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RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se modifican los anexos II, III y IV de la Orden de 19 de mayo de 2009, de la Conselleria de Educación, en la que se establece el procedimiento de admisión de alumnado en los Programas de Cualificación Profesional Inicial financiados con fondos públicos. [2010/3987]

(DOGV núm. 6245 de 14.04.2010) Ref. Base Datos 004076/2010

RESOLUCIÓN de 25 de marzo de 2010, de la Dirección General de Ordenación y Centros Docentes, por la que se modifican los anexos II, III y IV de la Orden de 19 de mayo de 2009, de la Conselleria de Educación, en la que se establece el procedimiento de admisión de alumnado en los Programas de Cualificación Profesional Inicial financiados con fondos públicos. [2010/3987]
Por Orden de 19 de mayo de 2009 (DOCV del 29 de mayo) de la Conselleria de Educación, se estableció el procedimiento de admisión del alumnado en los Programas de Cualificación Profesional Inicial financiados con fondos públicos. Según su disposición adicional segunda se faculta a esta Dirección General a introducir modificaciones en sus anexos. De acuerdo con las nuevas necesidades derivadas de la modificación de determinados aspectos organizativos y académicos de los Programas de Cualificación Profesional Inicial, y en virtud de las facultades concedidas, procede la modificación de los anexos II, III y IV, por todo lo cual, resuelvo:
Primero
Dejar sin efectos los anexos II, III y IV de la citada Orden de 19 de mayo de 2009, y sustituirlos por los anexos que aparecen en la presente resolución.
Segundo
No habiéndose publicado los anexos correspondientes al proceso de admisión del alumnado en los Programas de Cualificación Profesional Inicial para el curso 2010/2011 en las resoluciones de las direcciones territoriales de fecha 10 de marzo de 2010 (DOGV de 18 de marzo) cabe señalar que siguen vigentes los anexos correspondientes a la Orden del 19 de mayo de 2009 (DOCV de 29 de mayo) excepto los modificados en esta resolución.
Tercero
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la secretaria autonómica de Educación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114.1 y 115.1 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime oportuno.
Valencia, 25 de marzo de 2010.- El director general de Ordenación y Centros Docentes: Rafael Carbonell Peris.

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