Campeonato de España:

2020: 150 – 2021: 200 – 2022: 250 – 2023: 300 – 2024: 350.

Número de talleres y acciones:

2020: 10 – 2021: 15 – 2022: 18 – 2023: 20 – 2024: 25.

Número de escuelas de colpbol:

2020: 2 – 2021: 4 – 2022: 6 – 2023: 8 – 2024:10.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

La línea nominativa estaba incluida en el plan anterior, por la modificación realizada en 2019 y por tanto, las actuaciones son recientes y limitadas a los últimos meses de este año, los resultados se consideran positivos.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 2

Apoyar a la actividad fundamental de las federaciones y de los estamentos que las conforman como vehículo de promoción del deporte igualitario e inclusivo, promoviendo la implantación progresiva de planes de igualdad en el seno de las federaciones deportivas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S0107000.

DENOMINACIÓN: Deporte federado.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Garantizar el ejercicio de las funciones públicas de carácter administrativo que tienen encomendadas según la Ley 2/2011 y para colaborar en los programas de tecnificación deportiva.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Fomento del deporte federado.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar a las federaciones deportivas en su funcionamiento y actividad deportiva, así como en la ejecución de programas especiales de tecnificación deportiva.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 46/2016, de 5 de agosto, de la Consellería de Educación, Investigación Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del deporte federado y los programas de tecnificación deportiva en la Comunitat Valenciana, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades desde enero hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 2.000.000 € – 2021: 2.200.000 € – 2022: 2.350.000 € – 2023: 2.500.000 € – 2024: 2.700.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Está vigente la Orden 46/2016, de 5 de agosto, de la Consellería de Educación, Investigación Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del deporte federado y los programas de tecnificación deportiva en la Comunitat Valenciana y está prevista la redacción de una nueva orden de bases que la sustituya.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Federaciones deportivas:

2020: 54 – 2021: 55 – 2022: 55 – 2023: 55 – 2024: 55.

Subvención media:

2020: 37.037 € – 2021: 40.000 € – 2022: 42.727 € – 2023: 45.454 € – 2024: 49.090 €.

Deportistas federados:

2020: 423.700 – 2021: 425.000 – 2022: 427.000 – 2023: 429.500 – 2024: 432.000.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente por el buen cumplimiento del número de deportistas federados. Así, el plan preveía un número de deportistas federados a finales de 2019 de 375.000 y, finalmente, se ha logrado una cifra superior, en concreto, de 422.552 deportistas. La subvención media prevista a finales del plan anterior era de 37.037 euros por federación y ha sido de 34.407 euros.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8243000.

DENOMINACIÓN: Asociación de Federaciones Deportivas de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Asociación de Federaciones Deportivas de la Comunitat Valenciana CONFEDECOM.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la cooperación entre federaciones deportivas en la prestación homogénea de servicios y ejecución común de las funciones que tienen encomendadas.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Fomento del deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar a las federaciones deportivas en su funcionamiento y actividad deportiva, así como en la ejecución de programas comunes a todas las federaciones.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio de las actividades desde enero hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 150.000 € – 2021: 150.000 € – 2022: 150.000 € – 2023: 150.000 € – 2024: 150.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Deportistas federados:

2020: 423.700 – 2021: 425.000 – 2022: 427.000 – 2023: 429.500 – 2024: 432.000.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se trata de una línea nominativa creada en 2018 e incluida en el plan anterior, por la modificación realizada en 2019; sin embargo, el número de federaciones que han recibido asesoramiento y que cuentan con página web en castellano y valenciano ha sido significativo.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8142000.

DENOMINACIÓN: Selecciones nacionales valencianas.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Financiar gastos corrientes de las selecciones nacionales valencianas de la Comunitat Valenciana. Homogeneizar la imagen del deporte de la Comunitat Valenciana en competiciones supracomunitarias.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Deporte de élite -Tecnificación deportiva.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar a la participación de las selecciones deportivas de la Comunitat Valenciana en los campeonatos de España oficiales por selecciones autonómicas, a fin de mejorar la imagen de la Comunitat Valenciana y equipar las selecciones de una forma homogénea.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 62/2016, de 28 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las federaciones deportivas con participación como selecciones de la Comunitat Valenciana en los campeonatos de España, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades en enero, hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 200.000 € – 2021: 225.000 € – 2022: 250.000 € – 2023: 275.000 € 2024: 300.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Está vigente la Orden 62/2016, de 28 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las federaciones deportivas con participación como selecciones de la Comunitat Valenciana en los campeonatos de España. Está prevista la redacción de una nueva orden de bases que la sustituya.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de federaciones beneficiarias

2020: 40 – 2021: 40 – 2022: 42 – 2023: 42 – 2024: 42.

Subvención media:

2020: 5000 – 2021:5500 34 – 2022: 6000 – 2023: 6.500 – 2024: 7000.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido en parte la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores fundamentales. Así el plan preveía en 2019 un número de federaciones beneficiarias de 50 con una ayuda media de 3.000 €, y se ha llegado a 39 federaciones con una ayuda media superior de 3.800€. Se debe considerar que el número de campeonatos y, por tanto, de federaciones beneficiarias depende de las convocatorias de las federaciones españolas. En todo caso se han cumplido los objetivos de la línea de actuación y se ha favorecido de forma efectiva la uniformidad de las selecciones valencianas en estos campeonatos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6413000.

DENOMINACIÓN: Planes de especialización deportiva de Cheste.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyo a los planes de especialización deportiva de Cheste para que los jóvenes y las jóvenes deportistas puedan compatibilizar sus estudios con la práctica deportiva.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Deporte de élite – Tecnificación deportiva.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Concesión de las subvenciones destinadas a sufragar los gastos ocasionados por el desarrollo de un plan de especialización deportiva y para la selección y permanencia del alumnado en estos planes.

3. Mecanismo:

Concurrencia competitiva.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 47/2016, de 5 de agosto, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de los planes de especialización deportiva, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades, en enero hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 500.000 € – 2021: 550.000 € – 2022:600.000 € – 2023: 650.000 € 2024: 700.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Está vigente la Orden 47/2016, de 5 de agosto, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al desarrollo de los planes de especialización deportiva.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de planes de especialización subvencionados:

2020: 14 – 2021: 14– 2022: 15 – 2023: 15 – 2024: 16.

Número de deportistas matriculados:

2020: 340 – 2021: 350 – 2022: 360 – 2023: 380 – 2024: 400.

Ayuda media:

2020: 35.500 €– 2021:38.500 € – 2022: 40.000 € – 2023: 43.000 € – 2024: 43.000 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores fundamentales y se han superado los valores en algunos casos. Se han logrado los objetivos de la línea de actuación llegando a 14 planes con ayudas medias de 32.500 €; se ha atendido a 340 deportistas, y se ha favorecido de forma efectiva la compatibilización de actividad y la formación integral de los deportistas y las deportistas participantes.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6412000.

DENOMINACIÓN: Programas de tecnificación en centros de alto rendimiento y en centros de tecnificación deportiva.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas en centros de alto rendimiento y centros de tecnificación deportiva (según el anexo correspondiente de la Ley de presupuestos de la Generalitat).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Contribuir al funcionamiento de centros de alto rendimiento y de tecnificación deportiva de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Deporte de élite – Tecnificación deportiva.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Contribuir al funcionamiento de centros de alto rendimiento y de tecnificación deportiva de la Comunitat Valenciana en el desarrollo de programas deportivos de tecnificación.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, programa deportivo a desarrollar con presupuesto, deportistas que se preparan y nivel de resultados, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio dentro del año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 450.000 € – 2021: 500.000 € – 2022: 550.000 € – 2023: 600.000 € – 2024: 650.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Deportes en centros de alto rendimiento o tecnificación deportiva:

2020: 11 – 2021: 11– 2022: 12 – 2023: 12– 2024: 12

Ayuda media:

2020: 40.000 €– 2021:45.000 € – 2022: 45.000 € – 2023: 50.000 € – 2024: 55.000 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores fundamentales y se han superado los valores en algunos casos. Se han cumplido los objetivos de la línea de actuación llegando a 9 federaciones con programa deportivo en centros de alto rendimiento y tecnificación deportiva, con ayuda media de 43.000 €; se han atendido cerca de 375 deportistas por año, y se ha favorecido de forma efectiva la actividad de programas deportivos en 4 centros de alto rendimiento y tecnificación deportiva calificados.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S2521000.

DENOMINACIÓN: Ayuda para material inmovilizado de carácter deportivo.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Adquisición de equipación deportiva para mejorar el rendimiento de los deportistas de élite que participan en programas especiales de tecnificación y planes de especialización deportiva y equipación para federaciones deportivas.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Fomento del deporte federado.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Las subvenciones tendrán como finalidad ayudar en la adquisición de material inmovilizado de carácter deportivo u otro para que se utilice en los planes de especialización deportiva o programas de tecnificación deportiva, para mejorar el rendimiento de los deportistas que participan.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 56/2016, de 21 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las federaciones deportivas para la adquisición de material inmovilizado, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades en enero, hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 200.000 € – 2021: 225.000 € – 2022: 250.000 € – 2023: 275.000 € – 2024: 300.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Está vigente la Orden 56/2016, de 21 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a las federaciones deportivas para la adquisición de material inmovilizado y está prevista la redacción de una nueva orden de bases que la sustituya.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Federaciones beneficiarias:

2020: 34 – 2021: 34 – 2022: 36 – 2023: 36 – 2024: 38.

Subvención media:

2020: 6.000 € – 2021: 6.500 € – 2022: 7.000 € – 2023: 7.500 € – 2024: 7.750 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 y se ha mejorado en cuanto a indicadores fundamentales. Hay unas cifras superiores y más adecuadas a los objetivos que se pretenden con 34 federaciones beneficiarias y con una ayuda media de 5.882 €. Esto permite mejorar el material para la preparación de los deportistas y su seguridad.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S2142000.

DENOMINACIÓN: Competiciones deportivas.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas, ayuntamientos, entidades locales y clubes deportivos de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyo para la organización de acontecimientos deportivos de carácter especial, como vehículo de promoción del deporte en la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Fomento del deporte federado.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Las subvenciones deben tener como finalidad apoyar a la organización y a la realización de acontecimientos deportivos especiales de carácter internacional o nacional que se realizan en la Comunitat Valenciana de noviembre del año anterior a la convocatoria a octubre del año de la convocatoria.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 55/2016, de 21 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la organización de acontecimientos deportivos especiales en la Comunitat Valenciana, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades en enero, hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 650.000 € – 2021: 715.000 € – 2022: 775.000 € – 2023: 850.000 € – 2024: 950.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Lo establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Acontecimientos y competiciones beneficiarios:

2020: 173 – 2021: 200 – 2022: 205 – 2023: 210 – 2024: 215.

Subvención media:

2020: 3.250 € – 2021: 3.500 € – 2022: 3.750 € – 2023: 4.000 € – 2024: 4.500 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores fundamentales y se han superado los valores estimados. Así el plan preveía llegar a un número de 175 acontecimientos con una subvención media de 2.000 €, que se ha superado y ha llegado a 196 acontecimientos con ayuda media de 3.300 €. Se han cumplido los objetivos de la línea de actuación y se ha favorecido de forma efectiva la organización de los acontecimientos deportivos especiales y con mayor dinamismo deportivo en la Comunitat Valenciana.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8244000.

DENOMINACIÓN: Organización de campeonatos de Europa y del mundo en máximas categorías y competiciones de nivel equiparable.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federaciones deportivas, clubes deportivos y entidades sin ánimo de lucro según el anexo que figure en las leyes de presupuestos de la Generalitat.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyar a la organización de campeonatos del mundo y de Europa y competiciones de nivel equiparable que por su excepcionalidad se consideran de interés público para la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Fomento del deporte federado.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar a la organización y celebración de los acontecimientos deportivos según el anexo que figure en las leyes de presupuestos de la Generalitat y que se consideran de interés público para la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

Por resoluciones nominativas.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La resolución anual de concesión establece el objeto y finalidad, obligaciones de la entidad y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio dentro del año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



Total de la línea nominativa, desglosado en diferentes beneficiarios según el anexo de las leyes de presupuestos.

2020: 916.000 € – 2021: 1.000.000 € – 2022: 1.100.000 € – 2023: 1.200.000 € – 2024: 1.300.00 €.

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Resolución anual.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de campeonatos y de competiciones.

2020: 42 – 2021: 42– 2022: 45 – 2023: 45 – 2024: 45.

Ayuda media:

2020: 22.000 € – 2021:24.000 € – 2022: 24.000 € – 2023: 26.000 € – 2024: 28.000 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

La línea nominativa estaba incluida en el plan anterior, por la modificación realizada en 2019. Se ha cumplido la previsión hecha en el plan anterior en cuanto a indicadores fundamentales, puesto que se han atendido 24 campeonatos del mundo y de Europa con ayudas medias de 20.000 €.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S2170000.

DENOMINACIÓN: Apoyo a clubes deportivos.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Clubes deportivos y secciones deportivas de las universidades de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyo a los clubes que participan en competiciones oficiales internacionales y/o ligas de máxima categoría nacional de deporte no profesional.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los cuales se dirigen las ayudas:

Deporte de élite – Tecnificación deportiva.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyar a los clubes deportivos de élite y secciones deportivas de las universidades de la Comunitat Valenciana, con participación en competiciones oficiales internacionales o ligas de máxima categoría estatal de deporte no profesional.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 39/2017, de 18 de octubre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a los clubes deportivos de élite con participación en competiciones oficiales internacionales o ligas de máxima categoría estatal de deporte no profesional, y la Orden 28/2018, de 21 de junio, de la Consellería de Educación, Investigación Cultura y Deporte, por la que se modifica parcialmente la Orden 39/2017, de 18 de octubre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, regulan y establecen:

1. Requisitos de los beneficiarios.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades en enero, hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 850.000 € – 2021: 935.000 € – 2022: 1.025.000 € – 2023: 1.150.000 € – 2024: 1.250.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Actualmente están vigentes la Orden 39/2017, de 18 de octubre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a los clubes deportivos de élite con participación en competiciones oficiales internacionales o ligas de máxima categoría estatal de deporte no profesional, y la Orden 28/2018, de 21 de junio, de la Consellería de Educación, Investigación Cultura y Deporte, por la que se modifica parcialmente la Orden 39/2017, de 18 de octubre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte.

Está prevista la redacción de una nueva orden de bases que las sustituya.

Anualmente con una resolución de la dirección general competente se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de entidades subvencionadas:

2020: 54 – 2021: 56 – 2022: 58 – 2023: 60 – 2024: 62.

Subvención media:

2020: 15.750 € – 2021:16.500 € – 2022: 17.500 € – 2023: 19.000 € – 2024: 20.000 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a los indicadores fundamentales y se han superado los valores en algunos casos. Se han cumplido los objetivos de la línea de actuación y se ha favorecido de forma efectiva la participación de equipos de clubes de la Comunitat Valenciana en participaciones internacionales y ligas de máxima división estatal.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7210000.

DENOMINACIÓN: Premios deporte olímpico y paralímpico.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Deportistas de élite de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyo a los deportistas de élite de la Comunitat Valenciana en su clasificación y preparación para los juegos olímpicos y paralímpicos, campeonatos del mundo y de Europa.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Deporte de élite – Tecnificación deportiva.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Apoyo a deportistas de la Comunitat Valenciana en su clasificación y preparación para los juegos olímpicos y paralímpicos, campeonatos del mundo y de Europa.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 58/2016, de 23 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de premios al deporte olímpico y paralímpico, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención. Convocatoria de ayudas.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención: resultados deportivos acreditados.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades en enero, hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 450.000 € – 2021: 500.000 € – 2022: 550.000 € – 2023: 600.000 € – 2024: 675.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Lo establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de deportistas con ayuda:

2020: 140 – 2021:150 – 2022: 160 – 2023: 170 – 2024: 180.

Ayuda media:

2020: 3.250 € – 2021: 3.350 € – 2022: 3.450 € – 2023: 3.500 € – 2024: 3.750 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores fundamentales y se han superado los valores en algunos casos. Las ayudas han llegado a 131 deportistas con ayudas medias de 3.000 €. Se han cumplido los objetivos de la línea de actuación y se ha favorecido de forma efectiva la ayuda para los deportistas y las deportistas de la Comunitat Valenciana representantes en juegos olímpicos y paralímpicos y en otras competiciones internacionales.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8143000.

DENOMINACIÓN: Becas académicas deportivas.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Deportistas de élite de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas a los deportistas de élite para sufragar los gastos ocasionados por sus estudios y formación académica como incentivo económico para sus resultados deportivos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Deporte de élite – Tecnificación deportiva.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

La finalidad de las becas académicas deportivas objeto de estas bases reguladoras es la de ayudar los deportistas y las deportistas de élite a sufragar en parte los gastos ocasionados por sus estudios y formación académica, como incentivo económico a su formación, en consideración a sus resultados deportivos, las exigencias en su preparación y el hecho de representar un modelo para la juventud.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 59/2016, de 23 de septiembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas académicas deportivas para deportistas de élite de la Comunitat Valenciana, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio de las actividades en enero, hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 400.000 € – 2021: 440.000 € – 2022: 485.000 € – 2023: 530.000 € – 2024: 575.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Lo establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de deportistas con ayuda

2020: 350 – 2021: 375 – 2022: 400 – 2023: 425 – 2024: 450.

Ayuda media:

2020: 1.100 € – 2021:1.200 € – 2022: 1.200 € – 2023: 1.200 € – 2024: 1.250 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores fundamentales y se han superado los valores en algunos casos. Las ayudas han llegado a 341 deportistas con ayudas medias de 1.000 €. El incremento de la línea ha permitido atender a un mayor número de deportistas que, cumpliendo requisitos básicos, no accedían a la ayuda. Se han cumplido los objetivos de la línea de actuación y se ha favorecido de forma efectiva la ayuda para los deportistas y las deportistas de élite de la Comunitat Valenciana y a su adecuada formación.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8251000.

DENOMINACIÓN: Ayudas para proyectos deportivos singulares.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas físicas, entidades locales, universidades y entidades sin ánimo de lucro.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas para proyectos deportivos singulares que buscan mediante el deporte resultados deportivos de representación, formativos o sociales, con la participación destacada de deportistas y entidades de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los cuales se dirigen las ayudas:

Deporte de élite – Tecnificación deportiva.

Deporte federado.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Esta orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones destinadas a proyectos singulares que buscan, a través del deporte, resultados deportivos, de representación, formativos o sociales, con la participación destacada de deportistas y entidades de la Comunitat Valenciana, previstos en la convocatoria de cada año.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 34/2018, de 16 de agosto, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos singulares en el ámbito del deporte y la actividad física, establece:

1. Requisitos de los beneficiarios.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Inicio dentro del año de la convocatoria, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 300.000 € – 2021: 325.000 € – 2022:350.000 € – 2023: 375.000 € – 2024: 400.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Lo establecido en la orden de bases vigente y de la que actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de proyectos subvencionados:

2020: 25 – 2021: 25 – 2022: 27 – 2023: 28 -2024: 30.

Ayuda media:

2020: 12.000 € – 2021: 13.000 € – 2022: 13.000 € – 2023: 13.500 € -2024: 13.500 €.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

La línea nominativa estaba incluida en el plan anterior, por la modificación realizada en 2019, sin embargo , se han cumplido parcialmente en cuanto a indicadores fundamentales. Se han subvencionado 16 proyectos con ayudas medias de 8.000 €. Se considera que se ha favorecido el desarrollo de estos proyectos, y hay que reforzar y consolidar la línea para incrementar la consecución de los objetivos.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 3

Protección, promoción y difusión de los deportes valencianos



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7280000.

DENOMINACIÓN: Pilota a l'Escola.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación de Pilota Valenciana de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomentar la pilota valenciana y sus beneficios en los centros educativos de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte de la pilota valenciana y la actividad física.

Deporte valenciano. Deporte en edad escolar.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Acercar el conocimiento y la práctica de la pilota valenciana a los alumnos de los centros escolares valencianos a través de jornadas teórico-prácticas con pilotaires y encuentros de convivencia y competición en colaboración con la Federación de Pilota Valenciana.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 225.000 € – 2021: 275.000 € – 2022: 275.000 € – 2023: 275.000 € – 2024: 275.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de centros escolares participantes:

2020: 650 – 2021: 650 – 2022: 650 – 2023: 650 – 2024: 650.

Número de alumnos participantes:

2020: 22.000 – 2021: 22.000 – 2022: 22.000 – 2023: 22.000 – 2024: 22.000.

Número de sesiones y encuentros:

2020: 685 – 2021: 685 – 2022: 685 – 2023: 685 – 2024: 685.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Este programa ha tenido una gran acogida en el mundo educativo, lo que se traduce en un incremento constante en número de participantes y de centros educativos. Así se ha pasado de 265 centros educativos a 650 y de 8.500 a 22.000 alumnos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8137000.

DENOMINACIÓN: Cátedra de Pilota Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Universitat de València. Facultad de Ciencias de la Actividad Física y el Deporte.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar con la Universitat de València en el funcionamiento de una cátedra para el desarrollo del conocimiento, la investigación y la innovación en el ámbito de la pilota valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los cuales se dirigen las ayudas:

Investigación, estudio, formación, divulgación y promoción del deporte de la pilota valenciana y la actividad física.

Deporte valenciano. Ámbito académico.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar con la Universitat de València en la creación y funcionamiento de una cátedra para el desarrollo del conocimiento, la investigación y la innovación en pilota valenciana.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 75.000 € – 2021: 75.000 € – 2022: 75.000 € – 2023: 75.000 € – 2024: 75.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración, que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de publicaciones:

2020: 13 – 2021: 13 – 2022: 13 – 2023: 13 – 2024: 13.

Número de estudios realizados:

2020: 4 – 2021: 4 – 2022: 4 – 2023: 4 – 2024: 4.

Número de jornadas y cursos formativos:

2020: 5 – 2021: 5 – 2022: 5 – 2023: 5 – 2024: 5.

Participación en los premios de investigación:

2020: 6 – 2021: 6 – 2022: 6 – 2023: 6 – 2024: 6.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se han cumplido los objetivos establecidos en el Plan estratégico 2016-2019. Cada año crece más el interés en el desarrollo de estos trabajos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8558000.

DENOMINACIÓN: Apoyo a competiciones oficiales de pilota valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Fundació de la Comunitat Valenciana per a la Pilota Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Apoyar a los campeonatos y trofeos oficiales de pilota valenciana más importantes de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los cuales se dirigen las ayudas:

Promoción del deporte de la pilota valenciana y la actividad física.

Deporte valenciano. Deporte de élite.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Expandir la práctica del deporte de la pilota valenciana; aumentar la afición por esta y su conocimiento en la sociedad valenciana; contribuir a la ordenación y regularización del deporte de alto nivel de la pilota valenciana, para garantizar su presente y su futuro; promocionar el deporte de la pilota valenciana en la Comunitat Valenciana, y también, en el ámbito nacional e internacional, para dignificar su imagen e incrementar su peso específico como señal de identidad y parte del patrimonio cultural del pueblo valenciano.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio en enero de cada año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 165.000 € – 2021: 165.000 € – 2022: 165.000 € – 2023: 165.000 € – 2024: 165.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de competiciones:

2020: 7 – 2021: 7 – 2022: 7 – 2023: 7 – 2024: 7.

Número de partidas:

2020: 253 – 2021: 253 – 2022: 253 – 2023: 253 – 2024: 253.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Línea presupuestaria de nueva creación en 2019.

Durante 2019 se ha cumplido con lo establecido en el presupuesto de la Generalitat y con las actividades programadas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7891000.

DENOMINACIÓN: Fomento y apoyo a los deportes valencianos y juegos tradicionales.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federació de Pilota Valenciana de la Comunitat Valenciana, Federación de Columbicultura de la Comunitat Valenciana, Federación de Tiro y Arrastre de la Comunitat Valenciana, Federación de Juegos y Deportes Tradicionales de la Comunitat Valenciana, Federació Cultural Valenciana de Vela Llatina y la Associació de Pesca amb Rall de la Comunitat Valenciana (según el anexo correspondiente de la Ley de presupuestos de la Generalitat).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: fomentar y apoyar el deporte de la pelota valenciana, columbicultura, tiro y arrastre, juegos tradicionales, vela latina y pesca con red, ayudando a las federaciones y asociaciones sin ánimo de lucro en su funcionamiento, en el despliegue de los programas de tecnificación deportiva, ayudas a deportistas, programas divulgativos, promoción de las respectivas modalidades tradicionales y en la organización de competiciones deportivas y exhibiciones.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Fomento del deporte federado.

Fomento del deporte valenciano.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar y apoyar el deporte de la pelota valenciana, la columbicultura, el tiro y arrastre, la vela latina, la pesca con rall y los juegos tradicionales. Proteger y difundir los deportes y juegos valencianos dentro y fuera de la Comunitat Valenciana como manera de promocionar y mantener las tradiciones deportivas valencianas. Fomentar los deportes valencianos apoyando el desarrollo de sus programas, desde el de base hasta el de rendimiento deportivo.

Refuerzo positivo a los deportes y juegos valencianos que garantice, desde la singularidad y su valor como patrimonio cultural, el funcionamiento de sus respectivas federaciones, y el desarrollo de programas deportivos, de formación y tecnificación.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración con las federaciones y asociaciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio de las actividades en enero, hasta el 31 de diciembre de cada año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 446.000 € – 2021: 468.000 € – 2022: 490.000 € – 2023: 515.000 € – 2024: 540.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

Las subvenciones se instrumentarán mediante los correspondientes convenios de colaboración que recogerán las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Licencias federadas y personas asociadas practicantes de las diferentes disciplinas:

2020: 16.000 – 2021: 18.000 – 2022: 20.000 – 2023: 21.000 – 2024: 22.000.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Los objetivos del plan estratégico anterior en esta línea eran llegar a 15.000 licencias en 2019. A falta de computar las licencias de 2019, en 2018 se lograron alrededor de 12.000 licencias y personas asociadas.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 4

Enseñanzas, cursos y actividades formativas y titulaciones oficiales relacionadas con la actividad física y el deporte, fomentando la formación.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8139000.

DENOMINACIÓN: becas realización prácticas profesionales en la Dirección General de Deporte.

MODO DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: personas que estén en posesión del título universitario o de formación profesional o equivalente.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: realización de prácticas profesionales de gestión propias de la Dirección General de Deporte.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Actividades formativas relacionadas con la actividad física y el deporte, fomentando la formación.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

La realización de prácticas profesionales en el ámbito de gestión de la Dirección General de Deporte que permita a las personas beneficiarias continuar con su formación académica y combinarla con la práctica profesional.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual de subvención.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El Decreto 132/2009, de 4 de septiembre, del Consell, por el que se regula la concesión de becas, y la Orden 70/2016, de 15 de noviembre, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en la Dirección General de Deporte, en la que se establecen:

1. Requisitos de los beneficiarios:

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Las becas se convocan anualmente, se desarrollan en periodos de doce meses y pueden ser prorrogadas hasta un máximo de un año más.

6. Plazo necesario para su consecución:

Doce meses con una posible prórroga.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 148.500 € – 2021: 152.000 € – 2022: 155.000 € – 2023: 158.000 € – 2024: 161.000 €.

Generalitat. Fondos propios.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente y de la cual actualmente no hay previsión de sustitución en el marco temporal de este plan.

Con una resolución de la dirección general competente se realizarán las convocatorias en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de personas becarias que se benefician de la beca:

2020: 10 – 2021: 10 – 2022: 10 – 2023: 10 – 2024: 10

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

La actuación estaba incluida en el plan anterior por la modificación realizada en 2019, y se ha cumplido la previsión hecha en cuanto a los indicadores y por lo recogido en las memorias realizadas por las personas participantes.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S5970000.

DENOMINACIÓN: Formación deportiva.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIOS: Universitat de València – Estudi General, Facultad de Ciencias de la Actividad Física y Deporte.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: fomentar la formación de los entrenadores deportivos en la Comunitat Valenciana, a través de la organización de cursos de contenido técnico.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Formación deportiva.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar, en la Comunitat Valenciana, la formación de los entrenadores deportivos a través de la organización de cursos de contenido técnico.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio dentro del año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 28.600 € – 2021: 30.000 € – 2022: 35.000 € – 2023: 40.000 € – 2024: 50.000 €.

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Alumnado beneficiado:

2020: 650 – 2021: 675 – 2022: 700 – 2023: 725 – 2024: 750.

Cursos anuales:

2020: 40 – 2021: 40 – 2022: 42 – 2023: 42 – 2024: -42.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha cumplido la previsión hecha en el Plan estratégico 2016-2019 en cuanto a indicadores, fundamentalmente con 42 cursos organizados y aproximadamente 750 entrenadores y entrenadoras beneficiados cada año. Para que los cursos puedan desarrollarse en diferentes cuatrimestres, en beneficio de la formación y agilidad, se deberá reforzar el apoyo de la línea de actuación los próximos años.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8559000.

DENOMINACIÓN: Cátedra de estudios deportivos en la UPV.

MODO DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIOS: Universitat Politècnica de València.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: colaborar con la Universitat Politècnica de València en el funcionamiento de una cátedra para el desarrollo del conocimiento, la investigación, y la innovación en temas deportivos.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Formación deportiva.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Dotar la cátedra de capacidad de recogida de datos y elaboración de estudios estratégicos para desarrollar el sector deportivo en la Comunitat Valenciana que incidan en el ámbito deportivo profesional, no profesional, directivo, de organización, de infraestructuras y equipación, tecnológico, entre otros.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Inicio dentro del año, con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 50.000 € – 2021: 55.000 € – 2022: 65.000 € – 2023: 75.000 € – 2024: 75.000 €.

Generalitat Valenciana. Fondos propios.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de estudios-proyectos:

2020: 4 – 2021: 4 – 2022: 6 – 2023: 8 – 2024: 10.

Actividades formativas-divulgativas:

2020: 2 – 2021: 20 – 2022: 4 – 2023: 4 – 2024: 4.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

La línea nominativa estaba incluida en el plan anterior por la modificación realizada en 2019. Se ha cumplido en gran parte la previsión hecha en el plan anterior en cuanto a indicadores fundamentales. La valoración es muy positiva. Ha permitido el mismo año poner en marcha la cátedra y elaborar varios estudios e informes así como un programa de actividades formativas dentro de su ámbito.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 5

Apoyar la construcción de instalaciones deportivas, desarrollar herramientas para optimizar su gestión, mejorar la eficacia y rentabilizar la inversión realizada.



Sección 09. Educación, Cultura y Deporte.

Programa 457.10, Fomento de la actividad deportiva



Línea de subvención:

CÓDIGO: S5530000.

DENOMINACIÓN: Gastos financieros. Construcción de instalaciones deportivas. Ayuntamiento de València.

MANERA DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIOS: Ayuntamiento de València.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: gastos financieros de la operación de crédito subscrita por el Ayuntamiento de València para construir instalaciones deportivas.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Instalaciones deportivas del Ayuntamiento de València.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Atender los gastos financieros de la operación de crédito subscrita por el Ayuntamiento de València para construir instalaciones deportivas.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración entre la Generalitat y el Ayuntamiento de València de 9 de diciembre de 1998, para la construcción de las instalaciones deportivas en el antiguo Gros Mercat, el antiguo matadero y remodelación del parque de Natzaret, y la adenda al mencionado convenio de fecha 6 de diciembre de 2003.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Las establecidas a la firma del convenio.

5. Calendario:

Desde la firma del convenio hasta su finalización.

6. Plazo necesario para su consecución:

Según lo establecido en las cláusulas de vigencia de los planes establecidos en el convenio.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 25.000 € – 2021: 25.000 € – 2022: 25.000 € – 2023: 25.000 €.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recoge las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Formalizar el pago de las cantidades previstas.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Es un compromiso adquirido en 2003 y que empezó a hacerse efectivo en 2014.





Línea de subvención:

CÓDIGO: S2290000.

DENOMINACIÓN: Construcción y modernización de instalaciones deportivas.

MANERA DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: municipios de la Comunitat Valenciana y diputaciones provinciales.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: construcción y modernización de las instalaciones deportivas para formalizar el Mapa de infraestructuras deportivas de la Comunitat Valenciana.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Instalaciones deportivas municipales de la Comunitat Valenciana.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Coordinar y subvencionar los ayuntamientos para la creación y mantenimiento de una Red Básica de Instalaciones Deportivas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración para la ejecución de instalaciones deportivas entre la Consellería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat y las diputaciones provinciales de Alicante, Castellón y Valencia, firmado en 2006.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Las establecidas a la firma del convenio.

5. Calendario:

Desde la firma del convenio hasta su finalización.

6. Plazo necesario para su consecución:

Según lo establecido en las cláusulas de vigencia de los planes establecidos en el convenio.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 2.210.688,56 € – 2021: 5.338.733,85 €.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recoge las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de ayuntamientos, importe del plan, estado de ejecución, total pagado.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se valora positivamente la colaboración con los ayuntamientos y las diputaciones provinciales. Por el contrario, la extensión en el tiempo del convenio y el hecho de diferir los pagos es la parte más negativa de esta actuación.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S2522000.

DENOMINACIÓN: Infraestructuras deportivas.

MANERA DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIOS: entidades locales (según anexo).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: financiar inversiones en infraestructuras deportivas.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Instalaciones deportivas municipales de la Comunitat Valenciana.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Coordinar y subvencionar a los ayuntamientos para la creación y mantenimiento de una Red Básica de Instalaciones Deportivas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración entre la Consellería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de Xàtiva para la realización de las obras de construcción de la Ciutat de l'Esport, firmado en 2005, y Convenio de colaboración entre el Consell Valencià de l'Esport de la Generalitat y el Ayuntamiento de Alcoy, para la realización de las obras de ampliación y mejora del polideportivo municipal Francisco Laporta, firmado en 2008.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Las establecidas a la firma del convenio.

5. Calendario:

Desde la firma del convenio hasta su finalización.

6. Plazo necesario para su consecución:

Según lo establecido en las cláusulas de vigencia de los planes establecidos en el convenio.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 191.416,46 € – 2021: 68.181,83 €.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recoge las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de ayuntamientos, importe del plan, estado de ejecución, total pagado.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se valora positivamente la colaboración con los ayuntamientos. Por el contrario, la extensión en el tiempo del convenio y el hecho de diferir los pagos es la parte más negativa de esta actuación.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S5980000.

DENOMINACIÓN: Convenio con la Diputación de Castellón.

MANERA DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIOS: Diputación de Castellón.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: construcción y modernización de las instalaciones deportivas de la provincia de Castellón.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Instalaciones deportivas municipales de la provincia de Castellón.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Coordinar y subvencionar a los ayuntamientos para la creación y mantenimiento de una Red Básica de Instalaciones Deportivas en el ámbito de la provincia de Castellón.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración entre la Consellería de Cultura, Educación y Deporte de la Generalitat y la Diputación Provincial de Castellón para la realización de inversiones en instalaciones deportivas y equipación deportiva, firmado en 2006.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Las establecidas a la firma del convenio.

5. Calendario:

Desde la firma del convenio hasta su finalización.

6. Plazo necesario para su consecución:

Según lo establecido en las cláusulas de vigencia de los planes establecidos en el convenio.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 1.349.058,12 € – 2021: 1.482.750,40 €.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recoge las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de ayuntamientos, importe del plan, estado de ejecución, total pagado.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se valora positivamente la colaboración con los ayuntamientos y la diputación provincial. Por el contrario, la extensión en el tiempo del convenio y el hecho de diferir los pagos es la parte más negativa de esta actuación.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8260000.

DENOMINACIÓN: Plan de renovación y mejora de infraestructuras deportivas municipales.

MANERA DE CONCESIÓN: concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: ayuntamientos de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Plan de inversión en instalaciones deportivas municipales: a) inversiones en municipios de hasta 5.000 habitantes; b) renovación y mejoras en trinquetes y frontones.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Instalaciones deportivas municipales.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Coordinar y subvencionar a los ayuntamientos para la creación y mantenimiento de una Red Básica de Instalaciones Deportivas en el ámbito de la Comunitat Valenciana, renovación y mejoras en instalaciones de pilota valenciana.

3. Mecanismo:

Convocatoria de subvenciones.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

La Orden 33/2017, de 7 de agosto, de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la mejora, ampliación o reparación de instalaciones deportivas de municipios de la Comunitat Valenciana, en la que se establecen:

1. Requisitos de los beneficiarios.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención.

4. Justificación de la concesión.

5. Calendario:

Actualmente, el año natural con el inicio de las actividades subvencionadas en enero, pero con posibilidad de tramitación anticipada en noviembre del año anterior. Desde 2021 podría ser un escenario plurianual.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2020: 4.085.960 € – 2021: 5.000.000 € – 2022: 6.000.000 € – 2023: 8.000.000 €.

8. Plan de acción:

El establecido en la orden de bases vigente, aunque hay una previsión de sustitución en el marco temporal de este plan para implementar escenarios plurianuales que mejoran la gestión de estas ayudas por parte de los ayuntamientos.

Anualmente, con una resolución de la dirección general competente, se realizará una convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de ayuntamientos solicitantes, beneficiarios y porcentaje de ejecución de la línea.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Es esta una actuación que ha tenido una gran aceptación entre los ayuntamientos aunque tienen un problema en cuanto a la contratación y ejecución de las obras, puesto que es muy difícil llevarlas a cabo en un año natural. Por este motivo se quieren hacer unas nuevas bases de subvención plurianuales.



Sección 20. Gastos diversos

Programa 612.60. Gastos diversos



Línea de subvención:

CÓDIGO: S5129000.

DENOMINACIÓN: Convenio con el Ayuntamiento de Jávea.

MANERA DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIO: Ayuntamiento de Jávea.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: ejecución de las obras de construcción de la piscina cubierta municipal.



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Instalaciones deportivas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Colaborar con el Ayuntamiento de Jávea en la construcción de la piscina cubierta municipal. Instrumentar la subvención nominativa consignada a tal efecto en los presupuestos de la Generalitat.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Del 1 de enero de 2020 al 31 de diciembre de 2022.

6. Plazo necesario para la consecución:

Plurianual.

7. Costes previsibles y fuentes de financiación:

2020:1.500.000 €

Los fondos aportados por el Ayuntamiento y los que consigne la Generalitat en sus presupuestos.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recogerá las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Firma del convenio, estado de ejecución y de finalización de la obra.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

No existía la actuación.



Sección 20. Gastos diversos

Programa 612.60. Gastos diversos



Línea de subvención:

CÓDIGO: S5130000.

DENOMINACIÓN: Convenio con el Ayuntamiento de Cullera.

MANERA DE CONCESIÓN: concesión directa.

BENEFICIARIO: Ayuntamiento de Cullera.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: finalización de las obras del complejo deportivo municipal situado en la parcela P2 del Plan parcial del bulevar del Xúquer que comprende la fase II (sala de actividades de la 2.ª planta y las obras de urbanización interior).



1. Áreas de competencias afectadas y sectores a los que se dirigen las ayudas:

Instalaciones deportivas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación:

Colaborar con el Ayuntamiento de Cullera en la construcción de la piscina cubierta municipal. Instrumentar la subvención nominativa consignada a tal efecto en los presupuestos de la Generalitat.

3. Mecanismo:

Convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

El convenio anual de colaboración establece el objeto, actuaciones a desarrollar, obligaciones de las partes y forma de justificación y pago de la subvención.

5. Calendario:

Del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020.

6. Plazo necesario para la consecución:

Plurianual.

7. Costes previsibles y fuentes de financiación:

2020: 1.400.000 €. Fondos propios de la Generalitat.

Los fondos aportados por el Ayuntamiento.

8. Plan de acción:

La subvención se instrumentará mediante el correspondiente convenio de colaboración que recoge las previsiones de esta línea nominativa en los presupuestos de la Generalitat.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Estado de ejecución y de finalización de la obra.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se han ejecutado obras durante el 2019 y está previsto que finalizan en diciembre de 2020.





INSTITUT VALENCIÀ DE CULTURA





OBJETIVO ESTRATÉGICO 1

Mejora de la formación de jóvenes intérpretes y artistas



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6425000.

DENOMINACIÓN: Premios Cinema Jove.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Concesión premios del Festival Internacional de Cine de València – Cinema Jove.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras b), l) y g) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Personas físicas o jurídicas y en concreto jóvenes y nuevos profesionales del sector audiovisual.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar la creación, promoción y distinción de las obras de los jóvenes y nuevos profesionales del sector audiovisual.

3. Mecanismo:

Elaboración de las bases reguladoras y convocatoria anual para la concesión de las ayudas (premios) por concurrencia competitiva a través de la participación en el festival.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Convocatoria mediante resolución del presidente del Institut Valencià de Cultura que contendrá los requisitos que habrán de cumplir los participantes y las obras que presenten, presentación de las obras de acuerdo con la orden de bases correspondiente; visionado, valoración y deliberación de un jurado que elevará la propuesta de concesión; resolución de concesión; justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria: Primer cuatrimestre del año.

Resolución: Segundo cuatrimestre del año.

Justificación: Tercer cuatrimestre del año

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



60.000 €.

Fondos propios

8. Plan de acción:

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

– Número de solicitantes.

– Proyección cinematográfica de sus trabajos que implica la comprobación de su realización.

– Número de asistentes.

– Documentación de carácter económico justificativa que establezcan las bases.

– Aquellos mecanismos que, en su caso, establezca el plan de control del Institut Valencià de Cultura.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea de ayudas (premios) se incorporó al plan estratégico anterior el mes de diciembre de 2018, no habiendo sido convocadas dichas ayudas en base al mismo plan.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6428000

DENOMINACIÓN: Becas de formación y perfeccionamiento de música y canto.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas físicas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Becas para la realización de cursos de formación y perfeccionamiento de música y canto, preferentemente para jóvenes valencianos.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2 l) y g) Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura.

Personas físicas, jóvenes que tengan la condición de valenciano o que desarrollen la beca en la Comunitat Valenciana.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Realización de cursos de perfeccionamiento de música y canto. Mejora de la capacitación de los profesionales, a través de dos modalidades: modalidad A (corta duración) y modalidad B (curso académico).

3. Mecanismo:

Elaboración de bases generales y convocatoria anual para la concesión de las ayudas (becas) por concurrencia competitiva.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión del presidente de Institut Valencià de Culutra; justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria: Primer cuatrimestre del año.

Resolución: Segundo cuatrimestre del año.

Justificación: Modalidad A. Tercer cuatrimestre del año.

Modalidad B: Final del curso académico.

6. Plazo necesario para su consecución:

Modalidad A: Anual

Modalidad B: Curso académico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



150.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción:

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control previstos en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas mediante la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido en cada línea de subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Cada año se ha concedido una media de 4 becas de la modalidad A y 20 de la modalidad B.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7902000

DENOMINACIÓN: Ayudas para la integración de las bandas de música en los planes de trabajo de la Berklee College of Music de València.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Berklee College of Music de València.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaboración con la Berklee College of Music de València para la integración de las bandas de música de la Comunitat Valenciana en los planes de trabajo de la Berklee.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2 l) y g) Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura-

Berklee College of Music de València

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Organización de cursos de formación destinados a los miembros de las sociedades musicales federadas de la Comunitat Valenciana.

Mejora de la capacitación de los profesionales.

3. Mecanismo:

Concesión directa mediante convenio.



4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



50.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por Berklee, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha firmado un convenio cada año (en total cuatro) con una asistencia media de 90 alumnos por año.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8580000.

DENOMINACIÓN: Cartoon Springboard.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Association Européenne du Film d'Animation

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Organización del evento Cartoon Springboard.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras g), k), l) y n) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Association Européenne du Film d'Animation.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar la participación de jóvenes creadores audiovisuales del género de animación en un evento internacional de presentación de futuros proyectos mediante la técnica del pitching, obteniendo consejos de mejora e información sobre costes; facilitando a su titulares contactos con compradores y productores, y potenciando la salida al mercado de dichos proyectos.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



80.000 €.

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las cifras de participación en el evento en las actividades a desarrollar según el anexo de cada convenio, acuerdos cerrados por los participantes, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, celebrándose un convenio en 2019 para la realización en València de Cartoon Springboard que acogió a 140 asistentes y la exposición de 24 proyectos de animación ante un panel de expertos dirigido a sus jóvenes creadores y promotores a adaptar su contenido a las realidades del mercado.













OBJETIVO ESTRATÉGICO 2

Fomento de la creación artística.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S4006000.

DENOMINACIÓN: Mejora de la producción audiovisual valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas públicas y privadas, físicas o jurídicas.



DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Incentivar y colaborar en las actividades cinematográficas como creación de guiones cinematográficos, desarrollo de proyectos de obras audiovisuales, distribución de obras audiovisuales valencianas y exhibición en salas de cine, realización de festivales cinematográficos, ciclos de cineclubs, concursos, jornadas, eventos y proyectos singulares de carácter audiovisual, contribución al funcionamiento de las asociaciones de profesionales del sector audiovisual de la Comunitat Valenciana.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras g), l) y n), del Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura.

Empresas del sector audiovisual, entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica y ayuntamientos, organismos dependientes de los mismos pertenecientes al sector público que realicen actividades audiovisuales, dentro del ámbito competencial de la Generalitat, así como asociaciones de profesionales del sector audiovisual,

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Incremento de la producción artística de calidad por parte de los diferentes agentes culturales del audiovisual, así como de la difusión de sus actividades en el territorio de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases generales y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión del presidente del Institut Valencià de Cultura; justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria: Primer semestre del año.

Resolución y justificación: segundo semestre del año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.000.000 €.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control previstos en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas mediante la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido en cada línea de subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea, que se incorporó al plan estratégico en octubre de 2019, agrupa algunas líneas que eran independientes cuando se aprobó el plan anterior e incorpora otras nuevas modalidades cuyas ayudas se podrán convocar a partir de 2020.

Respecto a las modalidades ya existentes, cada año se han concedido una media de: 16 ayudas a la creación de guiones cinematográficos, 12 ayudas a desarrollo de proyectos audiovisuales; 22 festivales cinematográficos, 5 cineclubs, dos eventos dirigidos a profesionales del sector (jornadas) y un concurso cinematográfico.

OBJETIVO ESTRATÉGICO 3:

Investigación y difusión de las diferentes manifestaciones artísticas competencia del Institut Valencià de Cultura.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8210000

DENOMINACIÓN: Ayudas Federació Valenciana de Dolçainers i Tabaleters.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federació Valenciana de Dolçainers i Tabaleters.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en el funcionamiento de la Federación para difusión y apoyo de las asociaciones de Dolçainers i Tabaleters de la Comunitat Valenciana.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras l) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Federación Valenciana de Dolçainers i Tabaleters.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de funcionamiento y actividades de dicha federación dedicada al apoyo de las entidades federadas para su participación en acontecimientos culturales y difusión de estas entidades.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



40.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la federación y entidades destinatarias de las mismas, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, celebrándose un convenio en 2019, que ha contribuido al funcionamiento de la federación, cuya actividad se ha materializado en la celebración de 9 encuentros de grupos de dolçainers y tabaleters en diferentes puntos de la Comunitat Valenciana, tres conciertos y tres concursos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7274000

DENOMINACIÓN: Ayudas adquisición y mejora de instrumentos musicales

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva

BENEFICIARIOS: Sociedades musicales

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaboración en la adquisición y mejora de los instrumentos musicales de las sociedades musicales de la Comunitat Valenciana.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2 l) y g) Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional de Institut Valencià de Cultura.

Sociedades musicales pertenecientes a la Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Adquisición y mejora de instrumentos musicales para sus agrupaciones y, en su caso, escuelas de música.

Incremento de las posibilidades de realización de actividades, de difusión e investigación de los diversos colectivos que se consideran.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases generales y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión del presidente del Institut Valencià de Cultura; justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria: Primer semestre del año.

Resolución y justificación: segundo semestre del año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



230.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción:

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control previstos en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas mediante la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido en cada línea de subvención

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Cada año han resultado beneficiarias una media de 130 sociedades musicales que han destinado las ayudas para la adquisición y reposición de instrumentos.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6429000

DENOMINACIÓN: Ayudas Federación de Folklore de la Comunitat Valenciana

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación de Folklore de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaboración en actividades de funcionamiento de la federación.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2 l) y g) Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura.

Federación de Folclore de la Comunitat Valenciana

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de funcionamientos y actividades de dicha federación.

Incremento de las posibilidades de realización de actividades, de difusión e investigación de los diversos colectivos que se consideran.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



40.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la federación y entidades destinatarias de las mismas, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha firmado un convenio cada año (un total de cuatro) que ha contribuido al funcionamiento de la federación, cuya actividad se ha materializado en la celebración anual de una media de cuatro encuentros de asociaciones de folclore, dos espectáculos musicales y varios talleres de danza.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6430000

DENOMINACIÓN: Ayudas Federación de Coros de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación de Coros de la Comunitat Valenciana

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaboración en actividades de apoyo a formaciones corales.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2 l) y g) Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura

Federación de Coros de la Comunitat Valenciana.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de funcionamiento y actividades de la federación, en apoyo de las formaciones corales.

Incremento de las posibilidades de realización de actividades, de difusión e investigación de los diversos colectivos que se consideran.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 20 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



40.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la federación y entidades destinatarias de las mismas, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha firmado un convenio cada año (en total cuatro) que ha contribuido al funcionamiento de la federación, cuya actividad se ha materializado en la celebración de una media anual de 50 actuaciones (jornadas, festivales, encuentros) a lo largo del territorio de la Comunitat Valenciana con la participación de 135 Agrupaciones Corales, celebración del concurso de composición Paco Llácer; además de la mejora continua de la web a la que se han ido incorporando nuevos servicios dirigidos a las asociaciones federadas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7271000

DENOMINACIÓN: Ayudas de potenciación de las sociedades musicales.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa

BENEFICIARIOS: Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Sostenimiento de la Federación y de sus entidades federadas, y ayudas a las sociedades musicales para actividades de especial interés.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2 l) y g) Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura

Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Sostenimiento de la federación y de sus entidades federadas, y para actividades de especial interés.

Incremento de las posibilidades de realización de actividades, de difusión e investigación de los diversos colectivos que se consideran

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



500.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la federación y entidades destinatarias de las mismas, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha firmado un convenio cada año (en total cuatro) que ha contribuido al funcionamiento de la federación, cuya actividad se ha materializado en la celebración de sus asambleas generales, la organización y entrega de los premios Eutorpe, una media de cinco consejos intercomarcales al año con participación de las correspondientes asociaciones federadas; una campaña anual de actividades comarcales, celebradas en 30 comarcas, cuyos objetivos son fomentar la participación, incrementar el nivel formativo de las estructuras de gestión, la convivencia y la interrelación entre músicos, alumnos y sociedades musicales de una misma comarca. Más de 520 sociedades musicales, 12.500 músicos y más de 8.000 alumnos han participado. Se ha impulsado la formación de bandas de música juveniles en doce comarcas de la Comunidad Valenciana. Participación en una media anual de 10 certámenes musicales, impulso del proyecto ‘música y despoblación'.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7272000

DENOMINACIÓN: Ayudas para los conciertos de intercambio entre las sociedades musicales federadas.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaboración en actividades de intercambios musicales entre sociedades musicales.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2 l) y g) Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura.

Federación de Sociedades Musicales de la Comunitat Valenciana

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Organizar conciertos de intercambio entre las sociedades musicales federadas

Incremento de las posibilidades de realización de actividades, de difusión e investigación de los diversos colectivos que se consideran.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



1.550.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la federación y entidades destinatarias de las mismas, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Se ha firmado un convenio cada año (en total cuatro) que se ha materializado en la realización de un programa de conciertos entre diferentes agrupaciones artísticas (sociedades musicales, coros, folklore, tabal y dulzaina), en distintos municipios de la Comunitat Valenciana que contribuyen a la difusión de la música y cultura popular valenciana. Se ha registrado una participación media anual de 850 entidades con 28.500 participantes directos en los eventos celebrados en 400 poblaciones con una media total de público de 210.000 espectadores cada año.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6432000

DENOMINACIÓN: Ayudas Federació de Teatre Amateur de la Comunitat Valenciana.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federació de Teatre Amateur de la Comunitat Valenciana

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en el funcionamiento de la Federación para la difusión y apoyo de las asociaciones de teatro amateur valencianas federadas.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras l) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Federació de Teatre Amateur de la Comunitat Valenciana

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de funcionamiento y actividades de dicha federación dedicada al apoyo de las entidades federadas a través de la organización de muestras de teatro amateur, desplazamientos fuera de la Comunitat Valenciana y cursos de formación, entre otras actividades.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



40.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la federación y entidades destinatarias de las mismas, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, celebrándose un convenio en 2019, que ha contribuido al funcionamiento de la federación, cuya actividad se ha materializado en la organización de 19 muestras de teatro amateur con 61 representaciones en la Comunitat Valenciana, 19 desplazamientos de grupos de teatro amateur fuera de la Comunitat Valenciana, 3 cursos de formación, entrega de los premios Tabla, organización de la «trobada informativa mig any».





OBJETIVO ESTRATÉGICO 4:

Fomento de la producción y difusión de las diferentes manifestaciones artísticas competencia del Institut Valencià de Cultura.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S7627000.

DENOMINACIÓN: Fomento y promoción del audiovisual valenciano.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Empresas del sector audiovisual.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomento del audiovisual en valenciano a través de incentivos para largometrajes, tv movies, cortometrajes, series, proyectos multiplataforma, incluyendo videojuegos así como rodajes en la Comunitat Valenciana.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras g), l) y n), del Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura.

Empresas del sector audiovisual que estén en el ámbito competencial de la Generalitat.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Incentivar la producción de largometrajes, tv movies, cortometrajes, series, proyectos multiplataforma, incluyendo videojuegos, así como los rodajes en la Comunitat Valenciana.

Incremento de la producción de los diferentes agentes culturales del sector audiovisual, así como su difusión en el territorio de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases generales y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión del presidente del Institut Valencià de Cultura; justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria: Primer semestre del año.

Resolución y justificación: segundo semestre del año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Plurianual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



8.000.000 €

Fondos propios.

8. Plan de acción.

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control previstos en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas mediante la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido en cada línea de subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Cada año han recibido ayuda una media de: En animación 10 cortometrajes de animación, y 3 largometrajes o series; en el género documental: 8 cortometrajes y 10 largometrajes, y en ficción 10 cortometrajes y 11 largometrajes.

En octubre de 2019 se introdujo en el plan anterior la modalidad de ayudas a rodajes en la Comunidad Valenciana, que aún no se han convocado.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6422000.

DENOMINACIÓN: Fomento de las artes escénicas.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas y entidades públicas y privadas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Ayudas a las artes escénicas a través de diferentes modalidades. Ayuda a la realización de temporada de exhibición en municipios adscritos al Circuito.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras g), l) y n), del Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura.

Personas físicas o jurídicas y entidades públicas y privadas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

En los géneros de teatro, danza y circo, se contemplan las siguientes modalidades de ayudas a:

– Creación de literatura escénica.

– Bienales a la producción profesional de montajes escénicos.

– Anuales a la producción profesional de un montaje escénico.

– Giras de espectáculos.

– Asistencia a ferias.

– Producción emergente de un montaje escénico.

– Bienales a salas de exhibición.

– Anuales a salas de exhibición.

– Asociaciones profesionales y entidades sin ánimo de lucro.

– Formación, investigación y edición.

– Realización de festivales y muestras.

Incremento de la producción de los diferentes agentes culturales de las artes escénicas, así como su difusión en el territorio de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases generales y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica de valoración; resolución de concesión del presidente del Institut Valencià de Cultura; justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria: Primer semestre del año.

Resolución y justificación: segundo semestre del año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual, excepto las ayudas bienales a la producción profesional de montajes escénicos y las ayudas bienales a salas de exhibición.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



5.000.000 €

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa del plan de control previsto en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas mediante la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido en cada línea de subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se modificó en el plan estratégico en octubre de 2019 para incorporar nuevas modalidades no contempladas inicialmente en el plan.

Con respecto a las modalidades existentes se han concedido, en el periodo del plan estratégico anterior, una media anual de: 12 ayudas a la creación de literatura escénica, 11 ayudas a la programación en salas de exhibición, 17 ayudas a la formación, investigación y edición en el ámbito de las artes escénicas, 17 ayudas para la realización de festivales y muestras, 45 ayudas a la producción, 33 ayudas a giras, 24 ayudas a proyectos emergentes y 17 ayudas a entidades culturales sin ánimo de lucro que desarrollan actividades de artes escénicas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S6427000.

DENOMINACIÓN: Fomento de actividades musicales.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva.

BENEFICIARIOS: Personas físicas o jurídicas y entidades públicas y privadas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomento de la producción musical. Formación y programaciones musicales de calidad, cursos, festivales, concursos, premios musicales y proyectos singulares y actividades musicales de participación social.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras g), l) y n), del Decreto 5/2013, de 4 de enero, modificado por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell, Reglamento orgánico y funcional del Institut Valencià de Cultura.

Personas físicas o jurídicas y entidades públicas y privadas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomento de las siguientes actividades:

– Festivales, ciclos y eventos conmemorativos.

– Programación en salas de exhibición.

– Cursos, concursos, jornadas y congresos.

– Giras fuera de la Comunitat Valenciana, asistencia a ferias, proyectos de producción de espectáculos de música en vivo.

– Bienales a la organización y mantenimiento de estructuras administrativas.

– Composición de obras musicales de nueva creación vinculadas al estreno.

– Fomento de la producción discográfica.

– Fomento de la producción de videos musicales.

Incremento de la producción de los diferentes agentes culturales de la música y la cultura popular valenciana, así como su difusión en el territorio de la Comunitat Valenciana.

3. Mecanismo:

Elaboración de bases generales y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica de valoración; resolución de concesión del presidente del Institut Valencià de Cultura justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria: Primer semestre del año.

Resolución y justificación: segundo semestre del año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual, excepto las ayudas bienales a organización y mantenimiento de estructuras administrativas.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



2.000.000 €.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

El seguimiento y evaluación continua de las líneas de subvención antecedentes se efectuará sobre la aprobación previa de planes de control previstos en las bases reguladoras, respecto de la realización de las actividades subvencionadas mediante la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

Igualmente se podrá realizar control sobre el terreno, durante la ejecución de la actividad y/o a posteriori, así como de calidad con muestras aleatorias sobre un porcentaje mínimo del total concedido en cada línea de subvención.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se modificó en el plan estratégico en octubre de 2019 para incorporar nuevas modalidades no contempladas.

Cada año, con respecto a las modalidades existentes en el plan anterior, se han subvencionado una media de: 75 festivales, 15 cursos, 15 concursos, 20 proyectos de carácter singular, 10 giras y 15 producciones musicales.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8573000.

DENOMINACIÓN: Mostra de Teatre d'Alcoi.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Ayuntamiento de Alcoi.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en la organización realización, promoción y difusión de la Mostra de Teatre d'Alcoi, en lo que constituye la Fira Valenciana de les Arts Escèniques.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras b), l) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Ayuntamiento de Alcoi.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de organización y funcionamiento que corresponden a dicha Mostra contribuyendo a la mejora de las actividades y a la difusión de uno de los certámenes de más entidad y antigüedad en la Comunitat Valenciana el ámbito de las artes escénicas.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico



7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



100.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la organización, según el anexo de cada convenio y participación de las entidades profesionales del sector de las artes escénicas en las mismas, cifras de asistentes y difusión a través de diferentes medios de comunicación, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, suscribiendo un convenio en 2019 para la celebración de la XXIX edición de la Muestra de Teatro de Alcoi, Feria Valenciana de Artes Escénicas. Participaron 210 acreditados profesionales del sector de las artes escéncias y alrededor de otros 200 miembros de los equipos artísticos y técnicos. Se han exhibido en la sección oficial espectáculos de 20 compañías, 13 eran de producción valenciana y otras 7 compañías provenientes de otros comunidades autónomas.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8574000.

DENOMINACIÓN: TROVAM.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Valencian Music Association.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Fomento de la industria musical.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras b), l) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Valencia Music Association.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de organización y funcionamiento que corresponden a dicho certamen musical, contribuyendo a la mejora de las actividades y a la difusión de uno de los certámenes de especial incidencia en la promoción de la industria musical valenciana.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



140.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la organización, según el anexo de cada convenio y participación de profesionales y entidades del sector musical en las mismas, cifras de público y difusión a través de diferentes medios de comunicación, además de la comprobación y control de la documentación de carácter justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, suscribiendo un convenio en 2019 para la celebración de la VII edición de la Feria Valenciana de la Música Trovam! en cuyo marco se celebró XV Assemblea General de la Asociación Estatal de Salas de Música en Directo (ACCES), además de talleres y mesas redondas dirigidas a profesionales del sector de la música y actuaciones en que participaron 50 artistas de prestigio, solistas e integrantes de formaciones musicales con un total estimado de 15.000 asistentes.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8575000.

DENOMINACIÓN: DOCS València.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Asociación cultural Espai de no ficció (Nofic Docs València).

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en la organización realización, promoción y difusión de DOCS València, Fira valenciana del documental.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras b), l) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Asociación cultural Espai de no ficció, Nofic, Docs València

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de organización y funcionamiento que corresponden a dicho certamen contribuyendo a la mejora de las actividades y a la difusión de las obras documentales de los productores valencianos.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 15 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



75.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la organización y participación de empresas productoras del sector de audiovisual en la proyección y el resto de actividades divulgativas y para profesionales, cifras de asistentes y difusión a través de diferentes medios de comunicación, según el anexo de cada convenio, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, suscribiendo un convenio en 2019 para la celebración de la III edición de Docs València. Se proyectaron 22 filmes en 29 proyecciones de las cuales 15 son producciones valencianas y el 45% de las mismas están dirigidas por mujeres. Se celebraron 3 mesas redondas y un laboratorio de proyectos (DocsLab). El certamen contó con 2.177 asistentes. Se destinaron a premios 17.400 €.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8576000.

DENOMINACIÓN: Cortoons Gandia

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Ayuntamiento de Gandia

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en la organización realización, promoción y difusión de Cortoons Gandia, festival internacional dedicado a cortometrajes de animación.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras b), l) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Ayuntamiento de Gandia

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de organización y funcionamiento que corresponden a dicho certamen contribuyendo a la mejora de las actividades y a la difusión de los cortometrajes de animación de los productores valencianos.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



20.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la organización según el anexo de cada convenio y participación de empresas productoras del sector de audiovisual en la proyección y el resto de actividades divulgativas y para profesionales, cifras de asistentes y difusión a través de diferentes medios de comunicación, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, suscribiendo un convenio en 2019 para la celebración de la VII edición de Cortoons Gandía que ha basado su programación en tres ejes: un concurso de cortometrajes de animación, la exhibición de cortos y películas relacionadas con la animación y la vertiente formativa y de mercado concretada a través de ponencias, presentaciones y otros actividades. Ha contado con la participación de concursantes de más de 80 países y de más de 1.300 trabajos presentados.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8577000

DENOMINACIÓN: Ayudas Federació Coordinadora de Muixerangues.

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Federació Coordinadora de Muixerangues

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en el funcionamiento de la Federación para difusión y apoyo de las collas de muixerangas federadas de la Comunitat Valenciana.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras l) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Federació Coordinadora de Muixerangues

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de funcionamiento y actividades de dicha federación dedicada al apoyo de las collas de muixerangas federadas, a través de la organización de encuentros, jornadas, promoción, desplazamientos e información a socios, entre otras actividades.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 30 de noviembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



55.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la federación según el anexo de cada convenio y entidades destinatarias de las mismas, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, suscribiendo un convenio en 2019, que ha contribuido al funcionamiento de la federación, cuya actividad se ha materializado en la realización de jornadas técnicas a diferentes comarcas, colaboración con las entidades asociadas a la federación en cuanto a organización de encuentros de muixerangues, concertación de un seguro unitaria de accidentes pera todas las muixerangueres adheridas a la federación, organización de unas jornadas de convivencia, realización de una exposición alrededor del mi de las muixerangues, creación de una página web propia de la federación.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8578000

DENOMINACIÓN: Academia Valenciana del Audiovisual

MODO DE CONCESIÓN: Concesión directa.

BENEFICIARIOS: Academia Valenciana del Audiovisual

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Colaborar en el funcionamiento de la Academia que aglutina profesionales de los diferentes ramos del sector audiovisual valenciano, contribuyendo especialmente a la celebración de la gala anual de los premios de la Academia.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras l), o) y q) y el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Academia Valenciana del Audiovisual

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Colaborar en los gastos de funcionamiento y actividades de dicha federación dedicada al apoyo y reconocimiento de los profesionales del sector audiovisual valenciano y, especialmente colaborar en la organización de los premios anuales de la Academia que prestigian las obras y personas destacadas cada año en este ámbito.

3. Mecanismo:

Concesión directa instrumentada mediante convenio de colaboración.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Suscripción del correspondiente convenio de colaboración entre el beneficiario y el Institut Valencià de Cultura, cumplimiento de las obligaciones legales y pactadas, y justificación de la realización de las actividades.

5. Calendario:

Firma del convenio: primer semestre del año con efectos desde el 1 de enero.

Justificación: Hasta el 15 de diciembre.

6. Plazo necesario para su consecución:

Ejercicio económico

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



80.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción.

Suscripción de un convenio anual

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Mediante las actividades previstas por la asociación según el anexo de cada convenio y entidades destinatarias de las mismas, además de la comprobación y control de la documentación de carácter económico justificativa, y de la memoria de actuación.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea se introdujo en el plan estratégico anterior en diciembre de 2018, suscribiendo un convenio en 2019, que ha contribuido a la realización de la Gala del Audiovisual Valenciano, para la entrega de los II Premios del Audiovisual Valenciano en el Auditorio y Palacio de Congresos de Castellón. La gala tuvo una duración de 2 horas y 24 minutos, incluyendo actuaciones musicales y contando con una asistencia presencial superior a 900 personas, retransmitida por À Punt y difundida por redes sociales.





OBJETIVO ESTRATÉGICO 5:

Mejorar la formación de jóvenes documentalistas en materias culturales competencia del Institut Valencià de Cultura.



Línea de subvención:

CÓDIGO: S8557000

DENOMINACIÓN:Becas para realizar prácticas profesionales en documentación.

MODO DE CONCESIÓN: Concurrencia competitiva

BENEFICIARIOS: Personas físicas.

DESCRIPCIÓN Y FINALIDAD: Completar la formación práctica y especialización profesional en el campo de la documentación.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2, punto 2, letras e) y f) el artículo 4, punto 2, letra j) del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Institut Valencià de Cultura, aprobado por el Decreto 5/2013, de 4 de enero y modificado, a estos efectos, por el Decreto 141/2014, de 5 de septiembre, del Consell.

Personas físicas con titulaciones universitarias en materia de documentación y áreas de trabajo relacionadas.

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

En el marco de la política dirigida a la integración, mejora y especialización de las personas con titulación universitaria, estas becas tienen la finalidad de contribuir a la formación de especialistas en distintas materias culturales.

3. Mecanismo:

Convocatoria anual subvenciones (becas).

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

Presentación de solicitudes y documentación, de acuerdo con la convocatoria; baremación por la comisión técnica evaluadora; resolución de concesión por el presidente del Institut Valencià de Cultura y justificación de las actividades dentro del plazo.

5. Calendario:

Convocatoria y resolución: Primer semestre del año.

Justificación: Último trimestre del año.

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual.

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



30.000 €

Fondos propios

8. Plan de acción

Una convocatoria al año.

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de becas concedidas, memoria de actividades desarrolladas por el beneficiario.

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

Esta línea de ayudas (becas) se incorporó al plan estratégico anterior en diciembre de 2018, no habiendo sido convocadas dichas ayudas en base al mismo plan.







INSTITUT VALENCIÀ D'ART MODERN





OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Completar en el Institut Valencià d'Art Modern (IVAM) la formación académica de los jóvenes con titulación universitaria, a través de la realización de prácticas profesionales en las tareas de la gestión museística.



Línea de subvención:

Código: S8581000

Denominación: Becas prácticas profesionales

Modo de concesión: Concurrencia competitiva

Beneficiarios: Personas físicas

Descripción y finalidad: Becas de prácticas profesionales en el IVAM para completar los conocimientos adquiridos en la formación académica



1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2.1 Ley 1/2018,de 9 de febrero, de la Generalitat Valenciana, reguladora del Institut Valencià d'Art Modern (IVAM)

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Completar y desarrollar en el IVAM la formación académica de los jóvenes con titulación universitaria a través de la realización de prácticas profesionales en las tareas relacionadas con el aprendizaje en los diferentes ámbitos de la gestión museística.

Mejora de la formación de futuros profesionales mediante la participación activa en las actividades culturales y artísticas de carácter público en colaboración con los equipos técnicos de la institución.

3. Mecanismo:

Orden 6/2019, de 28 de agosto, de la Conselleria de Educación, Cultural y Deporte, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales en las dependencias del Institut Valencià d'Art Modern, y convocatoria anual para la concesión de las ayudas por concurrencia competitiva (Art. 165 Ley 1/2015)

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

Personas no mayores de 35 años que estén en posesión de las titulaciones universitarias y de idiomas adecuadas para cada convocatoria.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: La resolución de convocatoria recogerá la forma y el plazo para la presentación de las solicitudes, y para la resolución y notificación, así como la documentación e información que debe adjuntarse a la solicitud.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Artículo 9 y Artículo 10 de la Orden 6/2019.

4. Justificación de la concesión:

Método de comprobación y plan de control según Artículo 15 de la Orden 6/2019

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



80.000 € para el ejercicio 2020.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Bases reguladoras establecidas en la Orden 6/2019 y Resolución de convocatoria

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes estimadas y número de beneficiarios

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

No aplica al no haberse convocado becas en 2019.



Línea de subvención:

Código: S8587000

Denominación: Premios Julio González

Modo de concesión: Concesión directa, Art. 168b)

Beneficiarios: Persona física

Descripción y finalidad: Dotación del premio destinado a personas que hayan destacado en la creación en el ámbito de las artes plásticas a nivel internacional

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 2.1 de la Ley 1/2018, de 9 de febrero, de la Generalitat, reguladora de l'Institut Valencià d'Art Modern (IVAM).

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Fomentar y divulgar la creación artística en el ámbito de las artes plásticas a nivel internacional

3. Mecanismo:

Concesión directa bianual previa selección del jurado

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

Personas físicas que, por sus méritos, hayan destacado en la creación en el ámbito de las artes plásticas en su nivel internacional.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención:

La concesión del premio se hará mediante decreto del president de la Generalitat a propuesta conjunta de quien ostente la presidencia del Instituto Valenciano de Arte Moderno y de la persona que ocupe la dirección gerencia previa selección del jurado

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Trayectoria de la persona, su aportación sobresaliente a la vida cultural y artística internacional y su contribución al progreso de los diferentes lenguajes artísticos contemporáneos a partir de la búsqueda de nuevas formas de expresión.

4. Justificación de la concesión:

Entrega del premio

5. Calendario:

Anuncio de la concesión: marzo 2020

6. Plazo necesario para su consecución:

Bienal

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



20.000 € para el ejercicio 2020.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Publicación del Decreto 84/2016, de 8 de julio, del Consell, por el que se crea el Premio Julio González de la Generalitat y se aprueban las bases para su concesión y Resolución de concesión

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Entrega del premio en un acto público convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia, solemnidad y publicidad adecuadas. El Institut Valencià d'Art Modern integrará en su programación expositiva la organización de una muestra sobre la obra de la persona galardonada.



10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

No aplica







CONSORCI DE MUSEUS DE LA COMUNITAT VALENCIANA



OBJETIVO ESTRATÉGICO 1:

Completar en el Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana (CMCV) la formación académica de los jóvenes con titulación universitaria, a través de la realización de prácticas profesionales en las tareas de la gestión museística.



Línea de subvención:

Código: S8563000

Denominación: Programa de becas formativas

Modo de concesión: Concurrencia competitiva

Beneficiarios: Personas físicas

Descripción y finalidad: 12 becas formativas para los diferentes departamentos del Consorci de Museus, con la finalidad de acercarlos al entorno laboral de un centro cultural.

1. Áreas de competencias afectadas y sectores hacia los cuales se dirigen las ayudas:

Artículo 5.h) del Acuerdo de 5 de marzo de 1996, del Gobierno Valenciano, de constitución del Consorcio de Museos de la Comunidad Valenciana, así como de aprobación de los estatutos de dicho consorcio (DOGV 2.717 de 27/3/1996)

2. Objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación:

Completar y desarrollar en el CMCV la formación académica de los jóvenes con titulación universitaria a través de la realización de prácticas profesionales en las tareas relacionadas con el aprendizaje en los diferentes ámbitos de la gestión museística.

Mejora de la formación de futuros profesionales mediante la participación activa en las actividades culturales y artísticas de carácter público en colaboración con los equipos técnicos de la institución.

3. Mecanismo:

Orden del Consorci de Museus de la Comunitat Valenciana por la cual se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria para la concesión de becas para la realización de prácticas profesionales de formación y perfeccionamiento en el CMCV.

4. Delimitación de las líneas básicas de las bases reguladoras:

1. Requisitos de los beneficiarios:

Personas no mayores de 35 años que estén en posesión de las titulaciones universitarias y de idiomas adecuadas para cada convocatoria.

2. Procedimiento de la convocatoria y de concesión de la subvención: La convocatoria recogerá la forma y el plazo para la presentación de las solicitudes, y para la resolución y notificación, así como la documentación e información que debe adjuntarse a la solicitud.

3. Criterios de otorgamiento de la subvención:

Fase 1: Baremación méritos académicos, profesionales y de formación.

Fase 2: Entrevista personal

4. Justificación de la concesión:

– Documentación acreditativa de los requisitos y seguimiento por los tutores designados.

5. Calendario:

Hasta el 31 de diciembre de cada año

6. Plazo necesario para su consecución:

Anual

7. Costes previsibles para su realización y fuentes de financiación:



225.000 € para el ejercicio 2020.

Fondos propios.

8. Plan de acción:

Bases reguladoras y convocatoria establecidas en la Orden del CMCV

9. Indicadores de seguimiento y evaluación:

Número de solicitudes estimadas y número de beneficiarios

10. Resultados de la evaluación del plan estratégico anterior:

No aplica al no haberse convocado becas en 2019.

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