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RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2002 del director general de Industria y Energía, por el que se establece en la Comunidad Valenciana, el modelo de acta referente a las comprobaciones básicas a realizar con ocasión de las actuaciones de los organismos de control en la realización de las inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia. [2002/13246]

(DOGV núm. 4397 de 12.12.2002) Ref. Base Datos 5561/2002

RESOLUCIÓN de 11 de noviembre de 2002 del director general de Industria y Energía, por el que se establece en la Comunidad Valenciana, el modelo de acta referente a las comprobaciones básicas a realizar con ocasión de las actuaciones de los organismos de control en la realización de las inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia. [2002/13246]
La Orden de 9 de mayo de 2002 de la Conselleria de Innovación y Competitividad, publicada en el DOGV del 3 de junio de 2002, establece el procedimiento de actuación de los organismos de control en la realización de las inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia.
En su artículo 3, apartado 4, referente a la periodicidad y procedimiento para la realización de las inspecciones, se determina que el resultado de la inspección se hará constar en acta, según modelo aprobado por la Dirección General de Industria y Energía, en la que se hará referencia a las comprobaciones básicas realizadas, a los defectos de la instalación, calificándolos como críticos, mayores o menores, desde el punto de vista de la seguridad de las instalaciones frente a los usuarios, a las modificaciones necesarias para subsanar las deficiencias, con expresión de plazo para realizarlas y medidas tomadas en su caso.
Con objeto de que en el acta de la inspección realizada queden reflejados los datos anteriormente referidos, resuelvo:
Primero
Establecer en el ámbito de la Comunidad Valenciana el modelo de acta referente a las comprobaciones básicas a realizar con ocasión de las actuaciones de los organismos de control en la realización de las inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia, definida en el apartado 4, del artículo 3 "Periodicidad y procedimiento para la realización de las inspecciones" de la Orden de 9 de mayo de 2002 por la que se establece el procedimiento de actuación de los organismos de control en la realización de las inspecciones periódicas de instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia.
Segundo
El contenido del acta de inspección, será el definido en el anexo de la presente resolución.

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