Ficha disposicion

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ORDEN de 27 de marzo de 2000, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regula la tramitación de las solicitudes de autorización sanitaria previa a la inscripción de industrias y establecimientos alimentarios en el Registro General Sanitario de Alimentos y se fija la documentación preceptiva que debe acompañarse a la solicitud.



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Texto Texto2
Publicado en:  DOGV núm. 3738 de 27.04.2000
Número identificador:  2000/A2820
Referencia Base Datos:  1344/2000
 



ORDEN de 27 de marzo de 2000, de la Conselleria de Sanidad, por la que se regula la tramitación de las solicitudes de autorización sanitaria previa a la inscripción de industrias y establecimientos alimentarios en el Registro General Sanitario de Alimentos y se fija la documentación preceptiva que debe acompañarse a la solicitud. [2000/A2820]

El Real Decreto 1.712/1991, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, establece, con objeto de proteger la salud pública, la obligatoriedad de inscripción en el mismo de las industrias, establecimientos y productos que se especifican en los artículos 2 y 4. Asimismo, en su artículo 3 se fija, en el caso de las industrias y establecimientos, la necesidad de una autorización sanitaria de funcionamiento que deberá conceder la comunidad autónoma competente por razón del lugar de ubicación de las industrias y que en todo caso será previa a su inscripción en el registro antes mencionado. De acuerdo con el artículo 5, los preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, excepto aquellos que su propia reglamentación excluya, deberán notificarse con carácter previo o simultáneo a la primera comercialización. Aquellos contemplados en el artículo 11 lo harán ante la comunidad autónoma competente por razón de territorio, la cual procederá a su tramitación.

Hasta el momento la Comunidad Valenciana no ha regulado normativamente el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de autorización sanitaria para el funcionamiento de las industrias y establecimientos alimentarios. Es por ello que, a fin de lograr una mayor agilidad en la gestión de los correspondientes expedientes se hace necesario establecer la documentación preceptiva a aportar según el tipo de solicitud, así como fijar los órganos competentes para la tramitación y concesión de la autorización sanitaria.

En su virtud, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 38.1 del Estatuto de Autonomía y en uso de la facultades previstas en el Decreto 87/1999, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad,

ORDENO

Artículo 1

Están sujetos a autorización sanitaria de funcionamiento autonómica e inscripción en el Registro General Sanitario de Alimentos, del Ministerio de Sanidad y Consumo, sin las cuales se reputarán clandestinas, las industrias y establecimientos recogidos en el artículo segundo del Real Decreto 1.712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos.

Artículo 2

La autorización sanitaria de funcionamiento será otorgada por el director o directora general de Salud Pública, estando condicionada al cumplimiento de la normativa sanitaria aplicable en cada caso.

Artículo 3

A efectos de lo dispuesto en los artículos 9 y 10.3 del Real Decreto 1.712/1991, de 29 de noviembre, sobre Registro General Sanitario de Alimentos, las autorizaciones sanitarias iniciales deberán ser objeto de convalidación cada cinco años o antes si se produjeran modificaciones en las instalaciones o procesos fundamentales.

Artículo 4

Los datos de identificación de las industrias, actividades desarrolladas, etc. deberán coincidir en todo momento con los que consten en su autorización sanitaria, debiendo comunicarse cualquier variación que se produzca en los mismos a la autoridad sanitaria, de acuerdo con lo previsto en el anexo, a efectos de su autorización.

Artículo 5

Las solicitudes a que se refiere la presente orden se dirigirán a los centros de salud pública correspondientes, por razón del territorio en que esté situado el establecimiento, sin perjuicio de su posible presentación conforme a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Artículo 6

Las solicitudes deberán cumplir los requisitos y acompañar la documentación que figura en el anexo.

Artículo 7

Cuando una empresa se traslade a otro domicilio, dentro de la misma provincia, podrá conservar, a petición del interesado, el número del Registro General Sanitario de Alimentos que tenia asignado en las instalaciones anteriores, previa autorización por la autoridad sanitaria conforme a lo previsto en la presente orden.

Artículo 8

La autorización sanitaria podrá ser anulada por el director o directora general de Salud Pública en cualquier momento, bien a petición del interesado, bien de oficio, y previa audiencia del interesado, cuando se infrinja la reglamentación aplicable en cada caso o por motivos de exactitud de los datos figuran en la autorización o por no haber solicitado la convalidación, dándose cuenta al Ministerio de Sanidad y Consumo a efectos de lo previsto en el artículo 9.3 del Real Decreto 1.712/91, de 29 de noviembre.

Valencia, 27 de marzo de 2000

El conseller de Sanidad,

JOSÉ EMILIO CERVERA CARDONA

ANEXO

Documentación a aportar por el interesado en los diferentes tipos de expedientes

Autorización sanitaria inicial de industrias y establecimientos alimentarios

1. Impreso de solicitud normalizado, en el que se cumplimentará:

a) Tipo de solicitud.

b) Datos del titular de la industria.

c) Datos de la industria y actividad a desarrollar.

d) Productos objeto de la actividad y procedencia. En el caso de aditivos se indicará además su función, de acuerdo con la clasificación recogida en el Real Decreto 3.177/1983, de 16 de noviembre y modificaciones posteriores.

e) Memoria descriptiva de la actividad.

f) Esquema de las instalaciones.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o de su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Documento que acredite la potabilidad del agua utilizada por la empresa.

5. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.

Si se realiza la actividad de importación, declaración jurada que indique:

– Que el producto a importar cumple la legislación alimentaria española, en cuanto a: composición y características, etiquetado, y transporte.

– Que los productos a importar procederán de industrias autorizadas en el país de origen.

– Que el almacenamiento se realizará en establecimientos autorizados.

Si se tratara de un cambio de domicilio de la actividad, la documentación a presentar será la misma que para las solicitudes de autorización inicial, indicando además el domicilio anterior en el correspondiente apartado de la instancia.

En las solicitudes de envasado de agua mineral natural o de manantial, se indicará referencia del Boletín Oficial del Estado en el que se haya publicado el reconocimiento a la utilización de la denominación correspondiente.

Autorización de la actividad de importador sin depósito de distribución

1. Impreso de solicitud normalizado, en el que se cumplimentará:

a) Tipo de solicitud.

b) Datos del titular de la industria.

c) Datos de la industria y actividad a desarrollar.

d) Productos objeto de la actividad, y procedencia. En el caso de aditivos se indicará además su función, de acuerdo con la clasificación recogida en el Real Decreto 3177/1983, de 16 de noviembre y modificaciones posteriores.

e) Memoria descriptiva de la actividad.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o de su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Declaración jurada de:

– Que el producto a importar cumple la legislación alimentaria española, en cuanto a: composición y características, etiquetado, y transporte.

– Que proceden de industrias autorizadas en el país de origen.

– Que su almacenamiento se realizará en establecimientos autorizados.

5. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.

Convalidación de las autorizaciones sanitarias de industrias alimentarias

1. Impreso de solicitud normalizado, en el que se cumplimentará:

a) Tipo de solicitud.

b) Datos del titular de la industria.

c) Datos de la industria y actividad que desarrolla.

d) Productos objeto de la actividad, y procedencia. En el caso de aditivos se indicará además su función, de acuerdo con la clasificación recogida en el Real Decreto 3.177/1983, de 16 de noviembre y modificaciones posteriores.

e) Memoria descriptiva de la actividad.

f) Esquema de las instalaciones.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Documento que acredite la potabilidad del agua utilizada por la empresa.

5. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.

6. Además:

a) Si no se han producido cambios en las instalaciones y/o procesos:

– Declaración jurada que indique que no se han producido modificaciones en la actividad ni en las instalaciones desde su autorización o desde la última convalidación, ajustándose a la legislación vigente.

b) Si ha habido modificaciones en instalaciones o procesos fundamentales desde la fecha de autorización o desde la última convalidación, se especificarán en la memoria y esquema de instalaciones.

Cambio de titularidad o de denominación de las autorizaciones sanitarias de industrias alimentarias

1. Impreso de solicitud normalizado, en el que se cumplimentará:

a) Tipo de solicitud.

b) Datos del titular de la industria.

c) Datos de la industria.

d) Productos objeto de la actividad, y procedencia. En el caso de aditivos se indicará además su función, de acuerdo con la clasificación recogida en el Real Decreto 3.177/1983, de 16 de noviembre, y modificaciones posteriores.

e) Titular anterior/Denominación anterior.

f) Memoria descriptiva de la actividad.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del nuevo titular o denominación en su caso.

3. Firma del solicitante o su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Acreditación del cambio de titularidad /denominación, por cualquier medio admisible en derecho.

5. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.

Autorización sanitaria de ampliación de actividad

1. Impreso de solicitud normalizado, en el que se cumplimentará:

a) Tipo de solicitud.

b) Datos del titular de la industria.

c) Datos de la industria.

D) Productos objeto de la actividad, y procedencia. En el caso de aditivos se indicará además su función, de acuerdo con la clasificación recogida en el Real Decreto 3.177/1983, de 16 de noviembre, y modificaciones posteriores.

e) Memoria descriptiva de la actividad.

f) Esquema de las instalaciones.

G) Actividades que se amplían.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente

Autorización de anotación de almacén

1. Impreso de solicitud normalizado, en el que se cumplimentará:

a) Tipo de solicitud.

b) Datos del titular de la industria.

c) Datos de la industria.

d) Productos objeto de la actividad.

e) Memoria descriptiva de la actividad.

f) Esquema de instalaciones del almacén.

g) Domicilio donde está ubicado el almacén a anotar.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Documento que acredite la potabilidad del agua utilizada en el almacén.

5. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente

Cese de actividad

1. Impreso de solicitud normalizado, en el que se cumplimentará:

a) Tipo de solicitud.

b) Datos del titular de la industria.

c) Datos de la industria.

d) Productos objeto de la actividad que mantiene.

e) Memoria descriptiva de la actividad que mantiene.

f) Actividades en las que cesa.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

Registro específico de preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales

1. Impreso de solicitud normalizado para cada producto, en el que se cumplimentará:

a) Datos del titular de la industria.

b) Datos del producto: denominación, marca y forma de presentación.

c) En el caso de productos de procedencia no nacional se cumplimentará el apartado número 3 de la solicitud.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Etiquetado del producto en castellano.

5. Justificante de haber abonado la tasa correspondiente.

Registro específico de aguas de bebida envasadas

1. Impreso de solicitud normalizado para cada producto.

2. Fotocopia del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del titular.

3. Firma del solicitante o su representante, debiendo acreditarse en este último caso la representación que ostente.

4. Etiqueta original del producto.

5. Analítica microbiológica del agua envasada, que comprenderá los parámetros recogidos en el apartado 1.2.2 del anexo I del Real Decreto 1.164/1991, de 22 de julio.

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