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RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2012, de la consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se convocan por segunda vez las ayudas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2012. [2012/7713]

(DOGV núm. 6832 de 02.08.2012) Ref. Base Datos 007542/2012

RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2012, de la consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se convocan por segunda vez las ayudas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana, para el ejercicio 2012. [2012/7713]
La Orden de 14 de diciembre de 2009, de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (DOCV 6174 de 29.12.2009), establece las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana.
La Orden 8/2011, de 15 de noviembre, de la Conselleria de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua (DOCV nº 6666 de 07.12.2011), modifica la orden mencionada en el párrafo anterior, y convoca dichas ayudas para el ejercicio 2012. Los cambios introducidos tienen como fin favorecer las inversiones realizadas por aquellos sectores ganaderos, que como consecuencia de la aplicación y cumplimiento de la normativa sobre protección y bienestar de los animales en explotaciones ganaderas, han de afrontar un importante gasto en sus instalaciones para adaptarlas a las exigencias legales.
Estas ayudas se ajustan, en el caso de ayudas a las explotaciones ganaderas, al Reglamento (CE) nº 1857/2006, de la Comisión, de 15 de diciembre de 2006, sobre la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado a las ayudas estatales para las pequeñas y medianas empresas dedicadas a la producción de productos agrícolas y por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 70/2001, DOUE nº 358 de 16 de diciembre de 2006, habiendo sido comunicada a la Comisión Europea y registrada con el nº de ayuda XA 307/2009.
Visto que no se han podido atender todas las solicitudes presentadas en la mencionada convocatoria, visto el interés ganadero por estas ayudas y ante la necesidad de abordar inversiones que pudieran ser subvencionadas en este mismo ejercicio.
Vista la propuesta del director general de Producción Agraria y Ganadería, resuelvo:

Primero
Convocar por segunda vez para el año 2012, las ayudas a la mejora de la competitividad de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana, cuyas bases reguladoras están contenidas en la Orden de 14 de diciembre de 2009 (DOCV nº 6174 de 29.12.2009, modificada por la Orden 8/2011, de 15 de noviembre (DOCV nº 6666 de 07.12.2011).


Segundo
Las ayudas reguladas en la presente orden se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 12.02.02.0000.714.80.7 línea T3090. Con los siguientes importes máximos y anualidades:
Anualidad 2012: 44.000 euros.
Anualidad 2013: 1.300.000 euros.

Tercero
Las ayudas convocadas podrán otorgarse a aquellos solicitantes que, cumpliendo los requisitos establecidos en la correspondiente orden de bases, no se pudieron aprobar o les fue minorado el importe a subvencionar por falta de dotación presupuestaria de la convocatoria publicada en la Orden 8/2011, de 15 de noviembre, así como a las nuevas solicitudes que se presenten y cumplan con los requisitos exigidos.

Cuarto
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

Quinto
Las inversiones serán realizadas y justificadas ante la Administración hasta el día 15 de octubre del ejercicio presupuestario para el que haya sido concedida la subvención, conforme lo establecido en el punto 1 del apartado 7 del anexo I de la Orden de 14 de diciembre de 2009.
Sexto
Los interesados deberán presentar en la solicitud un calendario de ejecución dentro de las dos anualidades para las que se convoca la ayuda.
Concedidas las ayudas con los criterios de prioridad establecidos en el artículo único de la Orden 8/2011, de 15 de diciembre de 2011, que modifica la Orden de 14 de diciembre de 2009, ambas de la conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, agotada la cuantía de ayudas solicitadas para la anualidad 2012, el resto de solicitudes con derecho a subvención se resolverán con cargo a la ayuda convocada para anualidad 2013, sin que en ningún caso se superen las cuantías máximas convocadas.
En la resolución de concesión se indicará la distribución de las ayudas por anualidades.

Séptimo
Las solicitudes se formalizarán conforme lo establecido en el apartado quinto del anexo I de la orden de bases de la ayuda.
Los interesados que hubieran solicitado la ayuda en la convocatoria anterior, sin que hubieran obtenido resolución favorable por falta de dotación presupuestaria, se podrán reiterar en modelo normalizado, no siendo necesario la aportación de la documentación presentada en la anterior convocatoria siempre y cuando dicha documentación se considere válida para la actual.
En ambos casos, los modelos normalizados estarán disponibles en la página web: .

DISPOSICIÓN FINAL

Se delega, en el director general competente en materia de ganadería, la concesión y denegación de las ayudas contempladas en esta resolución.
Esta resolución es definitiva en vía administrativa, y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante La consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación, o impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (Ley 29/1998, de 13 de julio, publicada en el BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998).

Valencia, 28 de junio de 2012.- La consellera de Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua: Maritina Hernández Miñana.

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