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RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2013, de la directora general de Tecnologías de la Información, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de marzo de 2013, del Pleno de la Comisión Interdepartamental para la Modernización Tecnológica, la Calidad y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana (CITEC), por el que, de las tres comisiones técnicas de carácter permanente existentes, se extinguen dos de ellas y se modifica una. [2013/3574]

(DOGV núm. 7006 de 18.04.2013) Ref. Base Datos 003640/2013

RESOLUCIÓN de 20 de marzo de 2013, de la directora general de Tecnologías de la Información, por la que se hace público el Acuerdo de 5 de marzo de 2013, del Pleno de la Comisión Interdepartamental para la Modernización Tecnológica, la Calidad y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana (CITEC), por el que, de las tres comisiones técnicas de carácter permanente existentes, se extinguen dos de ellas y se modifica una. [2013/3574]
Mediante Decreto 112/2008, de 25 de julio, del Consell, se creó la Comisión Interdepartamental para la Modernización Tecnológica, la Calidad y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana (en lo sucesivo CITEC), publicado en el DOCV núm. 5816, de 29 de julio de 2008. El artículo 5.3 del mencionado Decreto dispone que es competencia del Pleno de la Comisión CITEC la creación y determinación de la naturaleza, competencias y composición de las Comisiones Técnicas, prescribiendo, asimismo, que el acuerdo por el que se cree, modifique o extinga una Comisión Técnica de carácter permanente será publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana solo a los efectos de publicidad.
El Pleno de la Comisión CITEC, en su reunión de fecha 5 de marzo de 2013, tomó el acuerdo de extinguir dos de las comisiones técnicas existentes y modificar la tercera de ellas, tal como figura en el acta correspondiente a dicha sesión.
Así pues, de acuerdo con el mencionado artículo 5.3 del Decreto 112/2008, procede la publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana del referido acuerdo, que se adjunta como anexo de esta resolución, a los efectos señalados.

Valencia, 20 de marzo de 2013.- La directora general de Tecnologías de la Información y Secretaria de la CITEC: Sofía Bellés Ramos.


ANEXO

Acuerdo de 5 de marzo de 2013, del Pleno de la Comisión Interdepartamental para la Modernización Tecnológica, la Calidad y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana (CITEC) por el que, de las tres comisiones técnicas de carácter permanente existentes, se extinguen dos de ellas y se modifica una.
El Pleno de la Comisión Interdepartamental para la Modernización Tecnológica, la Calidad y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana (CITEC), en su reunión de 5 de marzo de 2013, ha adoptado por unanimidad de sus miembros presentes el siguiente acuerdo de extinción de la Comisión Técnica para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Generalitat y de la Comisión Técnica para el Fomento de las Telecomunicaciones y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana, y la modificación de la Comisión Técnica para la Modernización y Mejora de la Calidad de los Servicios Públicos.
Los cambios organizativos, así como la reestructuración de la función informática que se ha centralizado en la Dirección General de Tecnologías de la Información, aconseja revisar el número y composición de las comisiones técnicas existentes hasta la fecha, que fueran creadas por acuerdo de esta Comisión de 11 de septiembre de 2009. Así porque, y con el fin de dotar las comisiones de una mayor eficacia, se acuerda:

Primero
Extinguir la Comisión Técnica para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en la Generalitat, así como la Comisión Técnica para el Fomento de las Telecomunicaciones y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana.

Segundo
Modificar la Comisión Técnica para la Modernización y Mejora de la Calidad de los Servicios Públicos con respecto a su composición, con el fin de integrar a dos representantes de la Dirección General de Tecnologías de la Información, resultando como sigue:
Composición. La Comisión estará compuesta por los siguientes miembros de lleno derecho:
- El/la presidente/a, que será el/la titular del órgano competente en materia de modernización, calidad de los servicios y administración electrónica, o persona en quien delegue.
- El/la vicepresidente/a primero/a, que será el/la titular de la subdirección que tenga atribuidas las funciones en materia de atención al ciudadano, calidad e inspección de servicios.
- El/la vicepresidente/a segundo/a que será el/la titular de la subdirección que tenga atribuidas las funciones en materia de administración electrónica.
- El/la secretario/a, cuyas funciones las realizará un/una inspector/a de servicios designado/a por su presidente/a.

- Un/a vocal que será el/la jefe/a del servicio que tenga atribuidas las funciones en materia de administración electrónica.
- Un/a vocal designado/a por cada una de las subsecretarías de la Presidencia y de las consellerias de la Generalitat, con rango de jefe/a de servicio, o equivalente, y con responsabilidades en materia de organización o gestión de calidad, o que ocupe un puesto de trabajo al que se le asignen estas funciones dentro de la estructura administrativa.
- Un/a vocal designado/a por la dirección general competente en materia de evaluación, calidad y atención al paciente, de la Agencia Valenciana de Salud, que reúna las mismas características señaladas en el apartado anterior.
- Un/a vocal, designado por el titular del órgano que ostente la Presidencia de la comisión, con rango de jefe/a de servicio, que ejerza las funciones en materia de simplificación administrativa y calidad de los servicios.
Además de los miembros mencionados, podrán incorporarse a esta comisión como vocales, con voz, pero sin voto, aquellas personas que prestan servicios en entidades autónomas, empresas u organizaciones del sector público empresarial, dependientes de la Generalitat cuando, por la entidad de tales organizaciones o por los conocimientos y experiencia profesional de las personas, sean expresamente invitadas por el/la presidente/a para participar, con carácter eventual o permanente, en actividades relacionadas con los objetivos de esta comisión técnica.
La CITEC podrá acordar tanto la sustitución de alguno de sus vocales como la variación de su número, a propuesta de el/la presidente/a.

Tercero. Régimen general de funcionamiento de la comisión técnica
1. De acuerdo con los establecido en el artículo 5 del Decreto 112/2008, de 25 de julio, del Consell, por el que se crea la Comisión Interdepartamental para la Modernización tecnológica, la Calidad y la Sociedad del Conocimiento en la Comunidad Valenciana (CITEC), el régimen general de funcionamiento de sus Comisiones Técnicas se ajustará a lo que disponen los artículos 22 a 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico del Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Sin perjuicio de lo anterior, la comisión técnica podrá aprobar normas propias de funcionamiento y constituir en su seno grupos de trabajo.

Cuarto. Publicidad del presente acuerdo
De conformidad con lo que se ha prescrito en el artículo 5.3 del Decreto 112/2008, antes indicado, el presente acuerdo deberá ser publicado en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

La secretaria de la CITEC: Sofía Bellés Ramos, directora general de Tecnologías de la Información.
Visto bueno. El presidente de la CITEC: Juan Carlos Moragues Ferrer, conseller de Hacienda y Administración Pública.

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