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RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2004, de la Dirección General de Enseñanza, por la que se modifican las resoluciones de 8 de marzo y 15 de abril de 2002 así como las de 25 de febrero y 29 de abril de 2003, por las que se adscriben colegios de Educación Primaria a institutos y secciones de Educación Secundaria y centros de Primaria a Secundaria a los efectos de la escolarización del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria. [2004/X2712]

(DOGV núm. 4714 de 17.03.2004) Ref. Base Datos 1160/2004

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2004, de la Dirección General de Enseñanza, por la que se modifican las resoluciones de 8 de marzo y 15 de abril de 2002 así como las de 25 de febrero y 29 de abril de 2003, por las que se adscriben colegios de Educación Primaria a institutos y secciones de Educación Secundaria y centros de Primaria a Secundaria a los efectos de la escolarización del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria. [2004/X2712]
Estando prevista la creación, para el curso 2003/04, de secciones e institutos de Educación Secundaria en distintos municipios de la Comunidad y dada también la conveniencia de ajustar mejor la correspondencia entre Educación Primaria y centros de Educación Secundaria a los que se adscriben para realizar una oferta de puestos escolares que corresponda más adecuadamente a las necesidades, procede modificar las Resoluciones de 8 marzo de 2002 (DOGV núm. 4.210, de 14 de marzo), 15 de abril de 2002 (DOGV núm. 4.233, de 22 de abril), 25 de febrero de 2003 (DOGV núm. 4.455, de 7 de marzo) y 29 de abril de 2003 (DOGV núm. 4.500, de 15 de mayo) por las que se adscriben colegios de Educación Primaria a institutos y secciones de Educación Secundaria y centros de Primaria a Secundaria a los efectos de la escolarización del alumnado de Educación Secundaria Obligatoria.
Por todo ello, resuelvo:
Modificar los anexos de las Resoluciones de 8 de marzo de 2002, 15 de abril de 2002, 25 de febrero de 2003 y 29 de abril de 2003, por las que se adscriben centros de Educación Primaria a centros de Educación Secundaria a los efectos de escolarización del alumnado en los términos que se indica en el anexo de la presente resolución.
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera
La presente resolución se inscribirá en el Registro de Centros Docentes de la Comunidad Valenciana.
Segunda
La Dirección Territorial de Cultura, Educación y Deporte, con anterioridad al inicio del proceso general de admisión de alumnos, determinará en los centros de Educación Secundaria objeto de esta normativa, el número de puestos escolares de Educación Secundaria Obligatoria, de acuerdo con el número de grupos que haya establecido la Dirección General de Enseñanza, para hacer efectiva la escolarización del alumnado.
DISPOSICIONES FINALES
Primera
Esta resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. No obstante, sus efectos se entenderán referidos al inicio de los procesos de escolarización del curso 2004/05.
Segunda
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conseller de Cultura, Educación y Deporte en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114.1 y 115.1 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime oportuno.

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