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RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia, para el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2022: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia. [2022/64]

(DOGV núm. 9254 de 12.01.2022) Ref. Base Datos 000262/2022

RESOLUCIÓN de 27 de diciembre de 2021, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se prorrogan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia, para el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2022: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia. [2022/64]
El servicio de atención telefónica y el servicio específico de atención a abusos son dos recursos fundamentales en el ámbito de la prevención de la infancia y la adolescencia.

Antecedentes de hecho
I) La Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia, aprobó la convocatoria pública de los mencionados acuerdos de acción concertada.
II) Por la Resolución de 6 de mayo de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se aprueba el acuerdo de acción concertada del servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia con la entidad Fundación ANAR.
III) Por la Resolución de 12 de junio de 2020, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, se aprueba el acuerdo de acción concertada del servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia con las entidades Asociación SPAM (lote I) y Fundación Diagrama Intervención Psicosocial (lotes II y III).
IV) El 22 de mayo de 2020 se formalizó el acuerdo de acción concertada con la Fundación ANAR.
V) El 6 de julio de 2020 se formalizó el acuerdo de acción concertada con la Asociación SPAM.
VI) El 15 de julio de 2020 se formalizó el acuerdo de acción concertada con la Fundación Diagrama Intervención Psicosocial.
VII) Por la Resolución de 23 de diciembre de 2020, de la directora general de Infancia y Adolescencia se aprobó la prórroga de la acción concertada para el ejercicio 2021, que se formalizó con las entidades en diferentes documentos de 21 de enero de 2021.
VIII) Por Resolución de 2 de noviembre de 2021, de la directora general de Infancia y Adolescencia, se inicia el procedimiento de prórroga, para el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2022, de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia.
IX) Las direcciones territoriales de Castelló, Valencia y Alicante, y la Dirección General de Infancia y Adolescencia informan sobre la conformidad de la prestación del servicio de cada una de las entidades adjudicatarias del concierto social y sobre el cumplimiento de los requisitos necesarios para llevarlo adelante.
X) Finalizado el plazo de audiencia a las entidades concertadas, todas ellas manifiestan la conformidad a la prórroga del concierto social durante el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2022, según las condiciones aprobadas en esta resolución.

Fundamentos de derecho
I) La Ley 26/2018, de 21 de diciembre, de la Generalitat, de derechos y garantías de la infancia y la adolescencia, en los artículos 1, 10 y 92, entre otros, establece un marco de prevención, protección y atención en la infancia y la adolescencia como obligación de la administración.
II) La Ley 3/2019, de 18 de febrero, de la Generalitat, de servicio sociales inclusivos de la Comunitat Valenciana, establece en el artículo 34.1.b la acción concertada como forma de provisión de las prestaciones del Sistema Público de Servicios sociales con entidades privadas de iniciativa social.
III) El Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, desarrolla la acción concertada para la prestación de servicios sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana por entidades de iniciativa social y establece en el título VII los criterios de prórroga de los conciertos.
IV) El apartado tercero de la Resolución de 18 de diciembre de 2019, de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, por la que se convocan los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia para el año 2020: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia, delega en la persona titular de la dirección general con competencia en materia de infancia y adolescencia, la resolución del procedimiento de acción concertada a que aquella se refiere, y también la decisión respecto a la prórroga de los conciertos.
V) Además, dentro de la resolución mencionada en la letra anterior, el artículo 2 del anexo I, de condiciones generales de la convocatoria de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de atención a infancia y adolescencia, prevé la posibilidad de prorrogar los conciertos.
VI) El punto tercero de la Resolución de 6 de mayo de 2020, y el quinto de la Resolución de 12 de junio de 2020, por las que se resuelven los procedimientos de selección de solicitudes de entidades de iniciativa social, contemplan las posibles prórrogas.
VII) La prórroga se ampara en la estipulación séptima de cada uno de los documentos de formalización de los acuerdos de acción concertada firmados con las respectivas entidades adjudicatarias.

Y por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell, y con la delegación de la decisión respecto de la prórroga de los conciertos en la persona titular de la dirección general con competencia en materia de infancia y adolescencia, resuelvo:

Primero
Aprobar la prórroga por seis meses, del 1 de enero al 30 de junio de 2022, de los acuerdos de acción concertada en materia de servicios sociales en el sector de infancia y adolescencia: servicio de atención telefónica a la infancia y la adolescencia y servicio específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia, aprobados en las resoluciones de 6 de mayo de 2020 y de 12 de junio de 2020, respectivamente, según la siguiente distribución:

Servicio Lote Entidad CIF de la entidad Importe
Atención telefónica a la infancia y la adolescencia Fundación ANAR G80453731 73.021,08 €
Específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia I Asociación SPAM G12520391 49.250,64 €
Específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia II Fundación Diagrama Intervención Psicosocial G73038457 121.440,66 €
Específico de atención a abusos en la infancia y la adolescencia III Fundación Diagrama Intervención Psicosocial G73038457 109.971,00 €


Segundo
La aprobación de la prórroga del concierto social para el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2022, por un importe total de 353.683,38 €, se efectúa con cargo al crédito consignado en el programa presupuestario 313.30, Infancia y adolescencia, capítulo IV, línea presupuestaria S1120000, de la sección 16, del presupuesto de gastos de la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para el año 2022. La resolución de la presente prórroga queda condicionada a la existencia efectiva de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto del ejercicio 2022.
Sin embargo, el importe para el periodo del 1 de enero al 30 de junio de 2022 aprobado mediante esta resolución podrá revisarse durante el plazo de duración de la prórroga del concierto social, por resolución del órgano competente de la conselleria, para mantener las condiciones económicas del concierto, dentro de las disponibilidades presupuestarias y de los términos previstos en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española tal como dispone el artículo 33.2 del Decreto 181/2017, de 17 de noviembre, del Consell. Así mismo, lo anteriormente expuesto queda condicionado a la disponibilidad de crédito adecuado y suficiente en los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2022.

Tercero
La presente resolución de prórrogas será objeto de publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, produciendo esta los efectos de la notificación a los interesados, conforme a lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Cuarto
La prórroga de la concertación de los servicios aprobada en esta resolución queda sujeta a la suscripción de los documentos administrativos de formalización de concierto social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 18 del anexo I de la resolución de convocatoria.
La formalización de las prórrogas acordadas, mediante una adenda al documento de formalización de concierto social subscrito en 2020, se debe hacer dentro del plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

València, 27 de diciembre de 2021.– La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, p. d. (R 18.12.2019), la directora general de Infancia y Adolescencia: Rosa Josefa Molero Mañes.

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