Ficha disposicion

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DECRETO 106/2006, de 21 de julio, del Consell, por el que se deroga el Decreto 179/1994, de 19 de agosto, por el que se desarrolla el artículo 61 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, respecto a la función interventora en su modalidad de fiscalización limitada.



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 5310 de 25.07.2006
Número identificador:  2006/9033
Referencia Base Datos:  4019/2006
 



DECRETO 106/2006, de 21 de julio, del Consell, por el que se deroga el Decreto 179/1994, de 19 de agosto, por el que se desarrolla el artículo 61 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, respecto a la función interventora en su modalidad de fiscalización limitada. [2006/9033]

El Consell, a través del Decreto 179/1994, de 19 de agosto, haciendo uso de la previsión recogida en el artículo 61 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, estableció unos límites en el ejercicio de la intervención previa sobre los actos, documentos y expedientes susceptibles de producir obligaciones de contenido económico, fijándose en el mismo, en función de la naturaleza de cada uno de los gastos, los extremos esenciales que habían de comprobarse por la Intervención en el ejercicio de la función interventora.

La referida disposición reglamentaria ha sufrido, no obstante, algunas adaptaciones. De este modo, el Consell, a través del Decreto 21/1996, de 5 de febrero, hubo de introducir en el mismo, como consecuencia de la aprobación de la nueva Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, una previsión sobre los contratos menores. Asimismo, por el Decreto 178/1996, de 2 de octubre, por el que se designaba el organismo pagador y el organismo de certificación de los gastos correspondientes a la Sección Garantía del Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agraria (FEOGA) en la Comunitat Valenciana, incorporó los extremos a verificar en el ejercicio de la intervención previa sobre las subvenciones financiadas en su totalidad por dicho organismo, extendiéndose los mismos, posteriormente, a través del Decreto 76/1998, de 4 de junio, asimismo a las subvenciones financiadas en parte por el FEOGA-Garantía.

Además de las expresadas modificaciones, derivadas de nuevas normas legales o reglamentarias, la experiencia acumulada en el ejercicio de la fiscalización limitada previa a lo largo de estos más de diez años desde la entrada en vigor del Decreto 179/1994, ha puesto de manifiesto la necesidad de introducir supuestos no contemplados en el mismo y, asimismo, de añadir o suprimir extremos adicionales a comprobar en la fiscalización de algunos expedientes.

La modificación, a través de la Ley 12/2004, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat, del título III del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, aconseja, además, que se recopile en una única disposición el conjunto de requisitos a verificar en el ejercicio de la intervención previa limitada, lo que se efectuará, en este caso, de la misma forma que hizo la administración General del Estado al dar aplicación al precepto equivalente de la Ley General Presupuestaria, a través de un Acuerdo del órgano de gobierno, más acorde con el contenido eminentemente técnico del mismo y en la medida que constituye un instrumento mucho más ágil y dinámico para la tramitación, en caso de ser necesario, de futuras adaptaciones.

Por todo ello, a propuesta del conseller de Economía, Hacienda y Empleo, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 21 de julio de 2006,

DECRETO

Artículo único

Se deroga el Decreto 179/1994, de 19 de agosto, por el que se desarrolla el artículo 61 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat, respecto de la función interventora en su modalidad de fiscalización limitada.

DisposiciÓn final

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat.

Valencia, 21 de julio de 2006

El presidente de la Generalitat,

Francisco Camps Ortiz.

El conseller de ecoNomía, Hacienda y Empleo

Gerardo Camps Devesa.

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