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Tribunal Supremo. Certificación de la resolución del recurso contencioso-administrativo (RCA/0002594/2021). Sentencia de 29 de junio de 2022. [2023/7674]

(DOGV núm. 9633 de 06.07.2023) Ref. Base Datos 007321/2023

Certificación de la resolución del recurso contencioso-administrativo (RCA/0002594/2021). Sentencia de 29 de junio de 2022. [2023/7674]
Certificación de la resolución del recurso contencioso-administrativo (RCA/0002594/2021). Sentencia de 29 de junio de 2022.
Sección: 4
Secretaría: Ilma. Sra. D.ª María del Pilar Molina López
Recurso núm. RCA / 0002594 / 2021
Recurrente: Ayuntamiento de Aspe, Generalitat Valenciana
Ilma. Sra. D.ª María del Pilar Molina López. Letrada de la Administración de Justicia de la Sección 4 de la Sala Tercera de Tribuna Supremo, certifico:
Que en esta Sección 4 de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, se ha tramitado recurso de casación núm. RCA/0002594/2021, promovido por el Ayuntamiento de Aspe, Generalitat Valenciana, en el cual se ha dictado Sentencia de fecha 29 de junio de 2022, habiendo formado Sala los Excmos. Sres. , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

“Fallo
Por todo lo expuesto, en nombre del rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido de acuerdo con la interpretación de las normas efectuada en el fundamento quinto,
1. Dar lugar al recurso de casación número 2594/2021, interpuesto por el Ayuntamiento de Aspe contra la sentencia número 132/2020, de 22 de marzo, dictada el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de los de Alicante y anularla.
2. Desestimar el recurso contencioso-administrativo número 82/2021 interpuesto por Israel López Díez contra el Decreto de la Alcaldía del Ayuntamiento de Aspe número 2020000321, de 30 de enero de 2020.
3. Anular el artículo 7, apartado 4 a), 3º del Decreto 42/2019, de 22 de marzo, del Consell, de regulación de las condiciones de trabajo del personal funcionario de la Administración de la Generalitat.
4. Estar, respecto de las costas, a los términos del último de los fundamentos.
Publíquese esta sentencia conforme a lo previsto en los artículos 72.2 y 107.2 de la Ley de la jurisdicción.”

Notifíquese esta resolución a las partes e insértese en la colección legislativa.
Así se acuerda y firma.

Y para que conste y conforme a lo acordado en resolución de esta fecha, en cumplimiento de lo establecido en e artículo 100.7 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, que ordena la publicación del fallo en el Boletín Oficial del Estado, expido la presente en Madrid, a 26 de abril de 2023.

Madrid, 8 de junio de 2023.– La letrada de la Administración de Justicia: María del Pilar Molina López

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