Ficha disposicion

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ORDEN de 13 de mayo de 2002, del conseller de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se regulan los precios públicos por la venta de documentación técnica de cartografía.



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Publicado en:  DOGV núm. 4273 de 18.06.2002
Número identificador:  2002/X6277
Referencia Base Datos:  2654/2002
 



ORDEN de 13 de mayo de 2002, del conseller de Justicia y Administraciones Públicas, por la que se regulan los precios públicos por la venta de documentación técnica de cartografía. [2002/X6277]

El Instituto Cartográfico Valenciano es un organismo autónomo de carácter mercantil, adscrito a la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, con el objetivo de impulsar, coordinar y, en su caso, fomentar las tareas de desarrollo cartográfico, fotogramétrico, geodésico, topográfico y de cualquier otra tecnología geográfica en el ámbito de las competencias de la Generalitat Valenciana, de conformidad con su ley de creación, Ley 9/1997, de 9 de diciembre, en la redacción dada por la Ley 9/2001, de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat Valenciana.

El Decreto 186/2000, de 22 de diciembre del Gobierno Valenciano, aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional del Instituto Cartográfico Valenciano, que en su artículo 5 prevé la venta y distribución de los productos elaborados por el Instituto

Así pues, en cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Adicional sexta de la Ley 12/1997, de 23 de diciembre, de Tasas de la Generalitat Valenciana, y visto el Decreto 73/1991, de 13 de mayo, del Gobierno Valenciano, que establece el régimen general aplicable a los precios públicos de la Generalitat Valenciana, así como su procedimiento de fijación y aprobación,

ORDENO

Artículo 1. Objeto

La presente orden tiene por objeto la regulación del régimen jurídico aplicable a los precios públicos que ha de percibir el Instituto Cartográfico Valenciano, de la Conselleria de Justicia y Administraciones Públicas, por la venta de la documentación técnica a que se refiere el artículo 3 de la presente orden.

Artículo 2. Obligados al pago

Son sujetos obligados al pago de los precios públicos regulados en la presente orden los adquirentes de la documentación técnica que se relaciona en el artículo siguiente.

Artículo 3. Cuantías

3.1 La documentación técnica producida por el Instituto Cartográfico Valenciano y sus correspondientes precios públicos se detallan en la siguiente tabla de precios del Instituto Cartográfico Valenciano:

3.2 A los precios que figuran en el apartado uno anterior se les aplicará el tipo de IVA vigente en cada momento.

Artículo 4. Exigibilidad y pago

La obligación de pago de los precios públicos regulados en esta orden nacerá cuando se adquiera la documentación técnica a que alude el artículo anterior, pudiéndose exigir el pago parcial o total por anticipado.

DISPOSICIÓN FINAL

La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGV.

Valencia, 13 de mayo de 2002

El conseller de Justicia y Administraciones Públicas,

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