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DECRETO 9/2003, de 27 de junio, del presidente de la Generalitat, por el que modifica el anexo del Decreto 235/1999, de 23 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el régimen de precedencias en el ámbito de la Comunidad Valenciana. [2003/Q7809]

(DOGV núm. 4533 de 30.06.2003) Ref. Base Datos 3243/2003

DECRETO 9/2003, de 27 de junio, del presidente de la Generalitat, por el que modifica el anexo del Decreto 235/1999, de 23 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el régimen de precedencias en el ámbito de la Comunidad Valenciana. [2003/Q7809]
La disposición final segunda del Decreto 235/1999, de 23 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el régimen de precedencias en el ámbito de la Comunidad Valenciana, faculta al presidente de la Generalitat para llevar a cabo la modificación del anexo del mencionado reglamento, en el que consta el orden de las consellerias de la administración de la Generalitat.
El Decreto 71/2003, de 21 de junio, del Consell de la Generalitat, ha determinado el número y determinación de las consellerias en que se organiza la administración de la Generalitat.
El presente decreto tiene por finalidad adaptar el anexo contenido en el Decreto 235/1999, de 23 de diciembre, a la actual estructura de la administración de la Generalitat determinada mediante el Decreto 71/2003, de 21 de junio.
Así pues, en virtud de los preceptos citados y haciendo uso de la facultad atribuida en la disposición final segunda del Decreto 235/1999, de 23 de diciembre, del Consell de la Generalitat,
DISPONGO
Artículo único
Se modifica el anexo del Decreto 235/1999, de 23 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se regula el régimen de precedencias en el ámbito de la Comunidad Valenciana, que queda redactado en los siguientes términos:
«ANEXO
– Conselleria de Presidencia
– Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo
– Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas
– Conselleria de Infraestructuras y Transporte
– Conselleria de Cultura, Educación y Deporte
– Conselleria de Sanidad
– Conselleria de Industria, Comercio y Turismo
– Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación
– Conselleria de Territorio y Vivienda
– Conselleria de Bienestar Social».
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 27 de junio de 2003
El presidente de la Generalitat,
FRANCISCO CAMPS ORTIZ

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