Ficha disposicion

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Decreto 86/1991, de 29 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regulan las emisiones de Deuda Pública de la Generalitat Valenciana.



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Publicado en:  DOGV núm. 1572 de 25.06.1991
Referencia Base Datos:  1887/1991
 



Decreto 86/1991, de 29 de mayo, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regulan las emisiones de Deuda Pública de la Generalitat Valenciana.

El artículo 11 de la Ley 7/1990, de 28 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat Valenciana para el ejercicio 1991, autoriza al Gobierno valenciano para que emita Deuda Pública o concierte operaciones de crédito hasta el límite que establece la propia Ley. El artículo 83 de la Ley de Hacienda Pública de la Generalitat Valenciana regula las distintas modalidades que podrá adoptar la Deuda Pública que concierte la Generalitat Valenciana.

Por el Decreto 156/1990, de 1 de octubre, el Gobierno valenciano aprobó la emisión del programa de Pagarés, como una de las posibles modalidades que puede adoptar el endeudamiento de la Generalitat Valenciana, estableciendo el procedimiento, técnica de emisión y de colocación aplicables a éstos. Dado que dicho decreto contiene únicamente la normativa referente a los pagarés, es conveniente establecer la regulación respecto a las emisiones de Deuda Pública de la Generalitat Valenciana, en todas sus modalidades.

Por ello, a propuesta del Conseller de Economía y Hacienda y previa deliberación del Gobierno valenciano, en su reunión del día 29 de mayo de 1991,

DISPONGO

Artículo único

La Conselleria de Economía y Hacienda fijará el calendario de emisiones, tipo de convocatoria, en su caso, nominales a emitir, plazos de amortización elegidos, suscripción, liquidez, condiciones, sistemas de colocación y otras características de cada una de las emisiones de Deuda Pública de la Generalitat Valenciana.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Para el desarrollo, eficacia y ejecución del presente Decreto, se autoriza al Conseller de Economía y Hacienda para adoptar las medidas necesarias y dictar las disposiciones oportunas.

Segunda

El presente decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 29 de mayo de 1991

El President de la Generalitat Valenciana,

JOAN LERMA I BLASCO

El Conseller de Economía y Hacienda,

ANTONIO BIRLANGA CASANOVA

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