Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2018, del director general de Comercio y Consumo, por la cual se acuerda la ampliación de determinados créditos en la convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, del Programa de ordenación y promoción comercial, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Red de agencias para el fomento de la innovación comercial.



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Publicado en:  DOGV núm. 8435 de 30.11.2018
Número identificador:  2018/11192
Referencia Base Datos:  010879/2018
 



RESOLUCIÓN de 27 de noviembre de 2018, del director general de Comercio y Consumo, por la cual se acuerda la ampliación de determinados créditos en la convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, del Programa de ordenación y promoción comercial, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, Red de agencias para el fomento de la innovación comercial. [2018/11192]



Antecedentes

Primero. Mediante la Ley 22/2017, de 29 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018, se ha asignado un importe global máximo de seis millones trescientos cincuenta y seis mil euros (6.356.000,00 €), todos ellos fondos propios de la Generalitat, no condicionados, destinados al programa 761.10, Ordenación y promoción comercial, y al programa 443.10, Protección consumidores y calidad de bienes y servicios, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.

Segundo. Que mediante Resolución de 29 de diciembre de 2017, del director general de Comercio y Consumo, se efectuó convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, publicada en el DOGV número 8221 de 26 de enero de 2018.

Tercero. Que por acuerdo del Consell de fecha 23 de noviembre de 2018 (expediente 11.014/18-121), se autorizan transferencias y ajustes de crédito entre las dotaciones de líneas de subvención incluidas en los anexos de subvenciones corrientes y de capital del programa 761.10, Ordenación y promoción comercial, y el programa 443.10, Protección consumidores y calidad de bienes y servicios, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por Importe total trescientos noventa y cinco mil seiscientos cincuenta y cinco euros con veintinueve céntimos (395.655,29 €).

Cuarto. Que la disposición final primera de la Orden 14/2016, de 5 de agosto, de la Conselleria de Economía Sostenible Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la cual se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de comercio, consumo y artesanía, recoge la delegación expresa en el director general de Comercio y Consumo para poder ampliar los importes globales máximos.



Quinto. Que el resuelvo segundo de la mencionada convocatoria, establece que los importes de las líneas presupuestarias podrán ser ampliados en función de las disponibilidades existentes en las diferentes líneas presupuestarias, cuando así lo aconseje el número y las características de los proyectos presentados y el importe publicado en esta resulte insuficiente para atenderlas.

De acuerdo con todo el anterior, y ejerciendo las facultades otorgadas por el artículo 28 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Gobierno Valenciano y, las otorgadas mediante Resolución de 21 de marzo de 2018, del conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la cual se delegan atribuciones en determinados órganos y unidades administrativas de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, resuelvo:



Primero

Incrementar, en el importes siguiente, las reservas de crédito previstas inicialmente en la siguiente línea, de la convocatoria anticipada para el ejercicio 2018 de las ayudas en materia de comercio, consumo y artesanía, publicada en el DOGV número 8221 de 26 de enero de 2018.

– Línea S6913, Ayudas del título II de las bases reguladoras, capítulo III, artículo 22, punto 2, por un importe de 395.655, 29 euros.



Segundo

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el conseller de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/20115, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas o bien directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justícia de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso de los previstos en la legislación vigente.



València, 27 de noviembre de 2018.– El director general de Comercio y Consumo: Natxo Costa Pina.

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