Ficha disposicion

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Extracto de la Resolución de 1 de diciembre de 2017, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial



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Publicado en:  DOGV núm. 8184 de 05.12.2017
Número identificador:  2017/11189
Referencia Base Datos:  010806/2017
 



Extracto de la Resolución de 1 de diciembre de 2017, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas dirigidas a potenciar la actividad y la capacidad para desarrollar excelencia en materia de I+D de los centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana con cargo al presupuesto del ejercicio 2017. [2017/11189]

BDNS (Identif.): 373949



De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:

http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index;

asimismo se encuentra disponible en la dirección web

http://www.ivace.es



Primero. Beneficiarios

Centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 26/2016, de 25 de noviembre.



Segundo. Objeto

La convocatoria persigue apoyar la ejecución de planes de actuación de carácter no económico desarrollados por los centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana dirigidos a potenciar la actividad y la capacidad para desarrollar excelencia en materia de I+D, con cargo al presupuesto del ejercicio 2017.



Tercero. Bases reguladoras

Orden 26/2016, de 25 de noviembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas dirigidas a los centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana en materia de I+D por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 7927, de 29 de noviembre de 2016, modificada por la Orden 21/2017, de 24 de noviembre, publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) número 8180, de 29 de noviembre de 2017.



Cuarto. Dotación presupuestaria

El importe global máximo que se destinará para la concesión de las ayudas previstas en la convocatoria ascenderá a 5.500.000,00 euros.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de las solicitudes empezará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) y finalizará el 18 de diciembre de 2017 a las 24.00 horas.



Sexto. Otros datos

1. Presentación de solicitudes: tanto la solicitud como la memoria se presentarán ante el Registro Electrónico de la Generalitat.



2. Documentación: para la solicitud de la ayuda, la prevista en el artículo 6 de la convocatoria, y a efectos de justificación, la prevista en el artículo 9.

3. Requisitos generales de los proyectos: deberán realizarse en el territorio de la Comunitat Valenciana e incluirán una serie de actividades seleccionables de entre las que se relacionan a continuación:

a) Actividades primarias de los centros tecnológicos, en particular:

– Actividades de identificación, análisis y definición de líneas de I+D.

– Actividades de generación de conocimiento y tecnología.

– Actividades de difusión de resultados de las investigaciones de forma no discriminatoria y no exclusiva.

b) Actividades de transferencia de conocimientos siempre y cuando los beneficios que pudieran generarse por dichas actividades vuelvan a invertirse en actividades primarias del centro tecnológico.

c) Actividades de mejora de las infraestructuras de investigación: adquisición de bienes de equipo o instrumental de carácter científico que sean necesarios para el desarrollo de las actividades previstas en los apartados a y b.

Los planes de actuación deberán necesariamente enmarcarse en los ámbitos de desarrollo regional identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente para la Investigación e Innovación en la Comunitat Valenciana (RIS3-CV).

4. Características de la ayuda

Se podrá subvencionar un porcentaje de hasta el 100 % de los costes del plan de actuación considerados como subvencionables.

5. Criterios de valoración:

El plan de actuación presentado deberá cumplir con los requisitos previstos en el artículo 3 de la resolución de convocatoria. El importe de la ayuda se establecerá en función del impacto de los resultados obtenidos por los centros tecnológicos solicitantes a favor de las empresas de la Comunitat Valenciana y de su grado de éxito a nivel nacional y europeo como organismos al servicio de una economía de la innovación valenciana.

6. Costes subvencionables

Gastos de personal propio, gastos en servicios externos, gastos en inversiones en equipamiento, otros gastos y gastos indirectos.

7. Pago de las ayudas:

a) El IVACE procederá al pago de la ayuda una vez se haya ejecutado el plan de actuación al que estaba destinada, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las obligaciones exigibles a la entidad beneficiaria.

b) De conformidad con lo previsto en el artículo 44.5 y 44.8.i) de la Ley 14/2016, de 30 de diciembre, de presupuestos de la Generalitat para 2017, se podrá anticipar hasta el 100 % de la ayuda sin necesidad de presentar garantía en atención a la condición de la entidad beneficiaria como centro de innovación y tecnología inscrito en el registro regulado por el Real decreto 2093/2008, de 19 de diciembre.

8. Forma de justificación: mediante la presentación de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor de cuentas, en los términos previstos en el artículo 9 de la resolución de convocatoria.

9. Plazo máximo de justificación: La fecha límite para la justificación de los planes de actuación será la de 12 de febrero de 2018.



Ottawa (Canadá), 1 de diciembre de 2017.– El presidente del IVACE: Rafael Climent González.

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