Ficha docv

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Información pública de la resolución del contrato del programa de actuación integrada del sector 3. [2020/2536]

(DOGV núm. 8763 de 16.03.2020) Ref. Base Datos 002587/2020


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Ayuntamiento
    Grupo Temático: Planes de Urbanismo
    Descriptores:
      Temáticos: Plan de urbanismo, Administración local
      Descriptores toponímicos: Buñol



El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 24 de febrero de 2020, acordó:



«1º. Desestimar el recurso de reposición interpuesto por Promociones y Propiedades Inmobiliarias Espacio, SLU, en fecha 10 de julio de 2019, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento, de fecha 20 de mayo de 2019, por el que no se accede a la solicitud de resolución por mutuo acuerdo del contrato adjudicado para el despliegue y ejecución del Programa de actuación integrada sector 3 y de devolución de la garantía definitiva, por cuanto ha quedado expuesto.

2º. Desestimar las alegaciones presentadas por Promociones y Propiedades Inmobiliarias Espacio, SLU, en fecha 2 de julio de 2019, y por Pacadar, SAU en fecha 3 de julio de 2019, por cuanto ha quedado expuesto.

3º. Acordar la resolución del contrato del Programa de actuación integrada del sector 3 de la homologación sectorial del suelo urbanizable industrial de las normas subsidiarias de Buñol, adjudicado a Promociones Y Propiedades Inmobiliarias Espacio, SLU por incumplimiento de sus obligaciones contractuales. Ello determina:

– La cancelación de la programación y la sujeción del ámbito de la actuación al régimen del suelo urbanizable sin programación, manteniendo subsistente el Plan parcial industrial sector 3 La Solana.

– La resolución del contrato adjudicado por Promociones y Propiedades Inmobiliarias Espacio, SLU al empresario constructor UTE Torrescamara y Cia de Obras, SA, Secopsa Construcción, SA y Juan Ferrer Brines, SL para la ejecución del Proyecto de urbanización del PAI del sector 3.



4º. Retener la fianza definitiva hasta la aprobación del expediente contradictorio en el que se cuantifiquen los daños y perjuicios ocasionados al Ayuntamiento.

5º. Que por Promociones y Propiedades Inmobiliarias Espacio, SLU se proceda a la devolución de las garantías prestadas por los propietarios incluidos en el ámbito del programa cuyo contrato se resuelve.

6º. Comunicar el presente acuerdo al Consejo Jurídico Consultivo de la Comunidad Valenciana.

7º. Comunicar el presente acuerdo a la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, al Registro de Programas de Actuación y publicar este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

8º. Notificar el presente acuerdo al urbanizador Promociones y Propiedades Inmobiliarias Espacio, SLU, a UTE Torrescamara y Cia de Obras, SA, Secopsa Construcción, SA y Juan Ferrer Brines, SL como empresario constructor, a Caja Madrid como avalista y a los propietarios y titulares de derechos afectados por la actuación.»



En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 162.8 de la Ley 5/2014 de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, se publica el presente acuerdo.



Buñol, 27 de febrero de 2020.– La alcaldesa: Juncal Carrascosa Alonso.

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