Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2022, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, de creación de Agrupación de Puestos de Trabajo. [2022/11449]

(DOGV núm. 9482 de 01.12.2022) Ref. Base Datos 010838/2022

RESOLUCIÓN de 14 de noviembre de 2022, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, de creación de Agrupación de Puestos de Trabajo. [2022/11449]
Vista la propuesta del director general de Función Pública de creación de una Agrupación de Puestos de Trabajo, resultan los siguientes

Hechos
Primero. El Anexo III de la Ley 4/2021 de Función Pública Valenciana crea la Agrupación de Puestos de Trabajo APT-A1-01-03 de Fondos Europeos, que está constituida por los puestos de trabajo que actualmente están clasificados para su provisión por el Cuerpo A1-01. Superior de Administración general y adscritos orgánicamente a los departamentos con competencias en materia de fondos europeos de la Generalitat y que se encargan de la adecuada coordinación y gestión para la ejecución de los fondos estructurales y de inversión europeos (fondos EIE) en la Comunitat Valenciana.
Por su parte, para el cuerpo A2-01 de Gestión, no se ha previsto dentro del mencionado Anexo III la creación de una APT de Fondos Europeos.
Esta ausencia genera una disfunción a la hora de clasificar los puestos de trabajo barrados A1/A2 que pudieran pertenecer a la APT de Fondos Europeos, ya que podría darse la circunstancia de que para proveer este tipo de puestos se exigiera, para el cuerpo A1-01 la pertenencia a la APT-A1-01-03, y para el cuerpo A2-01 no establecer una exigencia similar al no existir una Agrupación de Puestos de Trabajo para este subgrupo, cuestión que ha sido puesta de manifiesto a la Conselleria con competencia en materia de Fondos Europeos.
Segundo. Actualmente se están llevando a cabo los trabajos necesarios para la adaptación de la Relación de Puestos de Trabajo a la nueva ley 4/2021 de función pública valenciana, siendo necesaria y oportuna la creación de esta nueva APT en el Cuerpo de Gestión A2-01 que permitirá acometer dicha adaptación con criterios de eficacia y racionalización en la ordenación de los puestos de trabajo, reforzando además el número de efectivos especializados en materia de gestión de fondos europeos.
Tercero. Consta en el expediente propuesta de resolución del director general de Función Pública de creació de la APT de Fondos Europeos del cuerpo de Gestión A2-01. de fecha 9 de noviembre de 2022.

Fundamentos de derecho
Primero. Conforme establece el apartado primero del artículo 40 de la Ley 4/2021, los puestos de trabajo podrán agruparse en función de los conocimientos o destrezas exigidos para su desempeño, con el objeto de racionalizar la gestión de recursos humanos.
De este modo, las Agrupaciones de Puestos de Trabajo (APT) se configuran como un instrumento para la ordenación de los procesos de selección de personal y de provisión de puestos de trabajo, así como para la formación y, en su caso, la carrera profesional entendida como sistema de promoción profesional.
Segundo. La APT-A2-01-04 de Fondos Europeos se elabora, conforme establece el apartado segundo del artículo 40 de la Ley 4/2021, con el criterio de agrupar los puestos de trabajo que realicen tareas similares y para cuyo desempeño se requiera de un perfil de competencias profesionales determinado, correspondiendoles las funciones propias de este subgrupo establecidas en el artículo 31 de la Ley 4/21, y adscritos orgánicamente a los departamentos con competencias en materia de fondos europeos de la Generalitat, que se encargan de la adecuada coordinación y gestión para la ejecución de los fondos estructurales y de inversión europeos (fondos EIE) en la Comunitat Valenciana.
Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en la letra f) del apartado 1º del artículo 8, así como en el anexo III de la Ley 4/2021, la competencia para aprobar mediante resolución las Agrupaciones de Puestos de Trabajo de la Administración de la Generalitat, corresponde a la consellera competente en materia de función pública.
Cuarto. Conforme al artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los actos administrativos serán objeto de publicación cuando así lo establezcan las normas reguladoras de cada procedimiento o cuando lo aconsejen razones de interés es público apreciadas por el órgano competente, y en todo caso cuando afecte a una pluralidad indeterminada de personas.
De conformidad con todo lo expuesto y haciendo uso de la competencia que me atribuye el artículo 4 del Decreto 172/2020, de 30 de octubre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública, resuelvo:

Primero
Crear la Agrupación de Puestos de Trabajo de Fondos Europeos dentro del Cuerpo de Gestión A2-01 con la codificación APT-A2-01-04 de Fondos Europeos, constituida por los puestos de trabajo que actualmente están clasificados para su provisión por el Cuerpo de Gestión A2-01 y adscritos orgánicamente a los departamentos con competencias en materia de fondos europeos de la Generalitat y que se encargan de la adecuada coordinación y gestión para la ejecución de los fondos estructurales y de inversión europeos (fondos EIE) en la Comunitat Valenciana

Segundo
En las pruebas de acceso al cuerpo A2-01 de Gestión que seleccionen personal para la Agrupación de Puestos de Trabajo APT-A2-01-04 de Fondos Europeos, la parte especial deberá versar, entre otras, sobre las materias que a continuación se relacionan:

Materias específicas APT-A2-01-04 de Fondos Europeos
1. Marco financiero plurianual y presupuesto de la UE. Elaboración e instituciones implicadas. Métodos de ejecución del presupuesto. La lucha contra el fraude y la protección de los intereses financieros de la Unión Europea.
2. Los reglamentos comunitarios por los que se establecen disposiciones comunes relativas a los Fondos Estructurales en el período de programación 2021-2027. Reglamento (UE) 2021/1060, de 24 de junio, de 2021.
3. Los reglamentos comunitarios por los que se establecen disposiciones específicas para el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y el Fondo Social Europeo Plus. Reglamento (UE) 2021/1058, de 24 de junio, de 2021, relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. Reglamento (UE) 2021/1057, 24 de junio de 2021, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+).
4. El enfoque de la información, comunicación y visibilidad y las medidas efectivas y proporcionadas contra el fraude en la gestión del Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo Social Europeo. Reglamento (UE) 2021/1060, de 24 de junio, de 2021.Reglamento (UE) 2018/1046, de 18 de julio, de 2018, sobre las normas financieras aplicables al presupuesto general de la Unión. Guía EGESIF_14-0021-00 de 16 de junio de 2014, de Orientaciones para los Estados miembros y las autoridades del Programa sobre la Evaluación del Riesgo de Fraude y medidas contra el fraude eficaces y proporcionales.
5. Las tareas de verificación de los fondos europeos. Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (art. 174-178). Procedimiento de las verificaciones de gestión (art. 74 del Reglamento (UE) 2021/1060, de 24.06.2021) y orientaciones EGESIF. Orden de elegibilidad sobre los gastos subvencionables de los Programas Operativos FEDER y FSE.
6. El régimen comunitario de las ayudas de estado. Concepto de ayuda estatal y ayuda «de mínimis». Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (art. 107-109). Reglamento (UE) n ° 1407/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis. Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado. Comunicación de la Comisión relativa al concepto de ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107.1 del TFUE (2016/C 262/01).
7. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia. Concepto y principales cifras en el marco presupuestario de la UE 2021-2027. Reglamento (UE) 2021/241 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia (MRR). Normativa estatal y autonómica para la recuperación post-covid. Real Decreto ley 36/2020, de 30 de diciembre. Decreto ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell. Decreto 161/2021, de 8 de octubre, del Consell.
8. El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR). Documentos de aprobación: Decisión y Acuerdo Operativo. Estructura del plan y definiciones: políticas palanca, componentes, medidas y reformas e inversiones. Gobernanza interadministrativa y calendario de aplicación. Órdenes ministeriales HFP/1030/2021 y HFP/1031/2021, de 29 de septiembre. Jerarquía de gestión. Implicaciones para la gestión y ejecución de fondos de recuperación a nivel autonómico.
9. El Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.

Tercero
Incorporar a la clasificación de los puestos que agrupa la APT-A2-01-04 de Fondos Europeos este nuevo elemento de su clasificación, así como en la correspondiente Relación de Puestos de Trabajo.

Cuarto
Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana esta resolución para general conocimiento.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto, en el plazo de un mes a contar del día siguiente de la notificación, de acuerdo con lo disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado del contencioso-administrativo competente, de acuerdo con el que disponen los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime procedente.

València, 14 de noviembre de 2022.– La consellera de Justícia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

linea
Mapa web