Ficha docv

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RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2020, del director general de Desarrollo Rural, por la que se procede al reconocimiento oficial del V Concurso Oficial de Vinos y el I Concurso Oficial de Vinos Ecológicos, de Promoción Agroalimentaria de Calidad de la Comunitat Valenciana (PROAVA) 2020. [2020/1695]

(DOGV núm. 8749 de 26.02.2020) Ref. Base Datos 001875/2020


  • Análisis documental

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    Origen disposición: Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
    Grupo Temático: Premios



Visto que los vinos de la Comunitat Valenciana vienen experimentando en los últimos años un enorme crecimiento tanto en volumen de exportación como en calidad, situando a nuestro territorio como una de las zonas productoras más competitivas del vino europeo. Todo ello sin olvidar su enorme potencial como instrumento de fomento del turismo local y de calidad, vinculado a la protección y conservación del medio, a la cultura y a las tradiciones.

Visto que el fomento del tránsito hacía sistemas de producción más sostenibles y ecológicos es uno de los objetivos fundamentales a alcanzar por las distintas administraciones públicas, formando parte de las diferentes líneas de acción contenidas en el I Plan Valenciano de producción Ecológica (2016-2020).

Visto que en este punto tienen gran importancia las actividades dirigidas a la promoción de nuestros vinos, actividades en las que juega un papel fundamental la celebración de concursos ya que los mismos son una herramienta muy eficaz para dar a conocer la riqueza vitivinícola de nuestras bodegas y la calidad final de sus productos.

Visto que el artículo 3 de la Ley 2/2005, de 27 de mayo, de ordenación del sector vitivinícola de la Comunitat Valenciana establece como uno de los principios básicos de la actuación pública en la ordenación vitivinícola la promoción y protección de los vinos de la Comunitat.

Visto que los artículos 24 y 34 de la citada Ley establecen entre los objetivos de la ordenación vinícola el fomento de la presencia e imagen de nuestros vinos, así como la divulgación de la cultura del vino, promoviendo la mejora en la calidad de los mismos.

Vista la solicitud presentada por parte de la entidad Promoción Agroalimentaria de Calidad de la Comunitat Valenciana (en adelante PROAVA), entidad sin ánimo de lucro y entre cuyos objetivos se encuentra la promoción, la divulgación, el fomento, la mejora y el estímulo del consumo y del comercio de los productos agroalimentarios de calidad de la Comunitat Valenciana, para que se proceda al reconocimiento del V Concurso Oficial de vino PROAVA 2020, así como, y en colaboración con el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunitat Valenciana (CAECV), al I Concurso Oficial de vinos ecológicos, así como su contenido.

Visto que en 2016, 2017, 2018 y 2019 ya se llevaron a cabo por parte de la citada entidad los concursos de vinos, y de vinos monovarietales, con un éxito creciente de participación y resultados.

Visto el artículo 124 del Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, y en el que se establece que corresponde a la Dirección General de Desarrollo Rural, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, entre otras funciones, el fomento de la agricultura ecológica y de las figuras de calidad, el impulso de nuevos modelos productivos y sostenibles y la mejora de la competitividad de la industria agroalimentaria, resuelve:

1. Reconocer oficialmente de V Concurso Oficial de Vinos y el I Concurso Oficial de Vinos Ecológicos, de Promoción Agroalimentaria de Calidad de la Comunitat Valenciana (PROAVA).

2. Las bases por las que se regulan ambos concursos pueden ser consultadas en la siguiente web de Promoción Agroalimentaria de Calidad de la Comunitat Valenciana:

http://www.proava.org/bases-concurso-proava-2020/

3. La presente resolución no pone fin a la vía administrativa y contra la misma puede interponerse recurso de alzada ante el Secretari Autonòmic d'Agricultura i Desenvolupament Rural en el plazo un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o impugnarse directamente ante los juzgados de lo contencioso administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo previsto en los artículos 8.3, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se utilice cualquier otra vía que se considere oportuna.

4. Esta resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 19 de febrero de 2020.– El director general de Desarrollo Rural: David Torres García

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