ORDEN de 15 de enero 2004, del conseller de Sanidad, que modifica la Orden de 4 de febrero de 1999, por la que se dictan normas para la organización y gestión en materia de formación continuada de las profesiones sanitarias.
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Publicado en: | DOGV núm. 4694 de 18.02.2004 | |
Número identificador: | 2004/X1448 | |
Referencia Base Datos: | 0688/2004 | |
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Análisis jurídico
Texto Texto Texto2 Fecha de entrada en vigor: 19.02.2004 Notas: De conformidad con la disposición derogatoria del Decreto 204/2014, de 28 de noviembre, del Consell, esta orden está derogada en aquello que se oponga a lo establecido en el citado decreto. Esta disposición afecta a: Modifica a: Esta disposición está afectada por: Afectada por: -
Análisis documental
Texto Texto Texto2 Origen disposición: Conselleria Sanidad Grupo Temático: Reglamentación, Legislación Materias: Sanidad Descriptores: Temáticos: reciclaje profesional, formación en el puesto de trabajo, profesión sanitaria
ORDEN de 15 de enero 2004, del conseller de Sanidad, que modifica la Orden de 4 de febrero de 1999, por la que se dictan normas para la organización y gestión en materia de formación continuada de las profesiones sanitarias. [2004/X1448]
Por Orden de 4 de febrero de 1999, de la Conselleria de Sanidad (DOGV núm. 3.450, de 9 de marzo) se aprobaron las normas para la organización y gestión en materia de formación continuada de las profesiones sanitarias, creándose la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias en el ámbito de la comunidad Valenciana, en cumplimiento del convenio de Conferencia Sectorial del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud sobre formación sanitaria de las profesiones sanitarias y designando el órgano competente en la Comunidad Valenciana para el cumplimiento del mismo.
Mediante Orden del 26 de octubre de 1999 (DOGV núm. 3.661, de 7 de enero de 2000), se modificó la anterior adaptándola al Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad y adecuando la estructura de las profesiones sanitarias adscritas a la comisión.
Por Orden de 24 de septiembre de 2001 (DOGV núm. 4.145, de 11 de diciembre de 2001) se dictaron normas complementarias para la organización y gestión de la formación continuada de las profesiones sanitarias y por Orden de 20 de enero de 2003 (DOGV núm. 4.454, de 6 de marzo de 2003), se modificó la Orden de 4 de febrero de 1999, con el fin en ambos casos de adecuar la normativa a la realidad social inherente al funcionamiento de la comisión.
En fecha 14 de julio de 2003 (DOGV núm. 4.543) se publica el Decreto 116/2003, de 11 de julio, del Consell de la Generalitat por el que se aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Sanidad.
Es necesario, por tanto, modificar la composición de la Comisión de Formación Continuada de las Profesiones Sanitarias adaptándola a la nueva dependencia orgánica de la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud (EVES).
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 116/2003, de 11 de julio, y la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de Gobierno Valenciano,
ORDENO
Artículo único
Se da nueva redacción al punto 1 del artículo 2 de la Orden de 4 de febrero de 1999, que queda redactado de la siguiente forma:
«La Comisión de Formación Continuada estará compuesta por los siguientes miembros con voz y voto:
El subsecretario de la Conselleria de Sanidad, que será su presidente.
El/la director/a de la Escuela Valenciana de Estudios de la Salud que actuará como presidente en casos de delegación o suplencia del presidente de la comisión.
Un representante de la Conselleria de Cultura, Educación y Deporte.
Un representante en nombre de cada uno de los siguientes colegios profesionales: médicos, farmacéuticos, veterinarios, odontólogos y estomatólogos y diplomados en enfermería. La designación de los mismos se realizará por su órgano superior de representación a nivel autonómico. En caso de inexistencia de este órgano y/o falta de acuerdo entre los interesados, corresponderá al conseller de Sanidad resolver en cuantas cuestiones puedan plantearse sobre el particular.
Un representante de las universidades de la Comunidad Valenciana.
Un representante en nombre de las sociedades científicas de la Comunidad Valenciana.
El responsable de la Secretaría Técnica de la Comisión.
El secretario/a de la EVES, como secretario/a de la Comisión que prestará el apoyo técnico administrativo para su funcionamiento.»
Valencia, 15 de enero de 2004
El conseller de Sanidad,
VICENTE RAMBLA MOMPLET