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RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2018, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se da publicidad al Plan de formación del personal examinador de las pruebas de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià para el año 2018 y se establece el procedimiento que regula la acreditación del personal examinador. [2018/2323]

(DOGV núm. 8248 de 06.03.2018) Ref. Base Datos 002359/2018

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2018, de la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, por la que se da publicidad al Plan de formación del personal examinador de las pruebas de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià para el año 2018 y se establece el procedimiento que regula la acreditación del personal examinador. [2018/2323]

La adaptación de las pruebas de certificado de nivel de valenciano, que organiza anualmente la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (en adelante, JQCV), completó la primera etapa con el Plan de formación del personal examinador del año 2017.
El año 2018, la JQCV convocará pruebas de certificado de nivel de valenciano para los niveles A2, B1, B2, C1 y C2, y todas estarán adaptadas al Marco Europeo Común de Referencia para las Lenguas (MECRL), tanto en el contenido de las pruebas como en la elaboración de propuestas de examen. Ello quiere decir aumentar la cantidad de personas necesarias para la organización y administración de la prueba en las 24 sedes oficiales.
La necesidad de poder disponer cada vez más de personas conocedoras del MECRL y poder actuar de forma más coordinada y objetiva, nos obliga a continuar la formación del personal examinador que colabora habitualmente en las pruebas de la JQCV.
El Decreto 128/2016, de 7 de octubre, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula la JQCV, señala, en el artículo 1, que la conselleria competente en materia de política lingüística y gestión del multilingüismo tiene como función registrar, expedir, homologar y validar los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano, así como organizar las pruebas para obtenerlos.
La Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la JQCV, el personal examinador y la homologación y la validación de otros títulos y certificados, establece, en el artículo 2, que corresponde a la dirección general con competencias en materia de política lingüística y gestión del multilingüismo establecer la formación y la especialización del personal examinador.
El artículo 3 de la orden mencionada establece que el órgano competente debe velar para que las pruebas sean adecuadas a la función social que cumplen, de acuerdo con la realidad sociolingüística valenciana, los criterios pedagógicos, los avances de la lingüística, la evolución del sistema educativo, la normativa de la Acadèmia Valenciana de la Llengua, los criterios lingüísticos de aplicación a la Administración de la Generalitat y sus entes instrumentales, y los criterios de evaluación que emanan del Marco Europeo Común de Referencia.
El capítulo IV regula los requisitos, la acreditación y la formación del personal examinador, y el punto 4 del artículo 14 prevé que se dé publicidad, mediante una resolución, del plan de formación del personal examinador aprobado anualmente por el Pleno de la JQCV.
En la reunión del Pleno de la JQCV del día 20 de febrero de 2018 se adoptó el acuerdo de aprobar el Plan de formación del personal examinador de las pruebas de la JQCV para el año 2018 y el procedimiento que regula la acreditación del personal examinador.
En virtud del acuerdo mencionado y de conformidad con las competencias que tiene atribuidas la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo por el Decreto 155/2015, de 18 de septiembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento orgánico y funcional de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, resuelvo:

Primero. Publicidad del Plan
Dar publicidad al Plan de formación del personal examinador de las pruebas de la JQCV para el año 2018.

Segundo. Objetivos del Plan
El artículo 14 de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la JQCV, el personal examinador y la homologación y la validación de otros títulos y certificados, propone los objetivos siguientes:
a) Conocer los planteamientos generales del MECRL y los niveles de referencia.
b) Familiarizarse con el contenido y el formato de las pruebas de la JQCV.
c) Conocer los protocolos de administración de las pruebas escritas y orales de la JQCV.
d) Conocer los criterios de evaluación de las áreas de cada nivel de las pruebas de la JQCV.
Además, este plan quiere conseguir que las personas que actúen directamente en la evaluación de las pruebas se familiaricen con las plantillas de evaluación del área de expresión e interacción orales de cada nivel de las pruebas de la JQCV.

Tercero. Actuaciones del Plan
1. El artículo 14 de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la JQCV, el personal examinador y la homologación y la validación de otros títulos y certificados, clasifica los cursos de la siguiente manera:
1.1. Personas directamente implicadas en la evaluación del área de expresión e interacción orales:
a) Curso de acreditación de examinadores de la JQCV de los niveles A1 y A2 para las áreas orales o escritas.
b) Curso de acreditación de examinadores de la JQCV de los niveles B1 y B2 para las áreas orales o escritas.
c) Curso de acreditación de examinadores de la JQCV de los niveles C1 y C2 para las áreas orales o escritas.
d) Otros cursos de actualización.
1.2. Personas directamente implicadas en la administración de la prueba: curso de organización de las pruebas en los diferentes niveles.
1.3. Personas directamente implicadas en la evaluación del área de expresión escrita: curso de coordinación de los criterios de evaluación del área de expresión escrita.
2. Las acciones formativas podrán ser presenciales, semipresenciales o en línea.

Cuarto. Procedimiento de acreditación del personal examinador
1. El artículo 13 de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la JQCV, el personal examinador y la homologación y la validación de otros títulos y certificados, especifica la acreditación del personal examinador que colaborará con la JQCV.
2. La realización de los cursos permite obtener la acreditación como personal examinador de la JQCV para todas las convocatorias en que participe.
3. Para estar acreditado como personal examinador de un nivel de certificado hay que haber asistido al curso de formación correspondiente de forma íntegra, o haberlo realizado.
4. El personal examinador será acreditado mediante un código que le identificará en la base de datos de la JQCV, según el punto 2 del artículo 13 de la Orden 7/2017. Este código permitirá acreditar su tarea como personal examinador en todas las convocatorias en que participe.
5. La validez de la acreditación irá ligada a la vigencia de los criterios de evaluación de las pruebas, sin perjuicio de que en el futuro pueda regularse la actualización de la acreditación.
6. El hecho de obtener la acreditación no supone la convocatoria automática de la persona acreditada, ya que la cantidad de personas convocadas estará determinada por las necesidades de cada convocatoria.
7. Todo ello sin perjuicio de lo que pueda determinar el Pleno de la JQCV para cada convocatoria.

Quinto. Estructura de las acciones formativas
1. Los cursos para las personas directamente implicadas en la evaluación del área de expresión e interacción orales tendrán una duración de ocho horas.
2. Los cursos para las personas directamente implicadas en la administración de la prueba no tendrán una duración determinada.
3. Los cursos para la coordinación de los criterios de evaluación del área de expresión escrita no tendrán una duración determinada.
4. Los cursos con una duración de ocho horas podrán organizarse en días no consecutivos.

Sexto. Temporalización del Plan
1. Niveles B1 y B2: una acción formativa en el primer trimestre del año y otra acción formativa en el cuarto trimestre del año.
2. Niveles C1 y C2: una acción formativa en el primer semestre del año y otra acción formativa en el cuarto trimestre del año.
3. En el mes de julio se organizarán acciones formativas para los diferentes niveles dentro de los cursos de verano que organiza la Dirección General de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo.
4. Las necesidades que la organización de la JQCV pueda detectar pueden hacer ampliar esta oferta.
5. Esta temporalización solo es una propuesta que puede experimentar cambios en las fechas.
6. El horario de las acciones formativas será de tarde, de lunes a viernes, o sábado por la mañana.

Séptimo. Destinatarios del Plan
El artículo 12 de la Orden 7/2017, de 2 de marzo, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se regulan los certificados oficiales administrativos de conocimientos de valenciano de la JQCV, el personal examinador y la homologación y la validación de otros títulos y certificados, indica los requisitos que deben cumplir las personas que actúan en las pruebas de certificación de nivel de la JQCV.
Las acciones formativas encaminadas a la evaluación del área de expresión e interacción orales se dirigen exclusivamente a las personas que cumplen los requisitos indicados en el punto anterior.
Las acciones formativas para los administradores de la prueba no se dirigen exclusivamente a las personas que cumplen los requisitos indicados en el punto anterior.

Octavo. Organización del Plan
La geografía y distribución de las sedes donde se convocan las pruebas es determinante a la hora de la propuesta de actuaciones formativas.
La organización está dividida en cuatro zonas, y cada zona incluye los formadores que actúan en las sedes que a continuación se detallan:
– Zona A: Castellón de la Plana, Burriana, Segorbe, La Vall d’Uixó y Vinaròs.
– Zona B: València, Buñol, Llíria, Paterna, Torrent y Sagunto.
– Zona C: Alzira, Dénia, Gandia, Ontinyent, Sueca y Xàtiva.
– Zona D: Alicante, Alcoy, Benidorm, Elda, Elche, Orihuela y Villena.
Cualquiera de las ciudades que organizan pruebas de la JQCV puede ser sede de una acción formativa.

Noveno. Matriculación en el Plan
1. Las acciones formativas se ofrecerán en el web de la JQCV: http://www.ceice.gva.es/va/web/jqcv/pla-de-formacio-del-personal-examinador.
2. Las personas que ocupan las secretarías de las diversas comisiones examinadoras, o la persona responsable de la organización de las pruebas en las diferentes sedes, pueden convocar a las personas que consideren necesarias para las acciones formativas ofrecidas.
3. Las personas interesadas en formar parte del personal examinador, que cumplan los requisitos indicados en el punto sexto de esta resolución y no hayan trabajado nunca para la JQCV, deberán enviar previamente un correo electrónico al Servicio de Acreditación: acreditación_dgplgm@gva.es.
4. La matriculación en las acciones formativas se hará únicamente de manera telemática.

Diez. Evaluación del Plan
Las acciones formativas que finalmente se realicen deberán ser evaluadas por las personas que asistan. Esta evaluación se hará mediante un formulario en línea que formará parte del informe final de evaluación de este plan de formación del personal examinador.
Los formadores presentarán un informe de las diferentes acciones desarrolladas al acabar la acción formativa correspondiente.
Toda esta documentación formará parte del informe que se presentará al Pleno de la JQCV para que le valore antes de aprobar el plan de formación del año siguiente.

València, 20 de febrero de 2018.– El director general de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo: Rubén Trenzano Juan.

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