Ficha docv

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Extracto de la Resolución de 14 de enero de 2020, del Vicerrectorado de Cultura y Deporte, por la que se convocan las ayudas emergentes 2019 a proyectos de creatividad, innovación e inclusión sociocultural. [2020/1078]

(DOGV núm. 8737 de 11.02.2020) Ref. Base Datos 001427/2020


  • Análisis documental

    Texto
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    Origen disposición: Universitat de València
    Grupo Temático: Ayudas
    Materias: Universidades



BDNS(Identif.): 494843

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans



Primero. Beneficiarios

Personas jóvenes de 18 a 35 años, entidades y colectivos, donde al menos el 50% de los miembros deberán tener las edades mencionadas. La fecha que se tendrá en cuenta para valorar si el participante reúne el requisito de la edad para participar en el Programa de ayudas, será la de finalización del plazo de presentación de proyectos.



Segundo. Objeto

Apoyar las intervenciones socioculturales que se efectúen en el término municipal de Valencia, a través de proyectos de innovación artística o sociocultural que planteen y desarrollen estrategias y experiencias de inclusión social y de dinamización de espacios sociales y urbanos.



Tercero. Bases reguladoras

La convocatoria está publicada en la siguiente url:

http://www.uv.es/infoactiv/emergents/convocatoriaemergents2019c.pdf



Cuarto. Cuantía

El importe total máximo de las ayudas a conceder asciende a 30.000 euros. Las ayudas otorgadas no superarán los 4.000 euros por proyecto. La cantidad de las ayudas que se resuelvan conceder podrá ser inferior a la solicitada por la persona o entidad solicitante, cuando la comisión de evaluación indique las razones en su propuesta de resolución. Asimismo, en el caso de que los importes de las solicitudes de las personas o entidades que cumplan los requisitos y, que sean seleccionadas supere el importe máximo de las ayudas, se podrá proceder al prorrateo del importe entre ellas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En este supuesto se podrá instar al o la beneficiaria a la reformulación de su solicitud, para ajustar los compromisos y condiciones a la ayuda otorgada.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), y finalizará transcurridos 20 días hábiles desde dicha publicación.



Sexto. Otros datos

La solicitud deberá ser acompañada de la siguiente documentación:

1. Fotocopia del NIF de la entidad o asociación o, en su caso, el DNI de todos los solicitantes, en el caso de agrupación de personas o colectivos.

2. Memoria de las actividades realizadas por la entidad o asociación solicitante o, en su defecto, currículum de las personas físicas.

3. Memoria técnica del proyecto a desarrollar, con información detallada de la misma y documentación complementaria que se considere oportuno aportar.

4. Declaración responsable firmada por todos los solicitantes, según modelo normalizado, en la que se acredite el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y de no incurrir en ninguna de las circunstancias recogidas en los artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.



Valencia, 14 de enero de 2020.– El vicerrector de Cultura y Deportes (p. d. la rectora, DOGV 27.06.19): Antonio Ariño Villarroya.

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