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RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2002, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se incrementan los créditos con los que se financian las ayudas destinadas a fomentar la atención en Centros Especializados a aquellas mujeres que por encontrarse en situación de riesgo social por diversas circunstancias originadas en las diferencias de género, requieren una atención específica de acuerdo con los objetivos del Plan de Igualdad de Oportunidades para hombres y mujeres, del Gobierno Valenciano, convocadas mediante Orden de 25 de abril de 2002 de la Conselleria de Bienestar Social (DOGV núm. 4.402, de 2 de mayo). [2002/X11012]

(DOGV núm. 4356 de 14.10.2002) Ref. Base Datos 4465/2002

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2002, de la Conselleria de Bienestar Social, por la que se incrementan los créditos con los que se financian las ayudas destinadas a fomentar la atención en Centros Especializados a aquellas mujeres que por encontrarse en situación de riesgo social por diversas circunstancias originadas en las diferencias de género, requieren una atención específica de acuerdo con los objetivos del Plan de Igualdad de Oportunidades para hombres y mujeres, del Gobierno Valenciano, convocadas mediante Orden de 25 de abril de 2002 de la Conselleria de Bienestar Social (DOGV núm. 4.402, de 2 de mayo). [2002/X11012]
La Conselleria de Bienestar Social, mediante Orden de 25 de abril de 2002 (DOGV núm. 4.240, de 2 de mayo de 2002), ha regulado y convocado ayudas dirigidas a fomentar la atención en Centros Especializados a aquellas mujeres que por encontrarse en situación de riesgo social por diversas circunstancias originadas en las diferencias de género, requieren una atención específica de acuerdo con los objetivos del Plan de Igualdad de Oportunidades para hombres y mujeres, del Gobierno Valenciano, para el ejercicio correspondiente al año 2002.
Mediante la Ley 10/2001, de 27 de diciembre de 2001 (DOGV núm. 4.158, de 31 de diciembre de 2001), se aprobaron y publicaron los presupuestos de la Generalitat Valenciana, para el ejercicio 2002.
Una vez resueltos favorablemente todos los expedientes incoados con motivo de las solicitudes de subvención presentadas al amparo de la Orden de 25 de abril de 2002, que cumplían los requisitos para acceder a estas ayudas, y existiendo crédito disponible en la línea de subvención, procede incrementar los mismos.
Por tanto, en base a lo expuesto y a las competencias de esta Conselleria de Bienestar Social, resuelvo:
Primero
Modificar la cuantía del crédito destinado a financiar la Orden de 25 de abril de 2002, de la línea de subvención que a continuación se detalla:
Denominación: S.S.E. Sector Mujer
Línea de subvención: T1329/02
Consignación presupuestaria: incremento de 46.502,33 euros y pasa de 377.706,52 euros a 424.208,85 euros.
Procedencia: Fondos propios no condicionados.
Segundo
Publicar la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, con los efectos previstos en el artículo 47.11.c del Decreto Legislativo de 26 de junio de 1991, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana.

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