CORRECCIÓN de errores del Decreto Ley 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunitat Valenciana. [2012/455]
(DOGV núm. 6693 de 17.01.2012) Ref. Base Datos 000479/2012
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Análisis jurídico
Fecha de entrada en vigor: 18.01.2012 Esta disposición afecta a: Corrige a: -
Análisis documental
Origen disposición: Conselleria Hacienda y Administración Pública Grupo Temático: Legislación Materias: Función pública Normativa tributaria Presupuestos y política presupuestaria Descriptores: Temáticos: funcionario, función pública, reducción de salarios, reducción del tiempo de trabajo, apoyo económico, ayuda social, seguro de vejez, carrera profesional, prima salarial, personal docente, incapacidad laboral, baja por enfermedad, impuesto sobre la renta de las personas físicas, deducción fiscal, protección de la familia, adopción, familia numerosa, fiscalidad, política fiscal, impuesto local, derechos de registro, impuesto sobre los carburantes, planificación de la mano de obra, convenio colectivo, condición de trabajo, empresa pública, sociedad de economía mixta, personal contratado , personal laboral de la Generalitat, personal de la Generalitat, personal estatutario de instituciones sanitarias, cuerpos de la Administración de Justicia, cuerpos docentes no universitarios, concierto educativo, monografías
CORRECCIÓN de errores del Decreto Ley 1/2012, de 5 de enero, del Consell, de medidas urgentes para la reducción del déficit en la Comunitat Valenciana. [2012/455]
Advertido error en la publicación de la citada disposición (DOCV número 6688, de 10.01.2012), se corrige a continuación:
Página 762, punto 4 del artículo 3. Jornada de trabajo.
Donde dice:
«4. No obstante, mantendrá su jornada y retribuciones actuales el personal no docente en centros docentes, centros de formación e inserción profesional, el personal de emergencias, los destinados en residencias de atención a personas mayores dependientes o con discapacidad, centros de recepción y acogida de menores, centros de reeducación, comedores sociales, centros especializados de atención a mayores, centros de evaluación y orientación de discapacitados»;
Debe decir:
«4. No obstante, mantendrá su jornada y retribuciones actuales el personal no docente en centros docentes, personal de centros Servef de empleo, centros de formación e inserción profesional, el personal de emergencias, los destinados en residencias de atención a personas mayores dependientes o con discapacidad, centros de recepción y acogida de menores, centros de reeducación, comedores sociales, centros especializados de atención a mayores, centros de evaluación y orientación de discapacitados».