DECRETO 167/1996, de 10 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que aprueba la modificación de los Estatutos de la Universitat de València
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Publicado en: | DOGV núm. 2832 de 23.09.1996 | Referencia Base Datos: | 1827/1996 |
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Análisis jurídico
Texto Texto Texto2 Fecha de entrada en vigor: 24.09.1996 Fecha fin vigencia: 03.08.2004 Notas: Modificación de los Estatutos de la Universitat de València (Estudi General). Esta disposición afecta a: Modifica a: Esta disposición está afectada por: Corregida por: Derogada por: -
Análisis documental
Texto Texto Texto2 Origen disposición: Conselleria Cultura, Educación y Ciencia Grupo Temático: Legislación Materias: Universidades Descriptores: Temáticos: universidad, reglamento interno , Universitat de València
DECRETO 167/1996, de 10 de septiembre, del Gobierno Valenciano, por el que aprueba la modificación de los Estatutos de la Universitat de València (Estudi General).
La Universitat de València ha solicitado la aprobación de la modificación del artículo 199.1 de sus estatutos, que fueron aprobados por el Decreto 172/1985, de 28 de octubre, del Gobierno Valenciano, de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Orgánica de 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria.
La propuesta de modificación ha cumplido los requisitos establecidos en los artículos 241 a 245 de los Estatutos de la Universitat de València, y fue aprobada por el claustro de la Universidad en sesión del día 28 de mayo de 1996.
La modificación propuesta se estima que cumple todos los requisitos exigidos por la legalidad vigente, por lo que, a propuesta de la consellera de Cultura, Educación y Ciencia y previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 10 de septiembre de 1996,
DISPONGO
Artículo único
Aprobar la modificación del punto 1 del artículo 199 de los Estatutos de la Universitat de València (Estudi General), aprobados por el Decreto 172/1985, de 28 de octubre, del Gobierno Valenciano, cuya redacción será la siguiente:
«Artículo 199
1. La Universitat de València reservará como mínimo un 50% de las plazas vacantes de las escalas y categorías de la plantilla orgánica del personal de administración y servicios para la promoción interna de su propio personal.»
DISPOSICIóN FINAL
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Valencia, 10 de septiembre de 1996
El presidente de la Generalitat Valenciana,
EDUARDO ZAPLANA HERNáNDEZ-SORO
La consellera de Cultura, Educación y Ciencia,
MARCELA MIRó PÉREZ