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RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2003, del director territorial de Cultura y Educación de Alicante, por la que se establece el calendario para la asignación de puestos escolares a alumnos de centros adscritos y para la admisión de alumnos en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos para el curso 2003-2004. [2003/2538]

(DOGV núm. 4455 de 07.03.2003) Ref. Base Datos 1074/2003

RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2003, del director territorial de Cultura y Educación de Alicante, por la que se establece el calendario para la asignación de puestos escolares a alumnos de centros adscritos y para la admisión de alumnos en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos para el curso 2003-2004. [2003/2538]
El Decreto 27/1998, de 10 de marzo, (DOGV del 26 de marzo), del Gobierno Valenciano, modificado por el Decreto 87/2001, de 24 de abril (DOGV del 30 de abril), regula la admisión del alumnado en los centros docentes no universitarios financiados con fondos públicos.
El procedimiento para la admisión de alumnos ha sido determinado por la Orden de 3 de abril de 1998 (DOGV del 8 de abril), de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, modificada por la Orden de 5 de marzo de 1999 (DOGV del 22 de marzo) y por la Orden de 2 de mayo de 2001 (DOGV del 8 de mayo).
El apartado cuarto de la citada orden encarga al director territorial el establecimiento del calendario para el proceso de escolarización del alumnado en los centros docentes sostenidos con fondos públicos de su ámbito competencial y la fijación de los plazos máximos de desarrollo de este proceso.
De otro lado, la generalización de las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, permite unificar los periodos para la admisión de alumnos en todos los centros que imparten enseñanzas básicas, posibilitando el ejercicio del derecho del solicitante a obtener cualquier plaza vacante, con independencia del tipo de centro en que se impartan esta enseñanzas, colegio de educación primaria, instituto de educación secundaria o centro privado concertado.
Por tanto, se hace necesario establecer, para el curso 2003/2004 y en el ámbito de la provincia de Alicante, el calendario de admisión de alumnos en los centros financiados con fondos públicos de los niveles que en esta resolución se citan, y los plazos máximos de desarrollo.
En consecuencia, y en virtud de las facultades que tengo conferidas, resuelvo:
Primero
La admisión del alumnado, para el curso 2003/2004, en los centros sostenidos con fondos públicos de la provincia de Alicante y que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Preescolar, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, se producirá de acuerdo con el calendario que aparece como Anexo I de la presente resolución.
Segundo
La admisión del alumnado, para el curso 2003/2004, en los centros sostenidos con fondos públicos de la provincia de Alicante y que imparten enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional específica de grado medio, se producirá de acuerdo con el calendario que aparece como Anexo II de la presente resolución.
Tercero
El alumnado que precise ser escolarizado una vez finalizado el proceso ordinario de matriculación, seguirá el procedimiento establecido en el apartado treinta y siete, 2, de la Orden de 3 de abril de 1998.
Cuarto
La escolarización de alumnos con necesidades educativas especiales se regirá por la Orden de 11 de noviembre de 1994 (DOGV de 18.01.95), de la Conselleria de Educación y Ciencia, y las previsiones que establecen tanto el Decreto 27/1998, del Gobierno Valenciano, sobre admisión del alumnado en los centros docentes, como la Orden de 3 de abril de 1998, en sus apartados sexto, 3, K) y veintitrés, 2.
Igualmente, son de aplicación las “Instrucciones de la Dirección General de Centros Docentes en relación con el proceso de escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales y del que procede de compensación educativa”, de fecha 15 de abril de 2002.
Quinto
A efectos de valorar las rentas anuales de la unidad familiar, el importe a considerar será de 1.009.680 pesetas (6.068'30 euros), fijado como salario interprofesional, para el año 2001, por Real Decreto 3476/2000 de 29 de diciembre (BOE del 30).
Sexto
Los directores darán la difusión correspondiente a este calendario, incluyendo su publicación en el tablón de anuncios del centro, y adoptarán la medidas para que los alumnos y sus padres o tutores queden informados de los procedimientos que les afecten.
Alicante, 20 de febrero de 2003.– El director territorial: Juan Espinar Alberca.
ANEXO I
Calendario de admisión de alumnos
Centros de educación infantil, primaria y secundaria sostenidos con fondos públicos
Este proceso de admisión afecta a las enseñanzas de Educación Infantil, Preescolar, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, y se organizará en las fases que se indican a continuación, con sujeción al calendariao siguiente del año 2003:
I. Actuaciones previas al proceso de admisión
1. Confirmación de plaza en los supuestos previstos en el apartado segundo, punto 4, y apartado once, punto 2, de la Orden de 3 de abril de 1998, de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, modificada por la Orden de 2 de mayo de 2001, y asignación de un puesto escolar en centros de educación secundaria afectados por la adscripción de centros de educación primaria.
1.1 Presentación de la solicitud de confirmación de plaza en el centro donde el alumno cursa la enseñanza actualmente:
del 17 al 31 de marzo.
1.2 Publicación de listas para la asignación de puesto escolar en centros de secundaria:
el 2 de abril.
Cada centro adscrito publicará, en el tablón de anuncios, la lista de los alumnos propios que han hecho uso del derecho de confirmación de plaza y, de la misma forma, el instituto o centro de adscripción hará públicas las listas de los alumnos procedentes del centro o centros de adscripción, a los que se les asigna puesto escolar.
Los centros que se encuentran en la situación prevista en el apartado segundo, punto 5 de la citada Orden de 3 de abril de 1998, abrirán un periodo de reclamación a la lista publicada el 2 de abril, de tres días hábiles y, una vez resueltas la reclamaciones, se hará pública la lista definitiva, el día 9 de abril.
1.3 Remisión de la documentación académica y personal de los alumnos por parte de los centros de origen a los de adscripción y formalización en éstos de la situación académica de los alumnos (optatividad, religión/altenativas, idioma …):
del 23 al 30 de junio.
2. Constitución de las comisiones municipales, de distrito y sectoriales de escolarización:
hasta el 9 de abril, inclusive.
3. Publicación de las áreas de influencia y limítrofes:
hasta el 30 de abrl, incllusive.
4. Publicación de vacantes para el proceso de admisión de alumnos y determinación de centros receptores:
hasta el 30 de abril, incllusive.
II. Admisión de alumnos
1. Presentación de las solicitudes de admisión y de la documentación correspondiente:
del 5 al 14 de mayo, ambos inclusive.
2. Selección de solicitantes:
del 15 de mayo al 2 de junio, ambos inclusive:
· Baremación de solicitudes
· Elaboración de listas provisionales de alumnos admitidos y no admitidos, y remisión a la comisión de escolarización. A este fin, quedan facultadas las comisiones municipales de escolarización para fijar, según las circunstancias de cada localidad, la fecha en que los centros deben enviar los listados provisionales de alumnos.
Adjudicación de plaza a los alumnos que no la hayan obtenido en el primer centro solicitado.
· Publicación de las listas provisionales del alumnado admitido y no admitido por parte de cada centro: el 2 de junio
3. Reclamaciones ante el órgano competente de centro para el proceso de admisión de alumnos:
del 3 al 5 de junio, ambos inclusive.
4. Publicación de las listas definitivas del alumnado admitido y no admitido:
el 6 de junio, sin perjuicio de la resolución de la comisión municipal de escolarización sobre los casos a que hace referencia el punto siguiente.
5. Reclamaciones ante la comisión de escolarización, en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:
del 9 al 12 de junio, ambos inclusive.
6. Resolución de las reclamaciones por parte de la comisión de escolarización, en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:
del 13 al 18 de junio, ambos inclusive.
7. Formalización de la matrícula en los centros:
del 19 al 30 de junio, ambos inclusive.
8. Prolongación de la escolaridad.
En relación con los alumnos que hayan cursado diez años académicos de escolaridad y que cumplan la edad para concluir la enseñanza obligatoria, los centros establecerán un plazo para que estos alumnos manifiesten que se acogen al derecho de prolongación de la escolaridad que les otorga la LOGSE. Este plazo estará incluido en los límites establecidos para la formalización de la matrícula, punto 7 de este epígrafe.
9. Adjudicación de vacantes no ocupadas en el plazo de la matriculación:
del 1 al 4 de julio
Las vacantes que no se cubran por aplicación del artículo 23 del Decreto 27/1998 o por otras causas, se ofrecerán a los alumnos no admitidos, según el orden de puntuación obtenida.
10. Recurso ordinario ante el director territorial de Cultura y Educación, en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:
un mes contado desde la recepción del acuerdo adoptado por la comisión de escolarización.
En los centros privados sostenidos con fondos públicos, los interesados podrán formular denuncia ante la Dirección Territorial de Cultura y Educación.
11. Tramitación de vacantes al finalizar el proceso
hasta el 10 de julio:
· Remisión de las vacantes a la comisión de escolarización por parte de los centros docentes.
Traslado por las comisiones de escolarización de las relaciones de vacantes de los centros de su competencia (anexo XIV de la Orden de 03.04.98) a la Dirección Territorial de Cultura y Educación (Servicio de Inspección Educativa).
ANEXO II
Calendario de admisión de alumnos
Centros de educación secundaria sostenidos con fondos públicos
Este proceso de admisión afecta a las enseñanzas de Bachillerato y Formación Profesional específica de grado medio y se organizará en las fases que se indican a continuación, con sujeción al calendario siguiente del año 2003
I. Actuaciones previas al proceso de admisión
1. Constitución de las comisiones municipales y sectoriales de escolarización:
hasta el 5 de mayo, inclusive.
2. Publicación de las áreas de influencia y limítrofes:
hasta el 16 mayo, inclusive.
3. Publicación de vacantes para el proceso de admisión de alumnos y determinación de los centros receptores.
hasta el 16 de mayo, inclusive.
II. Admisión de alumnos
1. Presentación de las solicitudes de admisión y de la documentación correspondiente:
del 19 al 30 de mayo, ambos inclusive.
2. Selección de solicitantes:
del 2 de junio al 4 de julio, ambos inclusive:
· Baremación de solicitudes
· Entrega del certificado justificativo de las condiciones académicas para cursar los estudios solicitados (certificación de obtención de Graduado en Educación Secundaria y certificación del Area Plástica y Visual si se pretende acceder al Bachillerato de Artes): hasta el 20 de junio, inclusive.
Elaboración de listas provisionales de alumnos admitidos y no admitidos, y remisión a la comisión de escolarización. A este fin, quedan facultadas las comisiones municipales de escolarización para fijar, según las circunstancias de cada localidad, la fecha en que los centros deben enviar los listados provisionales de alumnos.
· Comunicación de los datos relativos a las peticiones de admisión, por parte de los institutos, a la Inspección Educativa: el 26 de junio.
· Adjudicación de plaza a los alumnos que no la hayan obtenido en el primer centro solicitado.
· Publicación de las listas provisionales del alumnado admitido y no admitido por parte de cada centro: el 4 de julio
3. Reclamaciones ante el órgano competente de centro para el proceso de admisión de alumnos:
del 7 al 9 de julio, ambos inclusive.
4. Publicación de las listas definitivas del alumnado admitido y no admitido:
el 10 de julio, sin perjuicio de la resolución de la comisión municipal de escolarización sobre los casos a que hace referencia el punto siguiente.
5. Reclamaciones ante la comisión de escolarización, en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:
del 11 al 15 de julio, ambos inclusive.
6. Resolución de las reclamaciones por parte de la comisión de escolarización, en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:
del 12 al 17 de julio, ambos inclusive.
7. Formalización de la matrícula en los centros:
del 18 al 25 de julio, ambos inclusive
El alumnado de Bachillerato y Formación Profesional del propio centro no sujeto al proceso de admisión, que en la evaluación final de junio esté en condiciones académicas de promocionar al curso siguiente, formalizará su matrícula en el mes de julio, en el plazo que, a tales efectos, determine cada centro.
8. Adjudicación de vacantes no ocupadas en el plazo de la matriculación:
del 28 al 31 de julio, ambos inclusive
Las vacantes que no se cubran por aplicación del artículo 23 del Decreto 27/1998 o por otras causas, se ofrecerán a los alumnos no admitidos, según el orden de puntuación obtenida.
9. Recurso ordinario ante el director territorial de Cultura y Educación, en el proceso de admisión de alumnos en centros públicos:
un mes contado desde la recepción del acuerdo adoptado por la comisión de escolarización.
En los centros privados sostenidos con fondos públicos, los interesados podrán formular denuncia ante la Dirección Territorial de Cultura y Educación.
III. Calendario extraordinario de admisión de alumnos, exclusivamente para aquellas enseñanzas en las que se aplican pruebas en septiembre
1. Publicación de vacantes y presentación de solicitudes:
hasta el 5 de septiembre, inclusive.
2. Selección de solicitantes:
hasta el 11 de septiembre, inclusive:
· Baremación de solicitudes y adjudicación de plazas por el órgano competente de centro para el proceso de admisión de alumnos.
· Reuniones de las comisiones de escolarización.
· Publicación de listas provisionales.
3. Reclamaciones:
el 12 de septiembre.
4. Resolución de reclamaciones por la Comisión Municipal de Escolarización y plublicación de listas definitivas:
el 15 de septiembre.
5. Formalización de matrícula:
hasta el 18 de septiembre.
El alumnado de Bachillerato y Formación Profesional del propio centro no sujeto al proceso de admisión, y afectado por la evaluación extraordinaria de septiembre, formalizará su matrícula en este mes, en el plazo que, a tales efectos, determine cada centro.
6. Tramitación de vacantes al finalizar el proceso:
hasta el 22 de septiembre:
Remisión de las vacantes a la comisión de escolarización por parte de los centros docentes.
· Traslado por las comisiones de escolarización de las relaciones de vacantes de los centros de su competencia (anexo XV de la Orden de 03.04.98) a la Dirección Territorial de Cultura y Educación (Servicio de Inspección Educativa).
7. Matrícula de alumnos repetidores
Los directores de los centros establecerán un plazo de matrícula para los alumnos repetidores del propio centro, los cuales tendrán que matricularse en este periodo, pasado el cual, perderán la opción al puesto escolar. En cualquier caso, el plazo será anterior al establecido para los alumnos de nuevo ingreso.

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