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RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, por la cual se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con Decreto-Ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la covid-19. [2021/12557]

(DOGV núm. 9245 de 29.12.2021) Ref. Base Datos 011962/2021

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Relaciones con la Unión Europea y el Estado, por la cual se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat, en relación con Decreto-Ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la covid-19.

[2021/12557]
De acuerdo con lo que establece el artículo 33 de la Ley orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta dirección general dispone la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana del acuerdo que se transcribe como anexo en esta resolución.

València, 13 de diciembre de 2021.– La directora general de Relaciones con la Unión Europea y el Estado: Daría Terradez Salom.


ANEXO

Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat en relación con el Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la covid-19.

I. De conformidad con las negociaciones previas celebradas por el Grupo de trabajo constituido por Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Generalitat de Valencia para el estudio y propuesta de solución de las discrepancias manifestadas en relación con los artículos 13, 28 y 29, ambas partes consideran solventadas las mismas con arreglo a los siguientes compromisos:
a) En relación con el artículo 13 del Decreto ley 6/2021, el Gobierno de la Generalitat Valenciana se compromete a promover la correspondiente modificación legislativa de este precepto, a fin de añadir un apartado dos al citado artículo 13, con el siguiente tenor literal:
«1.(…)
2. Lo establecido en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de lo dispuesto para los procedimientos de contratación pública en la Disposición Final Primera del Decreto ley 7/2021, del Consell, de 7 de mayo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la Covid-19, por la que se modifica la Disposición Adicional Quinta de la Ley 3/2020 de medidas fiscales, gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021».
b) Respecto al artículo 29.2 del Decreto ley 6/2021, el Gobierno de la Generalitat Valenciana se compromete a promover la correspondiente modificación legislativa de este precepto con el siguiente tenor literal:
«En relación con el anterior se fomentará, en las acciones realizadas con cargo a estos fondos, la incorporación de personas procedentes de colectivos desfavorecidos y vulnerables, así como la utilización de productos ecológicos o respetuosos con el medio ambiente.»

II. En razón al acuerdo alcanzado, ambas partes consideran resueltas las discrepancias manifestadas y concluidas las controversias planteadas.

III. Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley orgánica 2/1979 de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

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