Ficha disposicion

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Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte. RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2018, del secretario autonómico de Educación e Investigación, de asignación de horas adicionales de profesorado para el desarrollo del Plan de actuación para la mejora en los centros privados concertados para el curso 2018-2019.



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Publicado en:  DOGV núm. 8405 de 18.10.2018
Número identificador:  2018/9510
Referencia Base Datos:  009415/2018
 



RESOLUCIÓN de 3 de octubre de 2018, del secretario autonómico de Educación e Investigación, de asignación de horas adicionales de profesorado para el desarrollo del Plan de actuación para la mejora en los centros privados concertados para el curso 2018-2019. [2018/9510]

La Orden 33/2018, de 10 de agosto, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, aprueba las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas en concepto de subvención y de horas adicionales de profesorado dirigidas a centros privados concertados para el desarrollo de actuaciones dirigidas al alumnado de compensación educativa, a la reducción del abandono escolar y otras actuaciones o programas incluidos en el Plan de actuación para la mejora.

La Resolución de 16 de agosto de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, convoca y regula el procedimiento de solicitud de horas adicionales de profesorado para el desarrollo del Plan de actuación para la mejora en los centros privados concertados para el curso 2018-2019 (DOGV 8365, 21.08.2018).

De conformidad con lo previsto en el apartado decimotercero de la Resolución de 16 de agosto de 2018, se publicó en la página web de la conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, el día 7 de septiembre de 2018, la resolución provisional, en cuyo anexo I se autorizaban los programas PAC, PMAR de 3º de ESO por ámbitos y PR4, y se asignaban horas adicionales de profesorado para el desarrollo de actuaciones orientadas al alumnado de compensación educativa, a la reducción del abandono escolar, y otras actuaciones o programas incluidos en el Plan de actuación para la mejora en los centros privados concertados para el curso 2018-2019.

Los centros docentes que lo han considerado procedente, han presentado alegaciones a la resolución provisional en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente en la publicación el la web de la conselleria.

Cumplidos los trámites establecidos en la convocatoria, una vez finalizado el plazo para efectuar alegaciones, el órgano instructor ha elaborado un informe y la propuesta de autorización de programas y de dotación de horas adicionales de profesorado para el desarrollo del Plan de actuación para la mejora en los centros privados concertados para el curso 2018-2019, atendiendo los criterios establecidos en la resolución de convocatoria.

Visto el informe de la comisión asesora en el que se concreta el resultado de la evaluación de las solicitudes, y el informe del órgano instructor, en el que consta que de la información que obra en su poder se desprende que los beneficiarios cumplen todos los requisitos para acceder a la asignación de horas adicionales, junto con la propuesta de adjudicación de las mismas, elaborada igualmente por el órgano instructor, atendiendo a la disponibilidad presupuestaria, y en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 16 de agosto de 2018, de la Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, por la que se convoca y se regula el procedimiento de solicitud de horas adicionales de profesorado para el desarrollo del Plan de actuación para la mejora en los centros privados concertados para el curso 2018-2019, resuelvo:



Primero

Autorizar los programas PAC, PMAR de 3º de ESO por ámbitos y PR4, y asignar las horas adicionales de profesorado para el desarrollo de actuaciones orientadas al alumnado de compensación educativa, a la reducción del abandono escolar y otras actuaciones o programas incluidos en el Plan de actuación para la mejora en los centros privados concertados que figuran en el anexo I de esta resolución.



Segundo

Desestimar las solicitudes que se relacionan en el anexo II, por los motivos indicados en cada caso.



Tercero

El pago de las horas adicionales asignadas se realizará a través de la nómina de pago delegado, tal como establece la base decimoséptima de la Orden 33/2018 por la que se aprueban las bases reguladoras, que se financiarán con cargo a los créditos del capítulo IV del programa 422.20 línea presupuestaria S006100 de los presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2018, con una asignación total de 12.000.000 €, de los cuales se asignan 11.989.229,60 € con un remanente de 10.770,40 €.



Cuarto

De conformidad con el resuelvo decimotercero, apartado 7 de la convocatoria, tanto la autorización de los programas como la asignación de las horas adicionales de profesorado para el desarrollo de actuaciones orientadas al alumnado de compensación educativa, a la reducción del abandono escolar y otras actuaciones o programas incluidos en el Plan de actuación para la mejora en la resolución definitiva, tendrá efectos desde el 1 de septiembre de 2018 hasta el 31 de agosto de 2019.



Quinto

1. La inspección de educación supervisará la correcta utilización de la totalidad de las horas adicionales de profesorado asignadas a los centros beneficiarios, y hará su seguimiento, constituyendo este seguimiento el plan de control.

2. Si con motivo de esta supervisión y seguimiento, la inspección de educación detectara algún incumplimiento en las obligaciones de los centros beneficiarios, lo comunicará a las direcciones generales competentes en materia de centros privados concertados, y en materia de innovación y calidad educativa, con la finalidad de que se adopten las medidas establecidas en la Orden 33/2018 de 10 de agosto, que aprueba las bases reguladoras de la presente convocatoria.



Sexto

Cuando proceda el reintegro de las horas adicionales del profesorado percibidas indebidamente a través de la nómina de pago delegado, la dirección competente en materia de centros privados concertados iniciará el correspondiente procedimiento para su reintegro con cargo al apartado otros gastos del módulo de conciertos educativos previsto en la vigente Ley de presupuestos de la Generalitat Valenciana.



Séptimo

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación, de acuerdo con lo que establece el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición ante el órgano que la dicta, en el plazo de un mes computado en los mismos términos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan presentar cualquier otro recurso que consideren pertinente.



València, 3 de octubre de 2018.– El secretario autonómico de Educación e Investigación: Miguel Soler Gracia.

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