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RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, de aprobación del modelo de adenda y del anexo a la misma regulados en el Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales. [2022/2705]

(DOGV núm. 9309 de 30.03.2022) Ref. Base Datos 002645/2022

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2022, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, de aprobación del modelo de adenda y del anexo a la misma regulados en el Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales. [2022/2705]
Antecedentes
Primero. La Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicios sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana dispone en su artículo 110 que la colaboración entre las distintas administraciones públicas de la Comunitat Valenciana para la financiación del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales se fijará a través de convenios de colaboración plurianuales u otras fórmulas previstas en la normativa vigente.
Segundo. El Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales tiene por objeto, entre otros, la ordenación de los instrumentos de financiación del Sistema Público Valenciano de Servicios Sociales entre las distintas administraciones públicas de la Comunitat Valenciana mediante la regulación de la colaboración financiera entre la Generalitat y las entidades locales a través del instrumento del contrato programa.
Tercero. El citado Decreto 38/2020, de 20 de marzo en sus artículos 11 y 12 establece la utilización de los contratos programas por parte de la administración de la Generalitat y las diputaciones provinciales como instrumento para regular la financiación a los municipios y mancomunidades para la prestación de servicios sociales será preceptiva.
Asimismo, dispone que la conselleria competente en servicios sociales pondrá a disposición de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana un modelo de contrato programa y de sus anexos con la finalidad de facilitar la elaboración del mismo y favorecer la homogeneidad de los acuerdos interadministrativos.
Cuarto. El artículo 25 del Decreto 38/2020, titulado Actualización y modificación del contrato programa señala que:
«1. El contrato programa podrá ser actualizado o modificado por acuerdo de las partes mediante la incorporación de las adendas correspondientes, sin que resulte necesaria la elaboración de un nuevo contrato programa.
2. No obstante lo anterior, la finalización del contrato programa que resulte por la incorporación producida en virtud de las modificaciones a que se refiere el apartado anterior, será en todo caso la inicialmente pactada, con independencia de la fecha de inicio de cada prestación o servicio adicional.»
Quinto. En el mismo sentido que el artículo 25 del Decreto 38/2020 se expresa la cláusula undécima del modelo de contrato programa aprobado por Resolución de la Vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, de fecha 5 de febrero de 2021, según la cual el contrato programa podrá ser modificado o actualizado por acuerdo de las partes mediante la incorporación de las adendas.
Sexto. En fecha 23 de febrero de 2022 la Abogacía General de la Generalitat al amparo del artículo 5.3 de la Ley 10/2005, de 9 de diciembre, de la Generalitat, de asistencia jurídica a la Generalitat, emite informe favorable.
Séptimo. Por otro lado, puesto que se han modificado los anexos (fichas) 3.2 Servicio de promoción de la autonomía personal, 3.3 Servicio de inclusión social, y 3.4 Servicio de intervención y prevención con las familias, procede incorporar su aprobación a la presente resolución.

Fundamentos de derecho
Primero. En virtud del Decreto 170/2020, de 30 de octubre, del Consell, de aprobación del Reglamento orgánico y funcional de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas es el máximo órgano encargado de la dirección y ejecución de la política del Consell en materia de prestación social, servicios sociales, dependencia, personas con diversidad funcional, familias, infancia y adolescencia, adopciones, juventud, mujer, personas migrantes y voluntariado social.
Asimismo, en su artículo 17.a, establece que la Dirección General de Gestión y Organización del Sistema es la competente para: Diseñar, coordinar y gestionar la implantación, seguimiento, definición y evaluación del modelo de financiación de los servicios sociales, con la asistencia funcional de las correspondientes direcciones generales competentes en las materias objeto de financiación.
Segundo. En virtud del Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales que en su Disposición Adicional Segunda establece que los modelos de contrato programa y de los anexos del mismo regulados en el decreto serán aprobados por resolución de la consellera o conseller competente en materia de servicios sociales, pudiendo desarrollar y establecer un mayor detalle en la documentación, siempre que ello resulte necesario por razones técnicas o de adecuación a la normativa que resulte de aplicación.
Tercero. En cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 apartado 2 del Decreto 38/2020, de 20 de marzo «la conselleria competente en materia de servicios sociales pondrá a disposición de las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana un modelo de contrato programa y de sus anexos, con la finalidad de facilitar la elaboración del mismo y favorecer la homogeneidad de los acuerdos interadministrativos.»
Cuarto. Según dispone el artículo 25, «el contrato programa podrá ser actualizado o modificado por acuerdo de las partes mediante la incorporación de las adendas correspondientes, sin que resulte necesaria la elaboración de un nuevo contrato programa».
Quinto. Resulta procedente la aplicación analógica del referido articulado para aprobar la modificación de los anexos 3.2, 3.3 y 3.4.
De acuerdo con lo expuesto, resuelvo:

Primero
Aprobar el modelo de adenda del contrato programa y su anexo, de conformidad con el artículo 25 del Decreto 38/2020, de 20 de marzo, del Consell, de coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales, así como con la cláusula undécima del modelo de contrato programa aprobado por la Resolución de 5 de febrero de 2021, de la Vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas.

Segundo
Aprobar la modificación de los anexos (fichas) 3.2. 3.3 y 3.4.

Tercero
Publicar el modelo de adenda del contrato programa y los mencionados anexos en el portal de Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
http://www.inclusio.gva.es/va/web/planificacion-y-organizacion/contracte-programa

Cuarto
Publicar la resolución de aprobación del modelo de adenda del contrato programa y anexos en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 27 de marzo de 2022.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas: Mónica Oltra Jarque.

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