Ficha disposicion

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RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2019, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se distribuye el crédito sobrante entre los distintos sectores de las ayudas convocadas mediante la Resolución de 28 de diciembre de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2019.



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Publicado en:  DOGV núm. 8667 de 30.10.2019
Número identificador:  2019/10076
Referencia Base Datos:  009335/2019
 



RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2019, de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se distribuye el crédito sobrante entre los distintos sectores de las ayudas convocadas mediante la Resolución de 28 de diciembre de 2018, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2019.

[2019/10076]

Mediante Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, se aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2019, en aplicación de la Orden 23/2018, de 27 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las mismas (DOGV 28.12.2018), con cargo a la línea genérica de subvención S5644000 del capítulo IV del subprograma 322.52, del presupuesto de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para el ejercicio 2019.

En la disposición final primera de la Orden 23/2018, anteriormente mencionada, se faculta a la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación para que, mediante resolución que será publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, pueda, sin necesidad de abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes, redistribuir los créditos inicialmente previstos en la convocatoria para un determinado ejercicio.

De la distribución inicial establecida en la Resolución de 28 de diciembre de 2018, para el Programa de formación sectorial, una vez realizadas las propuestas, el saldo disponible de cada sector es:



En el sector industria química y plástico, la cuantía de la dotación inicial asciende a 303.671,00 €, la cuantía de la dotación solicitada asciende a 222.992,00 €, por lo que queda un saldo disponible que asciende a 80.679,00 €.

En el sector cerámica, la cuantía de la dotación inicial asciende a 186.252,00 €, la cuantía de la dotación solicitada asciende a 116.455,00 €, por lo que queda un saldo disponible que asciende a 69.797,00 €.

En el sector seguridad privada, la cuantía de la dotación inicial asciende a 153.896,00 €, la cuantía de la dotación solicitada asciende a 31.284,00 €, por lo que queda un saldo disponible que asciende a 122.612,00 €.

En cuanto al saldo disponible en los tres referidos sectores, se ha propuesto redistribuirlo proporcionalmente entre los restantes sectores del programa de Formación sectorial, resultando la siguiente distribución:

En consecuencia, y en virtud de las facultades anteriormente referidas, resuelvo:

Redistribuir los créditos inicialmente previstos en la Resolución de 28 de diciembre de 2018, de la Dirección General del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas con cargo al ejercicio presupuestario 2019, respecto de los distintos sectores integrantes del programa de Formación sectorial, quedando las siguientes dotaciones definitivas:



Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien en el plazo de dos meses, un recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso administrativo competente, de conformidad con lo establecido en el artículo 8, apartado 3, así como en el artículo 46, apartado 1, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime pertinente.

La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.



València, 22 de octubre de 2019.– El director general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación: Enric Nomdedéu i Biosca.

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