Ficha disposicion pc

Texto h2

diari

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se da publicidad de los créditos que han de financiar las ayudas convocadas mediante la Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a personas con diversidad funcional para el periodo 2020 (línea S6738000). [2020/2876]

(DOGV núm. 8790 de 16.04.2020) Ref. Base Datos 003106/2020

RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se da publicidad de los créditos que han de financiar las ayudas convocadas mediante la Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a personas con diversidad funcional para el periodo 2020 (línea S6738000). [2020/2876]

La Resolución de 18 de diciembre de 2019 (DOGV 8703, 23.12.2019), de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a personas con diversidad funcional para el año 2020, fue tramitada de acuerdo con el Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, por el que se desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social.
Tras la publicación de la Ley 10/2019, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2020 (DOGV 8708, 31.12.2019), los créditos de la dotación económica de la línea S6738000, «Conciertos de plazas en centros de atención social a personas con diversidad funcional», convocada por la Resolución de 18 de diciembre de 2019, se han incrementado por la enmienda núm. 299 de adición de 500.000,00 €, fijándose la cantidad total en 114.300.000,00 €
En aplicación de lo que establece el apartado segundo de la citada resolución, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 160 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones, se procede a dar publicidad de los créditos de las líneas de subvención destinadas a la financiación de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de diversidad funcional para el año 2020 convocadas mediante la Resolución de 18 de diciembre de 2019.
En virtud de lo expuesto y en uso de las facultades que me confieren el artículo 160 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de hacienda pública, del sector público instrumental y de subvenciones (DOGV 7464, 12.02.2015), y el Decreto 105/2019, de 5 de julio, del Consell, por el que establece la estructura orgánica básica de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat. (DOGV 8590, 12.07.2019), resuelvo:

Primero
Dar publicidad a los créditos presupuestarios correspondientes a la línea de subvención que se relaciona a continuación, destinados a financiar las ayudas reguladas por el Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell y convocadas por la Resolución de 18 de diciembre de 2019 (DOGV 8703, 23.12.2019), de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, dirigidas a financiar los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a personas con diversidad funcional para el año 2020, con cargo al programa presupuestario 311.20, Gestión y organización del sistema.
Código línea: S6738000
Consignación presupuestaria:
Anualidad 2020: 114.300.000,00 €
Procedencia y cuantía de los fondos:
Propios no condicionados: 3.078.860,00 €
Propios condicionados: 54.183.520,00 €
Externa:
Tasa por prestación de servicios de atención social: 2.854.100,00
Transferencia del IMSERSO: 54.183.520,00 €

Segundo
El régimen de libramiento será el establecido en el artículo 44.1.d.3º, de la Ley 10/2019, de 27 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2020, que es el siguiente: «El libramiento de las líneas de subvención destinadas a financiar los conciertos para la prestación de servicios sociales por entidades de iniciativa social se realizará mensualmente, conforme a los módulos económicos fijados en la convocatoria y el número de plazas concertadas en el correspondiente concierto social. El pago de las mensualidades se librará a mes vencido con la presentación de la relación nominal de personas atendidas, en las que deberá detallarse las plazas concertadas no ocupadas, conformadas por el órgano competente. El libramiento correspondiente al mes de diciembre se librará de forma anticipada con la relación nominal de personas atendidas y plazas no ocupadas a fecha 1 de diciembre, sin perjuicio de las regularizaciones correspondientes, que se efectuarán, en todo caso, antes del 31 de enero del ejercicio siguiente, que implicarán la exigencia, en su caso, de reintegro de los importes indebidamente percibidos.»

Tercero
En caso que, tras el oportuno procedimiento de selección, quedara un remanente de crédito sin disponer en las líneas, la Conselleria podrá proceder a una segunda resolución de convocatoria, con arreglo a dicho importe, fijando nuevos servicios y número de plazas a concertar para atender las necesidades sociales.
Por otra parte, si como consecuencia de transferencias presupuestarias se vieran modificados estos créditos, su modificación se publicará mediante resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 9 de abril de 2020.– La vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.

linea
Mapa web