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RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se inicia el procedimiento de nombramiento de las vocalías del Consejo Asesor de Mediación de la Comunitat Valenciana, del artículo 11.4 del Decreto 55/2021, de 23 de abril, del Consell, de aprobación del Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana. [2021/11501]

(DOGV núm. 9217 de 17.11.2021) Ref. Base Datos 010573/2021

RESOLUCIÓN de 10 de noviembre de 2021, de la consellera de Justicia, Interior y Administración Pública, por la que se inicia el procedimiento de nombramiento de las vocalías del Consejo Asesor de Mediación de la Comunitat Valenciana, del artículo 11.4 del Decreto 55/2021, de 23 de abril, del Consell, de aprobación del Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana. [2021/11501]

La Ley 24/2018, de 5 de diciembre, de mediación de la Comunitat Valenciana, en su artículo 20 crea el Consejo Asesor de Mediación de la Comunitat Valenciana como órgano colegiado consultivo y de participación de la Generalitat en materia de mediación, estableciendo que la presidencia corresponderá a la persona titular de la conselleria competente en materia de mediación, y que estará compuesto por personas que representen a la Generalitat, a las entidades de mediación definidas en el artículo 4 de esta ley, a las universidades, a las entidades locales y cuantas personas de reconocido prestigio en la materia con diez años de experiencia acreditada se consideren necesarias para la realización de las funciones de asesoramiento. En todo caso, la designación de los miembros respetará la normativa sobre paridad entre mujeres y hombres como mínimo y sin perjuicio de que las mujeres puedan ser más del 50 %. Asimismo, el número de personas que representen a la Generalitat no podrá ser mayoría de los miembros.
El Decreto 55/2021, de 23 de abril, del Consell, de aprobación del Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana, en el artículo 11.1 establece la composición de dicho órgano colegiado, determinando en su apartado d ordinales 4º, 5º y 6º, respectivamente, el número de personas nombradas por la persona titular de la conselleria competente en materia de mediación, entre las candidaturas que propongan, por una parte, los colegios profesionales y las cámaras oficiales de comercio, industria y navegación, que tengan la consideración de entidades mediadoras; por otra, las asociaciones profesionales y las organizaciones y entidades sociales que intervengan en materia de mediación o agrupen a profesionales de la misma y tengan consideración de entidades mediadoras y, por último, las universidades de la Comunitat Valenciana. Todas ellas con, al menos, diez años de experiencia acreditada.
Por su parte, el apartado 2 del artículo 11, establece que se nombrará una persona suplente por cada vocal, a designar de igual forma que la titular. Y el apartado 3 del mismo artículo prevé que la designación de los miembros respetará la normativa sobre paridad entre hombres y mujeres.
Por lo que se refiere al nombramiento de las vocalías establecidas en los ordinales 4º, 5º y 6º, el artículo 11.4 establece que el órgano de gobierno de cada entidad deberá, mediante acuerdo, autorizar la presentación de las candidaturas, designando a las personas que formarán parte de la misma. Las candidaturas podrán incluir un máximo de cuatro personas, siendo mujeres al menos la mitad, e irán acompañadas de un informe en el que se detallen y justifiquen motivadamente sus méritos y experiencia en materia de mediación.
Y que el plazo de presentación de las candidaturas será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Las entidades que se encuentren comprendidas en los citados ordinales y deseen formar parte del Consejo Asesor de Mediación de la Comunitat Valenciana, deberán presentar telemáticamente en el plazo indicado, sus candidaturas a las respectivas vocalías, utilizando para ello el modelo normalizado de solicitud que se adjunta a la presente resolución, acompañada, en todo caso, del acuerdo de gobierno de la entidad correspondiente y de un informe en el que se detallen y justifiquen motivadamente los méritos y experiencia en materia de mediación de las personas propuestas.
El procedimiento telemático de presentación de candidaturas se encuentra disponible en la sede electrónica de la Generalitat, con el siguiente enlace:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22020&version=amp

Finalizado el plazo de presentación de candidaturas, la persona titular de la conselleria competente en materia de mediación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.4 c), seleccionará a las personas propuestas atendiendo a los principios de diversidad, representación sectorial y territorial y competencia profesional.
En virtud de lo expuesto, resuelvo:

Primero
Iniciar el procedimiento de nombramiento de las vocalías del Consejo Asesor de Mediación de la Comunitat Valenciana, del artículo 11.4 del Decreto 55/2021, de 23 de abril, del Consell, de aprobación del Reglamento de mediación de la Comunitat Valenciana.

Segundo
Ordenar la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe la interposición de recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante este órgano, en virtud de lo dispuesto en los artículos 112.1, 115, 123 y 124 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o formular directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en los artículos 8, 10.1.a, 14 y 46 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contados a partir del día siguiente a su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Todo ello sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que se estime procedente

València, 10 de noviembre de 2021.– La consellera de Justicia, Interior y Administración Pública: Gabriela Bravo Sanestanislao.

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