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RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2003, de la Dirección General de Enseñanza, por la que se autoriza con carácter definitivo el funcionamiento del programa de diversificación curricular en centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso académico 2003-2004. [2003/X11463]

(DOGV núm. 4624 de 06.11.2003) Ref. Base Datos 4901/2003

RESOLUCIÓN de 16 de octubre de 2003, de la Dirección General de Enseñanza, por la que se autoriza con carácter definitivo el funcionamiento del programa de diversificación curricular en centros docentes que imparten Educación Secundaria Obligatoria, durante el curso académico 2003-2004. [2003/X11463]
Una de las medidas que contempla la Orden de 18 de junio de 1999, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula la atención a la diversidad en la Educación Secundaria Obligatoria (DOGV de 29 de junio), es la diversificación curricular.
El punto 3 del apartado treinta y uno de la referida Orden de 18 de junio establece que, una vez comprobado por la Inspección de Educación que los centros docentes reúnen los requisitos necesarios para la puesta en funcionamiento del programa de diversificación curricular, las Direcciones Territoriales de Cultura, Educación y Deporte realizarán la propuesta de autorización definitiva.
En consecuencia, vistas las solicitudes presentadas y las propuestas de las correspondientes Direcciones Territoriales, de acuerdo con lo que dispone el apartado treinta y uno de la citada Orden de 18 de junio de 1999, resuelvo:
Primero
Autorizar con carácter definitivo a los centros docentes que se relacionan en el anexo de esta resolución el funcionamiento del programa de diversificación curricular durante el curso académico 2003-2004 con la estructura que se indica.
Segundo
Según dispone el apartado veintiséis, punto 3, de la citada orden de 18 de junio de 1999, la dirección del centro podrá autorizar la incorporación al programa de nuevos alumnos, a lo largo del primer trimestre del curso, en las condiciones que se especifican.
Tercero
El desarrollo de los programas de diversificación curricular se adecuará a las condiciones establecidas en la Orden de 18 de junio de 1999, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, por la que se regula la atención a la diversidad en la Educación Secundaria Obligatoria (DOGV de 29 de junio).
Valencia, 16 de octubre de 2003.– El director general de Enseñanza: Josep Vicent Felip i Monlleó.

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