Ficha disposicion

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Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Deporte, por la cual se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos singulares en el ámbito del deporte y la actividad física para el año 2018.



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Publicado en:  DOGV núm. 8446 de 18.12.2018
Número identificador:  2018/11803
Referencia Base Datos:  011416/2018
 



RESOLUCIÓN de 14 de diciembre de 2018, de la Dirección General de Deporte, por la cual se resuelve la convocatoria de subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos singulares en el ámbito del deporte y la actividad física para el año 2018. [2018/11803]

En cumplimiento de lo que dispone la Orden 34/2018, de 16 de agosto, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de proyectos singulares en el ámbito del deporte y la actividad física (DOGV 8365, 21.08.2018), se convocan estas subvenciones para el año 2018 por Resolución de 10 de octubre de 2018, de la Dirección General de Deporte (DOGV 8404, 17.10.2018).

Los artículos 6 y 7 de la Orden 34/2018 establecen los criterios de valoración de las solicitudes y el procedimiento de la resolución de concesión, y mediante la resolución de 29 de noviembre de 2018, del director general de Deporte, fueron designados los miembros de la comisión técnica de evaluación.

Una vez formalizados los actos de instrucción correspondientes y elevada la propuesta de resolución por la comisión técnica de evaluación constituida a tal efecto y en virtud de lo que dispone la disposición adicional segunda de la Orden 34/2018, resuelvo:



Primero

Conceder a las personas y entidades solicitantes que figuran a continuación las siguientes subvenciones, por un importe global de 24.750 euros para la ejecución de proyectos singulares en el ámbito del deporte y la actividad física para el año 2018:

Segundo

Denegar la concesión de subvención a las personas y entidades solicitantes siguientes, de conformidad con las bases que regulan la convocatoria de estas subvenciones, y que se detallan en cada caso:

Tercero

Las personas y entidades beneficiarias tendrán que cumplir las obligaciones referidas en el artículo 9 de la Orden 34/2018 por la cual se aprueban las bases reguladoras y justificar las ayudas en la forma establecida en el punto doce de la convocatoria.



Cuarto

El plazo de presentación de la justificación de las subvenciones concedidas correspondientes a las actividades realizadas terminará diez días después de la publicación en el DOGV de la resolución de concesión.

La justificación se presentará por medios electrónicos de conformidad con las indicaciones del punto doce de la convocatoria, preferiblemente a través de la dirección de internet

http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=19490>.



Quinto

Autorizar y disponer los fondos a favor de todas y cada una de las personas y entidades beneficiarias que figuran en el apartado primero y por las cantidades que se indican, a cargo de la aplicación presupuestaria 09.03.02.457.10, línea S8251000, presupuestos de la Generalitat para 2018.



Sexto

Las personas y entidades beneficiarias tendrán que aportar, por medios propios o ajenos, la parte de financiación del presupuesto final del proyecto no cubierta por la subvención que se concede por este proyecto.



Séptimo

Publicar en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana la presente resolución de conformidad con el punto trece de la resolución de convocatoria de estas subvenciones.



De conformidad con lo que establecen los artículos 112, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y los artículos 10, 14 y 46 de la Ley reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá recurrir potestativamente en reposición, o bien se podrá plantear directamente recurso contencioso-administrativo en los plazos y ante los órganos que se indican a continuación:

a) El recurso de reposición tendrá que interponerse ante el conseller de Educación, Investigación, Cultura y Deporte en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.

b) El recurso contencioso-administrativo tendrá que ser interpuesto ante el Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 14 de diciembre de 2018.– El director general de Deporte: Josep Miquel Moya Torres.

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