Ficha disposicion

Ficha disposicion





Orden de 4 de junio de 1992, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, por la que se establece el procedimiento de designación del representante de los cultivadores en el patronato del Palmeral de Elx.



Texto
Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 1804 de 15.06.1992
Referencia Base Datos:  1493/1992
 



Orden de 4 de junio de 1992, de la Conselleria de Agricultura y Pesca, por la que se establece el procedimiento de designación del representante de los cultivadores en el patronato del Palmeral de Elx.

El artículo segundo del Decreto 133/1986, de 10 de noviembre, del Consell de la Generalitat Valenciana, de desarrollo de la Ley 1/1986, de 9 de mayo, por la que se regula la tutela del Palmeral de Elx, encomienda a la Conselleria d'Agricultura i Pesca la regulación del procedimiento de designación del representante en el patronato del Palmeral de Elx de los cultivadores de palmeras.

La Conselleria d'Agricultura i Pesca considera como procedimiento más adecuado para dicha designación el basado en la elección entre los propios cultivadores, pero por el momento dicho procedimiento no es viable por las dificultades de elaboración del censo de las personas a las que pudiera reconocerse el derecho electoral, que sólo será posible cuando alcance un suficiente grado de formación e integración el Registro de Huertos, Grupos de Palmeras y Palmeras Diseminadas de Elx, previsto en la ley, que podrá aportar los datos suficientes para la formación de dicho censo.

Hasta entonces es necesario establecer un sistema provisional de designación, basado en la participación indirecta de los cultivadores a través de las organizaciones profesionales agrarias implantadas en el término municipal de Elx.

De acuerdo con ello,

ORDENO:

Artículo único

El Director General de Innovación y Promoción Agraria designará, para un mandato de tres años, oídas las organizaciones profesionales agrarias con implantación en Elx, al representante de los cultivadores en el patronato del Palmeral de Elx.

DISPOSICION ADICIONAL

En el caso de que como consecuencia de la regulación de un nuevo procedimiento de designación basado en la elección entre los propios cultivadores de palmeras, se celebrara ésta, cesará anticipadamente con la nueva designación el representante nombrado de acuerdo con el procedimiento establecido provisionalmente en la presente orden.

DISPOSICIONES FINALES

Primera

Por el Director General de Innovación y Promoción Agraria se dictarán las resoluciones necesarias para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en la presente orden.

Segunda

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

Valencia, 4 de junio de 1992.

El Conseller d'Agricultura i Pesca,

LUIS FONT DE MORA MONTESINOS

Mapa web